El escrito se fundamentará en una infracción de precepto constitucional y en una infracción de ley
El fallo del Tribunal Superior de Bogotá subrayó la responsabilidad ética en el ejercicio del periodismo, tras considerar que las acusaciones dañaron la reputación del exfuncionario y académico
Su defensa alegó la presunta falta de independencia del sistema judicial en Ucrania, un riesgo de sufrir tratos inhumanos en prisiones ucranianas, y la posible existencia de una motivación política detrás del proceso judicial
La medida otorgada por el ex presidente Joe Biden, que permite residir legalmente y trabajar en el país a personas originarias de naciones afectadas por conflictos armados, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias, beneficia actualmente a unos 350.000 ciudadanos de Venezuela
La mujer fue sentenciada a 35 de años de prisión y, según su abogado, el fallo habría afectado sus derechos fundamentales a la defensa, alegando presuntas irregularidades de la Fiscalía General de la Nación en el caso
Durante estas revisiones, se elaboran informes detallados que la Seguridad Social utiliza como base para decidir sobre la concesión, continuidad o modificación de la prestación por incapacidad
Un empresario aseguró que evidencias fundamentales fueron ignoradas en un proceso judicial que busca despojarlo de bienes adquiridos legalmente
El tribunal concluyó que la difusión de la reunión no representa un incumplimiento del artículo 9 de la Ley 63 de 1923
Un tribunal de apelaciones anuló la condena de 4 años y 6 meses de cárcel por violación al exfutbolista.La ex estrella del Barcelona y la selección de Brasil ya se encontraba en libertad condicional.Según explican las fuentes judiciales, la decisión tuvo que ver con "insuficiencias probatorias"
Los sindicados habrían participado en actividades criminales tales como homicidios, despariciones forzosas, entre otras, entre 1995 y 2005 en el Tolima
Un tribunal federal de apelaciones rechazó la solicitud reciente del Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ, por sus siglas en inglés) para levantar la orden que bloquea el uso de la Ley de Enemigos Extranjeros por parte de la administración de Donald Trump. Esta normativa, que permite la deportación inmediata de inmigrantes acusados de ser miembros de organizaciones terroristas, generó una serie de enfrentamientos legales y políticos.La decisión del tribunal de apelaciones contra la administración TrumpThe Washington Post informó que este miércoles, un panel de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito del Distrito de Columbia falló 2-1 a favor de los demandantes que luchan contra su deportación bajo la Ley de Enemigos Extranjeros. Sin embargo, esta decisión no impide que el gobierno federal continúe con la detención de aquellas personas acusadas de ser miembros del Tren de Aragua.Desde que Trump invocó esta antigua legislación de 1798 para acelerar las deportaciones de inmigrantes presuntamente vinculados con grupos criminal, se desató una ola de críticas tanto en EE.UU. como a nivel internacional. La Ley de Enemigos Extranjeros, que solo puede utilizarse en tiempos de guerra o cuando se percibe una amenaza externa grave, fue duramente cuestionada por su aplicación en el contexto actual.Fue justamente esta ley la que utilizó el presidente republicano para deportar el pasado 16 de marzo a 137 de los 238 venezolanos a la megacárcel en El Salvador, mientras que el resto fueron procesados mediante el Título 8, que regula los procedimientos migratorios convencionales. En esos traslados también hubo 23 pandilleros de Mara Salvatrucha (MS-13), incluidos dos de sus líderes.Los argumentos a favor de la detención de la Ley de Enemigos ExtranjerosEn concreto, fueron las juezas Karen LeCraft y Patricia Millett quienes rechazaron la solicitud del gobierno para levantar la suspensión. En tanto, el juez Justin Walker, nominado por Trump, tuvo una postura diferente y consideró que el caso debería haber sido llevado a Texas, donde se encontraban detenidos los migrantes que enfrentaban la deportación, en lugar de a Washington D.C.En el fallo, recogido por CNN, la jueza Karen LeCraft Henderson argumentó que el presidente Trump ya tiene amplias facultades bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad para arrestar y detener a individuos que se consideren una amenaza para Estados Unidos. A su vez, destacó que las deportaciones deben realizarse de acuerdo con los procesos legales establecidos.Por otro lado, la jueza Patricia Millett fue aún más crítica del proceso y mencionó que la decisión del gobierno de deportar a estas personas sin ofrecerles una audiencia, una oportunidad de impugnar su deportación o la posibilidad de acceder a la protección legal disponible, representaba una grave violación de sus derechos.Apelación a la Corte Suprema de EE.UU.CNN indicó que el Departamento de Justicia planea apelar la decisión ante la Corte Suprema de EE.UU. por considerar que la orden de restricción temporal interfiere con las negociaciones internacionales, relacionadas con la seguridad nacional y la lucha contra el terrorismo.En tanto, la administración Trump defendió que las deportaciones son necesarias para proteger a los ciudadanos estadounidenses de las amenazas representadas por los miembros de Tren de Aragua, una organización criminal oriunda de Venezuela.Mientras se resuelve el caso en los tribunales, miles de migrantes aún se encuentran bajo amenaza de deportación, pese a la orden de restricción temporal les brinda un respiro momentáneo.
El Tribunal Superior de Bogotá aprobó medidas que incluyen acceso a registros financieros y de comunicaciones., mientras que la Fiscalía investiga posible desvío de fondos públicos en la administración de emergencias
La normativa permite la detención y expulsión de ciudadanos de países con los que Estados Unidos esté en conflicto, y fue utilizada por última vez durante la Segunda Guerra Mundial
La famosa lleva varios años prófuga de la justicia
Se debate ampliar el espacio de no punibilidad de quienes ayuden a un enfermo a poner fin a sus días. Cuál es la preocupación que llevó a estos pacientes con enfermedades incurables a pedir intervenir ante la justicia
"Sé que estoy en buenas manos", se lee en uno de los mensajes enviados por el magistrado al hombre de confianza de la parlamentaria del Bloque Magisterial
Una ruptura de pareja conlleva no solo aspectos emocionales, sino también problemas legales y patrimoniales, especialmente si hay propiedades implicadas
El funcionario informó que, tras conversar con su abogado y su familia sobre la medida cautelar impuesta por el Tribunal, decidió dejar el consulado. Su salida del consulado se hará efectiva el 31 de marzo de 2025
Mazón asegura que la factura de la comida del 29 de octubre se presentará al Tribunal de Cuentas y a la comisión de Les Corts, reafirmando su compromiso con la transparencia en la gestión.
