resolución

Fuente: Infobae
17/10/2025 19:49

Las EPS tendrán un año para ajustarse a lo que dispone nueva resolución del Gobierno o saldrán del sistema de salud

La medida establece límites al número de EPS por subregión, fija proporciones mínimas de afiliados y define las condiciones para su permanencia o retiro del sistema

Fuente: Infobae
15/10/2025 16:23

Gustavo Petro solicitó que la ONU aborde el ataque de una lancha cerca de Venezuela tras presunto desacato de EE. UU. a resolución impulsada por Colombia

Tras un nuevo incidente en aguas cercanas a Venezuela, Gustavo Petro llamó a que la ONU analice el caso por considerar que Estados Unidos incumplió la resolución colombiana que exige supeditar las políticas antidrogas

Fuente: Infobae
14/10/2025 00:00

La justicia gallega colapsa: los juicios por despido se señalan para 2028 y las causas civiles se acumulan sin fecha de resolución

La falta de medios, la sobrecarga de trabajo y los continuos retrasos en las vistas dibujan un escenario de colapso que afecta a trabajadores, empresas y particulares por igual

Fuente: Infobae
13/10/2025 15:00

Gustavo Petro celebró resolución de la ONU que vinculó las políticas de drogas con los derechos humanos: "Triunfo del progresismo"

El mandatario colombiano consideró este anuncio como uno de los avances diplomáticos más importantes alcanzados por Colombia

Fuente: Infobae
13/10/2025 04:00

Pablo Ródenas, abogado, explica cómo prepararse para la resolución del INSS tras 18 meses de baja médica: "No es un simple papel, se decide tu futuro laboral y económico"

El letrado aconseja actuar con previsión, mantener los informes en regla y conocer los derechos para evitar sorpresas negativas en el proceso

Fuente: Infobae
10/10/2025 10:54

Congreso oficializó la vacancia de Dina Boluarte mediante resolución publicada en El Peruano

José Jerí Oré juramentó como presidente de la República pasada la medianoche del viernes 10 de octubre

Fuente: Infobae
09/10/2025 21:58

CNE reglamentó nuevos mecanismos de vigilancia y control para las elecciones de 2025 y 2026 en Colombia: esto dice la resolución

Con el propósito de ampliar el control ciudadano en las urnas, se fijaron nuevos lineamientos para quienes vigilarán y auditarán las votaciones, incluyendo reglas de acreditación y uso de plataformas tecnológicas

Fuente: Perfil
09/10/2025 17:36

"El mercado está descontando una resolución favorable y un apoyo del Tesoro de los Estados Unidos", afirmó un especialista

Para el operador de PR Cambios, Gustavo Quintana, "hay un cambio de humor en el mercado de cambios". Leer más

Fuente: Infobae
06/10/2025 23:30

Quiénes pueden circular en el carril preferencial de la Séptima en Bogotá y bajo qué condiciones: resolución lo aclara

Tras presión política y denuncias de multas arbitrarias, la Secretaría de Movilidad modificó la regulación, permitiendo el paso de vehículos particulares siempre que no obstruyan el flujo del transporte público

Fuente: Infobae
04/10/2025 10:16

Sí se hará el concierto de Guns'N Roses en el Vive Claro de Bogotá: se espera la resolución

También se espera la confirmación de los conciertos de Linkin Park, My Chemical Romance y Shakira, programados en el Vive Claro

Fuente: La Nación
02/10/2025 18:18

Confirman cambios en la resolución de multas de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires

Las infracciones de tránsito suelen convertirse en un dolor de cabeza para cualquier conductor. En esa línea, para agilizar el trámite, el Gobierno porteño puso en marcha una plataforma que permite resolverlas de manera virtual a través de una videollamada.Cuánto cuesta el Ford Territory en octubre 2025El sistema funciona a través de Boti, el chatbot oficial de la Ciudad, disponible en WhatsApp al número 11-5050-0147. Al enviar las palabras clave "multa" o "infracciones", el asistente guía al usuario con distintas opciones como "Revisar multas", "Cómo pagar" o "Turno virtual". Tras ingresar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) o la patente del vehículo, se puede agendar una audiencia online para realizar un descargo sin necesidad de acercarse a una sede comunal. Eso sí: al igual que en la modalidad presencial, quienes opten por esta vía pierden el beneficio del 50% de descuento por pago voluntario.En lo que refiere al horario de atención, este servicio está disponible de lunes a viernes de 8 a 20 horas y se puede acceder desde cualquier dispositivo. A su vez, en la videollamada con el controlador es necesario que la persona presente un documento válido. La audiencia tiene una duración máxima de 20 minutos y afirman que "el fin es garantizar el derecho de defensa de cada vecino y la posibilidad de presentar un descargo y pruebas".Una vez que se finaliza la videollamada, se arma un acta y se dicta la resolución correspondiente, que será incorporada al expediente electrónico del caso. Uno de los puntos más importantes es que todo queda grabado en video.Otra aclaración pertinente es que a las audiencias virtuales sólo pueden acceder quienes tengan multas de tránsito pendientes para abonar y, antes de desplegar la oferta de turnos disponibles, el sistema envía un aviso para quienes no quieran perder el beneficio del pago voluntario, no cuenten con documentación de respaldo para efectuar un descargo o no deseen resolver todas sus actas en la audiencia con el controlador."Seguimos simplificando trámites en la Ciudad. El tiempo de las personas es valioso y estas audiencias virtuales nos aseguran no solo ahorrar tiempo sino también un menor costo operativo para el Estado, ya que se descomprime el sistema presencial", dijo el Jefe de Gobierno, Jorge Macri. El origen de esta medidaEsta iniciativa fue propulsada por el Ministerio de Justicia porteño en conjunto con la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, y se encuadra en las políticas de digitalización y simplificación de trámites que promueve la actual gestión."Nuestro objetivo es que este sistema de videollamadas se convierta en nuestro principal canal de atención para ofrecerle al vecino una experiencia más simple y previsible, y para que sea más ágil la resolución de las audiencias con un controlador de faltas", dijo el ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia.En una sintonía similar, el secretario de Innovación y Transformación Digital, Raúl Piola, comentó: "Esta implementación representa un avance significativo en materia de simplificación de trámites, optimizando la gestión a partir del ahorro de tiempo y recursos, mejorando la experiencia de las personas al poder resolver sus infracciones desde cualquier lugar".

Fuente: Perfil
02/10/2025 12:36

En qué consiste la nueva resolución del Senasa que habilita un mejor aprovechamiento de los animales "caídos"

"Cuando uno transporta hacienda de camiones, llegan animales por ahí débiles y que se caen", explicó el vicepresidente del Mercado Agroganadero de Cañuelas (MAG), Fernando Sáenz Valiente. Leer más

Fuente: La Nación
30/09/2025 20:18

Caso Odebrecht | Revés para dos altos ejecutivos de la constructora brasileña por una resolución de la Corte argentina

La Corte Suprema de Justicia rechazó las presentaciones de dos acusados en la causa donde se investiga el supuesto de pago de coimas a funcionarios del kirchnerismo para asegurarse el contrato de las obras de soterramiento del Ferrocarril Sarmiento, ahora abandonadas.Los acusados buscaban impugnar la llegada a la causa de información que obtuvo Brasil en el caso del Lava Jato, donde arrepentidos admitían que efectivamente se habían pagado sobornos para la adjudicación de las obras en la Argentina.Una de las presentaciones fue hecha por Luiz Antonio Mameri, uno de los ejecutivos de más alto rango de la constructora Odebrecht que se acogió al régimen de la "delación premiada" en Brasil y que planteó la nulidad de la incorporación de copias de su confesión en la causa que se tramita en los tribunales de Comodoro Py 2002. La otra presentación la formuló Mauricio Couri Ribeiro, ex director superintendente de Odebrecht Infraestructura en la Argentina participó de lleno en las negociaciones de los proyectos, quien reclamó en la causa la nulidad del acuerdo de colaboración alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal argentino y el de Brasil.Estos planteos ya habían sido rechazados en instancias anteriores, pero sus defensas llegaron en queja a la Corte Suprema. Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó las presentaciones por incumplimiento de las formalidades previstas en la acordada 4/2007.La causa investiga posibles maniobras de fraude a la administración pública y presuntos pagos de sobornos del Grupo Odebrecht y sus socios locales a funcionarios integrantes de la estructura del Ministerio de Planificación Federal durante el Gobierno kirchnerista. La Justicia sospecha que esos pagos se realizaron para obtener la adjudicación y continuidad en las distintas etapas de la obra del soterramiento del Ferrocarril Sarmiento, que benefició a un consorcio integrado -según su anterior denominación- por las firmas IECSA S.A., Constructora Norberto Odebrecht S.A., GHELLA Societa Per Azioni y COMSA S.A.Desde hace años, el juez federal Marcelo Martínez de Gorgi tiene pisado el caso Odebrecht a pesar de los pedidos de la fiscalía para avanzar contra los empresarios acusados de los pagos de dinero a los funcionarios del Ministerio de Planificación.La Cámara Federal instó en 2023 por tercera vez al juez federal Martínez de Giorgi a que defina si procesa o no a los exfuncionarios del kirchnerismo y a los empresarios. La obra del soterramiento del Ferrocarril Sarmiento implicaba unos de US$1500 millones de inversión y se encuentra paralizada. AntecedentesEn 2021 llegó al país la información de arrepentidos brasileños que admitieron los sobornos y el caso siguió inmóvil. Los acusados son el exministro kirchnerista Julio De Vido y el empresario Ángelo Calcaterra, que con su exempresa IECSA, que integró el consorcio a cargo de la obra junto con la brasileña Odebrecht.El fiscal del caso Franco Picardi viene instando al juez a que de una respuesta sobre las situaciones procesales de los acusados, para quienes reclamó la indagatoria por el pago de coimas.Odebrecht admitió que pagó coimas en todo el continente para asegurarse la continuidad de sus obras. En la Argentina se planteó un acuerdo con los fiscales brasileños para incorporar esa información brindadas por arrepentidos de Brasil en el Lava Jato a la causa local.Las demoras registradas en este expediente resultan llamativas en comparación con los avances registrados en las otras dos causas vinculadas al capítulo argentino del Lava Jato. En el caso de las planta potabilizadora de Aysa está en pleno juicio oral. Los imputados son el exministro De Vido, que figura entre los que habrían recibido sobornos, mientras que Calcaterra y su mano derecha, Javier Sánchez Caballero, aparecen entre los acusados de haber abonado esas coimas, junto con ejecutivos de Odebrecht: Luiz Antonio Mameri, Mauricio Couri Ribeiro, Flavio Bento da Faria y Rodney Rodríguez de Carvalho, entre otros.Las defensas de esos acusados habían planteado la nulidad de algunas de las decisiones tomadas en primera instancia. En particular, por el uso que se le dio a las pruebas aportadas desde Brasil y que incluyen la "delación premiada" de Mameri, exvicepresidente para América Latina de Odebrecht, que confesó cómo y a quiénes pagaron coimas para obtener negocios multimillonarios en la Argentina. La Cámara antes y la Corte rechazaron ahora esas nulidades.Según Mameri, durante la primera etapa del proyecto, Sánchez Caballero les comunicó a los ejecutivos de Odebrecht en Buenos Aires cuáles eran las pautas para participar del proyecto. Y les informó que habían acordado con funcionarios de Planificación Federal que ganarían la licitación y que por eso deberían afrontar "pagos indebidos" a medida que comenzaran a cobrar las obras.Aceptadas esas "reglas de juego", como las calificó ante las autoridades brasileñas y reveló LA NACION en 2017, Mameri admitió que autorizó "pagos indebidos" por US$2,9 millones entre enero de 2011 y enero de 2014, es decir, tras el inicio formal de la ejecución de las obras en 2010 y a medida que el consorcio debía cobrar sus primeros certificados.Consultado entonces por LA NACION, Sánchez Caballero rechazó la confesión de Mameri. "No lo conozco a ese señor", replicó, para luego negar de manera enfática cualquier rol delictual. "Yo fui completamente ajeno a cualquier tipo de acción vinculada a eso", remarcó.Tras la muerte de Néstor Kirchner, sin embargo, Mameri detalló que cambiaron los intermediarios. Jorge "Corcho" Rodríguez se presentó ante el director de Infraestructura de Odebrecht en la Argentina, Rodney Rodrigues de Carvalho, como "interlocutor" de Roberto Baratta, el funcionario de máxima confianza de De Vido.Según Mameri, el "Corcho" Rodríguez le explicó a su equipo en Buenos Aires que debía pagar "una contrapartida" por cada factura pendiente de cobro. Era, según los conminó, la única forma de que el ministerio priorizara su deuda. Sin embargo, esas confesiones no se pueden usar en la Argentina y ya se plantearon nulidades. Es porque en Brasil, Rodríguez consiguió anular las evidencias en su contra. El presidente del Supremo Tribunal brasileño concluyó que no se garantizó la "cadena de custodia" el contenido de dos sistemas operativos de la multinacional y que, por tanto, no se puede usar en juicio. Son las evidencias que lo complicaban en dos causas. La Justicia de ese país bloqueó el uso en la Argentina de esas pruebas. Esa segunda etapa de "pagos indebidos" también fueron a través de la División de Operaciones Estructuradas, cuyo jefe máximo, Hilberto Mascarenhas da Silva -otro delator premiado-, se encargó de los detalles.

Fuente: Perfil
25/09/2025 15:00

"No se estableció el monto, con lo cual, en teoría, la resolución de restricción 0 para carnes sigue vigente"

En base a la explicación del presidente de APEA, Fernando Herrera, "por la forma en que fue establecido el decreto, eso es muy poco aplicable a las exportaciones de carne, porque no es la operatoria habitual". Leer más

Fuente: Infobae
24/09/2025 09:18

Otty Patiño salió en defensa de la resolución que nombra nuevamente a 16 exparamilitares como gestores de paz: "Lo estábamos pidiendo"

La administración de Gustavo Petro designó a antiguos líderes de las AUC para impulsar el cierre del proceso de desmovilización, priorizando la verdad, la restitución de bienes y la reparación a víctimas, generando controversia nacional

Fuente: Infobae
23/09/2025 12:58

Gobierno Petro confirmó a Gloria Quiceno como delegada en los diálogos con las disidencias de alias Calarcá: esto dice la resolución

La funcionaria, reconocida por su papel en la creación de zonas de ubicación temporal, fue ratificada como cabeza de la delegación en un momento de incertidumbre por posibles fracturas entre bloques armados

Fuente: Infobae
21/09/2025 21:21

Requisito de segunda lengua para embajadores colombianos podría volver a estar vigente: demandaron resolución que lo eliminó

En agosto de 2025, el Gobierno nacional expidió una resolución que eliminó el requisito de segunda lengua en el nombramiento de embajadores colombianos en el exterior

Fuente: La Nación
21/09/2025 18:00

Cuadernos | El tribunal trabaja en una resolución para decidir si admite o rechaza que los empresarios paguen para salir absueltos sin juicio

