La medida fue aprobada por unanimidad con 106 votos en el Pleno y contempla sanciones más duras para quienes ordenen crímenes, incluso desde cárceles. También castiga con mayor severidad a autores, intermediarios y reclutadores de adolescentes
La historia de la estudiante británica Mía O'Brien, de 23 años, cobró notoriedad internacional tras su condena a prisión de por vida en Dubái. La justicia de Emiratos Árabes Unidos la sentenció el 25 de julio por un cargo de tráfico de drogas, un fallo que su familia califica como un error judicial. La joven, que se declaró inocente, ahora enfrenta la pena más severa posible en ese país, en un caso que expone las estrictas leyes locales sobre estupefacientes.El perfil de la universitaria británicaMía O'Brien es oriunda de Huyton, Merseyside, en el Reino Unido. Antes de su detención, cursaba la carrera de Derecho en la Universidad de Liverpool. Su madre, Danielle McKenna, de 46 años, relató en una entrevista con el periódico Daily Mail que el gran sueño de su hija era convertirse en abogada o procuradora.Según el testimonio familiar, la joven no tenía antecedentes penales ni un historial de consumo de drogas. Su entorno la describe como una persona que extraña profundamente a sus hermanos menores, de cinco y siete años. La propia O'Brien comunicó a su madre que siente que arruinó su vida por lo que su familia considera una equivocación.¿Por qué detuvieron a la estudiante británica en Dubai?El proceso judicial que derivó en la condena a cadena perpetua fue expeditivo. O'Brien recibió la sentencia tras un juicio que duró apenas un día. La acusación se basó en el hallazgo de 50 gramos de cocaína en un departamento que la joven visitaba. Ella se encontraba en Dubái para ver a una amiga y a la pareja de esta última.Danielle McKenna admitió que su hija "cometió un error muy tonto" al visitar a esas personas. La madre aseguró que desconoce si el novio de la amiga de O'Brien tenía vínculos con el narcotráfico, pero reconoció que su hija "tendrá que dar explicaciones".Un factor clave del proceso fue la barrera idiomática. Todo el desarrollo judicial se realizó en árabe, un idioma que O'Brien no comprende. La joven se enteró del fallo final a través de su abogado, sin entender directamente los argumentos de la corte.La condena y las condiciones en la cárcelEl juez dictó la sentencia el 25 de julio. Además de la prisión de por vida, Mía O'Brien debe abonar una multa de 500.000 dirhams, una cifra que supera los 136.000 dólares. Actualmente, se encuentra alojada en la cárcel central de Dubái, donde su madre afirma que "vive un infierno".Las condiciones de detención, según la descripción de su familia, son "deplorables". O'Brien duerme en un colchón sobre el suelo y comparte una celda con otras seis internas. Para solicitar atención médica o realizar cualquier pedido, las reclusas deben golpear una puerta metálica. McKenna también contó que su hija presenció peleas que la dejaron "atemorizada, en shock y con el corazón roto". A pesar de la situación, su madre destaca que "se mantiene fuerte".La defensa de la familia y los próximos pasosSu madre inició una campaña en la plataforma GoFundMe para recaudar fondos destinados a pagar los costos legales, pero la plataforma dio de baja la iniciativa. La empresa explicó que la recaudación violaba sus términos de servicio, ya que se destinaba a la defensa legal de determinados delitos.En las próximas semanas, la defensa de la joven tiene la posibilidad de apelar el fallo. El objetivo es buscar una morigeración de la condena. Desde su entorno no confirmaron qué tipo de presentación judicial realizarán para alcanzar esa meta.Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
Lidia Cardozo fue hallada culpable del homicidio calificado de su hijo Leonel Francia, que en 2023 ingresó sin vida a un hospital con una grave lesión en la cabeza. Vecinos y familiares señalaron que los maltratos eran parte de la cotidianidad del menor. Leer más
La envenenadora, Erin Patterson no podrá acceder a libertad condicional antes de cumplir 33 años de prisión, lo que significa que, salvo alguna revisión o apelación favorable, permanecerá encarcelada hasta los 83 años. Leer más
Lidia Cardozo sostiene que el niño se cayó de una construcción, pero el tribunal no le creyó y le impuso la pena pedida por la fiscalía. La defensa había pedido la absolución por aplicación del beneficio de la duda o que el crimen se calificara como cometido en estado de emoción violenta.
Una comida con la familia de su expareja terminó en tragedia en un almuerzo en Victoria en 2023
Una estudiante británica fue sentenciada a cadena perpetua en la cárcel central de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, tras ser detenida con 50 gramos de cocaína, en un caso conmocionó al mundo por la gravedad de la pena. Mientras tanto, en una entrevista reciente su madre defendió a la joven y aseguró que sufrió esta condena judicial por "un error muy tonto". Mía O'Brien, oriunda de Huyton, Merseyside, y alumna de la carrera de Derecho en la Universidad de Liverpool, recibió la condena el 25 de julio, luego de un juicio que duró apenas un día. Pese a declararse inocente del cargo de tráfico de drogas, el juez dictó sentencia en su contra y la joven ahora deberá enfrentar la peor condena posible en aquel país. Su madre, Danielle McKenna, brindó una entrevista al Daily Mail y aseveró que Mía "cometió un error muy tonto tras visitar a una amiga y a su pareja en Dubái" y que la droga fue hallada en un departamento. "Ella siente que arruinó su vida porque soñaba con ser abogada o procuradora", relató entre lágrimas la mujer, al recordar la llamada en la que su hija le suplicaba perdón.Danielle, de 46 años, aseguró que desconoce si el novio de la amiga tenía vínculos con el narcotráfico, pero admitió que su hija "tendrá que dar explicaciones". En ese sentido, alegó que todo el proceso judicial se desarrolló en árabe y que Mía se enteró del fallo por medio de su abogado.Según relató, la joven "vive un infierno" en la cárcel dubaití, con condiciones "deplorables": debe dormir en un colchón en el suelo, comparte celda con seis internas y depende de golpear una puerta metálica para recibir atención médica o para realizar cualquier otro pedido. También presenció peleas que la dejaron "atemorizada, en shock y con el corazón roto", contó su madre.A pesar de su situación, Danielle destacó que Mía "se mantiene fuerte" aunque extraña profundamente a sus hermanos menores, de cinco y siete años. Insistió en que su hija "es inocente" y que fue "víctima de un error judicial", ya que no tenía antecedentes ni consumo de drogas.Además de la cadena perpetua, la joven deberá abonar una multa de 500.000 dirhams (más de 136.000 dólares). En las próximas semanas tendrá la posibilidad de apelar y buscar la posibilidad de morigerar la condena, aunque desde su entorno no confirmaron qué tipo de presentación judicial va a realizar para lograr este objetivo.Mientras tanto, su madre intentó reunir dinero para los abogados a través de GoFundMe, pero la campaña fue dada de baja por la plataforma, que explicó que la recaudación violaba sus términos de servicio al destinarse a la defensa legal de determinados delitos. En su sitio web, la Oficina de Asuntos Exteriores del Reino Unido advirtió de manera muy tajante a sus ciudadanos que quieran visitar Dubái que en ese destino "existe tolerancia cero hacia los delitos relacionados con drogas". "Las sanciones por traficar, contrabandear, consumir o poseer drogas ilegales (incluso cantidades mínimas) son muy severas", alertó el organismo.
Erin Patterson fue declarada culpable de asesinar en 2023 a los padres y a una tía de su marido, del cual estaba separada. La australiana de 50 años podrá pedir la libertad condicional dentro de poco más de tres décadas.
Tres de los invitados de Erin Patterson murieron horas más tarde, solo un cuarto sobrevivió. Todos habían ingerido solomillo Wellington
La madre relató el "infierno" que vive su hija de 23 años.
El presidente del Congreso ya había adelantado que la aprobación de esta norma sería prioridad en la legislatura. Pero consideró que el nombre debió ser terrorismo urbano
La noche del 12 de octubre de 2022, en el corazón del barrio Padre Rodolfo Ricciardelli -exVilla 1-11-14-, dos hombres descendieron de un Peugeot 308 negro y caminaron con decisión hacia el bar "La tía Dona", sobre la avenida Riestra. Vestían camperas oscuras, capuchas y barbijos. Se ocultaron detrás de una camioneta, sacaron sus armas y dispararon ocho veces contra Harold Jorge "Popeyín" Vacarezza Alpiri, quien recibió cinco impactos. Horas después, murió en el Hospital Piñero. El crimen no fue un ajuste de cuentas aislado, sino parte de una disputa feroz por el control de una zona clave para la venta de drogas en el Bajo Flores. Uno de los autores era Mauricio Matías "Cholo Mauri" Marca Choque, hermanastro de Raúl Martín Maylli Rivera, alias "Dumbo", uno de los narcos más peligrosos y conocidos de la ciudad.El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) N°3 de la Capital Federal condenó el viernes pasado a Marca Choque, de 31 años, y a Rubén "Cara de Bota" Arce Alonoka, de 25 y nacionalidad boliviana, a la pena de prisión perpetua como coautores del homicidio agravado de Vacarezza Alpiri. La decisión fue tomada por mayoría por los jueces Fernando Machado Pelloni, Andrés Basso y Javier Ríos, y coincidió con el pedido formulado por el fiscal general Diego Velasco y el fiscal coadyuvante de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), Matías Álvarez.Según publicó en su web oficial el Ministerio Público Fiscal (MPF), los representantes del organismo consideraron que el crimen fue cometido para asegurar el dominio territorial de una organización narcocriminal que operaba desde hacía dos décadas en el barrio. La víctima, señalaron, representaba una facción que disputaba el control del "Sector de los Peruanos", un área de siete hectáreas dentro de la exVilla 1-11-14, históricamente dominada por bandas dedicadas al comercio de estupefacientes.La sentencia incluyó, además, una multa de 45 unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso. El delito fue calificado como homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, criminis causae (cometido para ocultar otro delito y lograr impunidad) y por haber sido perpetrado con el empleo de un arma de fuego.En el caso de Marca Choque, la condena también lo halló culpable de tráfico ilícito de estupefacientes en la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, y de acopio de armas de fuego, piezas y municiones. La pena unificó una condena previa de tres años de prisión dictada en octubre de 2021 por el Juzgado Correccional N°1 de Lomas de Zamora, por lesiones leves, portación ilegítima de arma de fuego de uso civil y desobediencia.El homicidio fue inicialmente investigado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°13, que luego declinó competencia en favor del Juzgado Federal N°12, a cargo de Ariel Lijo, y del fiscal Eduardo Taiano, de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°8. Según el requerimiento de elevación a juicio formulado por Taiano y la Procunar, los dos imputados llegaron al bar donde se encontraba Vacarezza Alpiri con un amigo, se ocultaron detrás de una camioneta utilitaria, dispararon y huyeron a pie en distintas direcciones, al igual que el conductor del vehículo, que aún no fue identificado.Durante el juicio, los fiscales explicaron que Marca Choque había integrado inicialmente la organización liderada por Marco "Marcos" Estrada González, y que tras su caída se trasladó a Villa Lugano para sumarse a la banda de su hermanastro "Dumbo". Luego del arresto de otros líderes, regresó a la exVilla 1-11-14 para disputar el control del territorio. En octubre de 2022, se realizaron una serie de procedimientos que derivaron en la detención de parte de la organización, lo que generó una nueva disputa por el liderazgo.Un mes después del crimen, en un allanamiento a su vivienda, Marca Choque fue detenido con 487 gramos de cocaína fraccionada en 936 envoltorios, 448 gramos de pasta base, 854 gramos de marihuana en 56 envoltorios, una pistola Colt con cuatro municiones, un revólver calibre 32 largo marca Rubí Extra y una pistola Browning 9 milímetros con inscripción de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. El peritaje balístico determinó que esta última fue una de las armas utilizadas en el homicidio.Según publicó en su sitio oficial el MPF, el crimen de Vacarezza Alpiri no fue un hecho aislado, sino parte de una lógica de violencia estructural dentro de la organización narcocriminal. "La única forma de ejercer el poder era tomar el lugar de la cabeza de la organización por la fuerza", sostuvieron Velasco y Álvarez. En ese sentido, explicaron que la estructura piramidal de la banda generaba vacíos de poder cada vez que un líder era detenido, y que esos espacios eran disputados violentamente por quienes buscaban quedarse con el control del negocio y las ganancias.Los fiscales señalaron que, por un lado, estaban los imputados, provenientes del Barrio Múgica, que querían hacerse cargo del territorio en la exVilla 1-11-14; por el otro, la víctima, hermano de Dante Vacarezza Alpiri, uno de los laderos de "Pantro", líder de la organización tras la caída de "Marcos". En el medio, una estructura criminal aceitada, que no requería inversión inicial: quien tomaba el mando comenzaba a recaudar de inmediato a través del cobro de cupos en los distintos negocios vinculados al narcotráfico.Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el viernes 17 de octubre a las 13.30, a través del sistema LEX100.