Andrés Hernández deja el consulado de México por decisión del Tribunal de Cundinamarca, que consideró que el hoy exdiplomático no cumple con los requisitos de ley
"Los despidos han cambiado para siempre en España"
En un giro abrupto, un tribunal federal de Maryland emitió una orden que revierte una controvertida decisión del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), que dejó sin empleo a cientos de trabajadores en situación de prueba. La medida, que había sido implementada el 14 de febrero de 2025, generó un fuerte impacto en las vidas de los afectados, pero ahora, gracias a la intervención judicial, muchos de ellos podrán recuperar sus puestos laborales.La decisión judicial de un tribunal de Maryland que revierte los despidos masivos del UscisEl 13 de marzo de 2025, el Tribunal de Distrito de Maryland emitió una orden de restricción temporal en el caso Maryland et al. v. United States Department of Agriculture et al., lo que obliga al Uscis y a otras agencias federales a reinstalar de inmediato a los empleados en período de prueba que fueron despedidos a partir del 20 de enero de 2025.En específico, la corte determinó que los despidos masivos no cumplieron con los requisitos legales establecidos en el Código de Regulaciones Federales y otras normativas laborales. Según el juez James K. Bredar, las agencias involucradas no brindaron la notificación adecuada a los afectados, lo que impidió que estos realizaran sus actividades de respuesta rápida, tal como lo exige la ley.La orden judicial establece que los empleados deben ser reinstalados a partir del 17 de marzo de 2025 a las 13 horas (EST). Además, las agencias tienen la obligación de presentar un informe detallado sobre las acciones tomadas para cumplir con la orden, entre las cuales se incluyen el número de trabajadores reubicados en cada departamento.El tribunal también dejó en claro que cualquier despido futuro debe ajustarse estrictamente a las normativas vigentes, lo que evitaría así despidos masivos sin justificación individualizada.El impacto en los empleados y la respuesta del UscisEl Uscis, una de las agencias afectadas por la orden, se apresuró a contactar a los empleados despedidos para informarles sobre su posible reinstalación. En un comunicado oficial, la agencia indicó: "Hemos hecho todos los esfuerzos posibles para contactar a las personas afectadas".Los empleados que deseen ser reinstalados deben proporcionar información detallada, como su nombre completo, fechas de empleo y un factor identificatorio adicional, como su número de seguridad social o fecha de nacimiento.Aquellos que recuperen sus puestos lo harán en un estado de "licencia administrativa", lo que significa que recibirán su salario sin tener que cumplir con sus funciones habituales. Este estatus no afectará su balance de días de vacaciones o licencia por enfermedad.Además, se reanudarán todos sus beneficios laborales, entre los cuales se incluyen el seguro médico y las contribuciones al plan de jubilación. Sin embargo, aquellos que prefieran no regresar a sus empleos pueden presentar una declaración por escrito.Además de Uscis, cuál es el alcance del fallo del tribunal de MarylandEste fallo no solo beneficia a los empleados del Uscis, sino que también tiene implicaciones para otras agencias federales. Entre las entidades afectadas por la orden se encuentran el Departamento de Agricultura, el Departamento de Comercio, el Departamento de Educación y el Departamento de Seguridad Nacional, entre otras.La definición de "empleados en período de prueba afectados" incluye a todos aquellos que fueron despedidos de manera masiva a partir del 20 de enero de 2025, lo que excluye solo a quienes fueron echados por causas justificadas y de manera individualizada.El tribunal también estableció que cualquier reducción de personal futura debe cumplir con los requisitos de notificación previa, lo que garantiza que los afectados tengan tiempo suficiente para prepararse y responder adecuadamente.La orden de restricción temporal tiene una vigencia limitada y expirará el 27 de marzo de 2025, a menos que el tribunal decida extenderla. Mientras tanto, las agencias involucradas deberán presentar informes periódicos sobre su cumplimiento, y se espera que el caso avance hacia una audiencia preliminar el 26 de marzo. Este proceso podría sentar las bases para una resolución más permanente que proteja los derechos de los empleados federales en período de prueba.
Son los expedientes en los que deberá intervenir como tribunal superior a partir del fallo "Levinas". Para afrontar esta nueva demanda, acaba de crear dos nuevas secretarías judiciales y está en proceso de refacción de un nuevo edificio
El documento se instruyó por orden de la anterior ministra Susana Muhamad, situación que tenía en descontento al alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, y al gobernador de Cundinamarca, Jorge Emilio Rey, que argumentaron impactos significativos en el desarrollo urbanístico de la región
El fallo judicial se produce tras meses de análisis y una audiencia en la que Marín rechazó ser enviado a su país. Mientras tanto, las autoridades colombianas aguardan la resolución de una solicitud de asilo que podría retrasar su retorno
La corte de arbitraje falló en su favor, lo que llevó al Estado colombiano a presentar una solicitud de revisión con el fin de revertir la sentencia
En el documento data el proceso que ahora deberá enfrentar el Departamento Administrativo de la Presidencia de Colombia por la violación de la ley 63 de 1923 con la transmisión de los Consejos de Ministros en Televisión abierta