El tribunal que tiene a su cargo el juicio contra Cristina Kirchner en la causa de los cuadernos de las coimas trabaja en una resolución para decidir si autoriza rechaza que medio centenar de empresarios, acusados de pagar sobornos para mantener sus obras públicas, pueden pagar "una reparación" en dinero y ser absueltos sin enfrentar el proceso.La decisión será de los jueces Fernando Canero, Enrique Méndez Signori y Germán Castelli, quienes seguían trabajando con el secretario del tribunal en esa definición. La tarea es contra reloj, porque este miércoles el propio tribunal citó a una audiencia para organizar el megajuicio que comenzará el 6 de noviembre.Una alternativa es hacer un megaproceso con casi un centenar de acusados y otra con la mitad, es decir sólo con los funcionarios en el banquillo. Los empresarios, algunos de los cuales declararon como arrepentidos y admitieron haber pagado coimas a los funcionarios del kirchnerismo, ofrecieron en total cifras que oscilan entre los 12 y los 21 millones de dólares, según fuentes de las defensas. Es impreciso el número global porque muchos no hicieron pública su oferta, sino que algunos la presentaron por escrito y otros se la reservaron. En una audiencia pública realizada la semana pasada, los empresarios ofrecieron desde barcos a departamentos y dinero en efectivo para que los excluyan del juicio.Por ejemplo, Héctor Javier Caballero, exgerente general de Iecsa, ofreció US$460.640; Mario Rovella, socio de la constructora Rovella-Carranza, US$494.542; Gabriel Pedro Losi, socio de Luis Losi SA, US$557.630; Juan Manuel Collazo, exdirectivo de Helport, US$603.456; Cristóbal López, Fabián de Sousa y Osvaldo de Sousa, US$683.029; Ernesto Clarens, US$1.500.000; Angelo Calcaterra, exdueño de Iecsa, US$1.684.442; y Aldo Roggio, expresidente de grupo Roggio, US$1.267.108.Los empresarios hicieron uso del artículo 59, inciso 6º, del Código Penal, que permite la extinción de la acción penal, es decir, borrar todo como si nada hubiera pasado, en caso de un acuerdo de conciliación con la víctima o el pago de una "reparación integral". La conciliación está reglamentada en el Código Procesal y requiere que la víctima esté de acuerdo. Pero la reparación no está reglamentada y se rige por la casuística.Hay fallos de un lado y del otro. Sin embargo, el estándar de los fallos de la Casación y los tribunales orales es que la reparación se aplica en los casos de delitos donde haya una víctima y no en estos casos donde toda la sociedad es la afectada por la corrupción. También se utiliza en casos donde no hay funcionarios acusados.Además, existe un debate acerca de si se requiere o no el acuerdo del fiscal. La fiscal en este caso es Fabiana León, que en un encendido alegato rechazó toda reparación, dijo que eso es tarifar la impunidad y que no se puede "pagar para zafar", porque sería legitimar que los ricos puedan evitar el castigo penal y a los pobres les queda la condena. La Corte Suprema aún no estableció un criterio general, pero las defensas apuestan que a que puedan conmover al tribunal con argumentos ligados a los casos personales de cada imputado: por ejemplo, señalan, no es lo mismo el arrepentido que colaboró, ayudó a esclarecer el caso y sólo es partícipe, con lo que podría tener un trato mejor del tribunal.Estas son elucubraciones de las defensas. Son más de medio centenar los estudios jurídicos más importantes del país defendiendo a los empresarios de las principales compañías argentinas.Criterios adversosEsta es la decisión que los jueces tienen en sus manos. Del otro lado hay jurisprudencia de la Casación que es bien restrictiva con la aceptación de la reparación integral. Los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos â??que intervienen en el caso Cuadernosâ?? vienen firmando fallos en contra de la aceptación de esta solución. Por ejemplo, en el caso de lavado del Banco BNP Paribas y en el caso del exfuncionario del PAMI Luciano Di Cesare. En el caso de los cuadernos, tanto la fiscalía como la Unidad de Información Financiera (UIF) se opusieron ala reparación integral. En la causa contra Di Cesare, el PAMI y el Tribunal Oral Federal N°7, el mismo del caso Cuadernos, estuvieron de acuerdo en que el exfuncionario pague, pero los jueces de la Casación rechazaron la reparación y lo mandaron a juicio. El asunto está en la Corte. En el caso del BNP Paribas, el fiscal Raúl Pleé, el mismo que interviene en Cuadernos, se opuso, al igual que el Banco Central. En este caso primó la idea de que el delito era supraindividual y afectaba a la sociedad. El jueves de la semana pasada hubo otro fallo de la Cámara de Casación que, con la firma de Hornos, Borinsky y Javier Carbajo, revocó un acuerdo con el acusado.Se trata de una causa donde los jueces hicieron lugar a un recurso del fiscal Diego Velasco, sostenido por el fiscal Pleé â??otra vezâ?? y revocaron la propuesta de reparación presentada por Sergio Omar Lasa, un exintegrante de la Prefectura Naval acusado de pedir coimas a cambio de no inspeccionar a empresas areneras.Se trató, en rigor, de una suspensión del juicio a prueba, donde Lasa ofreció 300.000 pesos para el Hospital Garrahan y realizar 96 horas de tareas comunitarias. Lasa, extitular de la sección Boca del Riachuelo de la Prefectura Naval Argentina, está acusado del delito de exacciones ilegales cuando habría solicitado coimas al gerente de una empresa de silos areneros para retardar inspecciones de seguridad e higiene vinculadas con la operatoria de los buques.Ante un planteo de la defensa, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de la ciudad de Buenos Aires le concedió la reparación integral ofrecida. El fiscal Pleé se opuso y los jueces de la sala IV de Casación, por mayoría, revocaron el acuerdo."Si bien la conciliación y la reparación integral del daño se encuentran vigentes como métodos alternativos de extinción de la acción, su procedencia no puede surgir como producto de un análisis discrecional y aislado. No resultarán, en principio, objeto de reparación ni de acuerdo conciliatorio los supuestos en los que el daño exceda el interés de la víctima, como es el caso de los delitos que afectan bienes jurídicos supraindividuales, como aquellos cometidos contra la administración pública, el erario público y la seguridad social, en tanto exceden el daño a una viÌ?ctima concreta que pueda ver satisfechas sus pretensiones a traveÌ?s de una conciliación o reparacioÌ?n económica, pues afectan bienes jurídicos supraindividuales", dijo el juez Hornos en su voto. Tuvieron en cuenta la oposición del fiscal, que en el trámite no se citó a la víctima â??el gerente de la empresa Silos Areneros de Buenos Airesâ?? a los fines de ser oída, las características del hecho y la gravedad del delito investigado. Ello, en el contexto del mandato de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. "Es claro, entonces, que existe un intereÌ?s puÌ?blico que prevalece al de la viÌ?ctima y del imputado. Y de allí la sustancialidad de la intervención del Ministerio Público Fiscal", dijo Hornos.Borinsky sostuvo que el asunto no podía prosperar por la falta de citación a la víctima y por tratarse de un delito de corrupción, al igual que el juez Carbajo, que si bien entendió que no hay un criterio general para impedir aplicar la reparación integral, dijo que se debe analizar cada caso. Y en este se pronunció con sus colegas. Dijeron los jueces que la solución alternativa homologada por el tribunal oral de juicio era insuficiente para restablecer la paz social y rechazó la propuesta de reparación integral presentada por el exjefe de la Prefectura Naval.

Fuente: Infobae
19/09/2025 13:31

PJ anula resolución que negó medida cautelar a Delia Espinoza para suspender proceso disciplinario en la JNJ

Sala Constitucional ordena al Juzgado de primera instancia que vuelva a evaluar y resuelva correctamente la solicitud de la fiscal de la Nación

Fuente: Infobae
17/09/2025 12:26

El PRI celebra resolución del TEV que confirma triunfos en los municipios de Chontla y Chicontepec

MC señala que quieren robarse la elección de Poza Rica y Papantla

Fuente: Clarín
15/09/2025 11:18

Resolución 4K: qué significa y cuándo vale la pena usarla

Cómo funciona y qué aporta en comparación con resoluciones inferiores.En qué momento conviene gastar más y optar por una pantalla 4K.

Fuente: La Nación
12/09/2025 19:36

Qué es de la Declaración de Nueva York, la resolución que tomó la ONU y generó críticas de Israel

La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó este viernes la Declaración de Nueva York, un documento que busca revitalizar la solución de dos Estados para el conflicto entre Israel y Palestina. La medida, que excluye de manera explícita al grupo Hamas, obtuvo 142 votos a favor, diez en contra y 12 abstenciones, con una fuerte oposición del gobierno israelí y Estados Unidos.¿Qué establece la Declaración de Nueva York?El texto, redactado por Francia y Arabia Saudita, representa un intento por sentar las bases de un proceso de paz tras casi dos años de guerra en la Franja de Gaza. Su contenido se centra en varios puntos clave. Primero, condena de manera inequívoca el ataque de Hamas del siete de octubre de 2023 y exige la liberación inmediata de todos los rehenes que permanecen retenidos.La resolución establece que, una vez finalizado el conflicto, "Hamas debe cesar el ejercicio de su autoridad sobre la Franja de Gaza y entregar sus armas a la Autoridad Palestina, con el apoyo y la cooperación de la comunidad internacional". El documento también aboga por una solución justa, pacífica y duradera del conflicto, basada en la aplicación efectiva de la solución de dos Estados.En anticipación a un eventual alto el fuego, el texto contempla el despliegue de una misión internacional temporal de estabilización en Gaza. Esta fuerza operaría bajo mandato del Consejo de Seguridad con el objetivo de proteger a la población, fortalecer las instituciones palestinas y ofrecer garantías de seguridad tanto a Palestina como a Israel.Cómo fue la votación y qué países se opusieronLa resolución consiguió una amplia mayoría con 142 votos a favor. Los países de la Unión Europea (UE) respaldaron la iniciativa en bloque. Sin embargo, diez naciones rechazaron el documento. Entre ellas figuran Estados Unidos, Israel y Hungría.La Argentina y Paraguay también votaron en contra, junto a Micronesia, Tonga, Nauru, Palaos y Papúa Nueva Guinea. Además, 12 países optaron por la abstención. El resultado evidencia una división en la comunidad internacional sobre el abordaje del conflicto.El presidente francés, Emmanuel Macron, celebró la votación y afirmó que se sientan "las bases de un camino irreversible hacia la paz en Medio Oriente". Macron, quien prometió reconocer formalmente al Estado palestino en dicha cumbre, agregó: "Dos pueblos, dos Estados: Israel y Palestina, viviendo uno junto al otro en paz y seguridad. ¡De nosotros depende implementarlo!".Cuál fue la reacción de Israel y la Autoridad PalestinaEl gobierno israelí calificó la resolución de "vergonzosa". Oren Marmorstein, vocero del Ministerio de Relaciones Exteriores, escribió en la red social X: "Israel rechaza categóricamente la decisión de la Asamblea General de la ONU". El funcionario aseguró que el texto alienta a Hamas a "continuar la guerra" y no favorece una solución pacífica.La Autoridad Palestina expresó una postura completamente opuesta. Su vicepresidente, Husein al Sheij, afirmó que la votación es "un paso importante hacia el fin de la ocupación". En un mensaje en X, Al Sheij celebró la adopción de la resolución y la consideró una expresión de la voluntad internacional a favor de los derechos del pueblo palestino. Añadió que acerca la concreción de un Estado independiente "sobre las fronteras de 1967, con Jerusalén Este como capital".Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

Fuente: La Nación
12/09/2025 15:36

La ONU aprobó una resolución que busca revitalizar la solución de dos Estados, pero Israel la calificó de "vergonzosa"

NACIONES UNIDAS.- La Asamblea General de la ONU aprobó este viernes la llamada "Declaración de Nueva York", un documento que busca revitalizar la solución de dos Estados para Israel y Palestina y que excluye de manera explícita a Hamas. El texto, redactado por Francia y Arabia Saudita, obtuvo 142 votos a favor, 10 en contra y 12 abstenciones.Entre los países que rechazaron la resolución figuran Estados Unidos, Israel y Hungría, además de la Argentina, Paraguay, Micronesia, Tonga, Nauru, Palaos y Papúa Nueva Guinea. Los países de la Unión Europea (UE) votaron a favor.La declaración condena de manera inequívoca el ataque de Hamas del 7 de octubre de 2023 â??que desencadenó la guerra en Gazaâ?? y exige la liberación inmediata de los rehenes aún retenidos. "Condenamos los ataques perpetrados el 7 de octubre por Hamás contra civiles" y "Hamás debe deponer las armas y liberar a todos los rehenes", afirma el texto. Además, establece que, con el fin de la guerra en Gaza, "Hamas debe cesar el ejercicio de su autoridad sobre la Franja de Gaza y entregar sus armas a la Autoridad Palestina, con el apoyo y la cooperación de la comunidad internacional".Today, under the leadership of France and Saudi Arabia, 142 countries have adopted the New York Declaration on the implementation of the Two-State Solution. Together, we are charting an irreversible path towards peace in the Middle East.â?¦ pic.twitter.com/74c5CrMKW1— Emmanuel Macron (@EmmanuelMacron) September 12, 2025El documento fue concebido como la antesala de la cumbre de la ONU del 22 de septiembre en Nueva York, copresidida por Francia y Arabia Saudita, en la que el presidente Emmanuel Macron prometió reconocer formalmente al Estado palestino. En un mensaje publicado en X, Macron celebró la votación: "Juntos, estamos sentando las bases de un camino irreversible hacia la paz en Medio Oriente".El mandatario francés agregó que "otro futuro es posible. Dos pueblos, dos Estados: Israel y Palestina, viviendo uno junto al otro en paz y seguridad. ¡De nosotros depende implementarlo!".Israel consideró "vergonzosa" la resolución y aseguró que alienta a Hamas a "continuar la guerra".El texto, adoptado por una amplia mayoría, apoya la creación de un futuro Estado palestino, pero excluye la participación de Hamas en el gobierno y reclama al movimiento que entregue sus armas."Israel rechaza categóricamente la decisión de la Asamblea General de la ONU" que es una "decisión vergonzosa", escribió en X vocero del Ministerio de Relaciones Exteriores, Oren Marmorstein. "La resolución no favorece una solución de paz. Al contrario, alienta a Hamas a continuar la guerra", agregó.Israel utterly rejects the decision of the UN General Assembly this evening.Once again, it has been proven how much the General Assembly is a political circus detached from reality: in the dozens of clauses of the declaration endorsed by this resolution, there is not a singleâ?¦ pic.twitter.com/UAT2VaAysi— Oren Marmorstein (@OrenMarmorstein) September 12, 2025En cambio, el vicepresidente de la Autoridad Palestina, Husein al Sheij, afirmó que la votación es "un paso importante hacia el fin de la ocupación"."Acojo con satisfacción la adopción por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas de la resolución (...) sobre la aplicación de la solución de dos Estados y la creación de un Estado palestino independiente", escribió Al Sheij en X."Esta resolución expresa la voluntad internacional a favor de los derechos de nuestro pueblo y constituye un paso importante hacia el fin de la ocupación y la concreción de nuestro Estado independiente sobre las fronteras de 1967, con Jerusalén Este como capital", añadió en relación a la guerra en la que Israel tomó varios territorios, incluidos Cisjordania y Gaza.Un escudo frente a las críticasEl voto de la Asamblea General supone un giro tras casi dos años de críticas israelíes a Naciones Unidas por no haber condenado de manera clara a Hamas. Para Richard Gowan, analista del International Crisis Group, el hecho de que la ONU apruebe un texto que responsabiliza directamente al grupo terrorista "es significativo", aunque Israel lo considere "demasiado poco y demasiado tarde". No obstante, señaló que el documento brinda a los países que apoyan a los palestinos un argumento frente a las críticas de Israel, al demostrar que no respaldan a Hamas.Estados Unidos calificó la votación como "otra maniobra publicitaria errónea e inoportuna" que socava los esfuerzos diplomáticos para poner fin al conflicto.La declaración también exige el fin inmediato de la guerra en Gaza y aboga por una solución justa, pacífica y duradera del conflicto israelo-palestino, basada en la aplicación efectiva de la solución de dos Estados, posición que la Asamblea General ha reiterado históricamente.En previsión de un eventual alto el fuego, el texto contempla el despliegue de una misión internacional temporal de estabilización en Gaza, bajo mandato del Consejo de Seguridad, con el objetivo de proteger a la población, fortalecer las instituciones palestinas y ofrecer garantías de seguridad tanto a Palestina como a Israel.Hoy, cerca de tres cuartas partes de los 193 Estados miembros de la ONU reconocen al Estado palestino proclamado en 1988. Sin embargo, tras casi dos años de guerra en Gaza, la expansión de los asentamientos en Cisjordania y las intenciones de sectores del gobierno israelí de anexar ese territorio ocupado, crece el temor de que la creación de un Estado palestino independiente sea cada vez más inviable.El primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, lo reiteró el jueves con contundencia: "No habrá un Estado palestino". En la misma línea, Estados Unidos adelantó que el presidente palestino Mahmoud Abbas no recibirá visa para viajar a Nueva York y participar en la Asamblea General.Agencias AFP y ANSA

Fuente: Infobae
12/09/2025 05:15

El uso de bases privadas de ADN facilita la resolución de crímenes pero expone al entorno familiar

La decisión de compartir información genética en plataformas privadas puede afectar la privacidad de miles de familias. Expertos citados por el MIT Technology Review advirtieron sobre la falta de control y transparencia en la gestión de estos datos personales

Fuente: Infobae
11/09/2025 20:01

Suspenden resolución de Corpoamazonia que pretendía declarar como reserva ambiental más del 70% del territorio en Mocoa

El reciente fallo del Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Mocoa puso en evidencia una problemática nacional sobre la expedición de medidas ambientales sin participación efectiva de las comunidades

Fuente: Infobae
11/09/2025 17:42

Petro respondió a periodista que alertó sobre resolución que autoriza una reforma estatutaria de estatutos de la Nueva EPS: "Aterrice"

El presidente aseguró que el Gobierno está salvando a la entidad promotora de salud, que presenta un pasivo de $13 billones

Fuente: Infobae
11/09/2025 09:28

El Parlamento Europeo aprobó una resolución que pide a la UE incluir al Cartel de los Soles en su lista de organizaciones terroristas

Expresó su "grave preocupación" por la consolidación de estructuras criminales transnacionales que operan en la frontera colombo-venezolana y que Estados Unidos considera que son manejadas desde el régimen de Nicolás Maduro

Fuente: Infobae
10/09/2025 23:51

En Europa se votará una resolución para rechazar la presunta alianza entre Petro y Maduro: así lo sentenció una congresista

La representante aseguró que desde el Viejo Continente ya tienen identificado al presidente Gustavo Petro como uno de los socios más relevantes del dictador venezolano

Fuente: Infobae
10/09/2025 06:05

Gobierno reconoce al Clan del Golfo como grupo armado organizado: claves de la resolución 294 de 2025

El documento le establece un marco legal y operativo, definiendo su participación en los diálogos de paz y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario, sin otorgarle carácter político

Fuente: Clarín
04/09/2025 10:00

Revés para el Gobierno: la Justicia suspendió la resolución que habilitaba el ingreso de asado con hueso a la Patagonia

El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación Rural de Tierra del Fuego.Se frenó por 30 días la aplicación de la Resolución 460/2025 del Senasa, que autorizaba el ingreso de carne con hueso y material genético desde zonas libres de fiebre aftosa con vacunación.