NUEVA YORK.- El histórico capo mexicano Ismael "El Mayo" Zambada, cofundador del Cártel de Sinaloa y durante décadas uno de los narcotraficantes más buscados y poderosos del mundo, se declaró culpable este lunes en un tribunal federal de Brooklyn de cargos de narcotráfico, crimen organizado y lavado de dinero. Su decisión, que le permitirá evitar un juicio, lo expone a pasar el resto de su vida en prisión, como le ocurrió a su exsocio Joaquín "El Chapo" Guzmán, condenado a cadena perpetua en 2019.Zambada, de 75 años, admitió haber dirigido durante más de tres décadas una de las mayores operaciones criminales de la historia reciente, responsable de introducir al menos 1500 toneladas de cocaína en Estados Unidos, además de heroína, metanfetaminas y fentanilo. También reconoció que el cartel que fundó a principios de los años 80 junto con Guzmán y otros capos recurrió sistemáticamente a la corrupción en México, pagando sobornos a policías, mandos militares y políticos para operar con impunidad.El excapo fue arrestado el 25 de julio de 2024 en suelo estadounidense tras arribar en un avión privado junto a Joaquín Guzmán López, uno de los hijos del Chapo. Según denunció, habría sido emboscado y entregado por el propio Guzmán López. Su detención desató una nueva ola de violencia en México entre sus simpatizantes y los "Chapitos", la facción liderada por los herederos del Chapo, que dejó más de un millar de muertos en menos de un año.Durante la audiencia en Brooklyn, Zambada respondió con voz casi inaudible, en español: "Culpable". Lo hizo frente al juez Brian Cogan, el mismo magistrado que había condenado al Chapo. El excapo aceptó cargos de participación en una "empresa criminal continuada" entre 1989 y enero de 2024, así como conspiración para lavar dinero, ordenar asesinatos, perpetrar secuestros y traficar drogas en el periodo comprendido entre 2000 y 2012. El magistrado fijó la fecha de sentencia para el 13 de enero de 2026, y aunque el pacto con la fiscalía descartó la pena de muerte, dejó en claro que el primer cargo es pasible de cadena perpetua. Además, Zambada deberá pagar una multa histórica de 15.000 millones de dólares.En un discurso de ocho minutos, Zambada pidió perdón a las víctimas, aseguró que nunca consumió drogas y expresó que asumía "toda la responsabilidad" por el daño causado. "Reconozco el enorme daño que las drogas ilegales le han causado a personas en Estados Unidos y México. Me disculpo por todo eso y acepto la responsabilidad de mis actos", dijo. También afirmó que su organización "promovió la corrupción" y pidió a la población de Sinaloa "mantener la calma, actuar con moderación y evitar la violencia". "El derramamiento de sangre no sirve para nada, solo profundiza las heridas", señaló.Los fiscales detallaron que bajo su mando el cartel de Sinaloa se convirtió en la mayor organización de narcotráfico del mundo, con una red que incluía conexiones con productores en Colombia, el uso de rutas marítimas y aéreas para ingresar droga a México y su posterior contrabando a Estados Unidos. La estructura contaba con una fuerza de seguridad privada fuertemente armada y un ejército de sicarios que ejecutaban asesinatos, secuestros y torturas. Según la acusación, Zambada incluso llegó a ordenar el asesinato de su propio sobrino para proteger los intereses del cartel.Zambada reconoció que comenzó en el negocio en su adolescencia, plantando marihuana en 1969, y que con el tiempo amplió su actividad a la venta de heroína y, principalmente, cocaína. Desde 1980 hasta su captura, él y sus hombres introdujeron alrededor de 1,5 millones de kilogramos de cocaína en Estados Unidos, además de cantidades significativas de fentanilo y metanfetamina, dos de las drogas que más alimentan la actual crisis de sobredosis en territorio estadounidense.El Departamento de Justicia había anunciado a principios de agosto que no buscaría la pena capital en su contra, decisión que se aplicó también a Rafael Caro Quintero, otro histórico capo extraditado este año, acusado del asesinato del agente de la DEA Enrique "Kiki" Camarena en 1985. La fiscalía subrayó que el acuerdo de culpabilidad con Zambada no implica cooperación con el gobierno. Su abogado, Frank Pérez, lo remarcó: "Puedo afirmar categóricamente que no existe ningún acuerdo por el que esté cooperando con Estados Unidos ni con ningún otro gobierno".Campaña contra los cárteles latinoamericanosEl fiscal Joseph Nocella, del Tribunal del Distrito Este de Nueva York, calificó el fallo como "el cierre de una de las últimas grandes persecuciones judiciales contra líderes del cartel de Sinaloa en Estados Unidos". La captura y procesamiento de Zambada se enmarca en un endurecimiento de la estrategia de Washington contra los cárteles latinoamericanos. Desde su regreso a la Casa Blanca, Donald Trump redobló las amenazas a México con la imposición de aranceles si no detiene el tráfico de drogas y dispuso el despliegue de fuerzas navales en el Caribe. A la par, su administración designó al Cártel de Sinaloa y al venezolano Tren de Aragua como "organizaciones terroristas globales".En ese contexto, México ha intensificado las extradiciones: en agosto entregó a Estados Unidos a 26 presuntos narcotraficantes de alto perfil, que se sumaron a otros 29 enviados en febrero, entre ellos Caro Quintero. Sin embargo, a pesar de que sus líderes históricos están tras las rejas, el cartel de Sinaloa sigue operando con fuerza a través de nuevas generaciones y redes logísticas asentadas en ambos lados de la frontera.Considerado el estratega del cártel y más involucrado en las operaciones diarias que el Chapo, Zambada logró durante años evitar el destino de sus socios, lo que alimentó su leyenda de "intocable". Ahora, su declaración de culpabilidad lo coloca junto a Guzmán como los últimos grandes capos mexicanos condenados en Estados Unidos.Agencias AP, AFP y Reuters
Catorce figuras clave del crimen organizado evitaron juicios en EEUU y se declararon culpables para obtener beneficios legales
Lo dictó el TOF N° 3 de Capital por un homicidio narco ocurrido en la villa 1-11-14 en 2022.Los jueces le dieron la razón a la fiscalía en que se trató de un homicidio "criminis causa": mataron a "Popeyín" para garantizar su dominio en la zona.Sólo la Justicia de Misiones tiene una resolución similar.
Ariel Omar Pérez, alias "Guascazo", quiso justificar el asesinato de su expareja diciendo que lo había amenazada con matar a sus hijos.El condenado tenía antecedentes por violencia de género.
La conductora dedicó un fuerte mensaje de superación para apoyar a la actriz argentina luego de conocerse que el esposo de Prandi fue condenado a 19 años de prisión y se marcó un precedente en este tipo de abusos.
El Ministerio Público Fiscal pidió que Isaías José Suárez sea condenado a la pena de prisión perpetua. Se trata del hombre acusado de haber asesinado en una plaza de Palermo al ingeniero Mariano Barbieri. La víctima había sido padre dos meses antes del crimen.Ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) porteño Nº11, integrado por los jueces Julio Pablo Quiñones, Julio López Casariego y Matías Buenaventura, el fiscal Nicolás Amelotti consideró a Suárez , de 31 años, autor del delito de homicidio agravado por haber sido perpetrado para consumar otro delito y para procurar la impunidad (criminis causa), según informó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar.Apuñalan a un hombre para robarle el celular en PalermoEl homicidio de Barbieri, que tenía 42 años, ocurrió el 30 de agosto de 2023 en la plaza Sicilia, en Palermo.En su alegato, ante el tribunal, el representante del Ministerio Público sostuvo que el acusado conocía el riesgo que le estaba generando a la víctima al acuchillarlo en una zona vital. "Frente a la resistencia, le asestó una puñalada certera en el tórax y lesionó el corazón de la víctima", explicó Amelotti. El representante del Ministerio Público recordó que la noche del crimen, Barbieri estaba en la plaza Sicilia, situada en el cruce de las avenidas Del Libertador y Sarmiento, en la zona de los Bosques de Palermo, cuando apareció el acusado para robarle su celular. La víctima se resistió, lo que generó que Suárez lo atacara con un cuchillo tipo tramontina.Luego de la agresión, el imputado se dirigió hacia la avenida Berro y Casares, desde donde comenzó una caminata hacia el interior de la villa 31, en Retiro. Barbieri, por su parte, cruzó herido la avenida Del Libertador y llegó hasta una heladería. Allí pidió ayuda antes de desplomarse en el suelo. Finalmente, falleció pocas horas después, en el Hospital Fernández.El cuchillo con el que atacaron a la víctima fue encontrado al día siguiente dentro en una nueva inspección en la plaza. Suárez fue detenido cinco días después dentro del Barrio 31 por la División Antidrogas Norte de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. La investigación del crimen estuvo a cargo del fiscal Marcelo Munilla Lacasa.El fiscal Amelotti recordó que la noche del crimen, cuado fue atacado, Barbieri se mensajeaba con una amiga. El último registro del chat fue a las 22.38. "Cinco minutos después, un hombre que paseaba a su perro llamó al número de emergencias 911 y contó que había presenciado un robo. Dio detalles del forcejeo y de cómo el ladrón había huido hacia la zona de Casares mientras la víctima se dirigía hacia avenida Del Libertador. El 31 de agosto de 2023, ese testigo declaró ante la División Homicidios de la Policía de la Ciudad y dio una descripción del atacante, al cual vio desde una distancia aproximada de 20 metros y en el momento en que estaba huyendo del lugar. Con esos datos, la División Apoyo Tecnológico de la fuerza de seguridad porteña comenzó con el análisis de cámaras y domos de la zona para ubicar a un hombre que tuviera características similares", recordó el representante del Ministerio Público.Se analizaron más 10.000 imágenes de cámaras de seguridad y se obtuvieron 34 capturas que coincidían con lo dicho por el testigo. Aseguró que las secuencias fueron descubriéndose a lo largo de los días y que para el 1º de septiembre de 2023 ya existía una imagen donde se veía al atacante en las inmediaciones de la plaza Sicilia.El fiscal explicó cómo se logró probar que la persona sospechosa era Suárez. Contó que la División Homicidios de la Policía de la Ciudad le entregó la información y la imagen [del sospechoso] a la División Antidrogas Norte, que a su vez la derivó a los integrantes que realizaban tareas en la villa 31. "A través de la recolección de testimonios, pudieron ubicar que un hombre había 'boqueado' sobre lo sucedido y que había estado alardeando sobre el robo y sobre el 'puntazo' que le había propinado a la víctima. Al mostrarle la foto a las personas, coincidieron y dijeron que se trataba de Isaías Suárez", afirmó el fiscal-Y agregó, según www.fiscales.gob.ar: "Se trató de un trabajo de hormiga, donde se visualizaron 10.000 cámaras [sic], lo que permitió individualizar al sospechoso y detenerlo. No quedan dudas de la autoría de Suárez".Antes de finalizar, el representante del Ministerio Público recordó que Suárez fue condenado por hechos similares cometidos en la misma zona en la que atacó a Barbieri, algunos de ellos de más de diez años de antigüedad. Marcó que fue condenado por un intento de robo de celular con un cuchillo en 2014 en la zona de avenida Del Libertador y Austria; por un robo simple en la plaza Sicilia en ese mismo año y por el atraco a una peluquería en la calle Gelly al 3400 en 2013.Por último, se refirió a por qué nunca se encontró el teléfono celular de la víctima. "[Suárez] Sabía que ese celular quemaba", resaltó el fiscal y consideró que lo descartó de la misma forma en que se deshizo del cuchillo.Mañana será el turno para que alegue la defensa.