En la segunda audiencia del juicio por la muerte de Diego Armando Maradona, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°3 de San Isidro apartó del debate a los abogados Rodolfo Baqué y Martín De Vargas, dos de los tres defensores del enfermero Ricardo Almirón, uno de los siete acusados.La decisión fue dada a conocer por el presidente del tribunal, el juez Maximiliano Savarino."No está en juego el honor [de los abogados] es una cuestión del derecho de defensa en juicio", explicó el presidente del tribunal.El pedido de apartamiento había sido presentado por el abogado Diego Olmedo, defensor del psicólogo Carlos Díaz. La solicitud se había fundamentado en declaraciones de Baqué donde había dijo que a "Maradona lo mataron y no fue [Gisela Dahiana] Madrid".Baqué y De Vargas, desde un primer momento, defendieron a la enfermera Madrid, también acusada de homicidio simple con dolo eventual, pero que será juzgada en un próximo juicio por jurados y se sumaron a la defensa de Almirón el martes pasado, a poco de comenzar el juicio.Almirón continuará su defensa durante el juicio con el abogado Franco Chiarelli.Baqué apeló la decisión del tribunal y lo hizo con "carácter suspensivo", pero la presentación fue rechazada in limine por el tribunal."El derecho de recurrir no es un derecho absoluto", sostuvo el juez Savarino y explicó que los abogados apartados continuarán con la defensa de la enfermera Madrid.Entonces Baqué afirmó: "Me quieren callar porque dije que a Maradona lo mataron".Noticia en desarrollo
El ciudadano Samuel Alejandro Ortiz Mancipe presentó una acción de cumplimiento contra la Presidencia de la República y el Dapre, exigiendo que cesen las transmisiones de los consejos de ministros, al considerar que violan la reserva establecida en la ley
Antes de continuar con el juicio donde se exponen las circunstancias que rodearon la muerte de Diego Armando Maradona, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°3 de San Isidro debe resolver una serie de planteos presentados anteayer, durante la primera audiencia del debate. De ellos depende que el proceso continúe o se suspenda.La reacción de Dalma y Gianinna a la foto de Maradona tras su decesoLos jueces Verónica Di Tommaso, Maximiliano Savarino y Julieta Makintach deben decidir sobre una "exclusión probatoria" presentado por el Ministerio Público, representado por los fiscales generales adjuntos de San Isidro, Patricio Ferrari y Cosme Iribarren, sobre un peritaje del el médico forense Pablo Ferrari a durante la instrucción preliminar, presentado por una de las defensas, que contradice el informe de la junta médica interdisciplinaria que, oportunamente, concluyó que "el actuar del equipo de salud que atendía a Maradona fue inadecuado, deficiente y temerario" y que el paciente "fue abandonado a su suerte".También deben resolver el pedido de apartamiento del abogado Rodolfo Bacqué, que a poco de iniciar el juicio oral y público se sumó a la defensa del enfermero Ricardo Almirón, uno de los siete acusados de homicidio simple con dolo eventual sentados en el banquillo en estas audiencias.La presentación fue hecha por el letrado Diego Olmedo, que representa al psicólogo Carlos Díaz, otro de los imputados. El planteo aborda un eventual caso de intereses contrapuestos en el ejercicio de la defensa.Bacqué, en un primer momento, defendió a Gisela Dahiana Madrid, la enfermera que forma parte del lote de imputados, pero que, por su propia solicitud, será juzgada en un próximo debate, en la modalidad de juicio por jurados populares.Le cuestionaron que, tiempo atrás, dijo que "todos mataron a Maradona, menos Madrid", y anteayer, en la primera jornada de este debate, dedicada a la expresión de los lineamientos de acusación y defensa, excluyó a Almirón (su nuevo defendido) de ese "todos" en el que, eventualmente, antes lo había incluido.Otro de los planteos preliminares que debe resolver el tribunal es el pedido de nulidad de la incorporación como prueba de la fotografía que, en la presentación de la acusación, mostró el fiscal Ferrari. Se trataba de una impactante imagen de Maradona en las horas previas a su fallecimiento, ocurrido el 25 de noviembre de 2020 en una casa alquilada del barrio San Andrés, de Benavídez, Tigre.Tras exhibirla de frente al tribunal (pero no hacia las partes), el fiscal general adjunto de San Isidro sostuvo: "Así murió Maradona". El planteo de nulidad ante ese acto fue hecho por Bacqué, quien argumentó que las defensas no habían tenido acceso a esa prueba previamente, tal como lo establece el código de procedimientos.Por último, los magistrados tendrán que decidir si las audiencias se realizan martes, miércoles y jueves -como estaba previsto originalmente- o solo martes y jueves, que sería la última propuesta de las partes, que preferirían que el miércoles les quede liberado para poder analizar ese día las declaraciones prestadas la jornada anterior y poder preparar las de la audiencia posterior.Una vez que todos estos planteos sean resueltos, el juicio continuará esta tarde con la etapa de recepción de declaración de testigos. Se espera que aparezcan en orden cronológico, por lo que el primer turno estaría ocupado por las primeras personas que llegaron a la casa cuando se produjo la muerte del astro del fútbol.
El Tribunal de Cuentas identifica errores en la gestión de 89,4 millones de euros en ayudas europeas; muchos municipios priorizan gastos no esenciales y sufren pérdidas significativas en financiación
El Tribunal de Cuentas solicita al ICAA estrategia de recursos humanos y mejoras en la transparencia, mientras algunos partidos debaten sobre la necesidad de subvenciones en el sector cinematográfico
La medida buscaba suspender el juicio alegando violación al debido proceso, pero fue rechazada por falta de pruebas
El Tribunal de Cuentas revisará la gestión del SEPES y el SAREB, junto a políticas de vivienda, sanidad y educación, en su plan de fiscalización para 2025, fortaleciendo la supervisión de fondos públicos
La decisión dejó en firme la medida adoptada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y rechazó, en segunda instancia, la solicitud de Grupo Portuario S.A.