Fuente: La Nación
02/09/2025 18:00

Audios: un senador anticipó que el miércoles se reunirán para definir una resolución y cargó contra los DNU de Milei

"Es infernal la cantidad de decretos de necesidad y urgencia (DNU) que utilizó este Gobierno: un abuso". Esas fueron las palabras del senador nacional por Tierra del Fuego Pablo Blanco para analizar la toma de decisiones del Ejecutivo. En un móvil con LN+, el legislador por Tierra del Fuego mencionó que este miércoles la comisión de libertad de expresión se reunirá para definir una resolución que harán pública en la sesión que el Senado tendrá el jueves, cuyo objetivo central es rechazar definitivamente el veto a la emergencia en discapacidad.El senador nacional Pablo Blanco en dialogo con LN+"No tengo dudas que en la sesión del jueves vamos a rechazar los vetos del Gobierno. Producido el rechazo en el Senado la ley de discapacidad queda firme", vaticinó Blanco. "Las tasas de interés que actualmente está pagando el Gobierno superan ampliamente las previsiones presupuestarias del área de discapacidad", argumentó.Según Blanco, "el Gobierno nos tiene acostumbrado al verso de decir que el Congreso actúa siempre en contra del déficit fiscal". Consultado por los audios del escándalo, el senador dijo: "Es una muestra de la inutilidad que tiene el gobierno de Javier Milei para obrar"."Están desorientados. Siempre responsabilizando a los otros. No son capaces de hacerse cargo de sus obligaciones", subrayó en referencia al Gobierno. En su intercambio con LN+, Blanco también cargó contra la ministra de Seguridad Patricia Bullrich. "Ahora se queja del espionaje ruso pero, ¿quién es la responsable de que eso no ocurra?", enfatizó."Si en la sesión del jueves sale todo bien, presentaremos una iniciativa para reglamentar el uso de los DNU", agregó el senador. Finalmente, hizo una aclaración: "Esta medida de la UCR no es contra el Gobierno, es algo por lo que venimos trabajando desde hace años".

Fuente: Infobae
02/09/2025 16:14

Martín Vizcarra sufre nuevo revés: PJ anula resolución que ordenó devolución de 67 bienes incautados

Sala Suprema concluye que los equipos hallados en el domicilio del expresidente deben permanecer en poder de la Fiscalía

Fuente: La Nación
01/09/2025 17:18

La principal asociación de expertos en genocidio acusa a Israel en una resolución histórica

LA HAYA.- La mayor organización profesional de expertos que estudian el genocidio afirmó el lunes que Israel está cometiendo genocidio en Gaza, mientras continúa la ofensiva en el enclave palestino que dejó este lunes al menos 31 personas muertas en la ciudad más grande del territorio.La determinación de la Asociación Internacional de Expertos sobre Genocidio (IAGS, por sus siglas en inglés) -que cuenta con alrededor de 500 miembros en todo el mundo, incluidos varios expertos en el Holocausto- se suma a un creciente coro de organizaciones que han utilizado el término para describir las acciones de Israel en Gaza. Israel ha rechazado la acusación y calificó la resolución como una "vergüenza para la profesión legal"."Las políticas y acciones de Israel en Gaza cumplen con la definición legal de genocidio", según la resolución del grupo, que fue apoyada por el 86% de los que votaron. La organización no divulgó los detalles específicos de la votación.Melanie O'Brien, presidenta de la organización y profesora de Derecho Internacional en la Universidad de Australia Occidental, afirmó que "las personas que son expertas en el estudio del genocidio pueden ver esta situación por lo que es".En el ataque del 7 de octubre de 2023, que desencadenó la guerra, milicianos liderados por Hamas mataron a unas 1200 personas, en su mayoría civiles, y secuestraron a 251. Cuarenta y ocho rehenes permanecen en Gaza, de los cuales Israel cree que alrededor de 20 están vivos.En la ofensiva de Israel desde el 7 de octubre de 2023, grandes extensiones de Gaza han sido arrasadas y la mayoría de los dos millones de habitantes del territorio han sido desplazados. Más de 63.000 palestinos han muerto, según el Ministerio de Salud de Gaza, que no especifica cuántos eran combatientes o civiles, pero señala que alrededor de la mitad eran mujeres y niños.El Ministerio forma parte del gobierno dirigido por Hamas y está compuesto por profesionales médicos. La ONU y expertos independientes lo consideran la fuente más confiable sobre las bajas de guerra. Israel disputa las cifras pero no ha proporcionado las suyas propias.La resolución de los expertos acusó a Israel de crímenes, incluidos "ataques indiscriminados y deliberados contra civiles e infraestructura civil" en Gaza e instó a Israel a "cesar inmediatamente todos los actos que constituyen genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad contra los palestinos en Gaza".El texto comienza con un reconocimiento de que el ataque de Hamas "constituye crímenes internacionales".El genocidio fue codificado en una convención de 1948 creada tras los horrores del Holocausto que lo define como actos "cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso". Naciones Unidas y muchos países occidentales han señalado que sólo un tribunal puede dictaminar si se ha cometido el crimen. Un caso contra Israel ha sido presentado ante el máximo tribunal de la ONU.Israel -fundado en parte como un refugio tras el Holocausto, en el que unos seis millones de judíos europeos fueron asesinados- ha negado vehementemente que esté cometiendo genocidio."La IAGS ha establecido un precedente histórico: por primera vez, 'Expertos del Genocidio' acusan a la propia víctima de genocidio, a pesar del intento de genocidio de Hamas contra el pueblo judío", señaló el Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel en un comunicado. Israel argumenta que Hamas está prolongando la guerra al no rendirse y liberar a los rehenes. En los últimos días, comenzó las etapas iniciales de una nueva ofensiva y declaró a Ciudad de Gaza como zona de combate.El grupo de expertos, fundado en 1994, ha sostenido previamente que el trato de China a la minoría musulmana uigur y la brutal represión de Myanmar contra los musulmanes rohinya cumplen con el umbral de genocidio.En 2006, la organización sostuvo que las declaraciones del entonces presidente iraní Mahmud Ahmadineyad, en las que pedía que Israel fuera "borrado del mapa", tenían "intención genocida".En julio, dos destacados grupos de derechos israelíes - B'Tselem y Médicos por los Derechos Humanos-Israel- afirmaron que su país está cometiendo genocidio en Gaza. Las organizaciones no reflejan el pensamiento dominante en Israel, pero fue la primera vez que organizaciones locales dirigidas por judíos hicieron tales acusaciones.Grupos internacionales de derechos humanos también han formulado la acusación.Por su parte, Sudáfrica ha acusado a Israel de violar la Convención sobre el Genocidio en la Corte Internacional de Justicia, una acusación que Israel rechaza.El tribunal no tiene una fuerza policial para implementar sus fallos, pero si una nación cree que otro miembro no ha cumplido con una orden de la CIJ, puede informar de ello al Consejo de Seguridad de la ONU.El Consejo tiene herramientas que van desde sanciones hasta autorizar medidas militares, pero todas las acciones requieren el apoyo de al menos nueve de las 15 naciones del Consejo de Seguridad y ningún veto de un miembro permanente: Estados Unidos, Rusia, China, el Reino Unido y Francia. El presidente estadounidense, Donald Trump, ha dicho que no cree que se esté produciendo un genocidio.En el terrenoEn tanto, los bombardeos israelíes continuaron este lunes sobre Ciudad de Gaza, que fue declarada zona de combate la semana pasada por Israel. En las afueras de la ciudad y en el campo de refugiados de Jabaliya, los residentes observaron detonaciones de vehículos cargados de explosivos demoliendo edificios.Otros residentes afirmaron que las fuerzas israelíes enviaron vehículos blindados a las zonas orientales del superpoblado barrio de Sheikh Radwan y luego los hicieron estallar a distancia, obligando a huir a varias familias."Otra noche despiadada en Ciudad de Gaza", afirmó Saeed Abu Elaish, un médico nacido en Jabaliya que se refugia en el lado noroeste de la ciudad."La gente está confudida: quedarse y morir o marcharse a ninguna parte", dijo Mohamad Abu Abdallah, residente Sheikh Radwan. "Fue una noche de horror, las explosiones no cesaron y los drones no dejaron de sobrevolar la zona. Muchas personas abandonaron sus hogares temiendo por sus vidas, mientras que otras no tienen ni idea de a dónde ir", agregó este hombre de 55 años.Los hospitales en Gaza informaron que al menos 31 personas murieron por fuego israelí el lunes, más de la mitad de ellas mujeres y niños. Al menos 13 personas murieron en la Ciudad de Gaza.Israel asegura que su objetivo son los milicianos y culpa a Hamas por las bajas civiles ya que el grupo armado, ahora en gran parte reducido a una organización guerrillera, opera en áreas densamente pobladas.El primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, convocó a su gabinete de seguridad a última hora del domingo para debatir una nueva ofensiva para tomar la ciudad de Gaza, identificada por Israel como el bastión de Hamas.Los residentes de Ciudad de Gaza, muchos desplazados por la guerra en múltiples ocasiones, ahora enfrentan la doble amenaza de combate y hambre. La principal autoridad mundial en crisis alimentarias dijo el mes pasado que estaba en medio de una hambruna, una crisis impulsada por los combates en curso y el bloqueo de Israel, magnificada por el desplazamiento masivo repetido y el colapso de la producción de alimentos.Agencias AP y Reuters

Fuente: Infobae
28/08/2025 21:54

La senadora Sandra Ramírez negó ser compareciente ante la JEP, pero una resolución del tribunal indica lo contrario: polémica con la excombatiente de las Farc

El Acuerdo de Paz de La Habana de 2016 establece que todos los firmantes asumirán compromisos de búsqueda de verdad ante la justicia transicional y serán considerados comparecientes

Fuente: Infobae
19/08/2025 20:28

Editorial reacciona a resolución del caso de Anabel Hernández y Televisa

El caso implica el libro "Las señoras del narco: Amar en el infierno"

Fuente: Clarín
19/08/2025 11:36

Defensa del consumidor: el Gobierno busca agilizar la resolución de quejas y denuncias

Actualizó las normas de funcionamiento de la Ventanilla Única Federal de Reclamos.También las de la figura de Defensor del Cliente, dentro de las empresas.

Fuente: Infobae
16/08/2025 09:45

Martín Vizcarra en prisión preventiva: Juez Chávez Tamariz notifica su resolución y defensa ya puede apelar

Expresidente permanecerá en el penal Barbadillo hasta que se emita la sentencia del caso Lomas de Ilo o hasta que la prisión preventiva sea revocada por una instancia superior

Fuente: La Nación
10/08/2025 01:00

Henry Julier: diseño, belleza y resolución de problemas

La Universidad de Yale en Estados Unidos, cuenta con una magnífica arquitectura y museos prestigiosos que contribuyeron a formar la personalidad activa y curiosa del pequeño Henry Julier que nació en New Haven, Connecticut. Por entonces disfrutaba de la naturaleza, montaba en bicicleta y tocaba la batería. Residente de Nueva York, hoy se ha especializado en la creación de productos, mobiliario, e iluminación para clientes globales. Define el diseño industrial como "una disciplina que equilibra las necesidades humanas con las realidades de la producción en masa". Un meticuloso pensador sistémico con un profundo conocimiento de la historia del diseño, Henry concibe su especialidad como una herramienta versátil para la resolución de problemas, ya sea creando una regadera para Areaware o desarrollando una exposición a gran escala para MillerKnoll.- Se ha declarado un defensor del concepto que sugiere que el diseño es una herramienta para resolver problemas. ¿Por qué lo piensa de ese modo?- Porque entiendo que ante todo empezamos por pensar una pieza como una forma de resolver un problema que se presenta. Esa es la esencia. Comienza con la empatía que permite comprender las necesidades de los demás y se basa en la funcionalidad. Siempre intento abordar el diseño no sólo como un ejercicio estilístico, sino como una respuesta a necesidades reales. - ¿Hay algo de eso en su reciente desarrollo de la silla Woven Structures? - Efectivamente, porque recupera una tipología encantadora, cómoda y algo olvidada: la silla esquinera. Populares en la Inglaterra del siglo XVIII, ofrecían un método de construcción robusto y una alternativa ergonómica para quienes buscaban un asiento de calidad. Se pueden encontrar ejemplos de sillas esquineras de casi todos los tipos, incluyendo versiones fabricadas por Fritz Hansen a mediados del siglo XX. Al concepto se le sumó cordón de papel danés. Si bien el sistema de acero tubular dialoga con las innovaciones de la Bauhaus y el sistema arquitectónico y modular, el cordón danés evoca tanto el diseño de muebles escandinavo de mediados del siglo XX como el movimiento shaker estadounidense, que inspiró a numerosos artesanos y diseñadores escandinavos.- En esta experiencia, ¿por qué optó por el cordón de papel danés?- Es un elemento que se desarrolló originalmente como alternativa al ratán durante la Segunda Guerra Mundial. Está hecho de papel enrollado y se ha utilizado ampliamente en los diseños de muebles modernos de mediados de siglo de Escandinavia. Lo que me encanta es su sencillez y honestidad: fácil de trabajar, sostenible y rentable. Su legado es largo, pero sigue siendo relevante."La eficacia de lo que busco en un objeto y los materiales que uso son aspectos en los que pienso simultáneamente. Ambos son inseparables en mi proceso. No me gustan los diseños que fuerzan a un material a hacer algo para lo que no está hecho"Henry Julier- Los materiales están sujetos a la funcionalidad, ¿o puede pensar en un material aunque no sea extremadamente utilitario para lo que busca?-La eficacia de lo que busco en un objeto y los materiales que uso son aspectos en los que pienso simultáneamente. Ambos son inseparables en mi proceso. No me gustan los diseños que fuerzan a un material a hacer algo para lo que no está hecho. En cambio, busco usos honestos y apropiados de las materias primas que respeten sus propiedades inherentes. Cuando el material y la función están en armonía, ahí es donde surge el buen diseño.-Usted ha indicado en reiteradas ocasiones que el diseño mejora nuestra conexión con los materiales- De ser así, ¿cómo lo hace? - Sin lugar a dudas es así. El diseño da vida a los materiales de forma inmediata y táctil. Ofrece a las personas la posibilidad de experimentarlos de cerca, tocarlos y ver cómo pueden utilizarse para mejorar su vida cotidiana. El objeto permite una simbiosis entre las personas y los materiales.-Precisión industrial y contribución artesanal: ¿cómo influyen ambos conceptos en el diseño?-En conjunto son de vital importancia. A menudo se piensa que el diseño industrial es frío o impersonal, pero detrás de cada máquina hay manos expertas y mentes creativas. Al mismo tiempo, los métodos artesanales aportan un nivel de matices y una sensación táctil que las máquinas no pueden replicar. El mejor diseño suele estar en la intersección, donde la consistencia de la industria se encuentra con el alma de la artesanía.-¿Qué cree que buscamos cuando queremos incorporar algo a nuestros hogares: algo bello, algo duradero, algo útil?-La belleza de un objeto reside en su utilidad a lo largo del tiempo. Me gusta mucho la palabra longevidad: nos hace pensar en diseños que perduren. Si un objeto continúa cumpliendo una función y aportando valor con el tiempo, se vuelve hermoso por sí mismo.- Durante mucho tiempo, el estilo parecía estar dividido entre lo mini y lo maximalista. ¿Qué opina al respecto?- Creo que, en realidad, las cosas tienen muchos más matices. Hay objetos mal diseñados que se consideran minimalistas y artículos con un diseño maravilloso que podrían describirse como maximalistas. La verdadera forma de evaluar un objeto es su calidad de fabricación y si la intención del diseño es genuina. El estilo debe surgir de la intención, no de la moda.-Si me acabara de independizar y quisiera comprar mi primer mueble, ¿qué consejo me daría? -Compra un buen sofá que puedas desmontar y llevar contigo, ¡y uno en el que tus amigos también puedan dormir!-En el actual mundo globalizado, con tantos desafíos tecnológicos como la IA, ¿cómo ve el futuro del diseño?-Los diseñadores pueden buscar apoyo, conexión y oportunidades de colaboración en sus comunidades. Creo que es importante que haya cierta especificidad regional en lo que haces como diseñador. Claro que mis colaboraciones son internacionales, pero para la composición de la trama, quería conectar a artesanos locales. Queremos diseñar cosas arraigadas en la realidad, no en un espejismo de lo que podríamos ver en línea. Entre tanto ruido, los diseños más impactantes serán aquellos que se sientan humanos, presentes y reales.