El fiscal a cargo del caso consideró a Isaías José Suárez como único responsable del asesinato del ingeniero civil de 42 años, ocurrido en agosto de 2023. "No quedaron dudas sobre su autoría", sostuvo. Leer más
México condicionó la entrega de los 26 narcotraficantes a que ninguno de ellos sea condenado a muerte
Joel Matías Ávila recibió la máxima condena por el asesinato de Sofía Kuljbicki ocurrido en octubre de 2023. El hombre golpeó a la profesional hasta dejarla inconsciente, provocó un incendio y abrió el gas para ocultar el crimen. Las pericias confirmaron que la víctima murió por inhalación de monóxido de carbono. Leer más
SAN CARLOS DE BARILOCHE.- A casi cinco meses de que la Justicia dictara la prisión perpetua para los cuatro imputados por el homicidio de la adolescente Otoño Uriarte -ocurrido en 2006 en Fernández Oro-, el Tribunal de Impugnación revocó la condena y absolvió a Maximiliano Lagos, José Jafri, Néstor Cau y Ángel Antilaf.Tal como informaron desde el Poder Judicial de Río Negro, la decisión se fundamentó en objeciones vinculadas a la valoración de la prueba genética, la prueba odorológica y algunos testimonios que habían sido utilizados como sustento central de la sentencia condenatoria. La sentencia previa, que había impuesto penas de prisión perpetua por el delito de privación ilegítima de la libertad seguida de muerte, fue impugnada por las defensas de los cuatro hombres. Los abogados indicaron que se había efectuado una interpretación inadecuada de elementos probatorios relevantes.Uno de las controversias se vinculó con la valoración del ADN hallado en un cabello identificado como "pelo 17": la sentencia original sostuvo que existía una coincidencia significativa con el perfil genético de Jafri. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación destacó que esta conclusión no se correspondía con el testimonio brindado en el juicio por la perito genetista Belén Rodríguez Cardozo, quien afirmó que las características genéticas observadas excluían categóricamente a Jafri y a cualquier integrante de su línea paterna como posibles contribuyentes de la muestra.También se cuestionaron las conclusiones extraídas respecto de la muestra genética levantada del nylon que cubría el cuerpo de Uriarte. Según el Tribunal de Impugnación, la sentencia condenatoria habría atribuido indebidamente perfiles genéticos concretos a la víctima y a los acusados, mientras que el informe pericial advertía que la degradación de las muestras impedía establecer perfiles identificables con certeza.Otro de los puntos debatidos fue la prueba odorológica realizada con perros rastreadores. El tribunal de juicio de Cipolletti había sostenido que esta prueba ubicaba a los cuatro imputados en contacto con el nylon. El Tribunal de Impugnación advirtió que la pericia odorológica carecía de rigor científico suficiente, debido a las condiciones ambientales extremas a las que estuvo expuesto el nylon y la presencia admitida de falsos positivos. A su vez, señaló que esta prueba indiciaria no fue adecuadamente contrastada con los resultados genéticos que evidenciaban una importante degradación.Asimismo, el tribunal revisó el peso asignado a ciertos testimonios indirectos, especialmente aquellos aportados por testigos que refirieron versiones "de oídas" y cuyas declaraciones presentaban inconsistencias o imprecisiones. En ese sentido, entendió que esos testimonios "carecían de sustento probatorio autónomo y no se encontraban corroborados por otras evidencias objetivas que permitieran afirmar la participación de los acusados con el grado de certeza requerido".Luego de que el Tribunal de Impugnación, por unanimidad, revocara la sentencia condenatoria y absolviera a los imputados, se ordenó la inmediata libertad de Lagos, Jafri y Cau. Antilaf permanecerá en prisión porque cumple condenas por otros delitos.A más de 18 años del crimen que conmovió a Río Negro, el proceso judicial comenzó el año pasado con trece audiencias realizadas entre noviembre y diciembre. En esa instancia, el tribunal encontró culpables a los imputados por el homicidio de Otoño Uriarte, ocurrido el 23 de octubre de 2006 en Fernández Oro. Según la reconstrucción de los hechos, la víctima -de 16 años- fue interceptada en una zona oscura y poco transitada, privada de su libertad y posteriormente asesinada. Su cuerpo fue arrojado al canal principal de riego, donde fue hallado el 24 de abril de 2007.Durante la audiencia del 6 de marzo pasado, tanto la fiscal jefa Teresa Giuffrida como la abogada querellante Gabriela Prokopiw, representante de Roberto Uriarte (padre de la víctima), solicitaron la imposición de prisión perpetua para los cuatro acusados. Finalmente, el tribunal dio a conocer la sentencia el 20 de marzo.El fallo del tribunal se basó en una combinación de pruebas testimoniales, periciales e indiciarias. Además, el tribunal (integrado por las juezas María Florencia Caruso y Amorina Sánchez Merlo y el juez Juan Puntel) valoró los testimonios que evidenciaron un patrón de hostigamiento hacia Otoño por parte de algunos de los imputados, la sustracción de su bicicleta como parte de un plan premeditado y los rastros de material encontrados en la zona del canal de riego, los cuales reforzaron la hipótesis de la intervención de los cuatro condenados en la desaparición del cuerpo.En diciembre del año pasado, al efectuar los alegatos de clausura, la fiscalía había expresado que aunque "el paso del tiempo conspira para obtener detalles del hecho, hemos podido acreditar la culpabilidad de cada uno de los señalados como autores".
En agosto de 2011 Warren Jeffs fue sentenciado a en una corte de Texas, Estados Unidos. Estuvo entre los más buscados por el FBI, fue detenido y sometido a la justicia. Los matrimonios y el manejo férreo de sus fieles
Mar Contreras cuestionó a la actriz de 'La Familia P. Lucheâ?² sobre sus vivencias con alguien del mismo género
Además de la pena privativa de libertad, la Fiscalía Provincial Mixta de Lucanas estableció el pago de 20 mil soles de reparación civil por cada uno a favor de la víctima
El nuevo movimiento legal por parte de la defensa del acusado plantea un escenario incierto que podría prolongar aún más el proceso judicial
Tras declararse culpable y evitar la pena de muerte, Kohberger recibió su condena definitiva: cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional por la masacre de cuatro jóvenes en una vivienda cercana al campus de la Universidad de Idaho.
Yostin Andrés Mosquera (35 años) fue señalado como el autor material e intelectual del doble homicidio de Paul Longworth (71) y Albert Alfonso (62) en un crimen que causó conmoción en el Reino Unido
Al parecer la parturienta asfixió a la recién nacida con una bolsa de nylon.Se alojó con un nombre falso en una vivienda donde dio a luz sola.
El veterinario Mariano Bonetto había sido condenado en 2018 por los asesinatos de Natalia Grenbenshicova y Nuria Couto en La Boca.Cuatro años después, fue declarado inimputable y ordenaron su internación en el Hospital Borda. El reclamo de la madre de una las víctimas.
Entrevista a Estela Quevedo, viuda de Síntora. Críticas de la viuda de Síntora a los magistrados que investigaron, a dirigentes radicales y al exgobernador José Manuel De la Sota. El mensaje anticipado de la condena: "Había que cerrar tiempos políticos". Leer más
El ciudadano colombiano, identificado Richar M, es el principal sospechoso de asesinar con múltiples puñaladas, a un polaco de 41 años, durante una pelea callejera
La Justicia bonaerense ratificó la condena a prisión perpetua de Luis Ramos por el homicidio de Tehuel, crimen agravado por odio a la identidad de género.
Ovidio Guzmán López, de 35 años, hijo del encarcelado narcotraficante mexicano Joaquín "El Chapo" Guzmán, se declaró culpable el viernes de cuatro cargos penales en dos casos de narcotráfico vinculados al Cartel de Sinaloa.El hijo de "El Chapo" Guzmán podría enfrentar cadena perpetua Ante la jueza federal de distrito Sharon Coleman en Chicago, Guzmán López admitió dos cargos de distribución de drogas y dos cargos de participación en una empresa criminal continuada, enfrentando una posible cadena perpetua, según consignó Reuters.Vestido con un traje naranja y comunicándose a través de un intérprete, Ovidio Guzmán López reconoció una serie de delitos detallados en acusaciones federales, incluyendo asesinato, secuestro y soborno. Sus abogados no emitieron comentarios inmediatos. Su próxima comparecencia ante el tribunal está programada en seis meses.Las acusaciones presentadas en Nueva York y Chicago señalan que Ovidio Guzmán López y sus hermanos, conocidos como "Los Chapitos", reactivaron el Cartel de Sinaloa tras el arresto de su padre en 2016, adoptando el fentanilo y obteniendo cientos de millones de dólares al enviar este opioide a Estados Unidos.La crisis del fentanilo en EE.UU. y el papel del Cartel de SinaloaOvidio Guzmán López, también conocido como "El Ratón" o "Ratón Nuevo", fue extraditado desde México en septiembre de 2023, como parte de la ofensiva del gobierno federal contra el fentanilo, droga que causó la muerte de casi 200 estadounidenses diariamente en 2023.El número de muertes por fentanilo ha sido un punto central en las negociaciones comerciales del expresidente Donald Trump con México, quien exigió mayores esfuerzos para detener el flujo de fentanilo a cambio de alivio arancelario.El hermano de Ovidio, Joaquín Guzmán López, fue detenido en El Paso junto con Ismael "El Mayo" Zambada, otro líder del Cártel de Sinaloa, en julio de 2024. Según los fiscales estadounidenses, Joaquín fue reclutado para atraer a Zambada a Estados Unidos en un avión privado.Joaquín Guzmán López, también conocido como "El Güero" o "Güero Moreno", se declaró "no culpable" de los cargos de narcotráfico y blanqueo de dinero. Los fiscales han indicado que no solicitarán la pena de muerte en su caso.Zambada, cofundador del Cártel de Sinaloa junto con "El Chapo", también se declaró "no culpable". En febrero, su abogado expresó que estaría dispuesto a declararse "culpable" si los fiscales renunciaban a la pena de muerte."El Chapo" Guzmán cumple cadena perpetua en una prisión de máxima seguridad en Colorado, tras ser condenado por narcotráfico en 2019.Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
El homicidio ocurrió en marzo de 2021 en Alejandro Korn, pero nunca se encontró el cuerpo de la víctima. Ahora la Cámara de Casación ratificó la sentencia. Leer más
"Perdiste... ahora volvemos y te matamos", le avisaron a Kevin González, de 21 años, habitante de la villa La Cava, en Beccar. Eran las 19.30 del 4 de septiembre de 2022. Media hora después cumplieron la amenaza: el joven fue atacado a balazos en la puerta de su casa, en el pasillo conocido como La Sede, una zona caliente del narcomenudeo. Un balazo impactó en su cabeza; otro, en su pierna derecha. Cayó herido en el piso, donde fue golpeado a patadas. Los agresores huyeron. La víctima murió 48 horas después en el Hospital Central de San Isidro.Fue un ajuste de cuentas. Una venganza narco. González se habría quedado con droga de la banda de Foca, líder de una organización criminal que González había integrado.En las últimas horas, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°1 de San Isidro, integrado por los jueces Alberto Ortolani, Gonzalo Aquino y Sebastián Urquijo, condenó a prisión perpetua a los autores del crimen: Juan Gabriel Cañete, apodado Panca, de 26 años; Roberto Aguilera Cáceres, alias Compa, de 39, y Jonathan Pirolla Borda, conocido como Tito, de 21.Los jueces encontraron al trío culpable del delito de homicidio agravado por haberse perpetrado con el concurso premeditado de dos o más personas y por haber sido cometido con un arma de fuego.En el momento de hacer uso de las palabras finales antes de conocer el veredicto, solo habló Pirolla Borda: "Pido disculpas por lo que pasó a la familia, lo siento mucho por la pérdida del chico. Yo de todo corazón, de verdad, yo les pido disculpas. Nunca quise matar a nadie, yo. Jamás pensé en matar una persona; yo le pido misericordia, señor, piedad, por favor. Ayúdeme, son muchos años, la cosa está muy difícil, tengo tres hijos, ellos son todo para mí. Por favor, se lo pido".En el debate, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Santiago Jaimes Munilla, quien, en su alegato, pidió que los acusados sean condenados a la pena máxima. En cambio, los defensores oficiales María Eugenia Nigro y Jorge Del Río habían solicitado las absoluciones de sus asistidos.Según testigos que declararon en el juicio, en La Cava había un grupo de chicos que vendían droga para un narco conocido como Foca, y González se habría quedado con algo de esa "mercadería". Los problemas y roces comenzaron cuando no quiso devolver lo que se había "robado".González, según las declaraciones testimoniales, decidió irse de La Cava. No solo porque le exigían la devolución de la "mercadería", sino también porque tenía una "orden de detención vigente". Cuando volvió a su casa "pasó lo que pasó", dijo un policía bonaerense que declaró en el debate."Cae de maduro que, a pesar de haber efectuado tanto Pirolla Borda como Aguilera Cáceres un denodado esfuerzo por desligarse del suceso que atentara contra González, no pudieron desacreditar lo expuesto por los testigos que, propuestos por la Fiscalía, desfilaron por la sala de audiencias del Tribunal, quienes se expidieron con firmeza, complementándose unos con otros, resultando por demás creíbles a los ojos de quien suscribe. Considero que los hechos ventilados deben comprenderse en su totalidad, teniendo en cuenta su evolución y analizando las diferentes vicisitudes de cada uno de los casos. Es que la mecánica de los mismos no se explica si se prescinde de prueba objetiva relevante o se valoran los indicios de manera aislada o desconectada, siendo que el fallo constituye un todo inescindible, que, en los hechos sometidos a juzgamiento, indudablemente desemboca en una conclusión de reproche", sostuvo el juez Ortolani en su voto, al que adhirieron sus colegas Aquino y Urquillo."Cabe mencionar que la identificación de los encausados por parte de los testigos se realizó en razón de su observación en el lugar del hecho y del conocimiento previo que tenían de los mismos, y no únicamente a partir de la observación del video. En suma, la evidencia es variada, categórica, y demuestra la responsabilidad criminal de los encartados en los hechos por los que se girara juicio de reproche penal", concluyó el tribunal.