Teresa Peramato asume como nueva fiscal jefe de la sección penal del Tribunal Supremo tras su labor en la lucha contra la violencia de género y el respaldo selectivo de figuras clave en la Fiscalía
La decisión judicial se basó en informes que cuestionan la humanidad de este método, argumentando que podría violar las garantías constitucionales contra castigos inusuales y generar una agonía prolongada
Patricio Ferrari, uno de los fiscales generales adjuntos de San Isidro, se acercó a los jueces Verónica Di Tommaso, Maximiliano Savarino y Julieta Makintach, del Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de San Isidro, y levantó una foto que causó impacto. "Así murió Maradona", afirmó. En la imagen se veía al astro exánime, anormalmente hinchado, con un tubo en su boca, signos de los esfuerzos postreros para intentar salvarlo el mediodía del 25 de noviembre de 2020.Fue uno de los momentos más fuertes de su alegato de exposición de lineamientos de la acusación. El representante del Ministerio Público resaltó: "Nos convoca el crimen que tuvo como víctima a Diego Maradona. Con la prueba que se produzca en el juicio, ustedes [en alusión a los jueces] y la sociedad van a conocer una imputación sólida, sin fisuras. El derecho a la verdad es un derecho. Hoy Diego Armando Maradona, sus hijos, sus deudos y el pueblo argentino merecen Justicia".Después, se refirió a las dos semanas que Maradona estuvo en una casa del barrio privado San Andrés, en Tigre, después de haber sido operado de un hematoma subdural por el neurocirujano Leopoldo Luque, el principal acusado en el juicio."Ingresó en ese lugar para una rehabilitación clínica e internación domiciliaria que hoy, sin dudas, podemos decir que fue calamitosa. Una internación temeraria, deficiente y sin precedentes. Ningún tipo de protocolo se gestó para brindar esa temeraria intervención en un teatro del horror que fue esa casa donde murió Maradona, donde nadie hizo lo que tenía que hacer", afirmó Ferrari.El fiscal definió como un grupo de "improvisados" al equipo integrado por Luque "como médico de cabecera o de confianza"; la psiquiatra Agustina Cosachov; el psicólogo Carlos Díaz; los médicos Nancy Forlini (coordinadora médica de Swiss Medical) y Pedro Spagna (de la empresa Medidom, a cargo de la asistencia de enfermería domiciliaria); el coordinador de enfermeros Mariano Perroni, y los enfermeros Ricardo Almirón y Gisela Madrid. Ferrari afirmó que todos ellos "asumieron voluntariamente ese rol que les cupo en la internación domiciliaria incumpliendo todos los deberes a su cargo", con lo que "aumentaron el riesgo permitido para generar la muerte de Maradona, resultado que se representaron y del cual fueron absolutamente indiferentes".El representante del Ministerio Público detalló, por caso, que "Luque resguardaba la historia clínica de Diego Armando Maradona en hojas sueltas sobre una chimenea de su casa de la zona sur de la provincia de Buenos Aires" y "Cosachov y Díaz brindaban una medicación psiquiátrica cuya prescripción se basaba en un papel pegado en una heladera de la casa donde estaba Maradona".Sobre todo, puso el foco en un mensaje que le enviaron a Luque desde la casa donde se cursaba la internación domiciliaria la noche previa al trágico deceso, que graficaba el estado terminal en el que estaba el paciente: "Leíto, tiene los ojos como una teta, y eso con la luz apagada; no quiero ni verlo con la luz prendida". Ninguna medida se tomó ante ese síntoma.
Falistocco les tomó juramento. El primero hizo hincapié en la eficiencia, la segunda en "lo humano". La cúpula de la justicia provincial ya tiene 7 integrantes.
La Cámara 11ª del Crimen suspendió la audiencia por el fallecimiento de la madre de la jueza María Gabriela Rojas Moresi. Leer más
Desde que la Corte Suprema firmó el caso "Levinas", el tribunal porteño se prepara para recibir decenas de casos en las próximas semanas. Para afrontar este desafío, trabaja en la elección de secretarios letrados para cada área y espera la finalización de las obras de remodelación de un edificio histórico
El Tribunal de Cuentas archiva las diligencias preprocesales en torno a contratos de emergencia del Servicio Andaluz de Salud, considerándolas justificadas y sin responsabilidad contable tras la fiscalización realizada
El demandado negaba la paternidad, pero las pruebas de ADN le han quitado la razón
La agroexportadora Vicentin presentó un recurso extraordinario federal con el objetivo de que la Corte Suprema de la Nación revierta el fallo de la Corte Suprema de Santa Fe que anuló la homologación de su concurso preventivo. La empresa argumentó, entre otras cuestiones en un escrito al máximo tribunal de Santa Fe, que su decisión ha sido "arbitraria", ignoró la voluntad de los acreedores y careció de fundamentos legales sólidos. Asimismo, la cerealera cuestionó la imparcialidad de dos jueces que intervinieron en la causa, y advirtió que la medida compromete su continuidad, pone en riesgo miles de empleos y afecta la industria agroexportadora. Por ello solicitó que el máximo tribunal nacional anule la resolución y restablezca el acuerdo aprobado.En su presentación, la agroexportadora denunció que la resolución judicial es "arbitraria en la medida en que contiene afirmaciones dogmáticas, se aparta groseramente del texto claro de la ley y de las constancias del expediente, además que desconoce la aplicación del principio de igualdad en la materia".Medida de Milei: en febrero el costo fiscal de la baja de las retenciones superó los US$100 millonesComo se mencionó, uno de los ejes centrales del recurso presentado se basa en el cuestionamiento a la intervención de los ministros de la Corte santafesina, Rafael Gutiérrez y Daniel Erbetta. Según la empresa, ambos jueces adelantaron opinión antes de resolver el caso y se negaron a apartarse, afectando la imparcialidad del proceso. En el documento presentado, se destaca que "mediante una decisión arbitraria, el tribunal superior de provincia ingresó en el tratamiento de cuestiones que, por ser propias de los tribunales de la causa, se encontraban fuera del alcance de su jurisdicción".El documento presentado por la empresa enfatizó que "se afecta así la garantía del debido proceso y como bien lo dijo la Corte nacional en una causa donde cuatro integrantes del Superior Tribunal de Chaco habían adelantado opinión, la desestimación de una recusación con causa debidamente fundada es cuestión federal suficiente para la apertura del Recurso Extraordinario en razón que está en juego la tutela del derecho de la defensa en juicio".Vicentin también sostuvo que la resolución de la Corte santafesina desconoció la voluntad de los acreedores, ya que el acuerdo presentado había sido aprobado por el 62,93% de los acreedores y el 71,73% del capital, cumpliendo con los requisitos del artículo 45 de la Ley de Concursos y Quiebras. En este sentido, la empresa argumentó que "la Cámara analizó el acuerdo propuesto, así como el escenario de quiebra y evidenció que este último era mucho más perjudicial para los acreedores".La decisión de la Corte Suprema de Santa Fe, según Vicentin, pone en peligro la continuidad de la compañía y podría generar consecuencias económicas devastadoras. En el documento presentado, se resaltó que "Vicentin representa el 24% de la molienda de girasol y el 21% de soja en el país, genera 1200 empleos directos y más de 5000 indirectos. Además, la empresa alertó que su planta en San Lorenzo actualmente opera al 30% de su capacidad y podría cerrar definitivamente en mayo si el fallo no se revierte.Por otro lado, la empresa destacó que la propuesta de pago del acuerdo preventivo es significativamente más beneficiosa para los acreedores en comparación con una eventual liquidación. "Si la propuesta obtuvo un amplio respaldo mayoritario de capital y acreedores; si los pagos ofrecidos superan largamente lo que se podría obtener en caso de declaración de quiebra; si, además, en el período que se abrió para conseguir que interesados ofertaran por la empresa nadie lo hizo, ¿cuál es el motivo para rechazar la homologación del acuerdo?", planteó el escrito.Banquete: la historia de un queso de casi un siglo que una reina danesa bautizó y hoy busca un codiciado selloEl recurso extraordinario federal interpuesto por Vicentin argumentó que la Corte de Santa Fe "desconoció los parámetros impuestos por la CSJN en el fallo que el propio superior tribunal citó para procurar justificar el ingreso vedado al tratamiento del caso". En este sentido, la empresa dijo que la sentencia que dejó sin efecto la homologación del acuerdo preventivo incurrió en "una interpretación arbitraria del principio de igualdad", y que eso afecta a todos los acreedores involucrados en el proceso.El documento también cuestionó la falta de fundamentos en la decisión de la Corte provincial para priorizar la opción de un proceso de salvataje en lugar de la homologación del concurso preventivo. "Frente al escenario que surge de las constancias de la causa y sustenta la sentencia anulada, la Corte Provincial -por mayoría- solo contrapone una infundada esperanza en el potencial resultado que podría tener el salvataje previsto en el art. 48 LCQ, parámetro que no solo no es el que prevé la ley para analizar la homologación de un acuerdo preventivo, sino que, en los hechos, no cuenta con un solo indicio que pueda sustentar el esperado pronóstico favorable".