Fuente: Infobae
06/08/2025 10:07

Bono de S/300 para trabajadores de Educación llegaría pronto: Publicarán resolución

Desde la Federación de trabajadores administrativos del sector Educación (Fentase) revelan el estado del bono pendiente de la negociación colectiva del 2024-2025

Fuente: Infobae
05/08/2025 18:24

Cancillería publicó borrador de resolución que elimina requisito de inglés para ser embajador de Colombia

La iniciativa, solicitada por el presidente Gustavo Petro, ha suscitado fuertes críticas desde distintos sectores políticos y diplomáticos

Fuente: Infobae
04/08/2025 22:16

Gobierno presentó borrador para transformar el sistema de salud en Colombia: nueva resolución redefine requisitos para EPS

El Ministerio de Salud dio a conocer una propuesta que busca modificar el modelo de aseguramiento, estableciendo nuevos requisitos para las EPS y reorganizando la prestación de servicios en todo el país

Fuente: Infobae
04/08/2025 13:05

Así puede una simple siesta de 20 minutos revolucionar la creatividad y la resolución de problemas

Un nuevo estudio revela que al entrar en la etapa N2 del sueño durante una siesta breve, el cerebro se vuelve más receptivo y creativo, facilitando la aparición de ideas innovadoras y soluciones sorprendentes a distintos desafíos

Fuente: Infobae
02/08/2025 11:52

Gobierno expide resolución que fija precios mínimos para el arroz paddy verde y pone en marcha plan de choque contra el contrabando

El Ministerio de Agricultura implementa una regulación transitoria que establece valores mínimos por tonelada según región, buscando mayor transparencia y protección para los productores frente a la volatilidad del mercado

Fuente: Infobae
30/07/2025 03:49

Airbnb retira 65.000 anuncios ilegales de la plataforma tras la resolución de los tribunales y Consumo denuncia otros 55.000

El Ministerio liderado por Pablo Bustinduy pone el foco ahora en 54.728 publicaciones que no cuentan con el número de registro oficial del inmueble, obligatorio desde el pasado 1 de junio

Fuente: Infobae
26/07/2025 22:06

Álvaro Uribe se despachó contra Petro por sus comentarios previo a la resolución del juicio en su contra: "Miente y presiona a la justicia"

El expresidente recordó los ataques del jefe de Estado a la justicia colombiana

Fuente: Infobae
24/07/2025 21:20

Este es el sueldo y grado de estudios de la alcaldesa de Acapulco, criticada por resolución del TEEGRO en contra de periodista

En redes sociales nombran a Abelina López como un nuevo caso de "Dato protegido"

Fuente: Infobae
18/07/2025 18:07

Álvaro Uribe envió un mensaje previo a la resolución de su caso e insistió en su inocencia: "Jamás pasó por mi mente sobornar a un testigo"

El expresidente sostuvo que en el juicio se demostró que no cometió los delitos de los que fue acusado

Fuente: Infobae
16/07/2025 01:50

Diputada del PT se pronuncia ante violencia digital en su contra, luego de resolución del TEPJF

El caso reabre la discusión sobre los alcances de la ley para distinguir entre crítica legítima y violencia política de género en el debate público y electoral

Fuente: Infobae
12/07/2025 13:24

Resolución de pantallas de Smart Tv: cómo diferenciar HD, Full HD, Ultra HD, 4K, 8K

La HD 720p es ideal para pantallas pequeñas, menores de 32 pulgadas, o para quienes buscan una calidad de imagen básica. Su principal ventaja es que ofrece buen rendimiento a un bajo costo

Fuente: Infobae
11/07/2025 14:25

Francia será socia obligatoria en el nuevo modelo de producción de pasaportes de Colombia, según resolución del Gobierno portugués

El Consejo de Ministros de Portugal estableció que la Imprensa Nacional-Casa da Moeda solo podrá firmar el contrato con Colombia si lo hace en consorcio con la empresa francesa Imprimerie Nationale

Fuente: Infobae
02/07/2025 16:25

Enma Benavides se reincorpora al PJ: Corte de Lima acata resolución de la JNJ que anula su destitución

Hermana de Patricia Benavides volvió oficialmente a la magistratura. No se puso en duda la legalidad de la decisión de la JNJ pese a las irregularidades advertidas

Fuente: Infobae
29/06/2025 17:13

Martín Vizcarra queda fuera definitivamente de su propio partido: JNE publica resolución que rechaza apelación

Expresidente no regresará a Perú Primero por las inhabilitaciones que le impuso el Congreso. JNE reafirma que sanción le impide formar parte de un partido político

Fuente: Infobae
26/06/2025 23:26

Manual de la Policía prohíbe uso de tasers en zonas sensibles del cuerpo: conozca las especificaciones de la resolución

La nueva normativa establece estrictos parámetros para el uso de dispositivos como tasers y gases lacrimógenos, con el fin de proteger a los ciudadanos y evitar excesos policiales

Fuente: Infobae
26/06/2025 22:18

Legisladores de Unión por la Patria cuestionaron la resolución de la Justicia sobre las visitas a CFK

A través de un comunicado, el bloque de diputados nacionales denunciaron restricciones judiciales al ejercicio parlamentario luego de que el Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py resolviera hoy que los diputados y senadores nacionales que quieran visitar a Cristina Kirchner en su prisión domiciliaria deben tener una autorización judicial para poder hacerlo

Fuente: Infobae
26/06/2025 01:15

Violencia sexual durante la niñez o adolescencia es imprescriptible: la resolución de la SCJN tras negar amparo a Luis de Llano

La Corte ratificó fallo a favor de Sasha Sokol, la decisión marca un precedente importante para otras víctimas

Fuente: Infobae
25/06/2025 04:09

Defensa de Patricia Benavides confirma que la JNJ ejecutará su restitución con posible respaldo policial: "Cumplirá su resolución"

En una reciente entrevista, el abogado de la exfiscal de la Nación explicó que la Junta Nacional de Justicia tomará medidas forzosas, incluso con respaldo policial, para garantizar su regreso al cargo

Fuente: Infobae
24/06/2025 20:10

JNJ solicita intervención de la PNP para ejecutar resolución que repone a Patricia Benavides como fiscal de la Nación

Solicitud se da horas después de que Delia Espinoza, quien se mantiene en la titularidad del Ministerio Público, advirtió que la Policía no puede irrumpir en la sede del Ministerio Público

Fuente: Infobae
24/06/2025 16:18

Gobierno Petro dejó en firme la resolución para proteger a candidatos presidenciales tras el atentado contra Miguel Uribe

El nuevo mecanismo busca fortalecer la coordinación entre entidades del Estado y organizaciones políticas para garantizar la seguridad y la integridad del proceso electoral.

Fuente: Infobae
23/06/2025 20:57

Junta de Fiscales Supremos ratifica respaldo a Delia Espinoza y pide a la JNJ aclaración de resolución

Con el aval de Tomás Gálvez, quien retomó su despacho tras una suspensión de casi tres años, el órgano máximo del Ministerio Público instó a la Junta Nacional de Justicia precisar punto referido a la reposición de Patricia Benavides

Fuente: Infobae
23/06/2025 16:58

Delia Espinoza exige por tercera vez a la JNJ resolución formal sobre regreso de Patricia Benavides a la Fiscalía

La fiscal de la Nación solicitó nuevamente el envío del acta y del registro audiovisual que sustenten la resolución que anula la destitución de Patricia Benavides. La JNJ le respondió advirtiendo que de no cumplir con la reposición, se procederá a solicitar el uso de la fuerza pública

Fuente: Infobae
22/06/2025 22:25

Ministerio de Ambiente emitió resolución que declaró reserva temporal de recursos naturales a suroeste antioqueño: Muhamad celebró la decisión

La extitular de esta cartera se refirió a la determinación en sus redes sociales, que cobija a seis municipios del departamento, y no ocultó su satisfacción frente a lo que sería un avance en pro de proteger el agua, el bosque seco tropical, la conectividad ecológica y lucha campesina

Fuente: Infobae
21/06/2025 23:23

Nueva resolución de la SBS intensifica competencia bancaria, pero deja fuera a las medianas empresas

La medida impulsará una mayor competencia entre bancos, pero no resuelve la brecha histórica que excluye a las medianas empresas por su perfil crediticio y nivel de bancarización

Fuente: Infobae
20/06/2025 16:04

Delia Espinoza oficializa regreso de Tomás Aladino Gálvez al Ministerio Público: "Ayer firmé la resolución. Ya salió en El Peruano"

La fiscal de la Nación negó que el proceso de reincorporación de Aladino Gálvez a la Junta de Fiscales Supremos se haya demorado por una motivación personal

Fuente: La Nación
17/06/2025 16:36

Cristina Kirchner, con prisión domiciliaria: punto por punto, qué dice la resolución

El Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2) decidió otorgarle este martes la prisión domiciliaria a Cristina Kirchner, quien no deberá presentarse mañana en Comodoro Py para ser notificada. La decisión del tribunal presidido por el juez Jorge Gorini fue contraria al planteo realizad los fiscales del juicio oral, Diego Luciani y Sergio Mola, quienes sostuvieron que la expresidenta debía cumplir en prisión la condena a seis años por la causa Vialidad."Disponer la detención de Cristina Kirchner a partir del día de la fecha y bajo la modalidad de prisión domiciliaria, a los fines de cumplir la condena impuesta en esta causa", dice el primer párrafo de la resolución del TOF 2, a la que tuvo acceso LA NACION. Más adelante en el documento, se disponen los siguientes puntos:Establecer que la prisión domiciliaria sea cumplida en la vivienda ubicada en la calle San José 1111 (Constitución), piso segundo, departamento "d" de esta ciudad.Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción.Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes.En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona.Encomendar a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal que lleve adelante la supervisión de la ejecución de la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner y eleve a esta sede los resultados de la supervisión cada tres (3) meses, período de tiempo al cabo del cual se evaluará el grado de acatamiento de las reglas impuestas, con los alcances establecidos en la ley (art. 34, ley 24.660).Ordenar a la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad Nacional, la colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico respecto de Cristina Kirchner en el domicilio indicado en el punto dispositivo I.Dejar sin efecto la citación que fuera cursada a la condenada el pasado 10 de junio y continuar en los autos principales con el trámite pertinente.Notificar al Ministerio Público Fiscal, a los defensores mediante cédulas electrónicas, y a Cristina Kirchner a través de su asistencia técnica y también en forma personal a través de la Comisaría de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires con jurisdicción en el domicilio en cuestión.Como había detallado LA NACION, Luciani y Mola exigían el cumplimiento de la sentencia en cárcel ya que no advertían "razones humanitarias" que justificaran "conceder una medida como la detención domiciliaria". "En particular, no se encuentran configuradas ni esgrimidas razones de salud o razones personales que, vinculadas a la edad, permitan inferir que el encierro carcelario pueda afectar el derecho a un trato digno o humanitario reconocido a las personas privadas de su libertad", argumentaban los fiscales.Pedían además, en caso de que el juez rechace el dictamen, que la expresidenta sí utilice una tobillera electrónica, a contramano del pedido de su abogado defensor, Beraldi, que dijo que ese monitoreo era "innecesario" -el Tribunal Oral Federal N°2 hizo lugar finalmente a ese pedido-.La notificación de la Justicia tomó por sorpresa a la dirigencia del Partido Justicialista, que discute ahora qué hacer con la marcha convocada para mañana en Comodoro Py. La convocatoria, bajo el lema"Argentina con Cristina", tenía como objetivo acompañar a la expresidenta desde su domicilio hasta los tribunales de Retiro.El punto de concentración para los militantes iba a ser en el cruce de la avenida San Juan y la calle San José, desde donde pretendía partir hacia Comodoro Py por avenida San Juan y Paseo Colón.La movilización remite a un antecedente clave dentro del kirchnerismo: la marcha de abril de 2016, cuando la expresidenta se presentó en los tribunales para prestar declaración indagatoria ante el juez Claudio Bonadio.El Gobierno, mientras tanto, avanza con la coordinación de un operativo de seguridad para la jornada de mañana. Según indicó el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, trabajan en la planificación del operativo preventivo."No tenemos miedo, sino que tenemos que ocuparnos de una decisión que tome la justicia", sostuvo el funcionario al ser consultado sobre las posibles repercusiones de la movilización.

Fuente: Infobae
14/06/2025 06:46

Albares habla con su homólogo palestino tras aprobarse en la ONU la resolución sobre Gaza impulsada por España

El ministro José Manuel Albares coordina esfuerzos internacionales tras la resolución de la ONU que exige a Israel el fin del bloqueo en Gaza y reafirma el compromiso con la solución de dos Estados

Fuente: La Nación
13/06/2025 17:00

Fiasco total: Netflix estrena una saga de documentales que exploran mediáticos escándalos y tragedias sin resolución