Primero habían sido sentenciados por homicidio agravado con alevosía, pero luego ordenaron modificar la calificación legal a homicidio simple. Ahora, la Cámara Federal de Casación Penal validó la revisión de las penas, que van de 10 a 12 años de cárcel
En una jugada por rebajar la condena la defensa de Cristian Iván Godoy Ruiz aceptó los hechos para buscó que el feminicidio fuera calificado como homicidio simple
Murió Macarena Ortiz, la mujer que estremeció al país tras ser condenada por el brutal asesinato de su hijo Tahiel Moussou, de solo dos años de edad. La joven, que cumplía prisión perpetua en la Unidad Penal Nº 6 de Entre Ríos, falleció en las últimas horas luego de ser trasladada de urgencia al Hospital San Martín por una grave complicación respiratoria. Su muerte cierra un capítulo marcado por el horror, la violencia y el abandono que comenzó con la muerte del pequeño y siguió con el suicidio de quien fuera pareja de Ortiz.La joven de 28 años, que había sido condenada a prisión perpetua por el asesinato de su hijo Tahiel Moussou en mayo de 2022, falleció en las últimas horas tras sufrir complicaciones respiratorias mientras cumplía su condena en la Unidad Penal Nº6 "Concepción Arenal".Según informaron fuentes penitenciarias, Ortiz había sido trasladada al Hospital San Martín debido a un cuadro respiratorio grave. A pesar de los esfuerzos médicos, la mujer falleció tras permanecer internada varios días.La tragedia familiar se había desencadenado el 2 de mayo de 2022 cuando Ortiz llegó al Hospital Centenario de Gualeguaychú con su hijo de 2 años y 11 meses en brazos, envuelto en una frazada. El pequeño fue atendido de urgencia, pero los médicos no lograron salvarle la vida.La autopsia reveló un cuadro estremecedor de violencia intrafamiliar: Tahiel presentaba un traumatismo encefalocraneano severo, múltiples hematomas, escoriaciones y lesiones compatibles con maltrato físico y de vieja data. Además, se constató que el niño había estado previamente internado por quemaduras e infecciones derivadas de condiciones de higiene deficientes.La gravedad de los hallazgos en el cuerpo del pequeño llevó a la inmediata detención de Ortiz, quien meses después fue juzgada y condenada a prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía.En paralelo, Alfredo Sebastián Ferreyra, pareja de Ortiz y padrastro del niño, también fue detenido por violencia intrafamiliar. Sin embargo, pocos días después de su arresto, se suicidó en la Jefatura Departamental de la provincia.El juicioDurante el proceso judicial, se expuso el calvario que vivió Tahiel, lo que generó una fuerte conmoción social y repudio en la comunidad. El juicio que terminó con la condena de Macarena Ortiz se desarrolló entre el 2 y el 7 de junio de 2023 en los Tribunales de Gualeguaychú, bajo la modalidad de juicio por jurados. Allí fueron 12 ciudadanos los que escucharon durante días los estremecedores detalles del caso y, finalmente, coincidieron en un veredicto unánime: Ortiz fue hallada culpable del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por alevosía. La jueza técnica, Alicia Vivian, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, fue quien impuso la pena de prisión perpetua.Durante el debate, el fiscal Lisandro Beherán presentó una reconstrucción contundente de los hechos. Sostuvo que la madre fue responsable directa de la brutal golpiza que terminó con la vida de Tahiel, y que actuó con total desprecio por la indefensión del niño. "El cuerpo del pequeño mostraba signos de violencia reiterada: golpes de puño, objetos contundentes, lesiones en la cabeza y el rostro. La golpiza ocurrió al menos doce horas antes de que fuera llevado al hospital", había detallado el fiscal ante el jurado.La defensa, a cargo del abogado Pablo Ledesma, había intentado instalar otra versión: que el autor del crimen había sido Ferreyra que ya había muerto. Alegó que Macarena era víctima de violencia de género por parte de su pareja y que su situación de sometimiento le impidió proteger a su hijo. Incluso planteó la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, pero el tribunal desestimó el pedido.La sentencia fue clara y categórica. La única pena posible para el delito por el que fue hallada culpable era la prisión perpetua.
Los ocho hombres y cuatro mujeres que componen el jurado contra el rey del Hip-hop ya analizan el caso a puertas cerradas.Lo acusan de crimen organizado, tráfico sexual y transporte para participar en prostitución.Él se declaró inocente
Al momento de su captura, las autoridades le incautaron 58 videos y más de 100 fotografías con material de abuso infantil
La adolescente Mara Mateu fue asesinada en marzo de 2008, en Santa Teresita.En 2011 condenaron a la máxima pena a Diego Buzzo (39) y Adrián Svich (64) por el crimen.Innocence Project Argentina pidió la revisión de la sentencia para el segundo de ellos por un presunto error en un informe genético que lo incriminaba.
Luego de que se conozcan los fundamentos del veredicto, comenzará el segundo round en el largo, doloroso e inédito proceso. Irán en casación no sólo las defensas del resto de los profesionales condenados sino también querellas disconformes con la exculpación del exministro. Cómo fue la votación. Leer más
La Fiscalía italiana considera "inútil y desproporcionado" procesar a la madre que lesionó gravemente a su hijo en un accidente doméstico
Qué significa que todas las condenas y también las penas impuestas se resolvieron "por mayoría". Los 13 bebés atacados fueron declarados "víctimas de violencia institucional". El expediente terminará en el TSJ. Abogados anticiparon recursos de casación. Leer más
CÓRDOBA.- La condena a prisión perpetua para la enfermera Brenda Agüero como autora de cinco homicidios calificados por procedimiento insidioso reiterado y otros ocho en grado de tentativa en el Hospital Materno Neonatal de Córdoba fue por mayoría, es decir que uno o más de los ocho jurados populares entendieron que era inocente. Los fiscales y los abogados querellantes, en sus alegatos, habían planteado que había "pruebas fehacientes" contra la mujer de 30 años que quedó detenida en agosto de 2022. Hasta el momento, la polémica generada por el fallo se relaciona más con la absolución del exministro de Salud, Diego Cardozo, que con la condena impuesta a la enfermera. Los fundamentos de la sentencia se conocerán la próxima semana y allí, además de la definición de las apelaciones que haya, seguramente aportarán más elementos a la valorización que se hizo de las responsabilidades.En la sentencia leída ayer en la Cámara Séptima del Crimen de Córdoba se reconoció a las familias como víctimas de "violencia institucional". De esa manera, se reconoce que la tragedia que vivieron no solo se generó por la actuación de una persona, sino que hubo una cadena de fallas sistémicas, negligencia y encubrimiento dentro de la estructura estatal (el hospital depende de la gobernación provincial). En ese sentido, los exfuncionarios y profesionales condenados son cinco de los diez que fueron enjuiciados.Gustavo Nievas, defensor de Agüero, calificó el fallo como "insólito". "No tuvo nada que ver con la prueba recabada. Evidentemente, el Ejecutivo de Córdoba hizo una fuerte presión sobre los jueces", apuntó. E insistió: "Nadie la vio tocar un bebé. Si un bebé se descompensaba, ella avisaba a sus superiores. Nunca se le secuestró una jeringa. Ella estaba al cuidado de las madres, no se encargaba de inyectar a los bebés. Lo único que vieron es que ella alcanzaba a los bebés a sus mamás cuando lo pedían".Nadie vio a la enfermera inyectar a los bebés. Los peritos del equipo interdisciplinario que participaron del juicio advirtieron que no había un mismo patrón en los 13 casos analizados, pero no tuvieron dudas de que se repetía en cinco. Autopsias inmediatas después de las muertes solo hubo dos, las que revelaron hiperpotasemia (exceso de potasio).Los fiscales plantearon varias veces que, además de las historias clínicas de las víctimas, se aplicó una sucesión de inferencias que, concatenadas, permiten arribar a una conclusión mayor que la individual. En ese marco, ¿cuáles son los elementos que, a priori, se consideraron para la condena de Agüero? 1) Presencia en todos los casos. Todos los hechos, sin excepción, ocurrieron en días y turnos en los que la enfermera trabajó. Esa evidencia surge de las planillas y marcación con huellas dactilares de los servicios de Enfermería, Obstetricia y Neonatología del Hospital Neonatal. En el cruce de datos se incluyó a todo el personal, incluido los de seguridad y limpieza. 2) Contacto con todos los bebés afectados. En materia documental, constan sus intervenciones en las planillas y, además, las madres -en algunos casos, también otro familiar- la vieron y tuvieron algún intercambio con ella. Por su rol, la enfermera tuvo la chance de estar a solas con las madres que recién parían y sus hijos. Las descompensaciones fueron siempre en las salas de recuperación o en las salas contiguas habilitadas por falta de lugar. En esos espacios, habitualmente, no hay muchos profesionales; además, era plena pandemia y había restricciones para los familiares.3) Reacciones de las criaturas. La función que tenía Agüero se relacionaba con las madres, no con la atención de los bebés. En los casos analizados, siempre los tocó y, en la mayoría, hubo llantos en ese momento. Gabriela González, la madre de Isabella (nació el 26 de abril, se descompensó y sobrevivió tras once días en terapia intensiva), declaró el 15 de agosto de 2022 ante la Justicia que la enfermera alzó a su hija y la criatura lloró; pensó que la había pellizcado. En ese momento no había trascendido el nombre de Agüero, que fue detenida el 19 de ese mes. En el juicio, González reiteró: "Ella me pide a la bebé para ponerla en la cunita. Se la di, ella giró y me dio la espalda. Caminó tres pasos y la beba gritó fuerte. Hizo un movimiento en la manta". Relató que otra enfermera que estaba en la habitación alzó a la beba y le dijo a Agüero: "Es con vos que lloran los bebés".4) Conductas anticipatorias. "Llama la atención la anotación que efectuara la imputada en la historia clínica tras individualizar el presunto diagnóstico que presentaba el recién nacido que consignó en ese documento que, siendo las 11.35, se observó al recién nacido frío y con 'cianosis peribucal', aclarando que había permanecido en los brazos de la abuela 'todo el tiempo'. Este agregado emerge a todas luces sospechoso y puede ser interpretado como un intento de la imputada de dejar asentado, en constancias médicas, datos que eventualmente le resultaran favorables", señala por ejemplo el juez de control Juan Manuel Fernández López, que ratificó la elevación a juicio de la causa."Téngase presente que la consignación escrita en la respectiva historia clínica de cómo permaneció el bebé durante su estadía en la sala de recuperación (si en la cuna, o en los brazos de la madre o de la abuela) carece de relevancia médica habida cuenta de que no alude a ninguna particularidad con significancia clínica que amerite ser considerada para posteriores diagnósticos y tratamientos -añade el escrito judicial-. La sorpresiva indicación que efectuara en el documento clínico puede ser interpretada, en lo que aquí interesa, como el infructuoso intento de 'preparar el terreno' para poder sobrellevar y/o sobreponerse a las futuras, y razonables, consecuencias penales de su comportamiento". 5) Pinchazos y ropa manchada. En varios casos, se detectaron las marcas de pinchazos en los bebés y en otros, manchas pequeñas de sangre en su ropa. Todos habían sido tocados por la enfermera. Algunas madres testimoniaron su extrañeza ante el cambio de ropa de las criaturas.Respecto de cómo podía acceder al potasio y/o la insulina que en las dosis aplicadas provocaron las muertes o descompensaciones, la hipótesis es que Agüero las tomaba de los "carros de paro" (preparados para emergencias) a las que como enfermera tenía acceso. Personal de Farmacia del Neonatal reponía esos faltantes, pero no había controles respecto de quién o en qué casos los había utilizado.La falta de controles quedó clara en el juicio. Constanza César empezó a trabajar en el Neonatal en agosto de 2021 como empleada contratada de la empresa que distribuye medicamentos en los hospitales provinciales. En el juicio, por un lado, explicó que había una planilla con la medicación que cada servicio usaba y que, en función a la demanda, con eso se guiaba la reposición. También indicó que en junio de 2022 la mandaron a reponer medicación en el Centro Obstétrico, el sector de hospital donde trabajaba Agüero: "Había una vitrina con medicación y una heladera bajita. Ahí vi un tarrito vacío que decía 'potasio' y yo repuse ampollas de potasio ahí. Como mi función era reponer todo lo que faltaba, lo repuse".El comisionado policial Néstor Biscotti, encargado de realizar la línea de tiempo que fue el eje vertebral de la imputación del fiscal de instrucción Raúl Garzón a exfuncionarios y profesionales, sostuvo que entre el 7 y el 10 de junio se encontraron ampollas vacías de potasio en el Centro Obstétrico, "en un lugar donde no deberían estar". La investigación judicial descartó la existencia de ensayos médicos o mala praxis vinculados a los 13 casos que llegaron al juicio.