La justicia colombiana confirmó que la empresa deberá negociar con acreedores y someterse a los controles de la Superintendencia de Sociedades para evitar su liquidación
La fiscal general Luz Adriana Camargo confirmó que la decisión del Tribunal de Porto es un primer paso hacia la extradición de Diego Marín Buitrago, aunque advirtió que el proceso seguirá en la Corte Suprema de Portugal
La Corte Suprema rechazó la licencia extraordinaria que pidió el juez federal Ariel Lijo en el juzgado federal número 4 para asumir en el máximo tribunal. Tomaron esta decisión los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Manuel García-Mansilla, quien fue designado por decreto junto a Lijo y juró como miembro de la Corte la semana pasada.A favor de concederle la licencia estaba el otro juez de la Corte, Ricardo Lorenzetti, que fue uno de los impulsores de la designación de Lijo en el máximo tribunal.Ahora, Lijo esperará en su juzgado de los tribunales de Comodoro Py la definición del Senado, que podría darle su acuerdo para que asumiera como juez definitivo. No estaría dispuesto a renunciar a su cargo de juez federal para ocupar un lugar en la Corte solo hasta fin de año.Lijo fue nombrado "en comisión" por el presidente Javier Milei el 26 de febrero pasado. Presentó su pedido de licencia ante la Cámara Federal porteña, que hizo lugar a su solicitud y elevó el trámite a la Corte Suprema, que es, en rigor, quien define la concesión de las licencias que se extienden por más de seis meses.La designación de ambos, a pocos días de que se inauguren las sesiones ordinaras y traccionada por una controversial interpretación del inciso 19 del artículo 99 de la Constitución -que avala al presidente a llenar las "vacantes de los empleos" mientras el Senado se encuentre en receso- quedó envuelta en la polémica."Qué revuelo", soltó al pasar una trabajadora judicial frente a los cuatro efectivos que custodiaban una de las esquinas del cuarto piso del Palacio de Tribunales -el piso reservado a la Corte-, mientras García-Mansilla se dirigía a paso firme hacia la Sala de Acuerdos, minutos antes de las 10.La reunión empezó puntual a las 10 y duró poco más de 15 minutos, según confiaron a este medio fuentes del Palacio. En esos minutos, además de rechazar la solicitud de Lijo, los cuatro cortesanos se abocaron a otros temas y firmaron sentencias.Ayer, un grupo de asociaciones de la sociedad civil presentó en la Justicia un amparo contra el Estado pidiendo que se anulen la designación de Lijo y García-Mansilla. La Fundación Poder Ciudadano, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) señalaron en el escrito que el procedimiento habitual para la designación de jueces exige el aval agravado del Senado y que ese es el trámite que debió haberse seguido en estos casos.Noticia en desarrollo
Una ley de vivienda en Massachusetts convirtió el hogar de los sueños de una mujer en una pesadilla debido a que paga miles de dólares por una residencia en la que no puede vivir
El cambio del reglamento interno del Consejo Nacional Electoral se da en medio de la renuncia del magistrado César Lorduy y la investigación en contra de la campaña presidencial de Gustavo Petro en 2022
La justicia señaló que el demandante, durante las audiencias del juicio, evidenció dificultades notorias para comunicarse y mantenerse en pie
La resolución impulsada por el Ministerio del Interior de Italia impone obstáculos inconstitucionales a la vía por reconstrucción. La magister en derecho Constitucional italiano Katherine Muñoz Tufro y el especialista en inmigración Claudio Campolattan, dialogaron con PERFIL sobre el escenario actual de la normativa. Leer más
El tribunal tomó una decisión que marca un precedente, al ordenar la cancelación de la credencial del mandatario local
Pese a la decisión, organizaciones de víctimas y defensores de derechos humanos expresaron su preocupación ante la No inclusión de empresarios vinculados con el paramilitarismo, por lo que podrían quedar absueltos
Criptos en la mira. El respaldo presidencial a activos no regulados desata demandas penales y un intenso debate sobre transparencia y leyes. ¿Cómo proteger a los pequeños inversores en medio de la especulación digital, en este nuevo mundo de 'influencers'?