La tercera edición del festival Astroworld, realizado en Houston en noviembre de 2021, y organizado por el rapero Travis Scott, se proyectó como la ocasión perfecta para celebrar el crepúsculo de la pandemia y su encierro, el renacer de los eventos artísticos multitudinarios y el reencuentro del público juvenil con sus artistas. Todos parecían esperar esa ocasión, anhelada luego de casi dos años de confinamiento, y 'la fiesta de la música' se convirtió en una cita obligada. "Iba a ser el mejor día de nuestras vidas, pero terminó siendo el peor", reflexiona la voz de uno de los entrevistados, uno de los jóvenes que concurrió con la ilusión del festejo para terminar con el agobio de la supervivencia. Fiasco total: La tragedia de Astroworld recorre ese tránsito de la algarabía al horror, el devenir de una noche de felicidad, con música y diversión, saltos y cánticos, para dar lugar a gritos de angustia y desesperación, a una de las tragedias más importantes de la escena musical de los últimos tiempos. Muertos, heridos, un concierto que siguió adelante con víctimas aplastadas por la falta de capacidad del predio, por la negligencia de los organizadores y la sordera de su artista. Una historia que podría haber tenido otro final. La saga Fiasco total que anuncia Netflix para este mes y el siguiente se propone recorrer los pormenores de recientes "fiascos" que acapararon los titulares de la prensa, generaron escándalos políticos o controversias corporativas y, en algunos casos, dejaron severas pérdidas económicas, traumas sociales y un tendal de víctimas. Luego del estreno del documental sobre la tragedia de Astroworld, codirigido por Yemi Bamiro y Hannah Poulter, el 17 de junio se estrena Fiasco total: El alcalde del caos sobre el caso de Rob Ford, político y empresario canadiense que ganó la alcaldía de Toronto en 2010 para derivar en un raid de causas judiciales por conflicto de intereses, consumo de sustancias prohibidas y conducta inapropiada. Dirigido por Shianne Brown (de la serie de la BBC El hip hop contra el poder, estrenada en 2023), este episodio recorre los vericuetos del inesperado triunfo político de Ford, las peculiares declaraciones públicas que definieron su ascenso al poder (llegó a justificarse sobre su consumo de crack al señalar que estaba en estado de "ebriedad"), y la impunidad que definió su disputa por permanecer en el cargo y revalidarlo en nuevas elecciones. El criterio de selección de los casos ofrece una especie de lado B de la crónica policial, que revela como elemento en común la vocación de explorar el porqué de cada escándalo, dando lugar a los interrogantes sobre la negligencia de los responsables, la connivencia entre el delito y el poder, y una persistente impunidad que parece asomar en todas las resoluciones. La tercera entrega, proyectada para el 24 de junio y titulada Fiasco total: El crucero de la caca, relata la travesía de cuatro días entre Galveston y Cozumel de una embarcación que alberga 4000 pasajeros y convierte la promesa de lujo y diversión en una inundación de aguas cloacales. Tras el incendio de la sala de máquinas, el barco no solo queda a la deriva sin energía para la propulsión, sometido a altas temperaturas por la ausencia de aire acondicionado, sino que la rotura del sistema de evacuación de los baños sumerge el lujoso interior en residuos fecales. El siniestro no tarda demasiado en encender la rebelión de los pasajeros. La estructura de todos los documentales responde al tradicional formato del true crime, con entrevistas y material de archivo, a menudo adherida a la intriga detectivesca como anclaje narrativo para ir del misterio sobre lo sucedido a los interrogantes sobre sus causas, y desde allí a los dilemas de las responsabilidades, la revelación de sus pormenores jurídicos y la impunidad que persiste en sus consecuencias hasta el día de hoy. El caso de Astroworld es quizás el que mejor asume la conciencia de la tragedia, el peso de los muertos y la reflexión más profunda sobre las responsabilidades; los otros ponen mayor acento sobre lo insólito de los casos, un registro algo irónico sobre el devenir de acontecimientos imprevistos y un análisis más ajustado a las consecuencias mediáticas y repercusiones más efectistas. Una pesquisa inquietante y minuciosa sobre hechos cercanos en el tiempo, cuyas heridas aún no han desaparecido. "Era un concierto que no te querías perder"La frase es de Sophia Santana, una de las sobrevivientes de Astroworld. Y junto a algunos testimonios en off de esos fanáticos hoy desencantados, el preámbulo de la película se desarrolla alrededor de la figura de Travis Scott, artista popular del hip hop, hijo pródigo de la ciudad de Huston, quien desde el 2018 celebra en una réplica de un viejo parque de diversiones ya en desuso -el parque temático Six Flags Astroworld que cerró sus puertas en 2005- la épica de su canción de protesta y agite. La personalidad de Scott es clave para comprender el devenir de los hechos: sus recitales son pura efervescencia, consignas antisistema, pogo y energía febril. Su éxito local conquistó muchos fans, y la tercera edición del festival en 2021 era una de las más esperadas. La organización incluyó la participación de una empresa multinacional como Live Nation, la compañía más importante en la organización de conciertos internacionales, además de la disposición de escenarios multitudinarios, montañas rusas, juegos de recreación, locales de venta de merchandising, y otras atracciones para un predio amplio en el corazón de Texas. Solo faltaba comenzar a vender las entradas. La recolección de la información respecto de los detalles de la preparación del evento, con sus evidentes llamados de alerta, se combina desde los primeros minutos con las voces de un grupo de asistentes, jóvenes como Santana, como Kaia Redus, y también una fotógrafa de eventos como Kirby Gladstein, que vivieron ese día en el arco inesperado que va de la euforia a la tragedia. La mayoría de ellos son amigos de los fallecidos, cuyos testimonios condensan esa estela oscura que espera para develarse al final de la película. Entonces, el éxito de la convocatoria, con entradas agotadas a los pocos días de salir a la venta, junto con la contratación de personal de seguridad y el acuerdo económico con la policía de Huston para cubrir la seguridad del evento, resuenan como contrapuntos interesantes, piezas de una pregunta que se hace recurrente: ¿Qué fue lo que salió mal? Las imágenes no tardarán en ofrecer pinceladas de esa realidad. La jornada fatídicaEl 5 de noviembre de 2021 era la primera fecha de las dos que concentraría el festival de Astroworld, con una line up similar a la que puede aparecer en otros eventos como el Lollapalooza o Coachella. Artistas que preparaban el ánimo para la aparición de Travis Scott en el último recital de la noche, para un público que debía desplazarse en el interior del predio y aguardar la cuenta regresiva para ver a su artista favorito. En el centro del documental, junto con esa cronología del recital que se precipita a la desgracia, se escalonan voces profesionales de alarma: el experto en seguridad de multitudes Scott Davidson, al paramédico José Villegas y los guardias de seguridad Jackson y Samuel Bush, contratados apenas horas antes del inicio del festival para retratar la improvisada planificación. Las imágenes muestran a un público enardecido, saltando vallas y traspasando puertas, ingresando a las corridas y sembrando un clima de agite que luego sería clave para entender lo que sigue (la publicidad del festival había usado imágenes del público saltando vallas en 2019, con lo cual esa "furia" estaba promovida por los organizadores). La estrategia de Fiasco total: La tragedia de Astroworld consiste en dar un panorama minucioso sobre un suceso que dio lugar a falsas informaciones en su inmediata cobertura mediática (que incluyeron la sugerencia de una sustancia consumida por el público como origen de las muertes). ¿Qué fue lo que provocó las muertes? ¿El hecho de que se vendieran más entradas que la capacidad del lugar? ¿La impotencia de la seguridad para frenar a los colados? ¿El mal diseño del escenario principal que generó un cuello de botella propenso para el aplastamiento y la asfixia de los asistentes? ¿La negligencia de los organizadores de Live Nation que no supieron o quisieron detener el concierto a tiempo? ¿La euforia del propio Travis Scott que lo cegó ante el horror que desfilaba ante sus ojos mientras seguía interpretando sus canciones?Los tiempos del concierto van marcando la evolución de los sucesos. Las primeras horas muestran los recitales de otros artistas, el deambular de la gente por los locales de bebidas y merchandising, subiendo a los juegos dispersos en aquel predio que había albergado al parque de diversiones Six Flags. Cuando el horario de presentación de Scott se acerca, el público se desplaza hacia el escenario principal, la cuenta regresiva acelera la expectativa, el calor se eleva, el aire se hace irrespirable, el sonido enmudece los jadeos. Los primeros desmayos ponen en movimiento a los paramédicos y el personal de seguridad comienza a rescatar a los primeros espectadores agobiados. Las imágenes más perturbadoras se tomaron de videos de teléfonos celulares grabados dentro del corral, que muestran a los fanáticos aplastados en tiempo real. Los testimonios coinciden en dividir en dos la escena: del lado izquierdo, donde se acumulan los que vienen del parque para encontrar un lugar en la marea humana, prima el apriete y la presión sobre las vallas; del lado derecho el ambiente es más relajado, la música empuja el disfrute. Dos postales lindantes: la muerte y el festejo. Lo que sigue son los testimonios de profesionales, paramédicos, policías y responsables de la investigación posterior que desmenuzan cómo pudo ocurrir semejante tragedia que dejó 10 muertos y numerosos heridos ante la pasividad de organizadores, parte del público, y el propio Travis Scott que siguió cantando hasta el final. Las distintas horas se vuelven puntos de inflexión en los que la historia podría haber cambiado, pedidos de ayuda que de ser atendidos podrían haber evitado la desgracia. Más allá de las voces de los sobrevivientes, sus experiencias directas y dolorosas, los traumas que persisten desde aquellos días, lo más fructífero de la película es la revelación de la trampa mortal que supuso casi a sabiendas de muchos de los participantes. En esa línea, resulta revelador el análisis que ofrece en los últimos minutos, respecto del rol de los artistas en los conciertos en vivo, la responsabilidad de empresas de la talla de Live Nation en la organización de estos eventos multitudinarios, y la sensación de desamparo y abandono por parte de un público que fue librado a su suerte. Esas respuestas son las que aún no se encuentran. Los nuevos documentales anunciados para el mes de julio en esta saga "Fiasco total" son: American Apparel, la secta de la moda, proyectado para el 1° del mes, sobre los polémicos manejos de una marca de ropa informal que combina estafas financieras, acoso laboral y campañas plagadas de estereotipos sexistas; El verdadero proyecto X, para 8 de julio, sobre la viralización de una fiesta adolescente en la localidad holandesa de Harem, que deriva en un caos multitudinario de proporciones inesperadas; y El niño del globo -anunciado para el 15 del próximo mes- sobre el aparente extravío de un niño subido a un globo con forma de plato volador que culmina con una persecución de la policía en el condado de Colorado y la Guardia Nacional. Para el 22 de julio se proyecta Madres detectives, sobre el reality de Lifetime Channel que pretende explorar el funcionamiento de una agencia de detectives integradas por "mamis" y termina con un caso de narcotráfico; y, por último, para el 29 está anunciado Asalto al Área 51 sobre una publicación viral de un adolescente que anunciaba el asalto al área restringida del Ejército de los Estados Unidos en Nevada y derivó en una locura colectiva y un enfrentamiento sangriento entre militares y civiles. Un mapa de situaciones absurdas y de proporciones trágicas que encuentran unión en esa frontera delgada -y a menudo transgredida- entre la responsabilidad y la negligencia, la conciencia de la desgracia y su explotación como espectáculo del escarnio.

Fuente: Infobae
12/06/2025 19:19

Albares celebra la aprobación de la Asamblea General de la ONU a la resolución elaborada por España y Palestina

La ONU aprueba resolución sobre Gaza: alto el fuego, fin del bloqueo y protección de civiles, con el apoyo de 149 países y el compromiso con la solución de dos Estados

Fuente: Perfil
12/06/2025 14:00

Aseguran que la resolución de la Corte Suprema "es de enorme trascendencia tanto jurídica como política"

Para el abogado, Alfredo Vítolo, "es muy bueno el planteo de la no interferencia del poder político en la Justicia". Leer más

Fuente: Infobae
12/06/2025 10:12

TUUA aeroportuario vuelve a foja cero: Ositrán revierte resolución y reajusta tarifas de LAP en el Aeropuerto Jorge Chávez

Ositrán reconsidera la fijación tarifaria de la TUUA en el Aeropuerto Jorge Chávez tras cuestionamientos de AETAI e IATA. La nueva propuesta de tarifas de transferencia incluye valores provisionales para pasajeros internacionales y domésticos

Fuente: Perfil
11/06/2025 13:00

Condena de la Corte Suprema a Cristina Kirchner: "Nunca se vio una resolución tan rápida"

"Es la primera vez que el Poder Judicial condena a una persona que mantiene una cuota importante de poder en la Argentina", destacó el abogado constitucionalista, Pablo Manili. Leer más

Fuente: Infobae
11/06/2025 08:12

Conagua podrá demoler presas ilegales en rancho de César Duarte tras resolución judicial

El Poder Judicial negó definitivamente un amparo que impedía derribar presas construidas sin autorización en el rancho "El Saucito"

Fuente: La Nación
10/06/2025 19:00

Fallo sobre Cristina Kirchner completo: el texto de la resolución de la Corte Suprema