Ocho jurados populares y dos jueces concluyeron que fue autora de los cinco asesinatos y también de los ocho intentos de homicidio. Además, varios funcionarios resultaron absueltos, entre ellos el ex ministro de Salud, Diego Cardozo
Después de 10 horas de deliberación, el jurado lo resolvió por unanimidad. El exministro Diego Cardozo, absuelto; la exdirectora del hospital Liliana Asís, fue condenada a cinco años de prisión. Leer más
CÓRDOBA.- Prisión perpetua. Ese fue el veredicto, después de diez horas de deliberación de los jurados populares para Brenda Agüero, la enfermera de 30 años acusada de ser la autora material de cinco homicidios calificados por procedimiento insidioso reiterado y ocho en grado de tentativa en el Hospital Materno Neonatal de Córdoba. El juicio fue inédito en la Argentina y tiene escasos antecedentes en el mundo.El silencio que había en la sala donde la secretaria de la Cámara en lo Criminal y Correccional de 7° Nominación, Mariel Borgarello, leyó el dictamen, se quebró con los llantos de las madres y los familiares de las víctimas. En sus últimas palabras antes de la sentencia, que fueron hace unos días, la enfermera que se desempeñó entre 2018 y 2022 en el Neonatal, aseguró: "A esos niños jamás les hice nada. Pase lo que pase, estoy sumamente en paz". En unas semanas cumplirá tres años presa en la cárcel de Bouwer.Durante seis meses en 57 audiencias con la participación de 99 personas,se intentó reconstruir qué pasó entre marzo y junio del 2022 cuando cinco bebés murieron y ocho se descompensaron en el Neonatal y la angustia que se les agregó a partir de agosto de ese año cuando se enteraron que podría haberse tratado de un asesinato o un intento de homicidio. En este edificio las mamás y las familias se acompañaron y se contuvieron, escucharon a profesionales, peritos de diferentes disciplinas y exfuncionarios de Salud que dieron su opinión sobre qué podría haber pasado con las criaturas recién nacidas. Siempre estuvieron a escasos metros de la enfermera ahora condenada. Cuando les tocó declarar, quedaron a pasos. Hace una semana, incluso, Agüero acusó a las madres de estar "guionadas". "Se te murió un hijo, no sé por qué la necesidad de guionarlas. Es algo que no me pasó nunca y espero nunca vivirlo", afirmó. Cada una de las tres veces que habló en el juicio apuntó a la prensa por haberle creado una imagen de asesina serial. Su defensa siempre sostuvo que ella era una "perejil", cuestionó que no se haya investigado a otros profesionales y en su momento pidió la absolución.Según la acusación, Agüero suministró a las víctimas por una inyección endovenosa dosis de potasio y/o insulina -hay diferentes casos- en niveles no compatible con la vida.Las víctimasFrancisco Calderón, hijo de Vanessa Cáceres, fue el primer bebé que murió. Nació por cesárea a las 11.46 del viernes 18 de marzo de 2022. Casi dos horas después se descompensó y lo llevaron a terapia intensiva. Allí murió. Benjamín, el bebé de Damaris Bustamante nació el sábado 23 de abril de 2022 por la mañana y vivió solo diez horas; Ibrahim también falleció a las pocas horas de nacer el 23 de mayo, a su madre, Julieta Guardia, le dijeron que fue "muerte súbita".Brisa Molina es la madre de Melody, quien nació a las 4.28 del 6 de junio y falleció a las 22.30; Angeline es la otra víctima fatal de esta historia; hija de Yoselín Rojas, se descompensó el 6 de junio a menos de una hora de nacer. Las de esas dos criaturas fueron las primeras autopsias judiciales que se hicieron de inmediato y determinaron un colapso por exceso de potasio.Los bebés que se descompensaron fueron U, nació el sábado 18 de marzo; Natalí Martínez, su madre, había tenido un embarazo complejo, pero el parto fue normal. A las dos horas la criatura se descompensó; F., hija de Justine Bustamante, el 24 de abril; L., nacida el 26 de abril; su mamá Magalí Hermosilla contó que fue la primera que apareció con un pinchazo extraño; estuvo ocho días en terapia intensiva.I., beba de Gabriela González, fue la segunda a la que le detectaron pinchazos el 26 de abril cuando nació; sobrevivió después de dar pelea 11 días; G. es el hijo de Yasmín Barrionuevo, tenía dos pinchazos después del parto del 1 de mayo. Brenda Leiva parió a J. el 11 de mayo, a las pocas horas hizo un pico de insulina, estuvo 12 días internado.El 6 de junio nació M., hijade Ludmila Torres, quien tiene retraso madurativo como consecuencia de las convulsiones que le habría provocado la administración de insulina y P., beba de María Martín, logró sobrevivir.Los otros acusadosEn este proceso también se juzgó a diez exfuncionarios y profesionales acusados por distintos delitos como omisión de deberes de funcionario público; encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; y falsedad ideológica reiterada. Esa es una característica distintiva, por ejemplo, respecto del juicio y condena a una enfermera en el Reino Unido en 2023 por el asesinato de siete recién nacidos y el intento de homicidio de otros seis. Solo ella llegó a los tribunales.Las otras condenas fueron:Exministro de Salud, Diego Cardozo: absuelto por mayoría de encubrimiento doblemente agravado.Exdirectora del Hospital Materno Neonatal, Liliana Asís:Pablo Carvajal, subsecretario de Salud: Alejandro Gauto, exdirector de Legales del ministerio de Salud: absuelta por encubrimiento agravado.Alejandro Escudero Salama, exsubdirector administrativo del Neonatal:Marta Gómez Flores, exjefa de Neonatología: Claudia Ringelheim, exsubdirectora administrativa: absuelta por omisión de deberes de funcionario público. Alicia Ariza, exjefa de Enfermería: absuelta por omisión de deberes de funcionario público.Adriana Moralez, médica: María Alejandra Luján, médica: absuelta por omisión de deberes de funcionario público.Jurados popularesDe los 20 jurados populares del inicio, solo dos quedaron afuera a lo largo de estos meses por enfermedades. Los titulares son los ocho que determinaron la existencia de los delitos. Patricia Soria, la presidenta de la Cámara -quien se quebró en la última intervención- agradeció a los "ciudadanos que aceptaron el deber" de participar como jueves legos. En dos semanas se comunicarán los fundamentos de la sentencia. A partir de ahí las partes podrán apelar.
La víctima, de 9 años, recibió un disparo en la cabeza cuando un grupo de delincuentes asaltó a sus padres. Además, un cuarto imputado fue sentenciado a 5 años de cárcel y se espera el inicio del debate contra un menor de edad que participó en el robo. Leer más
Entre aplausos, el Tribual Oral en lo Criminal (TOC) N°3 dio a conocer la sentencia a prisión perpetua para los tres delincuentes acusados de haber asesinado a a Uma Aguilera, la niña de 9 años fue baleada durante un intento de robo en enero de 2024 en la localidad de Villa Centenario. La víctima era hija de un custodio de la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich.La condena dada a conocer hace pocos minutos coincidió con la pena que había solicitado en su alegato la fiscal Viviana Giorgi.Los delincuentes condenados son Axel Emiliano Rojas, conocido como Pelusa, Miguel Pastor Romero Molinas, alias Patoto y Ariel Acuña Vega, todos de entre 20 y 21 años. Los tres ladrones habían llegado a juicio acusados de robo calificado por el uso de arma de fuego, cometido en poblado y en banda, agravado por la participación de un menor, y homicidio calificado criminis causa, también agravado por el uso de arma de fuego.La lectura de la sentencia fue transmitida por el canal de YouTube de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.Noticia en desarrollo
La investigación revela una trama de amenazas y delitos en territorios indígenas. El trabajo conjunto de las autoridades permitió avances, pero aún queda un prófugo por capturar
Pocos animales tienen el halo de inocencia y vulnerabilidad de los ciervos. Sobre todo cuando observan, atentos, como el ejemplar de la foto, listos para huir con una agilidad prodigiosa y la cola en alto, un comportamiento que, según los etólogos, funciona como un alerta para sus congéneres. Y más en el caso de la especie de la foto, el ciervo de cola blanca (Odocoileus virginianus), donde esta señal es particularmente visible. Sin embargo, y pese al registro del imaginario popular, este cérvido es uno de los mamíferos con mayor área de distribución del mundo y sus 38 subespecies pueden encontrarse desde el Ártico hasta los Andes; es símbolo patrio en Costa Rica y representante de la fauna local en Honduras. Pero más allá de los detalles técnicos, la mirada de la foto es estremecedora. La vida de los ciervos transcurre en una perpetua huida de sus depredadores. Entre ellos, los humanos.
El juez Jorge Gorini envió la notificación de que la expresidenta no podrá volver a ejercer cargos públicos.Ayer la Corte Suprema confirmó la condenan a 6 años de prisión por corrupción en la causa Vialidad.
En una jornada cargada de emoción y tensión, la fiscal Viviana Giorgi solicitó ayer la pena de prisión perpetua para tres de los acusados por el asesinato de Uma Aguilera, la niña de 9 años que fue baleada durante un intento de robo en enero de 2024 en Villa Centenario. El caso conmocionó al país por la brutalidad del hecho y por el vínculo de la víctima con un custodio de la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich.Durante los alegatos ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de Lomas de Zamora, la fiscal pidió la máxima condena para Axel Emiliano "Pelusa" Rojas, Miguel Pastor "Patoto" Romero Molinas y Ariel Acuña Vega, todos de entre 20 y 21 años. Los tres están imputados como coautores de robo calificado por el uso de arma de fuego, cometido en poblado y en banda, agravado por la participación de un menor, y homicidio calificado críminis causa, también agravado por el uso de arma de fuego.Además, Rojas y Romero Molinas enfrentan una acusación adicional por otro robo a mano armada. En tanto, para Nahuel Santiago Coman, otro de los implicados, la fiscalía solicitó 14 años de prisión por considerarlo partícipe necesario del robo que precedió al crimen, y pidió su inmediata detención, ya que llegó al juicio en libertad.El quinto acusado, Guillermo "Paraguayo" Romero Molinas, tenía 17 años al momento del hecho y será juzgado por separado en el fuero de menores a partir del 12 de agosto."No hay quántum punitivo que pueda reparar el sufrimiento de la familia de Uma", expresó la fiscal Giorgi, quien dividió su alegato en dos partes para evitar revictimizar a los padres de la niña.Los abogados de la familia de Uma coincidieron con la fiscalía y reclamaron prisión perpetua para los acusados. "Todos los imputados han sido dueños del dolo de matar", afirmaron.Por su parte, las defensas solicitaron penas menores y cuestionaron la aplicación del artículo 80 del Código Penal, que contempla el homicidio cometido para facilitar otro delito. La abogada de Miguel Romero Molinas, señalado como el autor del disparo fatal, sostuvo que su defendido "no tuvo intención de asesinar a una menor" y acusó a los padres de la víctima de "mentir en su testimonio".El crimen que sacudió a Villa CentenarioEl hecho ocurrió el 22 de enero de 2024 cuando Eduardo Aguilera, padre de Uma, salía de su casa junto a su hija rumbo al médico y fueron interceptados por los delincuentes armados. Al intentar escapar, los asaltantes dispararon. Uno de ellos se acercó al vehículo y, sin mediar palabra, le disparó a Uma en la cabeza.La niña fue trasladada en helicóptero al Hospital Churruca, pero falleció horas después. La investigación reveló que los atacantes habían robado un auto previamente para cometer el asalto.La lectura del veredicto está prevista para el próximo 18 de junio, una fecha que la familia de Uma espera con dolor, pero también con la esperanza de que se haga justicia.
La fiscalía pidió la pena de prisión perpetua para tres de los imputados y 14 años de cárcel para el cuarto. "Fue desgarrador revivir el crimen otra vez", expresó antes de los alegatos la mamá de la nena que tenía 9 años. Leer más
La ministra de Seguridad insistió con que los asaltantes fueron los "únicos responsables" del fallecimiento del nene de 7 años.Lo dijo minutos después de conocerse la muerte del chico, baleado por un agente de la PFA que se tiroteó con delincuentes en La Matanza.