Este organismo evaluará las condiciones médicas y laborales del solicitante, y emitirá un dictamen que será determinante en la resolución del caso
El magistrado Pablo Llarena aclara que corresponde al Tribunal Supremo determinar la amnistía, afirmando que la ley actual es inconstitucional y denunciando la polarización en el debate sobre justicia
Según Víctor Arpa, abogado laboralista, aunque "el tribunal médico no tiene la última palabra", el informe que desarrollen "es clave"
Auro obtiene respaldo del Tribunal Constitucional al anular el fallo del TSJM que favorecía la exclusividad de Cabify, permitiendo a Auro operar con otras plataformas como Uber
Hace un año y dos meses, en Chascomús hubo un triple crimen. Diego Reddy, su mujer, María Eugenia Suárez, e Ignacio, el hijo de 12 años de la pareja, fueron ejecutados a sangre fría. El juicio por el múltiple homicidio ya tiene fecha y estará a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°1 de Dolores, que en 2023 condenó a los jóvenes juzgados por el asesinato de Fernando Báez Sosa, el joven al que mataron a golpes en Villa Gesell en 2020.En el banquillo de los acusados estará sentado Francisco Reddy, hijo y hermano de dos de las víctimas. El comienzo del debate está previsto para el 10 de agosto de 2026, el tribunal está integrado por María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari, y el Ministerio Público será representado por Juan Manuel Dávila, uno de los fiscales que encabezó la acusación contra los ocho jóvenes condenados a prisión perpetua en el caso Báez Sosa."Existen motivos bastantes para sospechar que Francisco Waldemar Reddy ha participado en el hecho investigado", sostuvo en el requerimiento de elevación a juicio el fiscal de Chascomús Jonatan Robert, a cargo de la investigación.El triple crimen de Chascomús ocurrió entre las 18 y las 19.30 del 29 de diciembre de 2023 en la estancia situada en Cuartel IV, a diez kilómetros de la ruta 2, sobre el camino conocido como Bajada a Puerta del Diablo.Según el expediente judicial, Suárez cocinaba cuando el asesino ingresó en la casa destinada a los caseros y le disparó en la nuca a una distancia menor de 25 centímetros. Murió casi en el acto.Después, el homicida caminó 60 metros y se dirigió hasta el galpón del establecimiento rural, donde baleó y golpeó a su hermano Ignacio, de 12, quien también falleció. La tercera víctima, Diego Reddy, el padre del sospechoso, intentó escapar y corrió a campo traviesa. Pero no pudo salvarse. Instintivamente, ante el primer disparo, quiso protegerse con el brazo izquierdo. Ya herido, también fue ejecutado en la nuca.Con el correr de las horas y para desviar la investigación, el sospechoso, que hasta su detención cumplía funciones en la sede La Plata de la Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas (UTOI) de la policía bonaerense, simuló que su padre había sido víctima de un secuestro y que por su liberación los captores exigían 7.000.000 de pesos.Las llamadas extorsivas que Reddy, dijo haber recibido, nunca existieron. Además, un compañero del sospechoso declaró que el sindicado homicida le pidió que lo llamara por teléfono y le pidiera dinero.En el citado requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Robert sostuvo que el sospechoso intentó generar una "coartada" para simular el secuestro de su padre. El cuerpo de Diego Reddy fue encontrado 48 horas después de que se cometiera el triple crimen.La hipótesis es que detrás del múltiple homicidio hubo una cuestión económica. Las pruebas reunidas durante la investigación robustecen la línea investigativa.Un día antes de matar a su padre, a su hermano y a Suárez, Francisco Reddy vendió 20 vacas "en negro" y a mitad de precio de mercado: 3.400.000 pesos."El imputado, horas antes del hecho, llevó adelante operaciones comerciales que implicaban un menoscabo patrimonial de quien en vida fuera su padre", afirmó el fiscal al pedir el juicio para el sospechoso.Las vacas eran parte de la hacienda que Diego Reddy tenía en un campo familiar situado en el denominado Triángulo de las Bermudas, en el límite entre Pila, Ayacucho y General Guido.La operación, según declaró el comprador, se pactó entre el 10 y 12 de diciembre pasado, pero recién se concretó un día antes del triple crimen."La sospecha es que Francisco Reddy concretó el plan criminal antes de que su padre fuera a controlar la hacienda", había dicho a LA NACION una fuente de la investigación tras la detención del imputado El sospechoso había vendido dos vacas raza Aberdeen Angus coloradas y 18 Aberdeen Angus negras.El día del crimen, en horas del mediodía, el sospechoso compró una camioneta Chevrolet S-10 doble cabina blanca del año 2008. Al vendedor le entregó Suzuki Fun y, por la diferencia, le prometió entregar cinco vacas.La operación de compra de la camioneta fue una prueba clave contra el sospechoso. Según las declaraciones de los testigos, la tarde del triple crimen en la estancia Los Pinos, una persona llegó en una camioneta Chevrolet S-10 doble cabina blanca."De la declaración testimonial prestada por el efectivo policial Saúl Barroso se desprende que de la observación de las imágenes de la cámara de seguridad situada en el camino que conduce a la estancia Los Pinos se aprecia en tres momentos el paso de una camioneta marca Chevrolet modelo S-10 doble cabina blanca. Dicha camioneta resulta ser en la cual se movilizaba el imputado", según se desprende del expediente judicial.En esa camioneta, la policía bonaerense encontró una carabina calibre 22. Un familiar del sospechoso que declaró como testigo afirmó que el día del triple crimen le había prestado a Francisco Reddy un arma de esas características."De las constancias antes incorporadas se desprende que el calibre del arma de fuego incautada de la camioneta del imputado se corresponde con las vainas servidas secuestradas en la escena del triple homicidio y con las heridas que quedaron plasmadas en las respectivas operaciones de autopsia", había sostenido el fiscal Robert cuando pidió la prisión preventiva del sospechoso.El imputado no solo intentó desviar la investigación con el supuesto secuestro extorsivo de su padre. También le echó la culpa del triple crimen a otras personas.Así consta en el expediente. Cuando Facundo Urruspil llegó al velatorio de su madre [[María Eugenia Suárez] le preguntó a Francisco Reddy qué había pasado en la estancia Los Pinos, escenario de la masacre. La respuesta del joven, que todavía no estaba en el radar de los investigadores, fue la siguiente: "Para mí fue el administrador".Francisco Reddy será juzgado por el delito de homicidio calificado por alevosía en concurso real por homicidio en concurso real por homicidio calificado por el vínculo.