Los tres jueces de la Corte Suprema de Justicia cerraron la última puerta que le quedaba a la expresidenta Cristina Kirchner para sortear la condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos. Los siguientes son los fundamentos completos con los que dejaron firme la resolución del juicio del denominado caso Vialidad: "Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner en la causa Fernández de Kirchner, Cristina Elisabet y otros s/ incidente de recurso extraordinario", para decidir sobre su procedencia."Considerando:"1°) Que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación rechazó por unanimidad el recurso de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y, de tal modo, confirmó su condena, en lo que interesa, a la pena de seis (6) años de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, accesorias legales y las costas del proceso, por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administraciónpública, en el marco de cincuenta y una licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz adjudicadas a las sociedades controladas por Lázaro Báez, también condenado en la causa."2°) Que contra esa decisión, la defensa de la nombrada interpuso recurso extraordinario que, al ser denegado, dio origen a este recurso de hecho. En el remedio federal sostiene que se han configurado distintas cuestiones federales."En primer lugar, señala que se han violado los principios de independencia, imparcialidad judicial y el deber de objetividad que rige la actuación del Ministerio Público Fiscal (página 11 de la copia del recurso extraordinario federal). En segundo lugar sostiene que se ha vulnerado el principio acusatorio (página 13 de la copia del recurso extraordinario federal); que se ha transgredido el principio de congruencia (página 15 de la copia del recurso extraordinario); que su derecho de defensa ha sido vulnerado ante la denegatoria de prueba de descargo oportunamente ofrecida (página 18 de la copia del recurso extraordinario federal) y ante la incorporación de prueba de cargo por lectura (página 21 de la copia del recurso extraordinario federal); que se ha violado la cosa juzgada (página 22 de la copia del recurso extraordinario federal); y que se han vulnerado los principios de legalidad, culpabilidad e inocencia (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal). Por último, afirma que se presenta un caso de gravedad institucional (página 37 de la copia del recurso extraordinario federal)."3°) Que en el caso concurren diversas razones, reiteradamente expuestas en la jurisprudencia de esta Corte, que obstan a la procedencia del recurso extraordinario y que atañen tanto a los requisitos formales como a los sustanciales de la vía del art. 14 de la ley 48."La apelante no ha cumplido con el requisito de fundamentación autónoma que requiere que el escrito de interposición del recurso extraordinario contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna (Fallos: 310:2937; 312:389; 323:1261; 328:4605, entre otros), sin que, incluso, valga a tal efecto una nueva crítica general a las líneas principales de la argumentación del pronunciamiento apelado (Fallos: 325:1905; 326:2575, entre otros), pues resulta exigible rebatir todos y cada uno de los argumentos en que el juzgador se apoyó para arribar a las conclusiones de que el apelante se agravia (Fallos: 311:542; 328:4605; 343:1277; 344:81; 345:89, entre otros). No resulta una refutación suficiente, por lo tanto, el solo sostener un criterio interpretativo distinto del seguido en la sentencia recurrida(conf. Fallos: 318:1593; 323:1261; 327:4622; 327:4813; 330:2639, entre otros)."Como consecuencia de lo anterior, y dado que tales deficiencias no pueden ser subsanadas en el recurso de hecho (Fallos: 312:255; 324:1518; 344:81, entre otros), cuando el recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma, la queja debe ser desestimada (Fallos: 312:626; 314:117; 328:795; 329:734; entre otros)."4°) Que en relación con el primero de los agravios reseñados, relativo a la violación de los principios de independencia, imparcialidad judicial y el deber de objetividad que rige la actuación del Ministerio Público Fiscal, se advierten diversas falencias que impiden una comprensión acabada del asunto."En primer lugar, no es posible saber los términos en que fue planteado el agravio ante el tribunal revisor, ya que se remite a escritos anteriores (página 11 del citado escrito), lo que no resulta admisible (Fallos: 311:175; 311:667; 315:325, entre otros). Además, la apelante se ciñe a enunciar hechos y relaciones que, afirma, produjeron las violaciones aludidas. Sin embargo, omite reseñar cuáles han sido los argumentos de los jueces de la causa que a lo largo de este extenso proceso han rechazado sus planteos. En esa línea, solo alude parcialmente a los argumentos del tribunal revisor, sin hacerse cargo de que este ha sustentado su rechazo, también, en aquellos sostenidos con anterioridad por el tribunal de grado (véase, por ejemplo, página 351 de la copia de la sentencia apelada)."Incurre en idéntico defecto al citar los "Principios de Bangalore sobre la conducta judicial" â??los que, sostiene, se han visto vulneradosâ?? toda vez que prescindede vincularlos efectivamente con lo sucedidoen el caso (como ejemplo, no cita, concretamente, cuál o cuáles de esos principios contemplarían los supuestos que denuncia). Ello, sin abrir juicio alguno sobre el valor vinculante que cupiera asignar a ese cuerpo normativo."Por lo demás, la recurrente no demuestra que se haya vulnerado el artículo 18 de la Constitución Nacional en tanto tutela las garantías de todo habitante de la Nación a ser juzgado por el juez natural de la causa, que debe ser imparcial (artículo 33 de la Constitución Nacional; Fallos: 342:2298 y sus citas). En este sentido, la defensa enuncia diversos hechos relativos a conexiones entre los jueces y fiscales o encuentros entre los jueces de la causa y ciertos funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional sin indicar ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces en esta causa en concreto. Se trata, en efecto, de meras conjeturas a partir de las cuales se invocan principios genéricos de "independencia, imparcialidad e integridad", sin haber siquiera intentado encuadrarlas en los supuestos específicos de recusación de los magistrados establecidos en el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación, cuya inconstitucionalidad no fue planteada y que, justamente, tiende a tutelar tales principios relativos a la imparcialidad de los magistrados."Tampoco resulta admisible el argumento relativo a que el a quo se habría apartado de lo resuelto por esta Corte Suprema en el fallo "Llerena" (Fallos: 328:1491) por cuanto en estos autos se verificaría un "temor objetivo de parcialidad". En el caso citado estaba en cuestión la recusación de una jueza que había cumplido el rol de instructora y que, posteriormente, debía sentenciar la causa penal. Para la Corte, la propia actuación de la jueza en el proceso era la que justificaba su desplazamiento. Los jueces que en sus votos concurrentes sostuvieron que la sospecha de parcialidad era causal suficiente de recusación en materia penal, pese a que por ese entonces no se encontraba regulada en las normas procesales aplicables, lo hicieron en virtud de las particulares circunstancias fácticas del caso, dadas por la propia participación previa de la magistrada recusada en las etapas anteriores del proceso (voto conjunto de los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni y voto concurrente del juez Petracchi). Se trata de circunstancias bien distintas de las presentes en autos, pues allí se verificó un temor de parcialidad fundado en causas objetivas, mientras que en autos tal temor es fruto de ideaciones subjetivas no suficientemente justificadas por elementos concretos."Por otra parte, tampoco indica la recurrente la forma en que se habría puesto de manifiesto el temor de parcialidad que procuraba evitar, no bastando para ello el dictado de un fallo adverso a sus intereses. Al respecto, es obvio que no toda discrepancia de lo resuelto revelaría la concreción del temor de parcialidad alegado."Finalmente, cabe destacar que la garantía de imparcialidad no se extiende a los representantes del Ministerio Público Fiscal, órgano independiente del Poder Judicial de la Nación, cuyos integrantes cuentan solamente con el deber de objetividad (artículo 9, inciso d, de la ley 27.148), no exigiéndose que sean imparciales, lo que no podría ser de otra manera, pues se encuentran a cargo del ejercicio de la acción penal pública como parte acusadora. Por consiguiente, la parcialidad del fiscal no vulnera derecho alguno de la defensa. Si por hipótesis se considerara que los fiscales de la causa violaron su deber legal de objetividad, correspondería que el agraviado denunciara tal circunstancia por las vías correspondientes, mas ello no invalidaría el proceso ni las sentencias dictadas por los jueces naturales de la causa, por no demostrarse la vulneración de derecho constitucional alguno (artículo 168, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación)."5°) Que en relación con el agravio caracterizado como "violación del principio acusatorio", la apelante sostiene que el tribunal revisor no le ha dado ninguna respuesta a su planteo. Señala, textualmente, que el tribunal de juicio ha consumado la violación constitucional alegada "al incorporar en su fallo diversas consideraciones de cargo que nunca habían sido planteadas por la parte actora" (página 13 de la copia del recurso extraordinario federal)."La apelación federal, una vez más, no cumple con la autosuficiencia exigida por el artículo 15 de la ley 48. En efecto, tal como sucede con el anterior agravio, la apelante ha remitido sin más a las consideraciones que llevó a la Cámara Federal de Casación Penal en el recurso de esa especialidad (ver página 13, capítulo IV.B.1, de la copia del recurso extraordinario federal), sin explicar cómo sometió ese planteo ante el tribunal revisor, cuál fue su apoyo normativo y cuál sería la relevancia decisiva para la solución del caso. Estas últimas circunstancias son particularmente importantes. Para que una sentencia sea descalificable como acto jurisdiccional válido en los términos de la doctrina de la arbitrariedad por haber omitido el tratamiento de cuestiones planteadas ante los jueces, debe demostrarse que tales cuestiones fueron efectivamente sometidas al tribunal apelado â??en este caso, en el recurso de casaciónâ?? y que ellas, omitidas por la sentencia apelada, eran conducentes; es decir, eran a priori aptas para alterar el resultado del pleito (Fallos: 311:621; 311:1438; 325:2817; 339:1489; 347:594)."Por último, también resulta inatendible el agravio relacionado con la incorporación y valoración de la Actuación AGN N° 730/2016. Más allá del acierto o error de la respuesta otorgada por la cámara, lo cierto es que el remedio federal vuelve a incurrir en falta de autonomía puesto que no demuestra el carácter dirimente de esa cuestión para la solución del caso: incluso si se suprimiesen hipotéticamente las consideraciones asentadas en tal extremo probatorio, la condena hallaría fundamento suficiente en las restantes pruebas de la causa mencionadas en la sentencia."6°) Que la apelante sostiene que se violó el principio de congruencia al haberse introducido "de manera sorpresiva un hecho que nunca había sido descripto ni en la indagatoria de CFK, ni en el auto de procesamiento ni en los requerimientos de elevación a juicio (plan limpiar todo)" (sic, página 15 de la copia del recurso extraordinario federal)."Luego de repasar algunos principios doctrinarios en torno al tema, insiste en que los fiscales "por primera vez hicieron referencia a que CFK [sic] había participado en dos reuniones [â?¦] en las que había ordenado una trama criminal dirigida a: a) pagar la totalidadde los créditos adeudados a las empresas de Báez [â?¦]; b) abandonar las obras en construcción; c) despedir a todo el personal del 'Grupo Austral'; borrar todos los rastros de los delitos cometidos en el período 2003-2015" (página 17 de la copia del recurso extraordinario federal)."En realidad, la Cámara Federal de Casación Penal ya había examinado y rechazado ese agravio (páginas 355/363, 995/1004 y 1302/1308 de la sentencia apelada). Explicó que el tribunal oral había ponderado que "la parte acusadora sostuvo que la base fáctica en todos los casos fue la sustracción de fondos millonarios por medio de la defraudación al Estado Nacional a través de la obra pública vial en la provincia de Santa Cruz; y que la modalidad escogida para la perpetración de los fondos del Tesoro fue adjudicar ilegalmente a las empresas de Lázaro Antonio Báez las licitaciones públicas aquí analizadas" (sic página 359 de la copia de la sentencia apelada)."Indicó, además, que "por la propia dinámica del juicio, podía producirse que la base experimentara alguna modificación, pero que siempre y cuando ello no albergara una mutación sustancial de la base de la imputación no implicaba violación al derecho de defensa" (página 360 de la copia de la sentencia apelada). Agregó que los jueces del tribunal oral "señalaron, correctamente, que resulta natural que la prueba producida, por tamaña imputación, ha permitido la introducción de ciertas consideraciones coyunturales y accesorias develadas durante la sustanciación del juicio, pero precisamente determinadas por el dinamismo propio y los principios que emergen de un proceso contradictorio y de discusión amplia como es el terreno del debate oral. Deesta manera, los sentenciantes enfatizaron que la esenciade la imputación fue lo que no se modificó en un ápice. Que cualquier resignificación histórica o pretensión punitiva a la que hayan incurrido los fiscales de juicio en su alegato de clausura, en tanto y en cuanto se fundaron sobre elementos conocidos por la parte y no produjeron alteraciones al sustrato fáctico, jamás podrían ser configurador de una afectación constitucional como la que se pretende...En otras palabras, a lo largo de todo el trámite de la presente causa, la imputación formulada a los imputados no fue alterada ni modificada. Las defensas de los acusados pudieron conocer en el tiempo procesal oportuno los hechos imputados por los representantes del Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, contaron con plenas facultades para ejercer el derecho de defensa durante todo el trámite de la investigación" (sic, páginas 361/362 de la copia de la sentencia apelada)."Asimismo, el tribunal apelado aludió a la falta de alteración relevante y sustancial de la plataforma fáctica (página 1001 de la copia de la sentencia apelada), a que no se había demostrado, ni se advertía, que la encausada se hubiera visto impedida de "conocer o de defenderse de una acusación que, desde siempre y en esencia, consistió â??y se mantuvo a lo largo de las distintas instancias procesalesâ?? en maniobras defraudatorias llevadas a cabo a través de distintos contratos de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz en el período comprendido entre los años 2003 a 2015" (páginas 1002/1003 de la copia de la sentencia apelada) y a que la apelante había omitido "exponer ante esta Alzada cuáles fueron las concretas defensas que se habrían visto impedidas de ejercer, lo que pone en evidencia la ausencia tanto de un perjuicio concreto como de una real situación de indefensión; circunstancia que, en definitiva, es la que resulta relevante y define la suerte negativa del presente agravio" (páginas 1003 y 1302 de la copia de la sentencia apelada)."Estos argumentos de la cámara de casación no han sido refutados. En efecto, la apelante no ha descalificado la idea que de allí se desprende, atinente al dinamismo de un juicio y a la no modificación de la imputación original. Es decir, su afirmación acerca de que el llamado "plan limpiar todo" no fue imputado en etapas previas al juicio oral y público se desentiende de las respuestas reseñadas, de modo que no desvirtúa que se trate de un aspecto accesorio de la imputación formulada."Al respecto, en el remedio federal solo alude a que en la audiencia oral solicitó una ampliación de la declaración indagatoria de Fernández de Kirchner â??pretensión que le fue denegadaâ?? sin hacer referencia alguna a los motivos que fundaron esa denegatoria."Cabe recordar que, de conformidad con la constante jurisprudencia de esta Corte, el principio de congruencia â??que integra la garantía de defensa en juicioâ?? exige que las personas solamente puedan ser condenadas por los hechos que fueron materia de acusación, sin que se realicen mutaciones fácticas o jurídicas que desbaraten la estrategia defensiva "impidiéndole formular sus descargos" (Fallos: 242:234; 329:4634; 337:542). Al respecto, este Tribunal ha establecido reiteradamente que "el proceso penal se integra con una serie de etapas a través de las cuales y en forma progresiva se tiende a poner al juez en condiciones de pronunciar un veredicto de absolución o condena" (Fallos: 306:1705; 326:1149; 345:1421, entre muchos otros). Así entonces, las garantías constitucionales del debido procesoy de la defensa en juicio exigen,por un lado, que la acusación describa con precisión la conducta imputada para que el procesado pueda ejercer en plenitud su derecho de ser oído y producir prueba en su descargo; y, por otro lado, ellas requieren, en virtud del principio de congruencia, que exista correlación entre el hecho que fue objeto de acusación y el que fue considerado en la sentencia (Fallos: 312:2040; 329:4634; 343:902; 345:1421, entre muchos otros)."En definitiva, de lo que se trata es que los procesos respeten las formas sustanciales del juicio relativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia, de modo que la sentencia no puede exceder aquellas cuestiones o hechos que fueron sometidos por las partes al conocimiento de los jueces (Fallos: 116:23; 119:284; 214:413; 330:1066; 330:5187). No obstante, la denuncia de la violación a la garantía constitucional enunciada resulta claramente infundada pues, como señaló la Cámara Federal de Casación Penal, la base fáctica por la cual fue condenada la recurrente â??la administración fraudulenta en perjuicio del Estado en las cincuenta y una licitaciones de obra pública adjudicadas a las sociedades controladas por Lázaro Báezâ?? no fue modificada. En efecto, de la lectura integral de la sentencia apelada se desprende que no se consideró que las circunstancias del "plan limpiar todo" hayan sido constitutivas de un nuevo delito o de un nuevo hecho típico en el marco de un delito continuado de defraudación (circunstancia que, como señala la defensa, hubiera permitido la ampliación de la acusación durante el juicio en los términos del artículo 381 del Código Procesal Penal de la Nación). Por el contrario, tales circunstancias solamente fueron empleadas para contextualizar los hechos por los cuales fue condenada la recurrente y para demostrar su participación en tales hechos. Ello es producto del diseño del sistema de enjuiciamiento oral, en el que tanto la acusación como la defensa presentanlas pruebas tendientes a acreditar la verdad de los hechos según su estrategia procesal. En virtud de dicha actividad probatoria pueden hallarse en el juicio circunstancias no tenidas originalmente en cuenta que permiten acreditar o contextualizar los hechos objeto del juicio oral, sin que ello suponga alterar la acusación ni, por ende, violar el derecho de defensa de los imputados. La recurrente no ha acreditado, entonces, que se hubiera modificado la base fáctica del juicio y, por ello, vulnerado el principio de congruencia."7°) Que, a continuación, la recurrente asevera que se ha vulnerado su derecho de defensa al restringirse su posibilidad de producir prueba de descargo, así como también la de controlar las evidencias invocadas para fundar la condena (página 18 y ss. de la copia del recurso extraordinario federal). Indica que los agravios dirigidos a cuestionar que no se hubieran producido determinadas pruebas no recibieron tratamiento alguno por parte del tribunal revisor."Al respecto, el remedio federal tampoco satisface el recaudo de fundamentación autónoma."En primer lugar, no explica el modo en que tal agravio fue sometido a conocimiento del tribunal revisor, limitándose a asegurar que fue "debidamente planteado [â?¦] y no mereció tratamiento alguno" (página 19 de la copia del recurso extraordinario federal). Tampoco procura demostrar la relevancia de aquellas pruebas denegadas a la luz de los razonamientos efectuados en dos instancias a los fines de conformar los hechos imputados."En efecto, la recurrente no explica de qué modo la decisión de los jueces de la causa de sustituir la prueba pericial ofrecida por prueba informativa relativa a la asignación de fondos al fideicomiso creado por el decreto 976/2001 (financiado con la tasa sobre el gasoil y destinado, entre otros fines, al financiamiento de obras viales) le privó de rebatir la acusación, más allá de sostener que la respuesta fue incompleta y sesgada por provenir de órganos del Poder Ejecutivo Nacional, constituido como parte querellante en la causa. Al respecto, la defensa omite evidenciar siquiera un indicio sobre qué información relevante habría sido omitida y explicar cómo presentó tal planteo ante el tribunal oral y, luego, ante el a quo."Por lo demás, cabe destacar que el magistrado preopinante del tribunal a quo sostuvo que "las defensas pretendieron circunscribir a lo largo del debate toda la discusión vinculada al perjuicio económico de la maniobra fraudulenta, como si el sobreprecio fuese el único ítem determinante para la verificación de la defraudación juzgada. Al momento de citar a las partes a juicio de conformidad con las previsiones del art. 354 del Código Procesal Penal de la Nación, las defensas solicitaron una multiplicidad de estudios periciales de prácticamente todas las especialidades posibles, incluyendo la pretensión de someter a estudios técnicos la evolución patrimonial de los principales accionistas de todas y cada una de las empresas constructoras que resultaron adjudicatarias de obra pública vial, en cualquier lugar del territorio nacional, para el período comprendido entre los años 2003 a 2015. Para satisfacer las inquietudes de las defensas, el 3 de septiembre de 2018 y al momento de definir la admisibilidad de las pruebas propuestas, el [tribunal oral] optó por ordenar un estudio pericial por sobre un muestreo de las obras viales investigadas y así conciliar los intereses de ambas partes" (páginas 621/622 de la sentencia apelada). Agregó que "[l]a selección del muestreo no fue arbitraria ni antojadiza como pretenden las defensas, sino que, como razonablemente fue descripto en la sentencia recurrida, las primeras tres se escogieron específicamente en razón de que en el año 2016 habían sido rescindidas, auditadas y nuevamente licitadas, de forma tal que a su respecto existían una serie de valoraciones de carácter económico, que fueron oportunamente volcadas en los requerimientos de elevación a juicio, y que resultaban útiles como parámetros de comparación. Las obras restantes fueron seleccionadas porque, del resto de rutas objetadas, constituían las obras viales de mayor envergadura presupuestaria, lo que permitiría un análisis más profundo y fructífero de la temática a dilucidar" (página 623 de la sentencia apelada)."A ello se suma lo dicho por el tribunal a quo en cuanto a que "el método de muestreo permitió 'obtener información fiable del hecho global a partir de una muestra de la que extraer inferencias con un margen de error medido en términos de probabilidades, en consonancia con principios propios del proceso penal como los de economía procesal y de idoneidad de la prueba que impidan dilatarlo excesivamente con la producción de evidencia innecesaria y superabundante'. Las defensas cuestionaron las valoraciones efectuadas en la sentencia en relación a la referida labor pericial, destacando que el cuerpo de peritos no pudo acordar un método de trabajo y sus conclusiones no pueden ser consideradas con un valor de verdad. En tal sentido la defensa de Fernández de Kirchner planteó que se violaron las pautas establecidas en el art. 262 del C.P.P.N. Ahora bien, contrario a lo afirmado por las defensas, se advierte que en la sentencia se efectuó un análisis detallado de las conclusiones de cada uno de los profesionales intervinientes, sus explicaciones brindadas en la audiencia de juicio, como así también las principales críticas realizadas" (página 624 de la copia de la sentencia apelada, asimismo, página 1452). Tal fundamentación tampoco ha merecido una crítica concreta y razonada por parte de la recurrente."Por lo demás, cabe destacar que en autos se efectuó un peritaje sobre cinco de las cincuenta y una licitaciones de obra pública y que, aunada con la restante prueba producida en el juicio, llevó a los tribunales inferiores a dar por comprobadas numerosas irregularidades relativas a sobreprecios sustanciales, ampliaciones de plazos, tratamiento preferencial en los pagos anticipados, anticipos financieros, cobros inmediatos de las certificaciones por movilización de obra y ampliaciones de obra, todas circunstancias consideradas por los tribunales de la causa como arbitrarias e injustificadas. Ellas fueron minuciosamente descriptas por los jueces intervinientes y no fueron desvirtuadas por la defensa."Por otro lado, a partir de la metodología empleada en el peritaje oficial sobre las obras públicas analizadas (consistente en comparaciones de los precios con otras ofertas en las licitaciones y en la aplicación de índices de actualización), el tribunal oral analizó y dio por probado que se verificaban análogas irregularidades en numerosos rubros de las obras públicas analizadas."Esta metodología fue convalidada por la Cámara Federal de Casación Penal. Nuevamente, la defensa no ha puesto de manifiesto de qué modo sería arbitraria la aplicación de ese criterio metodológico, el que no se revela como caprichoso o irrazonable, más allá de discrepar de tal metodología y sin siquiera refutar la efectiva constatación de sobreprecios en tres de las cinco obras públicas peritadas, lo que bastaría para considerar que la maniobra juzgada era típica."8°) Que el siguiente agravio pretendidamente federal sometido a esta Corte consiste en la alegada violación al principio denominado "igualdad de armas". Al respecto, la defensa señala que se opuso a la incorporación por lectura de la prueba consistente en los "presuntos mensajes de texto extraídos de un teléfono celular atribuido a José López, de los que da cuenta un informe pericial realizado en la causa [â?