La Cámara de Casación Penal avaló el fallo contra los hermanos Bejarano. La víctima estaba ligada a un exfuncionario provincial y fue hallada muerta en un vehículo abandonado tras una disputa por droga. El padre de los condenados resultó absuelto
El juez Carlos Zavaleta Grández señaló que los únicos casos que quedan fuera del sistema de flagrancia son los vinculados al crimen organizado, lavado de activos y corrupción de funcionarios
El TOF 3 también sentenció a Julio César Ramírez por encubrimiento. Duras palabras del padre de la víctima al pedir justicia y criticar la instrucción del caso. Queda un expediente abierto sobre el resto de la banda que lo mantuvo cautivo. Leer más
El proyecto incluye tipificar el terrorismo urbano en el Código Penal, definiéndolo como cualquier acto delictivo que, sin importar motivación, cause zozobra en la población
El creador de contenido enfrenta acusaciones de trata de personas
Guillermo Berjeli fue sentenciado por el homicidio agravado de Roberto Guzmán Jaque. Quedó filmado mientras manipulaba los sueros que tenía su pareja cuando estaba internado, y en el alegato final aseguró que es "totalmente inocente". Leer más
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°5 condenó a prisión perpetua a Guillermo Germán Berjeli, de 47 años, el podólogo acusado de manipular los sueros que su esposo tenía colocados durante su internación en el sanatorio Anchorena, hasta asesinarlo.El fiscal general Manuel Fernández Buzzi había solicitado la pena máxima y los jueces hicieron lugar al pedido. En el alegato se aseguraba que el hombre retiró los sueros que se le suministraban a su esposo y los cambió por otros que contenían alcoholes diversos, como metanol o etilenglicol.El accionar de Berjeli quedó registrado en las filmaciones de las cámaras de seguridad del nosocomio, que de acuerdo al magistrado resultaron pruebas contundentes y detalladas. Las imágenes revelaron que el imputado no manipuló los sueros solo una vez, sino varias a lo largo de los días que duró la internación.El fallo dictado por la jueza Cinthia Oberlander y sus colegas Adrián Pérez Lance y Juan Manuel Grangeat dictaminó que el imputado es autor de homicidio cuádruplemente agravado por el vínculo, por cometerse con alevosía, por el suministro de veneno y por codicia. En el alegato de la fiscalía, también se explicó que el podólogo contrajo matrimonio con su pareja, el ciudadano chileno Roberto Alfonso Aquiles Guzmán Jaque, el 16 de septiembre de 2019 y que ambos convivían en una vivienda ubicada en Thames al 100, en el barrio porteño de Villa Crespo. En el mismo lugar vivía la madre de la víctima. El 16 de diciembre de ese mismo año, es decir tres meses después, Guzmán Jaque sufrió una descompensación que derivó en una internación en el sanatorio Anchorena. El paciente tenía un cuadro de deterioro sensorial, insuficiencia renal, desorientación y alteración del habla.Se conoció además, que la víctima era portador de VIH. Sin embargo, los médicos durante el juicio sostuvieron que se encontraba bajo control y que poseía una carga viral indetectable. Guzmán Jaque falleció el 12 de enero de 2020, a los 58 años, luego de 27 días de internación en terapia intensiva.Al momento de culminar la investigación Diego Javier Slupski, titular del juzgado nacional en lo criminal y correccional N°19, dictó la captura del imputado. Berjeli se dio a la fuga y fue encontrado por la división homicidios de la Policía de la Ciudad el 18 de julio de 2023, al cabo de dos meses, en Mendoza, su ciudad natal.Tras la denuncia de una enfermera, se pudo acceder a las imágenes de las cámaras que mostraban la sala de terapia en la que la víctima estaba internada. Allí se veía a Berjeli cambiar los sueros de su pareja por otros que traía en una mochila. Según se desprende tanto del juicio como de la investigación, los elementos traídos contenían alcoholes pesados como metanol o etilenglicol, que suelen utilizarse en solventes, anticongelantes o en cosméticos. "Las imágenes son sumamente claras y elocuentes, no hay dudas de que estaba haciendo algo que no se podía hacer. La secuencia termina explicando cómo se introdujo la sustancia tóxica en el cuerpo de la víctima", señaló Fernández Buzzi. Además, agregó que el acusado intentó "hacer desaparecer" toda evidencia del crimen, por medio de cremar el cuerpo de su marido, luego de 48 horas de la muerte.Las pruebas que llevaron a la cárcel al podólogo de Recoleta por envenenar y matar a su esposoEl fiscal aseguró: "Fue tan clara y evidente la manipulación que en el juicio terminó admitiendo que manipuló los sueros, aunque intentó dar una explicación inverosímil e inadmisible". En una primera oportunidad, el imputado expresó que llevó al sanatorio recipientes de solución fisiológica que habían sido bendecidos por un cura y que no había llevado agua, porque "podía estar contaminada".Luego, en una segunda indagatoria, Berjeli aseguró que realizaba una "imposición de manos" sobre el cuerpo de su pareja y sobre los sueros para transmitirle "energía sanadora". El representante del Ministerio Público Fiscal, señaló: "No hay ninguna duda de que Berjeli estaba intoxicando a su marido porque quería causarle la muerte. Todo fue buscado, planeado y sabido".Respecto de la alevosía, uno de los cuatro agravantes considerados en la pena, el fiscal explicó que "mientras parecía que era un esposo atento y preocupado por su cónyuge, en realidad lo estaba matando". Luego añadió que las sustancias puestas en los sueros puede ser consideradas venenos, ya que provocan un desequilibrio orgánico que lleva a la muerte de las personas que las consumen.En los registros de las cámaras reproducidos en el juicio, se pudieron observar un total de 13 maniobras destinadas a manipular el suero, llevadas a cabo durante 10 días consecutivos, entre el 2 y el 11 de enero de 2020, causadas por el imputado a los fines de asesinar a su esposo.
La investigadora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) Luciana Bustos fue condenada a prisión perpetua por el crimen, en medio de un juego sexual, de su amigo Marcelo Amarfil en enero del año pasado en la provincia de San Juan.La Justicia provincial halló culpable a Bustos del delito de homicidio doblemente agravado de su amigo Amarfil, quien murió durante un juego sexual. En aquella noche la acusada le ató las manos al volante, le puso un antifaz y allí lo degolló y apuñaló seis veces.El juicio comenzó el 8 de abril, aunque en medio de las audiencias el debate se debió suspender ya que el juez Guillermo Adárvez tuvo un ataque cardíaco. A fines de abril se reanudó el juicio y este lunes los magistrados Guillermo Adárvez, Gerardo Fernández Caussi y Matías Parrón anunciaron que, por unanimidad, la acusada fue condenada a la pena máxima de prisión por "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por alevosía".Los jueces explicaron que la mujer recibió dicha condena debido a que se pudo constatar en la investigación que eran amigos con la víctima, lo que encuadraba la acusación como un homicidio agravado por el vínculo."Agradezco a mi familia por el cariño. Siento un profundo dolor por los familiares de Marcelo. Quiero abrazar a Graciela (hermana de la víctima). Sigo sosteniendo mi inocencia", expresó Bustos antes de la lectura de sentencia.El crimen de Amarfil sucedió en la noche del 16 de enero de 2024 cuando Bustos pasó a buscar a Amarfil por su casa y fueron a un bar de la zona de Santa Lucía. El encuentro se extendió hasta la madrugada del 17, cuando estacionaron el auto en la calle Pellegrini, en Las Chacritas, cerca del aeropuerto Domingo Faustino Sarmiento y mantuvieron relaciones dentro del vehículo, un Ford Fiesta gris propiedad de la acusada.Según la investigación, Bustos ató las manos de su amigo al volante con unas muñequeras de cuero, con un gancho y una cadena, le colocó un antifaz de tela negra que le tapaba completamente los ojos y luego, desde el asiento del acompañante, lo apuñaló con un cuchillo que había hecho afilar días antes. De las seis heridas que le provocó, la última fue en el cuello y, según consta en la causa, "terminó seccionando completamente la arteria carótida primitiva derecha, además de vasos y arterias".Aún malherido, y mientras se desangraba, Amarfil, que era docente de Educación Física, mordió el antebrazo derecho de Bustos y logró desatarse y salir del vehículo, pero murió al lado del auto por un shock hipovolémico.Un policía que pasó en moto por el lugar encontró a Bustos semidesnuda -sin remera, con un short y ropa interior puesto, y las manos con sangre- y dijo que Amarfil se había autoinfligido las heridas cortantes que causaron su muerte en medio de un supuesto juego sexual. "¡Mi amigo se mató con un cuchillo!", intentó explicarle al policía, que le tomó el pulso a Amarfil (que estaba totalmente desnudo) solo para verificar que ya no tenía signos vitales.Pero la autopsia mostró que las heridas no eran autoinfligidas, sino que eran "compatibles con un homicidio", lo que complicó la situación de la acusada.Bustos -según publicó el Diario de Cuyo- también aludió que había sufrido un presunto brote psicótico. Y, dado que había mantenido relaciones sexuales con la víctima, solicitó que le realizaran un test de embarazo y que le suministraran preventivamente una píldora de anticoncepción hormonal (la llamada "pastilla del día después").
Luciana Bustos Sánchez era la única sospechosa por el asesinato a puñaladas de Marcelo José Amarfil, ocurrido en enero de 2024. El tribunal la declaró culpable de forma unánime. Leer más
Aldana Muñoz fue declarada culpable de asesinar a sus hijos de 8 y 5 años antes de intentar quitarse la vida, en un hecho ocurrido en 2023. El Tribunal consideró una posición intermedia entre los pedidos que realizó la Fiscalía y la defensora oficial. Leer más
La actriz ha confesado cómo vivió su separación de Jacobo Martos, con quien estuvo 13 años casada y formaron una familia con la llegada de sus dos hijos en común
La juzgaron por el delito de "homicidio agravado por el vínculo". La relación con el padre de los chicos y la pena pedida por al fiscalía.