El Presidente había ordenado el despido del Jefe de la Oficina de Asesoría Especial como parte de sus acciones sobre la administración pública
El TC declaró infundado un recurso presentado a favor del exmandatario, argumentando que la demanda fue interpuesta en un juzgado sin competencia territorial
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ratifica la condena a 11 años de prisión por agresión sexual continuada a una menor y establece medidas de protección a la víctima
CÓRDOBA.- Después de ser declarado culpable de los delitos de estafa y asociación ilícita por el tribunal correntino de Goya, Leonardo Cositorto, líder y CEO de Generación Zoe, podría ser trasladado nuevamente a la cárcel cordobesa de Bouwer, aunque su abogado pedirá que permanezca en Corrientes, ya que allí quiere permanecer el condenado. En esta provincia desde diciembre pasado está el pedido de elevación a juicio oral de la causa principal contra él y otros 26 acusados por asociación ilícita y estafas reiteradas en perjuicio de 295 damnificados por unos $13 millones y US$1,5 millones. El expediente ya pasó al juez de control.El pedido lo realizó la fiscal de Villa María, Juliana Companys después de que en octubre del 2024 la Cámara del Crimen de Villa María anulara la primera elevación a juicio por "inconsistencias en la instrucción del expediente". Companys reformuló la acusación e hizo nuevamente el pedido. La defensa de varios de los imputados se opuso; ella mantuvo el criterio y ahora pasa al juez de control que tiene que verificar el planteo. En la primera oportunidad tanto en esa instancia como en la Cámara de Acusación se mantuvo la elevación; fue la del Cámara del Crimen la que rechazó la solicitud de la fiscalía.La fiscal entiende que la organización operaba bajo un supuesto sistema piramidal de recaudación de fondos, que se hacía pasar por un grupo empresarial bajo el nombre de Generación Zoe SA y otras entidades relacionadas.Cositorto, quien enfrenta causas judiciales también en Salta, Santa Fe y el fuero federal porteño, está alojado en la cárcel de Bouwer desde abril del 2022 después de que Interpol lo detuviera en República Dominicana. El 3 de abril, cuando se cumplan tres años en prisión preventiva, podría quedar en libertad por la causa de Córdoba, pero tiene otros expedientes abiertos en Corrientes y Rosario en los que también se fijó ese arresto. Tres años es el plazo máximo para una detención sin condena firme que establece el Código Penal. Claro que ahora tiene Cositorto una condena en primera instancia en su contra y el martes próximo se conocerá la pena que fijará el tribunal de Goya, luego de dictaminar hoy la culpabilidad del líder de Generacion Zoe.Además de asociación ilícita, la fiscal cordobesa Company le imputa estafas reiteradas por entender ya que, junto con los coimputados, indujo a error "a un número significativo de víctimas", convenciéndolas de invertir en productos financieros ficticios con la promesa de rendimientos extraordinarios que no se sustentaban en actividades reales.Para la fiscal, la organización operaba "sin las autorizaciones legales requeridas" para ofrecer productos financieros o realizar actividades relacionadas con el mercado de capitales, desobedeciendo incluso las intimaciones de la Comisión Nacional de Valores (CNV).Hace 20 días la CNV absolvió a Cositorto. Determinó que no realizó oferta pública de valores negociables y por ende "no violó la ley de mercado de capitales". Comercializaba un fideicomiso que ofrecía retornos en dólares que no tenían ningún tipo de relación con otras inversiones disponibles y una criptomoneda llamada Zoe Cash, que supuestamente estaba respaldada en oro. Sin embargo, recién desde el año pasado, la CNV obliga a las empresas o personas que ofrecen servicios relacionados con activos virtuales, como criptomonedas o tokens digitales, a inscribirse en un registro.Entre los coimputados de Villa María están Maximiliano Batista (quedará en libertad el 21 de marzo), el contador Norman Próspero (quien recuperó la libertad hace unos días igual que Silvana Abellonio); Julieta Sciutti y Maximiliano Mitroff, detenidos en agosto de 2022. Al primero se le atribuye el rol de vicepresidente y cofundador de Generación Zoe, junto con Cositorto. Lo acusa de diseñar y promover el plan criminal como parte del grupo de jefes de la asociación ilícita; participar activamente en la captación de víctimas y promoción del esquema en eventos y redes sociales, dando apariencia de legitimidad al proyecto.
El juicio en contra del expresidente, que se adelanta por los delitos de soborno en actuación penal, fraude procesal y soborno, había quedado suspendido hasta que hubiera una decisión sobre el recurso presentado por el abogado Jaime Granados
"El mayor responsable político fue Eduardo Vischi", apuntan desde el Foro Encuentro Reformista."El radicalismo no puede tolerar semejante falta de coherencia y compromiso con la transparencia" y piden que los investiguen.