¦] en la cual esta defensa jamás intervino y, por ende, no pudo controlar su legalidad". Afirma que si se "suprime mentalmente la prueba cuestionada [â?¦] es imposible reconstruir la conducta asignada a nuestra defendida en el denominado plan limpiar todo"."Una vez más, la apelante omite cumplir con el requisito de la fundamentación autónoma, ya que no se hace cargo de los argumentos del tribunal revisor a los fines de procurar refutarlos. En efecto, el primero de los votos (páginas 370 y ss. de la copia de la sentencia apelada) â??razonamiento que fue expresamente acompañado por los dos votos restantes (páginas 1020 y ss. y 1315 y ss. de la copia de la sentencia apelada)â?? señaló que las defensas "no logran demostrar el perjuicio concreto que el tratamiento de la presente cuestión le causó, ni el interés jurídico específico que tiene esa parte en la declaración de nulidad pretendida; máxime teniendo en cuenta que [â?¦] no objetan ninguna circunstancia en particular del procedimiento llevado a cabo, ni tampoco la licitud de su contenido, más allá de la circunstancia relativa a que fue aceptada por el Tribunal sentenciante la incorporación de la requerida prueba conforme los parámetros previstos en la norma. En este marco de análisis y de acuerdo a los motivos de agravio presentados por las defensas, cabe recordar, c[o]mo fue dicho, que la declaración de nulidad procesal requiere un perjuicio concreto para alguna de las partes, pues no procede su declaración en el sólo interés del formal cumplimiento de la ley (Fallos: 298:312), resultando inaceptable en el ámbito del derecho procesal la declaración de la nulidad por la nulidad misma (Fallos: 322:507). En el caso, los recurrentes no logran demostrar â??ni se advierteâ?? cuál es el perjuicio concreto que les causó el hecho de que se haya incorporado a juicio parte de la prueba solicitada por los representantes del Ministerio Público Fiscal, más aún cuando se encuentra justificada la decisión del 'a quo' conformea lo establecido en los arts. 382, 391 y 392 del C.P.P.N."."Asimismo, la Cámara Federal de Casación Penal explicó detalladamente las razones por las cuales debía descartarse que la incorporación de la prueba se hubieraproducido de forma subrepticia para las partes para evitar su contralor, para concluir afirmando que ellas fueron "fehacientemente notificadas acerca de su incorporación en autos, y que también fueron expresamente convocad[a]s a concurrir a su compulsa para garantizar la igualdad de armas y el pleno acceso a la totalidad de la prueba incorporada" seis meses antes de su incorporación por lectura (páginas 377 y 379 de la copia de la sentencia apelada), sin que este argumento haya sido refutado, siquiera mínimamente."9°) Que la defensa sostiene, también, que se ha violado la cosa juzgada, ya que la mayoría de las obras que se han investigado a lo largo de este proceso ya habían sido "evaluadas por la justicia de la provincia de Santa Cruz, la cual descartó su ilicitud". Enfatiza que "las decisiones emitidas por la justicia de Santa Cruz tienen idéntico valor que las que puedan ser dictadas por la justicia de excepción a la hora de evaluar la extensión de la garantía en estudio" (página 23 de la copia del recurso extraordinario federal) y afirma que la respuesta brindada"no se corresponde con las actuales constancias de la causa ni con el derecho federal invocado (página 23 de la copia del recurso extraordinario federal)."Reseñada la fundamentación de la apelante, se advierte que ella tampoco satisface el requisito de la autosuficiencia. En efecto, la defensa ciñe su planteo a una somera descripción de la cuestión que pretende someter a conocimiento de esta Corte y a la reiteración de los argumentos desarrollados alo largo del pleito, desentendiéndose así de las consideraciones formuladas por el tribunal revisor."Al respecto, la Cámara Federal de Casación Penal examinó el agravio y sostuvo, luego de resumir los razonamientos esgrimidos por los sentenciantes, que el planteo no era novedoso ya que había sido efectuado â??y rechazadoâ?? varias veces a lo largo del proceso (entre ellas, la intervención de este Tribunal en Fallos: 345:440), para concluir en que no advertía que se hubiera producido la violación constitucional denunciada (páginas 341/350, 1006/1009 y 1295/1299 de la copia de la sentencia apelada)."En efecto, en una de las sentencias dictada por esta Corte Suprema en autos â??publicada en Fallos: 345:440â??, se recordó que las garantías constitucionales de la cosa juzgada y del ne bis in idem (prohibición de la persecución penal múltiple) se encuentran íntimamente relacionadas ("Videla", Fallos: 326:2805, considerando 12, voto del juez Maqueda) y que se ha basado la garantía de la cosa juzgada en dos fundamentos: "lograr la plena efectividad de la prohibición de la doble persecución penal" y conformar "uno de los principios esenciales en que se funda la seguridad jurídica"(Fallos: 308:84; 315:2680, entre otros). En esta línea, se señaló que "en lo que respecta a la garantía del ne bis in idem, esta Corte ha establecido que 'su violación debe entenderse configurada cuando concurran [â?¦] las tres identidades clásicas, a saber, eadem persona (identidad de la persona perseguida), eadem res (identidad de objeto de persecución) y eadem causa petendi (identidad de la causa de persecución)' ('Videla', Fallos: 326:2805, considerando 8°). Tales recaudos típicos encuentran su razón de ser en que la garantía se dirige a respetar 'al individuo que ya ha sufrido la persecución del Estado contra la reiteración del ejercicio de la pretensión punitiva [â?¦]' ya sea en un proceso concluido o en trámite ('Videla', Fallos: 326:2805, considerando 11°; en igual sentido, doctrina de Fallos: 314:377; 327:4916; 330:1016, 2265 y 4928). En la misma línea, se ha dicho que 'el fundamento material de la regla non bis in idem es que no es posible permitir al Estado, 'con todos sus recursos y poder, lleve a cabo esfuerzos repetidos para condenar a un individuo por un supuesto delito, sometiéndolo así a molestias, gastos y sufrimientos, y obligándolo a vivir en un continuo estado de ansiedad e inseguridad, y a aumentar, también, la posibilidad de que, aun siendo inocente, sea hallado culpable' ('Videla', Fallos: 326:2805, voto del juez Maqueda, considerando 12)"."Así entonces, se destacó en esa oportunidad que "esta Corte siempre exigió el requisito de identidad de personas para que opere la excepción de la cosa juzgada, en consonancia con los límites del poder de los jueces para tomar decisiones en el marco de un proceso, decisiones cuyos efectos naturalmente se circunscriben a las partes de aquel. Así, por ejemplo, en procesos no penales el Tribunal también ha exigido la triple identidad subjetiva, objetiva y de causa (Fallos: 116:220; 137:175; 169:330; 310:1449; 328:3299).""En este orden, este Tribunal sostuvo que la operatividad de la cosa juzgada "requiere también identidad subjetiva o, puesto en otras palabras, que la misma persona esté involucrada en ambos procesos penales. [â?¦] En dirección contraria a esta línea jurisprudencial, la recurrente intenta extender a su favor los efectos de lo resuelto en sede local en procesos penales en los que â??como ella misma reconoceâ?? no fue parte, para evitar un futuro pronunciamiento en este juicio, pero no aporta razón legal alguna para justificar que en el marco de nuestro Estado de Derecho se le confiera a aquellos jueces locales el poder de decidir penalmente con efectos 'erga omnes' como postula la recurrente". Ante ello, la recurrente insistió con un planteo análogo al presentado anteriormente en la causa y que resulta claramente deficiente, pues no demostró haber sido parte de los procesos judiciales tramitados por ante los jueces provinciales de Santa Cruz que cita para justificar la pretendida violación de la cosa juzgada. En consecuencia, el planteo es inadmisible."A ello se suma el hecho de que la defensa tampoco logró superar el déficit de fundamentación señalado por este Tribunal en el considerando 20 del precedente de Fallos: 345:440: "la recurrente no ha demostrado que se verifique en el caso el requisito de identidad de objeto entre estos autos y los procesos tramitados en la provincia de Santa Cruz. En efecto, más allá de su discrepancia con el rechazo resuelto, la defensa no logró poner en evidencia la identidad de objeto procesal y que su posición no entrañara otra cosa que la mera aserción dogmática de una determinada solución que no se ve acompañada de una reseña autosuficiente y acabada de las constancias de la causa. Este déficit resulta especialmente relevante si se atiende a que en el presente caso, tal como refiere la propia recurrente, se investiga â??además de la existencia de una asociación ilícita cuya imputación es ajena a la incidencia en tratoâ?? la presunta defraudación a la administración pública nacional que habrían cometido distintos funcionarios federales, junto con otras personas imputadas. Sin describir los términos de la hipótesis delictiva de aquellas causas, la recurrente falla absolutamente en demostrar la identidad de objeto entre los procesos locales y el presente; máxime cuando se pretende hacer valer resoluciones dictadas por jueces provinciales respecto de la actuación de funcionarios incuestionablemente federales que habrían afectado de manera directa las arcas nacionales. En efecto, la defensa no explica mínimamente cómo aquellas resoluciones dictadas por jueces locales efectivamente alcanzaron o estuvieron en condiciones jurídicas de alcanzar a funcionarios federales.""Asimismo, ante el argumento de la defensa relativo a que en la justicia provincial de Santa Cruz ya se había desestimado una denuncia por el delito de administración fraudulenta y que se trataría de un delito continuado, por lo que a su criterio no podía investigarse nuevamente, esta Corte sostuvo que el planteo había omitido toda explicación tendiente a demostrar que en el caso no se verificara el supuesto analizado en el precedente CSJ 1600/2005 (41-L)/CS1, "Luzzi, Roberto Julio s/ defraudación- causa n° 116169/00", sentencia del 8 de mayo de 2007. "Allí, el Tribunal sostuvo que por 'más esfuerzos argumentales que se hagan, hay una cosa cierta: una administración â??más allá de la unidad que pueda o no conformar a los fines de su estatuto legal o la calificación penalâ?? es una suma de hechos y actos jurídicos perfectamente diferenciados, determinados, independientes y susceptibles de ser separados. No se advierte, entonces, cómo el discrimen liberatorio de alguno de esos hechos pueda arrastrar necesariamente a todos los demás, sin importar si éstos son o no son delictivos. Por eso no resulta posible, como insinúa la parte, asimilar este caso a aquellos delitos que describen un acto humano que, aunque tal vez complejo, sea único e indivisible en cuanto a su significación y sentido, completud y teleología: dañar, matar, robar. Es contradictorio hablar de una unidad formada por distintos actos â??unidad conceptual, jurídica si se quiere, y de alguna manera, artificialâ?? y luego propugnar la inseparabilidad de estos actos. [â?¦] Justamente, porque son varias acciones distinguibles, no se ve cómo el hecho de separar algunos y procesar por otros afectaría el principio del doble juzgamiento'. Finalmente, en el recurso extraordinario no se ha explicado, siquiera mínimamente, de qué modo la tramitación de los presentes actuados afectaría la seguridad jurídica que la cosa juzgada también busca proteger, ante los términos en los que fueron desestimadas las denuncias tramitadas en el fuero provincial santacruceño" (Fallos: 345:440). Nada agrega la recurrente en esta oportunidad que desvirtúe tales observaciones, por lo que el déficit de fundamentación se evidencia como inequívocamente grave, lo que impone la desestimación del agravio."Que, por último, la defensa plantea la arbitrariedad de lo resuelto en relación con la tipicidad de la conducta, tanto en lo que respecta a la imputación objetiva como a la acreditación del aspecto subjetivo exigido por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública."Asevera que en el recurso de casación efectuó "una crítica minuciosa sobre los fundamentos desarrollados en la sentencia del TOF N°2, demostrando la existencia de un caso claro de arbitrariedad" (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal). Empero, añade, al confirmar el fallo el tribunal revisor "convalidó las afirmaciones arbitrarias [â?¦] sin dar respuesta específica a los reclamos oportunamente formulados" (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal)."Como ya se ha destacado en relación con los agravios anteriores, el remedio federal no satisface el requisito de la fundamentación autónoma. De la transcripción recién efectuada se advierte que la apelante alude a escritos anteriores, técnica que impide dar por conformada la exigencia aludida."En tal sentido, al reprocharle al tribunal revisor el no haber dado "una respuesta específica a los reclamos oportunamente formulados" (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal), era central conocer los términos en que fueron formulados. Lo señalado cobra especial relevancia cuando es el propio tribunal revisor el que sostuvo que "lo señalado por la defensa en esta instancia no es más que una reedición de todo aquello que fue oportuna y fundadamente descartado por el 'a quo'" (página 695 de la copia de la sentencia apelada), y nada de eso ha sido eficazmente desvirtuado por la apelante."Es más, el remedio federal no identifica en ningún momento cuáles fueron los argumentos relevantes para la solución del caso cuyo abordaje y respuesta habría sido omitido por el tribunal revisor."Por el contrario, se advierten aspectos de las conclusiones de los jueces de la causa, pertinentes para la solución del caso, que han sido soslayados por la defensa. En ese sentido, ha de destacarse la naturaleza del patrimonio del fideicomiso creado por el decreto 976/2001 y su finalidad (página 700 de la copia de la sentencia apelada), así como también el rol que los entes autárquicos o descentralizados ocupan dentro de la estructura estatal (página 701 de la copia de la sentencia apelada) o la responsabilidad del fiduciante en torno a los fondos del mencionado fideicomiso (página 703 de la copia de la sentencia apelada)."Sin perjuicio de ello, los reclamos de la defensa llevan a examinar cuestiones â??de hecho y prueba en muchos casos, ajenas por su materia a la competencia apelada extraordinaria de esta Corte Suprema en los términos del artículo 14 de la ley 48, salvo que medie un supuesto de arbitrariedadâ?? tales como el contexto dentro del cual se ejecutó la maniobra que fue juzgada, las relaciones personales y comerciales que unían a Fernández de Kirchner con Lázaro Báez, las implicancias en torno al dictado y efectos del decreto 54/2009 (páginas 1057/1059 de la copia de la sentencia apelada), las advertencias emitidas por los servicios jurídicos en relación con su dictado y la valoración del contenido de los mensajes extraídos el celular de José López, entre otros. En particular, la decisión apelada aludió a que Lázaro Báez por intermedio de sociedades por él controladas, efectuó contratos de locación y gerenciamiento con sociedades de titularidad de la familia Kirchner que explotaban hoteles, además de haber realizado otros negocios inmobiliarios (páginas 643/656, 1053y 1078/1079 de la copia de la sentencia apelada). Esas relaciones no fueron cuestionadas por la defensa en manera alguna, más allá de alegar que los actos comerciales señalados fueron "totalmente lícitos y se celebraron a precios de mercado" (página 36 de la copia del recurso extraordinario federal), lo que resta toda eficacia a su planteo."Esas circunstancias, valoradas ya por dos instancias judiciales, llevaron a la conclusión de que esa decisión presidencial "relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para los intereses particulares a la postre beneficiados" (páginas 707 y 708 de la copia de la sentencia apelada), y de que "Fernández de Kirchner se representó los elementos objetivos del tipo al momento de dar comienzo a la acción típica y que previó la realización de estos y, por tanto, la producción del resultado. Asimismo, se pudo acreditar que la encausada quiso que el resultado delictivo sea una consecuencia de su propia acción y tuvo, además, el ánimo de lucro requerido por el tipo" (páginas 711, 1053 y 1062 de la copia de la sentencia apelada)."En este sentido, el argumento de la defensa basado en la competencia de terceras personas en el asunto â??entre ellas, el jefe de gabinete de ministros de la Nación y los restantes funcionarios nacionales y provinciales que intervinieron en los hechosâ?? se desentiende del fundamento desarrollado por los jueces de la causa en torno a la modificación implementada por el decreto 54/2009 y la indisputada competencia y responsabilidad de la encausada en la emisión del mismo. Además, omite rebatir las demás circunstancias ponderadas por el a quo respecto de la intervención personal de la recurrente en los hechos, en particular, el beneficio económico obtenido."El discurso reiterativo de la apelante â??por ejemplo, el tribunal revisor sostuvo que "lo señalado por la defensa en esta instancia no es más que una reedición de todo aquello que fue oportuna y fundadamente descartado por el 'a quo'" (página 695 de la copia de la sentencia apelada)â?? sólo evidencia su desacuerdo con el pronunciamiento atacado, sin llevar a cabo una efectiva refutación de los argumentos sostenidos en la sentencia apelada."No es ocioso recordar que la doctrina de la arbitrariedad es de carácter excepcional y no tiende a sustituir a los jueces de la causa en cuestiones que les son privativas, ni corregir en tercera instancia fallos equivocados o que se reputen tales (Fallos: 215:199; 229:799; 324:4321; 325:3265; 330:1503; 343:919, entre muchísimos otros)."Que, por último, resulta igualmente manifiesta la falta de fundamentación suficiente en torno a la configuración de un caso de gravedad institucional. En efecto, más allá de las consideraciones formuladas en Fallos: 345:430 y sus citas, lo cierto es que la apelante persigue esa declaración a partir de dos circunstancias."La primera de ellas, relacionada con sus agravios vinculados con la violación de los principios de independencia e imparcialidad judicial. Esos planteos ignoran lo afirmado por el a quo, en torno a que a lo largo de este proceso "intervinieron al menos â??entre magistrados y fiscales de todas las instancias: Instrucción, Cámara Federal, Tribunal Oral Federal, Cámara Federal de Casación Penal y Corte Suprema de Justicia de la Naciónâ?? más de 20 funcionarios, muchos de los cuales fueron designados durante la gestión de la recurrente como Presidenta de la Nación. La conspiración planteada requeriría la connivencia de una amalgamade sujetos de diverso origen y responsabilidad con el único fin de involucrar a la nombrada y los diversos funcionarios que la acompañaron durante sus años frente a la Presidencia de la Nación, en los comprobados e inusitados hechos de corrupción en la obra pública, circunstancia que [â?¦] resulta por completo inverosímil ante el gran caudal de prueba acumulada" (página 354 de la sentencia apelada)."En cuanto a la restante circunstancia en la que la apelante funda su pretensión â??que la conclusión a la que arribaron los tribunales de grado determina un "criterio de imputación ilimitado" (página 38 de la copia del recurso extraordinario federal)â?? ella no se desprende de los términos de la sentencia apelada, pues se enunciaron elementos probatorios concretos â??de circunstancias objetivas y subjetivasâ?? que justifican la conclusión a la que arribaron los jueces de la causa.Que, en tales condiciones, no se ha demostrado mínimamente la conformación de alguno de los supuestos habilitantes de la competencia extraordinaria de esta Corte.Que, en definitiva, las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida - valorada de conformidad con las reglas de la sana crítica (artículo 398 del Código Procesal Penal de la Nación) - y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley."Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación (art. 174, último párrafo, del Código Penal, texto según ley 25.602)."Por ello, se desestima la queja. Intímese a la recurrente a que, dentro del quinto día de notificada, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a disposición del Tribunal, bajo apercibimiento de ejecución. Notifíquese y, oportunamente, archívese".