El grupo de deportados incluía, además del ciudadano mexicano, a dos personas de Cuba, una de Laos, dos de Burma, una de Sudán del Sur y una de Vietnam
El Ejecutivo oficializó esta ley para proteger la integridad de los menores, disuadir su captación por parte de redes delictivas y combatir el crimen organizado
El crimen ocurrió en 2023, cuando las víctimas fueron interceptadas en su vehículo frente a un semáforo. Solo uno de los hijos sobrevivió al ataque
El exministro de Justicia Wilson Ruiz llamó al Congreso a presentar una nueva ley que atienda las objeciones de la Corte Constitucional para garantizar una verdadera protección a la niñez
La iniciativa busca reformar leyes para endurecer penas contra agresores de menores, en medio de una creciente preocupación por las alarmantes cifras de abuso en el país
Alex Campo tenía 16 años y cazaba liebres con sus perros galgos en un campo de Cañuelas cuando fue atropellado de manera intencional por una camioneta Dodge RAM. Pablo Rodolfo Sánchez, el conductor y dueño del predio, y que actualmente cumple arresto domiciliario, está siendo juzgado en los tribunales de La Plata. Tanto la fiscalía como la querella pidieron que sea condenado a prisión perpetua por homicidio agravado por alevosía. La defensa, en cambio, insiste en que se trató de un accidente. El veredicto se dará a conocer el próximo 23 de junio. Leer más
Una joven fue condenada a prisión perpetua por el asesinato de su hija de cuatro años, la misma pena que recibió su pareja, un pastor evangélico.La sentencia fue dictada el miércoles pasado por el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja, que condenó a prisión perpetua a Julieta Jimena Córdoba, de 25 años y a Andrés Regino Bustamante, de 74, por el brutal asesinato de Zoe Natasha Rodríguez, de tan solo 4 años. El fallo calificó el homicidio como triplemente agravado por el vínculo, alevosía y criminis causa, además de declararlo como un hecho de violencia contra la mujer y maltrato infantil.La jueza Karina Cabral, junto con los magistrados Edith Agüero y Gustavo Farías, firmó la sentencia que también impone a los condenados tratamiento psicológico y psiquiátrico permanente, y ordena al Juzgado de Ejecución Penal informar de forma continua al padre de la niña sobre el desarrollo de las penas. "Estamos muy contentos, teníamos que estar presente en cada audiencia, salíamos tristes de los tribunales, fuimos a cuarenta y nueve en total, en la mayoría volvíamos con las manos vacías. Es un alivio que haya terminado todo. Por suerte toda la familia pudo asistir a la del veredicto final, todos queríamos la prisión perpetua y gracias a Dios se logró", dijo a LA NACION el abuelo de la niña, Oscar Rodríguez.Y agregó "Nos llamó nuestra abogada para decirnos que la jueza Karina Cabral viene a Chilecito a visitar a mi nieta en el cementerio, la verdad que estamos todos emocionados, nunca una jueza hizo algo igual acá".El dolor del homicidio emerge de las palabras del abuelo de la víctima: "A Zoe la asesinaron de una forma aberrante, tenía cuatro años, le quebraron el maxilar derecho la quinta y la séptima costilla, le metieron un arma filosa en la cabeza, después la dejaron al lado de la moto, le echaron cinco litros de nafta y la prendieron fuego".La tragedia familiar parece haber comenzado antes del crimen. "El padre de Zoe (Kevin José Rodríguez, de 25 años), recién la pudo reconocer post mortem, la madre nunca permitió que le diera el apellido, jamás se presentó en el Registro Civil, nosotros la estábamos criando porque la madre la abandonó a los cuatro meses, después de casi dos años un día se presentó con el pastor y se la llevó de mi casa, fuimos a la justicia, presentamos pruebas de maltrato infantil, pero la justicia nunca nos escuchó, nos falló, si hubiesen actuado mi nieta estaría con nosotros", dijo el abuelo de Zoe. Hizo una pausa y comentó: "Nunca me voy a olvidar de ese día, estábamos toda la familia a punto de almorzar, festejábamos el cumpleaños de Ciro, otro de mis nietos cuando de repente entra mi hija llorando y gritando diciendo que habían matado a Zoe, que la habían calcinado, llegamos y comprobamos que era verdad, una triste y horrenda noticia". También explicó a LA NACION que su hijo estaba muy agradecido con todas las personas que los acompañaron en este duro y cruel proceso.Por su parte, Kevin Rodríguez, el padre de la niña asesinada, utilizó las redes sociales para dar su mensaje: "Hoy por fin mi corazón siente paz porque se puede hacer justicia por vos, mi bebe. Es un calvario por todo lo que pasaste. Y un calvario vivir día a día sin vos. Te amo y extraño todos los días de mi vida. Y aunque sé que nadie te devolverá puedo sentir la tranquilidad porque vas a poder descansar en paz. Me quedo con todos tus recuerdos, te amo y te extraño todos los días de mi vida. Me quedo con tus bailes, con tu risa y con lo que más me duele, el recuerdo de tus besos y abrazos te amo por siempre mi pequeña Zoe".Y agradeció el apoyo de su padre. "Quería agradecerte con todo mi corazón por todo lo que haces e hiciste por nosotros, sos increíble como padre, como abuelo, el mejor, no sé que hubiese hecho sin tu apoyo para seguir en esta lucha".En tanto, la presidente de la Fundación Morelli, Bárbara Morelli, dijo a LA NACION: "Acompañamos el caso desde el principio. Durante más de un año y medio presentamos escritos exigiendo que la justicia fijara fecha de juicio, porque la causa estuvo paralizada demasiado tiempo. También llevamos a los familiares de Zoe al Senado y al Congreso de la Nación para visibilizar este crimen, logramos que se declare de interés un mural en su honor en el Parque Las Heras,e impulsamos la redacción de un proyecto de ley para que el filicidio no vuelva a quedar silenciado. Esta fue una condena ejemplar".La iniciativa que propone la Fundación Morelli apunta a la creación de un registro federal de casos de filicidio y la incorporación de protocolos obligatorios de prevención, actuación y seguimiento. Además, el mural "Conciencia por las Víctimas de Filicidio", realizado en conjunto por organizaciones de defensa de la niñez ya fue declarado de interés por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
El grupo de trabajo también aprobó una iniciativa contra la violencia familiar y el ciberacoso, que incorpora el uso del "botón de pánico" como herramienta de alerta
Los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación consideraron que no se valoró el contexto de violencia de género y entendieron que la mujer incurrió en un exceso en la legítima defensa. Ahora se realizará una audiencia para determinar la pena que le corresponderá.
El productor musical y empresario enfrenta cargos de asociación delictuosa, trata de personas y prostitución
El juicio se celebró en un polideportivo para que pudiesen verlo más personas
El Ministerio Público de la Acusación sostuvo un recurso presentado ante el máximo tribunal provincial para agravar la condena al autor del femicidio de la joven oriunda de Palpalá asesinada en septiembre de 2020.
Gina Emmanuel recibió la máxima pena tras ser hallada culpable del asesinato y maltrato extremo hacia tres menores bajo su cuidado
Los fiscales consideran que Agüero perpetró los cinco asesinatos y que intentó matar a otros ochos bebés que lograron sobrevivir por la intervención de los médicos. Los habría inyectado con potasio. Leer más
Al cabo de dos jornadas los acusadores públicos aseguraron tener certeza de que hubo asesinatos seriales de bebés y que 10 funcionarios no denunciaron a tiempo para frenar la secuencia criminal y ocultaron lo que acontecía. Por eso hubo pedido de condenas para todos. Leer más
CÓRDOBA.- Después de que en su primer día de alegato, los fiscales en el juicio por la muerte de bebés en el Hospital Materno Neonatal de Córdoba afirmaron que "no hay dudas de que fueron inyectados" y de que "no solo hay indicios, hay pruebas" contra la enfermera Brenda Agüero, hoy pidieron la pena de prisión perpetua para ella. Este miércoles apuntaron a la responsabilidad de los otros diez imputados para los que solicitaron desde uno a cuatro años de prisión.Entre los exfuncionarios están el exministro de Salud, Diego Cardozo (tres años de prisión condicional y uno de inhabilitación), y la exdirectora del hospital, Liliana Asís (cuatro años de prisión efectiva y tres de inhabilitación). Están acusados de encubrimiento agravado y omisión de deberes de funcionarios públicos. Para tres médicas del hospital reclamaron un año de inhabilitación y el máximo de la multa por omisión de denunciar.También pidieron cuatro años de prisión efectiva e inhabilitación especial por tres años para Julio Escudero Salama, exsubdirector de Gestión Administrativa del Ministerio de Salud. Él está imputado por omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público. Martha Gómez Flores, médica con especialidad en Neonatología, solicitaron cuatro años de prisión efectiva y tres de inhabilitación. Está acusada de omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, todo en concurso real con falsedad ideológica.El rol de la enfermera, según los fiscales Entre marzo y junio de 2022 en el Neonatal murieron cinco bebés -dos autopsias hechas en el momento revelaron hiperpotasemia y niveles de insulina incompatibles con la vida- y otros ocho se descompensaron pero lograron sobrevivir, algunos con secuelas. Los fiscales de Cámara Sergio Ruiz Moreno y Mercedes Ballestrini ayer hicieron eje en el rol de Agüero. "Ella les inyectó potasio, sabía lo que hacía, era muy hábil para colocar inyecciones, sabía que eran dosis mortales, los quiso matar", dijo Ballestrini e insistió en que "todos los elementos convergen a la actividad homicida". Mirando a las madres y familias de las víctimas, cerró su intervención: "Ustedes no son culpables. La única culpable es Brenda Agüero". Los jurados populares que el 2 de junio próximo dictarán sentencia. Si la consideran culpable, la única pena posible es la prisión perpetua."La intención de Brenda Agüero en su criminalidad serial era dar muerte a los bebés que inoculó sustancias letales", subrayaron al pedir la perpetua.Este miércoles Ruiz Moreno analizó las responsabilidades funcionales en los eventos de marzo a junio y los dividió en dos: una serie hasta mayo y otra después del 1° de ese mes, cuando un bebé se descompensó y se convirtió en el séptimo de la historia que terminó en 13."Antes de esa fecha se ven movimientos tendientes a averiguar qué estaba pasando, incluso con la participación multitudinaria en la reunión por análisis causa raíz del 28 de abril -sostuvo el fiscal-. Pero después de esa fecha se pasa al hermetismo y a tratar de que no se sepa que estaba ocurriendo. Evitando, incluso, dar el alerta al propio personal".Puso el acento en la terrible tarde del 6 de junio que se extiende hasta el 7, cuando mueren dos bebés y dos se descompensan.La lista de acusados se completa con Pablo Carvajal, exsecretario de Salud, acusado por encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público. Para él pidieron tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación de tres años.Pidieron un año de prisión, inhabilitación y el máximo de multa para Claudia Ringelheim, médica especialista en Obstetricia y Tocoginecología, que está imputada por omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público. En tanto, para Adriana Moralez, especialista en Neonatología, pidieron tres años de prisión en forma de ejecución condicional e inhabilitación por tres años. Sobre ella pesa la carga de omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.Completan el listado Alicia Ariza, exjefa de Enfermería del Hospital Materno Neonatal supuesta autora penalmente responsable del hecho calificado legalmente como omisión de deberes de funcionario público. Para ella pidieron un año de inhabilitación y multa. Para María Luján, médica especialista en Pediatría y Neonatología, excoordinadora de la Unidad de Terapia Intensiva Neonatal, solicitaron un año e inhabilitación y el máximo de la multa. Está imputada por omisión de deberes de funcionario público en concurso real con falsedad ideológica. En tanto, Alejandro Gauto, exjefe del Área Legales del Ministerio de Salud, pidieron tres años prisión en forma de ejecución condicional e inhabilitación especial por tres años. Está acusado por encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.
Durante el juicio oral, la fiscal provincial Nelly Rivera Martel presentó pruebas contundentes, entre los elementos probatorios se incluyeron imágenes captadas por cámaras de seguridad, registros del levantamiento del secreto bancario y de las comunicaciones
Eber Tiparra Zapata, alias 'Chacho', escapó antes de ser trasladado al penal de Picsi. Fue recapturado horas después por la Diviac y tres policías quedaron bajo investigación
Su tío fue condenado a 22 años de prisión, mientras que los primos fueron absueltos
Ronald Suárez Villalba estuvo prófugo por dos años, pero fue detenido durante la celebración de aniversario de Chacapampa. El sentenciado por violación de una menor aparecía en la lista de Los más buscados