La Cámara de Apelaciones en lo Comercial se sumó a la rebelión judicial contra la Corte Suprema. De manera unánime, los camaristas decidieron que no enviará en apelación sus fallos al Tribunal Superior de la Ciudad porque entienden que no pueden jueces locales revisar lo decidido por jueces nacionales y porque hay riesgo de "injusticia y parcialidad"."No existe en el ordenamiento constitucional argentino la posibilidad de que un tribunal local revise decisiones de tribunales nacionales", dijeron los camaristas de manera unánime. La Cámara Comercial es presidida por la jueza Alejandra Tevez.Los magistrados dijeron que "a aplicación de las leyes que representen el interés de toda la Nación no podría encomendarse, sin grandes peligros de injusticia y de parcialidad, a tribunales o juzgados sin responsabilidad ante el gobierno nacional".La reacción de la Cámara Comercial le siguió a la de la Cámara Laboral, la Cámara Civil y la Cámara del Crimen contra el fallo de la Corte en el caso Levinas.En la causa Levinas, el máximo tribunal de la Nación ordenó que las decisiones de las cámaras nacionales sean revisadas por la justicia porteña, lo que fue rechazado por los jueces nacionales porque, además, entienden que es un avance en el traspaso de su competencia a la justicia de la Ciudad.La Corte, no obstante, ratificó esta semana esta postura y advirtió que no va a dar marcha atrás. De hecho, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad ya empezó a resolver los casos de la justicia nacional que le envió la Corte en revisión.Los jueces comerciales recordaron en su acuerdo de este jueves que "los jueces nacionales con asiento en la capital de la República siguen siendo tales [nacionales] y equiparables a todos los efectos a los jueces federales".Los jueces votaron unánimemente por dar una respuesta negativa a la pregunta de si pueden recurrirse las sentencias de los jueces nacionales en lo comercial por ante el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires.Expresaron que, más allá de lo decidido por la Corte en el fallo Levinas, tienen derecho a disentir con su doctrina. Explicaron que hay diferencias en el acatamiento a los fallos de la Corte por parte de los tribunales inferiores: que la Cámara Comercial siempre ha acatado y seguirá acatando las decisiones de la Corte dentro de la causa en la que falló el máximo tribunal, pero que puede aplicar sus propios criterios en otros expedientes.La Corte dijo, no obstante, que hay un "deber moral" de seguir sus precedentes. Pero mencionó la Cámara que la Corte tiene posiciones diferentes acerca de si se debe seguirla o no."Aun desde la perspectiva del deber 'moral' que tienen los jueces inferiores, ello no quita a los jueces la facultad de apreciar con su criterio propio esas resoluciones y apartarse de ellas, cuando a su juicio no sean conformes a los preceptos claros del derecho", dijo la Cámara.Los magistrados argumentaron que no pueden enviar sus causas a la Ciudad porque no ocurre lo mismo que con las provincias y sus cortes locales. "La Constitución Nacional confiere a dicha ciudad [Buenos Aires] una condición jurídica diferente a la de cualquier provincia", señalaron."Someter las decisiones de la justicia nacional al control de un tribunal instituido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye un evidente error, cuya competencia material no coincide con la legalmente asignada a las cámaras nacionales de apelaciones", dijeron los camaritas.Y argumentaron que "colocar por encima de las cámaras nacionales al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no es más que un evidente forzamiento de lo establecido" en el precedente del tribunal.
El panel de jueces argumentó que el caso no representa una emergencia que justifique una intervención inmediata
De esta forma, los jueces del TSJ ya están revisando los fallos de sus pares nacionales, una medida que había sido resistida por los fueros civil, penal, comercial y laboral
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad (TSJ) comenzó analizar la causa de la quiebra del Correo Argentino, que importa a Mauricio Macri, y resolvió en ocho de las 14 causas que le envió la Corte Suprema de Justicia, revisando las decisiones de las cámaras civiles, comerciales penales y laborales nacionales. También empezó el trámite de decenas de casos de las cámaras nacionales que le llegaron en apelación.Estas facultades le fueron otorgadas al Tribunal Superior de Justicia porteño por la Corte Suprema de Justicia en el fallo "Levinas", dictado el 27 de diciembre del año pasado, que reconoció a la "corte" porteña como el tribunal de apelación de los casos de la justicia nacional.Los camaristas nacionales se resisten a esta decisión de la Corte Suprema de Justicia, porque entienden que avanza sobre el traspaso de sus funciones a la órbita de la ciudad de Buenos Aires.El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad está integrado por los jueces Inés Weinberg, Alicia Ruiz, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi.En los fallos de este miércoles, el tribunal actuó por unanimidad, excepto en el expediente Levinas, donde hubo una disidencia.El Tribunal Superior de Justicia declaró abstracto el planteo efectuado en el caso del policía Chocobar, que fue condenado por matar a un ladrón y el juicio fue anulado. Como se decidió realizar un nuevo juicio en agosto próximo, los jueces del Tribunal Superior de Justicia resolvieron declarar abstracto el pedido de que se realice un juicio por jurados.La otra causa que resolvieron los altos magistrados porteños es el caso original que motivó el precedente de la Corte, referido al periodista Gabriel Levinas y una diferencia por rendición de cuentas con la familia del artista plástico León Ferrari por la venta de unas obras de arte.Levinas llegaba a esta instancia condenado por la Cámara Civil a pagar a la familia de Ferrari 88.000 dólares. El periodista recurrió el fallo y la Corte resolvió en el precedente que dio origen al nuevo trámite judicial para las causas civiles. Decidió que sea el Tribunal Superior de justicia de la Ciudad el que intervenga para revisar esa condena.Hoy, los jueces Weinberg, Ruiz, De Langhe y Otamendi resolvieron rechazar el recurso de Levinas porque no se dirigía contra una sentencia definitiva y dejaron firme la condena en su contra. En disidencia votó el juez Lozano, que se pronunció por revocar parcialmente la sentencia de cámara y reenviar el caso para nueva decisión, pero quedó en minoría.Ahora, Levinas puede aún presentar un recurso extraordinario para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, si ese recurso es rechazado, puede ir en queja.En el caso del Correo Argentino, los jueces deben decidir si confirman o revocan el rechazo de la recusación de la jueza comercial Marta Cirulli, que dispuso la quiebra de la empresa de los Macri por una deuda que le reclama el Estado, y de la fiscal Gabriela Boquín, que la solicitó.El fallo es clave, ya que si los jueces del TSJ confirman a la jueza y a la fiscal, la quiebra queda firme. Pero si deciden que deben apartarse, se cae la quiebra ya dictada por ellas.Hoy, las posturas están dividas en el Tribunal Superior de al Ciudad. Hay quienes piensan que se está ante un caso que no es una sentencia definitiva o equiparable, por lo que debe rechazarse el recurso de los Macri y dejar firme a la jueza y a la fiscal y por tanto a la quiebra.Y otros magistrados analizan si no hay elementos como considerar que el rechazo de la recusación no fue correcto y debe revertirse esa decisión. El caso aún sigue abierto.El TSJ tiene jueces ligados al Pro, como Inés Weinberg o Santiago Otamendi, otros sin referencia política como De Langhe o Lozano, y uno más próximo al peronismo, Ruiz.En total el TSJ hoy resolvió ocho de las 14 causas que le fueron enviadas por la Corte y empezó el trámite de decenas de casos de las cámaras nacionales que le llegaron en apelación.
La creación del TGA y una serie de medidas para facilitar la comunicación y mejorar los tiempos judiciales resultaron en un incremento de las audiencias para los casos de violencia familiar y de género. Leer más