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28/05/2025 04:00

Greg Abbott la firmó: la resolución "antimigrantes" en Texas que eliminaría el voto de los residentes sin ciudadanía

El gobernador de Texas, Greg Abbott, firmó una resolución que busca modificar la Constitución estatal para impedir de forma explícita que cualquier persona no ciudadana de Estados Unidos pueda votar en elecciones dentro del Estado de la Estrella Solitaria. La medida deberá ser aprobada en las urnas en las elecciones de noviembre de 2025.La reforma que busca modificar la Constitución de Texas: derecho a votar solo para estadounidensesLa resolución firmada por el gobernador Abbott se basa en la propuesta conjunta del Senado número 37 (S.J.R. No. 37), redactada por el senador estatal republicano Brian Birdwell. Esta introduce una enmienda constitucional con el objetivo de añadir de forma explícita que solo los ciudadanos estadounidenses pueden ejercer el derecho al voto en Texas.Abbott firmó una resolución contra los no ciudadanosActualmente, la Constitución de Texas ya establece restricciones al sufragio para ciertas categorías, como:Personas menores de 18 años.Individuos declarados mentalmente incompetentes por una corte, salvo excepciones establecidas por la Legislatura.Condenados por delitos graves, con ciertas condiciones, según disponga la ley.La reforma pretende agregar una cuarta categoría a esta lista:Personas que no sean ciudadanos de los Estados Unidos."Acabo de firmar una resolución conjunta para dejar absolutamente claro en la Constitución de Texas que, si no eres ciudadano de Estados Unidos, no puedes votar en Texas", expresó Greg Abbott en un video que difundió en su cuenta oficial de X (antes Twitter).Qué falta para que la enmienda firmada por Abbott entre en vigorAunque Abbott ya rubricó la resolución, el cambio constitucional no será automático. La decisión final quedará en manos del electorado texano en una consulta popular pautada para el 4 de noviembre de 2025. Ese día, los ciudadanos deberán votar a favor o en contra del siguiente texto propuesto para la papeleta electoral: "Enmienda constitucional que aclara que un votante debe ser ciudadano de los Estados Unidos".El procedimiento de aprobación siguió una ruta legislativa convencional:En enero de 2025, Brian Birdwell introdujo la S.J.R. No. 37 en el Senado estatal.En abril, la Cámara alta dio luz verde al proyecto.En mayo, la Cámara de Representantes de Texas también votó a favor.Finalmente, el 26 de mayo, Greg Abbott estampó su firma, lo que deja pendiente solo la ratificación ciudadana.Abbott sigue los pasos de Trump: restricción del voto para inmigrantes sin ciudadaníaLa decisión de Texas no es aislada. Según datos del Voting Rights Lab, actualmente al menos 25 estados de EE.UU. están en pleno debate sobre alguna forma de legislación para exigir pruebas de ciudadanía como condición para registrarse como votante. En total, 15 constituciones estatales ya contienen una prohibición explícita del sufragio por parte de personas sin ciudadanía.Este impulso generó fricciones a nivel federal. A modo de ejemplo, en marzo de 2025, el presidente Donald Trump firmó una orden ejecutiva que requería prueba documental de ciudadanía para registrarse como votante en elecciones nacionales. Sin embargo, un mes después, la jueza Colleen Kollar-Kotelly, del Tribunal de Distrito de Columbia, bloqueó partes de esa política por exceder las atribuciones del Poder Ejecutivo.Entre las disposiciones anuladas se incluían:La obligación de la Comisión de Asistencia Electoral de modificar los formularios de registro a nivel nacional para exigir prueba de ciudadanía.La orden de que las agencias federales evaluaran el estatus de ciudadanía de los beneficiarios de asistencia pública antes de ofrecerles formularios de inscripción electoral.La jueza argumentó que ni la Constitución ni ninguna ley delegan al Presidente la capacidad de alterar por decreto el proceso legislativo del Congreso sobre elecciones. "Nuestra Constitución confía al Congreso y a los Estados â??no al Presidenteâ?? la autoridad para regular las elecciones federales", escribió Kollar-Kotelly en su fallo.

Fuente: Infobae
24/05/2025 06:30

Sánchez promoverá en la ONU una resolución para instar a Israel a que permita el acceso de ayuda humanitaria

En una reunión de los socialdemócratas en Turquía, el presidente español pide alzarse contra Israel: "La situación en Gaza es inaceptable, no nos vamos a callar"

Fuente: La Nación
23/05/2025 20:00

Importación: el Gobierno prepara una resolución complementaria con detalles sobre cómo será el ingreso de las vacunas veterinarias

En medio de versiones cruzadas sobre el ingreso de vacunas veterinarias desde el exterior, se llevó a cabo una reunión convocada por el presidente del Senasa, Pablo Cortese, y representantes de la Cámara Argentina de la Industria de Productos Veterinarios (Caprove) y la Cámara de Laboratorios Argentinos Medicinales Veterinarios (Clamevet), con el objetivo de despejar dudas respecto de la importación de productos y las condiciones que rigen para la medicina veterinaria nacional.Proyecto de ley: Marcela Pagano propone modificar el fondo que financia el Ipcva y que el pago sea voluntarioDesde el Gobierno le adelantaron a la industria que están trabajando en una resolución complementaria a las ya emitidas resoluciones 333/25 y 338/25 de la semana pasada, que despertaron opiniones cruzadas en los laboratorios. Aclararon que el plazo de 30 días, establecido en la última normativa, es de carácter "orientativo", y que "se realizarán todas las investigaciones necesarias" antes de permitir el ingreso de los productos.Tecnovax, que ya manifestó su intención de traer la vacuna desde Brasil y el año pasado advirtió por trabas locales para competir, solicitó la aprobación de registro de la vacuna Ourovac Aftosa, proveniente del laboratorio Ourofino Saúde Animal del vecino país. Además, anticipó que la vacuna anti aftosa la venderá a US$0,60. En este contexto, los laboratorios de esta industria y representados en ambas cámaras decidieron reclamar un criterio de reciprocidad en la aprobación de productos, tal como ocurre en Europa. Según fuentes al tanto de la reunión que se realizó antes del mediodía, explicaron que en la Argentina los procesos pueden extenderse por años; se mencionaron casos donde la aprobación lleva ya más de dos años en el país. "Estamos de acuerdo con que se simplifique la regulación. Vemos que esta nueva regulación ha bajado la vara porque ahorra tiempo. Lo correcto es que todos cuenten con las mismas condiciones", dijeron las fuentes consultadas.Ambas cámaras manifestaron sus preocupaciones con respecto al ingreso de productos sin la aprobación correspondiente, los precios, los datos técnicos y los términos de reciprocidad de los que se habla. En respuesta, el Senasa les aclaró que se trata de productos equivalentes provenientes de países con "estándares similares" a los argentinos. Vale recordar que en la última corrección de la normativa se agregó a los países socios fundadores del Mercosur que estarían habilitados para importar.Dado que el Senasa "está aceptando implícitamente" la calidad de los productos importados mediante ciertos términos, los laboratorios locales exigen que se apliquen en la Argentina las mismas condiciones de evaluación. Recordaron que en el país se exigen pruebas de eficacia para drogas que ya llevan años en el mercado y cuyas fórmulas muchas veces no presentan innovaciones.EscenarioEn el sector señalan que la nueva normativa, al habilitar el ingreso de productos registrados en países del Mercosur, abre la puerta a una simplificación en los procesos. Cada empresa podrá fijar libremente el precio de sus productos, y será el mercado el que decida si convalida o no esos valores.Tanto desde las cámaras como desde el Senasa se asumió el compromiso de trabajar en la actualización del marco regulatorio, promoviendo la simplificación y desregulación de los productos locales. Se avanzará en la incorporación de registros genéricos ampliamente conocidos y el Senasa está dispuesto a aceptar aquellos que hasta ahora no se contemplaban.Pocos negocios, pero buenas perspectivas: así fue el paso de la carne argentina por Sial China 2025Las partes acordaron revisar puntos grises y vacíos regulatorios respecto de los productos nacionales, con el objetivo de alinearlos a los estándares de los productos importados. También se podría revisar la lista de países habilitados según su nivel de calidad y la nómina de productos permitidos. Sin embargo, se remarcó que no se permitirá el ingreso de productos que no estén incluidos en la lista, lo cual quedaría establecido en la resolución complementaria que se va a publicar. Durante la reunión se reiteró que el plazo de 30 días fijado por resolución es solo una guía y punto de partida. Si se detecta que un producto no cumple con los requisitos necesarios, se extenderán los tiempos. Todos los productos importados estarán sujetos a análisis y pruebas por parte del Senasa, como ha ocurrido hasta ahora, incluyendo ensayos de laboratorio y pruebas de campo sobre potencia. En otras palabras, la desregulación no implica que la aprobación automática del registro habilite de inmediato la comercialización; antes deberá cumplirse con todas las pruebas pertinentes.Según mencionaron fuentes consultadas a este medio, desde algunos sectores incluso evalúan recurrir a la Justicia. No obstante el avance del proceso "dependerá de la respuesta del Gobierno", aunque se destacó que hasta el momento el "diálogo ha sido franco" y que la reunión se desarrolló en un clima "muy respetuoso", con todas las partes exponiendo sus posiciones. La próxima semana se espera un nuevo encuentro para evaluar los avances.

Fuente: Infobae
20/05/2025 18:16

Aragón tiene listos los datos sobre menores a la espera de la resolución judicial

Aragón retiene la información sobre menores migrantes hasta la decisión del Tribunal Superior de Justicia, en un contexto de conflicto legal contra el Real Decreto-ley sobre extranjería

Fuente: Página 12
19/05/2025 21:08

Nueva resolución judicial a favor de Luján

La Cámara Federal de San Martín rechazó los recursos de apelación presentado por las asociaciones civiles ambientalistas creadas por Viviana Novelle, que objeta el avance de las obras. Los funcionarios nacionales Daniel Scioli y Fernando Brom, denunciados por incumplir la orden de retomar los trabajos.

Fuente: Infobae
19/05/2025 10:25

Patricia Benavides obtiene una victoria judicial: PJ anula la resolución que rechazó la demanda contra su destitución

Ordenan a Juzgado de primera instancia que vuelva a resolver el amparo de la exfiscal de la Nación. Extitular del Ministerio busca que se deje sin efecto la sanción que la JNJ le impuso por interferir en el proceso penal de su hermana Enma Benavides

Fuente: La Nación
18/05/2025 15:18

Elecciones CABA: los resultados oficiales podrán ser difundidos antes de las 21 por una resolución judicial

Una resolución judicial de esta semana habilitó al Gobierno de la Ciudad a difundir de manera anticipada los resultados de las elecciones porteñas que definirán el futuro de 30 bancas en la Legislatura. Los jueces Roberto Carlos Requejo, Romina Tesone y Rodolfo Ariza Clerici resolvieron dejar de lado la obligación de publicar los resultados después de las 21 -como está reglamentado- y se habilitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a dar a conocer los datos de la votación pasadas las 19, siempre y cuando el escrutinio esté avanzado. Según pudo saber LA NACION, se permitió esto bajo dos condiciones: que el 25% de las mesas del distrito estén contabilizadas y que el 33% de las mesas de cada una de las 15 comunas estén escrutadas.En el distrito que comanda Jorge Macri el método de voto que se utiliza es la Boleta Única Electrónica (BUE), un sistema que simplifica el conteo de votos ya que se encuentra digitalizado.El Tribunal hizo hincapié en la preservación de la transparencia en el proceso "a fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones normativas en ciernes, asegurar que la población cuente con resultados parciales en los términos y con la finalidad previstos por el ordenamiento, garantizar la transparencia en la difusión de los resultados y eliminar cualquier tipo de incertidumbre en torno a ello".En tanto, el dictamen de los resultados anticipados estarán registrados digitalmente en la página el Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."De la experiencia obtenida del proceso electoral del año 2023 es posible advertir que, como consecuencia de la probada celeridad del escrutinio de mesa por la implementación de las tecnologías, el Instituto de Gestión Electoral presumiblemente contará, antes de las 21 del día de los comicios, con resultados parciales del recuento de votos provisorio que indica la resolución judicial.Participan de la elección 17 boletas. El sistemaEstas elecciones mantendrán el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), según definió el Instituto de Gestión Electoral (IGE) de la Ciudad de Buenos Aires mediante una resolución. Instructivo de cómo usar el sistema de boleta única electrónica en CABAEn ese contexto, los sistemas electrónicos van a ser nuevamente incorporados en los procedimientos de emisión del voto, escrutinio de mesa y transmisión de resultados provisorios.

Fuente: Infobae
07/05/2025 17:06

La JEP rechazó reparos del antiguo secretariado de las Farc sobre resolución de conclusiones por secuestro

La Jurisdicción Especial para la Paz defendió el modelo de justicia restaurativa y la participación activa de las víctimas, y ratificó la validez del proceso, a pesar de las críticas por una posible fragmentación del procedimiento judicial

Fuente: Infobae
02/05/2025 00:04

Bruselas expedienta a España por no aplicar aún las últimas normas de resolución bancaria

La Comisión Europea inicia procedimientos de infracción contra 17 Estados miembros, incluyendo España, por la falta de implementación de la directiva "Daisy Chains II" sobre resolución bancaria

Fuente: Infobae
01/05/2025 01:23

El Senado de EEUU bloqueó una resolución bipartidista que buscaba la revocación de los aranceles globales de Trump

La votación terminó en empate, con 49 senadores a favor y 49 en contra, frustrando el intento de limitar la política comercial de la Casa Blanca

Fuente: La Nación
30/04/2025 11:18

"Adecuarse". El Gobierno estableció un nuevo método para fijar los precios FOB de las exportaciones agrícolas: qué dice la resolución

En medio de una campaña agrícola clave y en un contexto de revisión de regulaciones para el comercio exterior, el Gobierno oficializó una nueva normativa que redefine el mecanismo de fijación de los precios FOB oficiales para los productos agrícolas incluidos en el régimen de la Ley N° 21.453. Los exportadores destacaron la medida porque se pasa a un sistema "objetivo". Sirve para el cálculo de las retenciones.Esta medida, publicada en el Boletín Oficial a través de la resolución 45/2025 de la Secretaría de Agricultura, apunta a brindar mayor transparencia, previsibilidad y representatividad a la hora de determinar los valores de exportación que afectan directamente a los derechos de exportación e ingresos del Estado.Tras la "tormenta perfecta": anticipan una recuperación del mercado de distribución de insumos y las empresas buscan reinventar el negocioSegún establece la resolución firmada por el secretario de la cartera agrícola, Sergio Iraeta, la Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios e Inserción Internacional será la encargada de fijar los precios FOB oficiales "respecto de las mercaderías comprendidas en las previsiones de la Ley Nº 21.453". Estos precios serán los vigentes para las operaciones "con fecha de cierre de venta concretadas en el día de su publicación" y se ajustarán periódicamente "cuando las variaciones del mercado así lo indiquen".Este cambio se da en un contexto de creciente incertidumbre en el sector agroexportador, por cuestiones que van desde los Derechos de Exportación (DEX), cuya baja temporal finaliza el 30 de junio próximo, hasta la falta de tipo de cambio competitivo, tras la salida del cepo. "Estado desastroso": denuncian el abandono de caminos rurales y que hay escuelas rurales aisladas en un partido bonaerenseEn la resolución se menciona que "la particular dinámica de los mercados granarios mundiales determina que los precios internacionales puedan estructurarse de diferente manera en función de distintos factores", lo que justifica la necesidad de contar con un sistema más flexible y actualizado. Por eso, el nuevo esquema contemplará tanto precios del mercado local como del Chicago Board of Trade (CBOT), principal referencia global para productos agrícolas.Además, como novedad destacada, los precios oficiales podrán diferenciarse "por mes o período de embarque", así como por "forma de presentación (granel o envasado)" u otras características del producto, siempre que las dinámicas de los mercados y los volúmenes operados así lo justifiquen.La medida también incluye la publicación de un Manual de Procedimientos para la fijación de precios FOB oficiales, que según la normativa "genera transparencia para la cadena agroexportadora, confiriendo confianza en las instituciones".En caso de que para ciertos productos agrícolas no se establezca un precio FOB oficial, la normativa aclara que se tomará como base imponible "el aforo o la valoración que realice la Dirección General de Aduanas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)".Asimismo, se derogó la resolución N° 411/2017 del exMinisterio de Agroindustria, que hasta ahora establecía el esquema vigente para la fijación de estos precios. En la fundamentación técnica que acompaña a la normativa actual se señala que "es necesario adecuarse a los cambios que se han producido en los últimos tiempos en materia de disponibilidad de información y capacidad de acceso a diversas fuentes locales e internacionales que publican constantemente datos de precios"."Apoyamos las normas que buscan darle más transparencia al proceso estatal de fijación de precios FOB índice para exportación de productos comprendidos bajo la ley 21453. Vamos a analizar y estudiar en detalle los procedimientos que establece, pero creemos que era necesario que el Estado elimine las arbitrariedades que venían sucediendo desde hace muchos años ante la carencia de un método objetivo de fijación de precios índice", dijo Gustavo Idígoras, presidente de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (Ciara) y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC), a LA NACION. "Este tema había sido anticipado y conversado en la mesa de cereales y oleaginosas de la Secretaría de Agricultura, donde están entidades de productores acopios corredores y exportación", agregó.




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