La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó las condenas a prisión perpetua para tres exintegrantes de la Brigada 6 de la División Brigadas y Sumarios de la Comuna 4 de la Policía de la Ciudad por el homicidio de Lucas González, ocurrido en noviembre de 2021 en el barrio porteño de Barracas. Además, ratificó la condena de otros cuatro policías por encubrir las acciones de los agentes que dispararon contra el futbolista juvenil de Barracas Central y sus tres amigos. En el juicio intervino la Fiscalía N°18 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, a cargo del fiscal Guillermo Pérez de la Fuente, según informó el Ministerio Público Fiscal en su portal institucional www.fiscales.gob.ar.La mañana del 17 de noviembre de 2021, el inspector Gabriel Alejandro Issasi, el oficial mayor Fabián Andrés López y el oficial Juan José Nieva circulaban en un Nissan Tiida sin identificación policial ni patente e interceptaron a Lucas y a Julián Alejandro Salas, Niven Huanca Garnica y Joaquín Zúñiga Gómez que iban en un Volkswagen Suran que recién había salido del club Barracas Central y se dirigían a sus domicilios en Florencio Varela.En ese momento, los efectivos se bajaron y les apuntaron. Ante la presunción de que eran delincuentes que querían asaltarlos, los adolescentes intentaron esquivarlos. En ese escenario, los tres integrantes de la brigada dispararon contra el VW Surna: uno de los proyectiles impactó en la cabeza de Lucas González, que falleció al día siguiente en el hospital "El Cruce", de Florencio Varela.La secuencia de la persecución policial contra Lucas González y sus amigos en BarracasTras los disparos se montó en la zona un operativo que duró hasta entrada la noche y culminó con la detención de los jóvenes que acompañaban a González. En ese contexto, y a pesar de que durante la primera comunicación que se hizo a las autoridades judiciales se sostuvo que no se advertía la presencia de arma alguna dentro del auto de las víctimas, luego se halló allí una pistola de utilería.En julio de 2023 y después de cuatro meses de debate, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) Nº25 consideró a Isassi, Nieva y López como coautores de "homicidio quíntuplemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego, por alevosía, por odio racial, por el concurso premeditado de dos o más personas y por haber abusado de su función por ser integrante de fuerza de seguridad".Además, consideraron que eran responsables por la tentativa de homicidio (con las mismas agravantes) cometida contra los tres amigos de Lucas; por la "privación ilegítima de la libertad agravada por haberse dado con abuso de funciones o sin formalidades prescritas por ley" y por el delito de "falsedad ideológica".Por otra parte, el comisario Rodolfo Alejandro Ozán -a cargo de la Comisaría Vecinal 4A-; los comisarios Fabián Alberto Du Santos y Juan Romero, y el subcomisario Roberto Inca fueron hallados responsables del delito de "encubrimiento" por haber ayudado a Isassi "a alterar pruebas de un delito agravado por tratarse el hecho precedente un delito especialmente grave y por ser el autor un funcionario público realizado en el ejercicio de sus funciones" y por la "privación ilegítima de la libertad agravada por abuso de sus funciones o sin formalidades prescritas por ley". Por ello, les fijó una pena de 6 años de prisión y una inhabilitación de 10 años para ocupar cargos públicos.Con respecto al oficial Sebastián Baidón, se lo condenó a 8 años de prisión por torturas. A Héctor Cuevas -integrante de la comisaría Vecinal 4D- se lo señaló también como responsable del encubrimiento y de la privación ilegal de la libertad y se lo condenó a 4 años de prisión como había requerido la fiscalía en su alegato. Cuevas fue quien reveló en el juicio lo sucedido la mañana del 17 de noviembre y aseguró haber visto cómo algunos de sus compañeros policías habían "plantado" el arma de juguete dentro del auto en el que iban las víctimas.La decisión de CasaciónLos jueces Gustavo Bruzzone, Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite rechazaron en forma parcial los recursos interpuestos por las defensas y confirmaron las condenas de Isassi, Nieva, López, Ozán, Du Santos, Cuevas e Inca, dispuestas por el TOC N°25.Al respecto, repasaron la secuencia -reconstruida a través de diversas cámaras de seguridad de la zona- donde se observa cómo los integrantes de la brigada visualizaron el auto Volkswagen Suran donde circulaban las víctimas cuando estaba detenido en un kiosco. Las defensas sostuvieron que comenzaron a perseguir a los adolescentes porque los habían visto salir o de una casa "donde se hacían tareas de investigación" o de una cancha barrial. En los recursos, también sostuvieron que habían realizado "maniobras evasivas del tránsito".En ese sentido, los camaristas recordaron la explicación brindada por el tribunal. "Como ya se mostró en las imágenes, cuando los integrantes de la brigada vieron por primera vez al vehículo conducido por Julián [Salas], estos estaban aguardando atrás de otros dos autos que el semáforo habilitara el paso. Ergo, es falso que pudieron advertir maniobra evasiva alguna y mucho menos que los vieron salir de la cancha 'Cacho'", explican.Los jueces de la Sala III de Casación hicieron foco en las filmaciones que se consiguieron en la causa y que fueron parte fundamental del fallo del tribunal, ya que mostraron también cómo fue la persecución y el momento en que los policías interceptaron a las víctimas"Fue determinante para los sentenciantes el hecho de que, según se pudo reconstruir, los imputados en ningún momento dieron a conocer su condición de agentes policiales, ni cuando estaban dentro del automóvil, ni tampoco luego de descender", afirmaron los magistrados de Casación.Además, el tribunal oral había ponderado lo declarado por los jóvenes, algo que fue resaltado nuevamente por los camaristas. "Concretamente, se tuvo en cuenta que, conforme explicaron los menores, 'en ningún momento escucharon señal sonora alguna ni vieron baliza alguna, por lo que siempre creyeron que se trataba de un intento de robo'"."Conforme se sostiene en el fallo, se consideró acreditado que inmediatamente después de la interceptación, los imputados procedieron directamente a efectuar disparos con sus armas de fuego. De acuerdo con los términos empleados en la sentencia, se tuvo por probado que los imputados 'inmediatamente abrieron fuego' y que 'inmediatamente comenzaron a disparar'", se remarcó.Los camaristas recordaron que en la sentencia se tuvo específicamente por probado que los disparos estuvieron dirigidos hacia "zonas vitales" de los cuerpos de las víctimas. "En especial, como demostrativo de esta circunstancia, se destacó que uno de esos disparos, efectuado 'de frente', se introdujo en la 'zona frontal derecha' de la cabeza del damnificado Lucas González y, de ese modo, 'penetró en su cráneo ocasionándole lesiones de gravedad tal que falleció al día siguiente'", especificó Casación."En pocas palabras: aún si los damnificados se hubiesen encontrado en un lugar donde se comercializaban estupefacientes (cuestión que, vale insistir, fue descartada con acierto en la sentencia), y los imputados contasen con autorización para seguirlos en el marco de una investigación, ello en modo alguno los autorizaba a interceptar el rodado de las víctimas, descender sin identificarse como policías, y proceder inmediatamente a dispararles con sus armas de fuego", remarcaron.Entre los planteos, las defensas habían esgrimido tanto en el juicio como en los recursos la posibilidad de que los policías hubieran actuado amparados bajo la legítima defensa. En ese sentido, sostuvieron que los disparos se dieron cuando los adolescentes se alejaron del lugar e impactaron con el auto a los agentes."Sin embargo, en el fallo, con motivos suficientes, se concluyó precisamente lo contrario: que los imputados, luego de interceptar a los damnificados, procedieron inmediatamente a disparar con sus armas de fuego, y esto motivó la decisión de las víctimas de intentar alejarse del sitio donde se encontraban", marcó Casación."En otras palabras, como sucedió en el caso, en la medida en que las víctimas procuraron defenderse de la agresión ilegítima desplegada contra ellas por los aquí imputados, toda actuación de estos últimos a través de la cual, pretendidamente, hubiesen querido defenderse legítimamente contra la reacción de aquellos, no puede en modo alguno encontrar cobijo en el artículo 34, inciso 6 del Código Penal", consideraron los camaristas.El encubrimientoCasación rechazó también los planteos que presentaron Inca, Ozán, Du Santos y Cuevas. De acuerdo a la sentencia, los cuatro formaron parte del operativo montado para perjudicar a las víctimas.De acuerdo a la sentencia, Inca, en su rol subcomisario de la División Sumarios y Brigadas de la Comuna 4ª de la Policía de la Ciudad, fue uno de los agentes que ayudaron a Isassi a "alterar las pruebas del delito orquestando un procedimiento policial fraudulento y manteniendo en consecuencia ilegítimamente privados de la libertad a Lucas Santiago González, Julián Alejandro Salas, Joaquín Zuñiga Gómez y Niven Huanca Garnica".En ese sentido, el tribunal había marcado que fue quien, para garantizar el éxito de la maniobra, le ordenó a Isassi insertar el arma de juguete con inscripción "The Punisher" en el auto de las víctimas.En el caso de Ozán y Du Santos, el tribunal tuvo en cuenta las conversaciones que mantuvieron donde comentaron lo sucedido con los adolescentes. "Que vaya y busquen lo tenga que buscar para justificar esto", dijo el primero de los nombrados en ese diálogo que retomó Casación.Con relación a Cuevas, que fue el policía que durante el debate oral relató parte de la maniobra de encubrimiento, se describió su actuación y los aportes que realizó. "La alteración de la escena no sucedió apenas él arribó, sino después de transcurrido cierto tiempo; quien ejecutó esa maniobra no fue cualquier persona, sino una de las que contaba con un interés en falsear la realidad de lo acontecido; y el elemento que se colocó (un arma de juguete) tenía, por sus propias características, la finalidad de generar una puesta en escena muy específica, esto es, una tendiente a crear una posible justificación para el uso de armas de fuego por parte de los agentes de la brigada", explicó la Sala 3.La persecución de los policías acusados a Lucas y sus amigosEn ese cuadro, tal como lo planteó el TOCC N°25, se dio por acreditado que Cuevas conocía que lo que había dicho Isassi al hablar de enfrentamiento con los damnificados "no se correspondía con la realidad, sino que se trataba, en cambio, de la existencia de un homicidio, y el comienzo de ejecución de otros tres, por parte de los agentes".Las absolucionesCon respecto al comisario Romero, Casación consideró que de la lectura de la sentencia no se comprende "cuál es la conducta del acusado que podría ser subsumible en el concepto de 'ayudar al autor' a 'alterar las pruebas' del delito"."Ni siquiera una lectura esforzada de la totalidad de la sentencia permite advertir cuáles habrían sido las conductas del acusado que permitieron al tribunal oral arribar a su conclusión en lo que respecta a la tipicidad objetiva del delito de encubrimiento. En efecto, no se cuenta con una descripción de conductas que el imputado habría desplegado en el lugar del hecho (a diferencia de lo que sí sucede con Inca y Cuevas), ni tampoco con expresiones que el imputado haya efectuado en alguna comunicación telefónica sobre cuya ambigüedad pueda discutirse (al contrario de lo que acontece con Ozán y Du Santos)", marcaron los jueces de Casación en el momento en que decidieron la absolución de Romero.En relación con el oficial Baidón, si bien Casación dejó en claro que no existe controversia en el caso acerca de las graves torturas sufridas por Zúñiga Gómez, "existe un cuadro de duda no despejado adecuadamente por el tribunal oral que impide confirmar la sentencia condenatoria".
Enrique "Cable" Solís fue uno de los sicarios más buscados de Rosario. Se le atribuía haber matado a los hermanos Jonathan y Ulises Funes, entre otros engranajes del crimen organizado de Rosario. Fue detenido en febrero de 2018 en un amplio despliegue de la Policía Federal en Rosario, y condenado en abril de 2021, junto a Emiliano "Jija" Avejera y José Pucheta, por una serie de homicidios y ataques cometidos entre noviembre de 2016 y febrero de 2018, muchos de ellos en el marco de la feroz disputa territorial entre grupos criminales. Ahora la Corte Suprema de la Nación dejó firme su condena a prisión perpetua.Este sicario que trabajó para distintas bandas hizo historia como uno de los más sanguinarios de Rosario. No solo fue juzgado por aquellos homicidios, sino también por múltiples balaceras. Entre los asesinatos que se le adjudican figura un doble crimen en la zona sur de Rosario y el ataque a Lorena Ojeda, hermana de Brisa, testigo clave en el crimen de los Funes, a la que buscaban matar antes de que declarara en una causa sensible.El 10 de noviembre de 2016, en la esquina de Callao y Mr. Ross, Javier Lisandro Fleitas fue asesinado por error en un ataque que estaba dirigido a Lautaro "Lamparita" Funes. De acuerdo a la reconstrucción del hecho, cerca de las 22.30, Fleitas iba en moto junto a su pareja y su hijo de 6 años cuando fue baleado desde un auto con vidrios polarizados. Por ese ataque se señaló como instigador a Emiliano Avejera -barra de Newell's-, quien habría ordenado el ataque a terceros por orden de Rubén Ariel "Tubi" Segovia, por entonces preso. Segovia fue asesinado luego en la cárcel de Coronda. Un mes después, en otro ataque que también habría sido ordenado por Tubi Segovia antes de morir, "Cable" Solís, junto con al menos otras cuatro personas, se presentó en la casa de Brisa Ojeda para matarla. La joven tenía que presentarse en una rueda de reconocimiento de personas por el homicidio de su novio, Jonathan Rosales. Pero el ataque también resultó fallido: quien abrió la puerta y fue asesinada por error fue la hermana de Brisa, Lorena Ojeda. Por este hecho "Cable" Solís fue acusado de ser partícipe secundario de homicidio agravado por el uso de arma de fuego por el concurso premeditado de más de dos personas y para procurar la impunidad de otro.De acuerdo a la imputación de la fiscalía, a Solís también se lo acusó de haber intentado asesinar a Jorge Funes, el padre de Lautaro, Alan, Ulises y Jonatan Funes. El hecho sucedió a las 20.30 del 1 de enero del 2018. Según testigos, la víctima fue sorprendida en la localidad de Alvear por un auto del que se habría bajado Solís junto a otras tres personas para balearlo con intención ultimarlo. Funes quedó tendido en el piso y trasladado de urgencia al hospital Roque Sáenz Peña. Allí le salvaron la vida. A las pocas horas de ese intento fallido, Solís arribó junto a otras tres personas a Abanderado Grandoli al 3611. José Damián Pucheta y otro de los ocupantes de un vehículo dispararon contra un grupo de cinco personas: mataron a Sofía Sabrina Barreto y Luis Hernán Tourn. Por este hecho Solís y José Pucheta quedaron acusados de homicidio agravado por el uso de arma de fuego calificado por el concurso premeditado de dos o más personas. Una semana después, Solís volvió a arremeter contra el clan Funes y atacó dos de los hijos. En ese ataque fue asesinado Ulises Nicolás Funes.La acusación indicó que el 5 de febrero de 2018, Emiliano Avejera y Enrique Solís habrían interceptado a Jonathan Funes en el cruce de las rutas 14 y A 012 cuando volvía de visitar a sus hermanos Alan y Lautaro, presos en la cárcel de Piñero. Según la acusación Avejera, Solís y un tercero no identificado bloquearon el paso del Audi A3 en el que iba Funes, quien atinó a escapar corriendo. Sin embargo, un rato después fue asesinado por Avejera.El 22 de abril de 2021, el Tribunal Pluripersonal de juicio del Colegio de Jueces Penales de Primera Instancia de Rosario, resolvió condenar a Emiliano "Jija" Avejera, Enrique "Cable" Solís y José Pucheta a la pena de prisión perpetua. El fallo también declaró a Solís reincidente por segunda vez y rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua y del instituto de la reincidencia.El Tribunal del Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial de Santa Fe confirmó la condena. Pero la defensa oficial llegó en queja a la Corte Suprema de Santa Fe, que también desestimó el planteo. Una vez más la defensa apeló ahora ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que, con el voto de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimaron el planteo por inadmisible.
Casación revisó el fallo de la causa por el crimen de Lucas González, el futbolista de 17 años asesinado en Barracas en 2021. Leer más
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