La reunión judicial se va a realizar el lunes 15 de julio en Nueva York. El caso involucra a empresas estatales que podrían ser utilizadas para ejecutar el fallo por la expropiación de la petrolera en 2012
Más de 10 años pasaron desde que los fondos Burford Capital e Eton Park presentaron â??por separadoâ?? una demanda contra la República Argentina e YPF por la expropiación del 51% de las acciones de la petrolera, ocurrida en 2012. Desde entonces, ambos fondos obtuvieron una sentencia favorable en primera instancia, que ordena una indemnización de US$16.100 millones. Aunque la Argentina apeló el fallo, los demandantes ya iniciaron contactos con el Gobierno para negociar un acuerdo y cerrar el litigio.Los primeros acercamientos entre los fondos y el Estado argentino comenzaron el año pasado, tras el cambio de administración y la llegada de Javier Milei a la Presidencia. Durante la campaña electoral, Milei había puesto sobre la mesa la posibilidad de privatizar el control accionario de YPF.Burford, que adquirió el derecho a litigar tras comprarle la demanda al fisco español â??luego de la quiebra de las empresas Petersen Energía Inversora y Petersen Energíaâ??, contrató como mediadores ante la Argentina a tres economistas: Gerardo "Gerry" Mato, Hernán Rizzolo y Tomás Gaona. Mato es un viejo conocido de la city porteña. Con pasado en el banco HSBC, como chairman de Global Banking & Markets, reside desde hace años Estados Unidos, en Greenwich, Connecticut, a menos de una hora en tren desde Manhattan. En septiembre de 2023 cobró notoriedad al organizar un encuentro entre asesores económicos de Milei e inversores locales.El evento tuvo lugar apenas días después de que el entonces candidato sorprendiera con su triunfo en las PASO presidenciales de agosto. En representación de La Libertad Avanza viajaron a Nueva York Darío Epstein, director de la firma financiera Research for Traders, y Juan Nápoli, presidente del banco VALO y excandidato a senador por la provincia de Buenos Aires.Meses más tarde, Burford retomó el vínculo con Mato para tender puentes con el nuevo Gobierno. El objetivo del fondo es resolver el conflicto judicial, que ya lleva una década, y alcanzar un acuerdo de pago con la Argentina, que podría incluir una quita sobre el monto de la indemnización y pagos mediante bonos.Burford pagó 15,1 millones de euros al fisco español (equivalentes a unos 19 millones de euros actuales), además del 30% de la eventual indemnización que surja de la sentencia, a cambio del derecho a litigar. Las empresas Petersen habían quebrado en España, país donde fueron constituidas.El Estado argentino, representado por el buffet Sullivan & Cromwell LLP, apeló el fallo de primera instancia ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York y, luego de presentar todos los escritos, se está a la espera de que designen un panel de tres miembros y se resuelva la fecha de una audiencia para tratar el caso.Las empresas Petersen, propiedad de la familia Eskenazi, quien dice que es totalmente ajeno a la demanda, habían comprado las acciones de YPF a Repsol el 21 de febrero de 2008, durante la presidencia de Cristina Kirchner. Primero pagaron US$1100 millones por el 14,9% del paquete accionario y luego US$2200 millones por el 10,1% restante, de acuerdo con los valores de mercado de entonces. Para financiar la operación, tomaron créditos de un consorcio de bancos europeos, que iban a ser devueltos con las utilidades generadas por los dividendos. Sin embargo, cuando la Argentina asumió el control de YPF, suspendió el pago de dividendos, lo que precipitó la quiebra de las compañías.Por su parte, el fondo Eton había adquirido el 3,04% de las acciones de YPF en noviembre de 2010 por US$458 millones. En mayo de 2014, el entonces ministro Axel Kicillof acordó con Repsol el pago de una indemnización de US$5000 millones por el 51% de las acciones que la empresa española poseía al momento de la expropiación.
La decisión permite que los gravámenes permanezcan en vigor al menos durante los próximos dos meses, hasta que se escuchen los argumentos orales programados para el 31 de julio
El alto tribunal colombiano concluyó que los elementos distintivos de una marca de bebidas alcohólicas hacen imposible cualquier confusión con el producto de agua embotellada de la multinacional estadounidense
Un despacho de Málaga intenta embargar un avión de Norwegian Air Shuttle tras ganar un litigio por la cancelación de un vuelo en pandemia y la negativa a reembolsar el importe correspondiente
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el cierre de la causa que el exdiputado Aníbal Fernández inició contra Elisa Carrió por asociarlo a la "mafia del narcotráfico" en distintas manifestaciones públicas que la líder de la Coalición Cívica hizo hace más de 15 años, cuando los dos eran diputados. La Sala C del tribunal declaró "desierto" el recurso de apelación de la defensa de Fernández y confirmó así la sentencia de primera instancia que favoreció a Carrió. En ambos fallos se argumentó que los dichos de Carrió se enmarcaron en un debate público de sumo interés para la ciudadanía, además de que, al ser diputada nacional, Carrió estaba blindada por fueros parlamentarios. "El actor ha basado su apelación en argumentos genéricos y dogmáticos que no indica cuáles son, en concreto, los aspectos incorrectos del fallo", afirmó en su voto el juez Juan Manuel Conservet, al que adhirieron sus colegas Pablo Tripoli y Omar Luis Díaz Solimine. "Esta Sala ha sostenido reiteradamente que para que exista expresión de agravios no bastan manifestaciones imprecisas, genéricas, razonamientos totalizadores, remisiones, ni, por supuesto, planteamiento de cuestiones ajenas. Se exige legalmente que se indiquen, se patenticen, analicen parte por parte las consideraciones de la sentencia apelada", agregó. En su demanda, que se extendió también al entonces diputado de la Coalición Cívica, Juan Carlos Morán, Fernández sostuvo que fue objeto de "imputaciones falsas, injuriantes y difamatorias", relacionadas con el narcotráfico y el financiamiento ilegal de las campañas políticas.Algunas de las afirmaciones de Carrió, realizadas cuando ambos eran diputados nacionales, entre 2007 y 2011, asociaban a Fernández "con las mafias del narcotráfico" o aludían a "grupos mafiosos ligados al narcotráfico solventan los gastos de los partidos políticos en la provincia de Buenos Aires". La titular del juzgado civil 79, la jueza Pilar Rebaudi Basavilbaso, le dio la razón a Carrió al sostener que la interpretación de la inmunidad parlamentaria que rige sobre los legisladores tiene fundamentos históricos y es absoluta. "El derecho protegido como inmunidad de los miembros del Congreso, y que consiste en no ser acusado, interrogado o molestado por las opiniones o discursos que se emitan en el desempeño del mandato, es considerado como atributo inseparable de la función representativa política", afirmó en septiembre del año pasado. "[Son] garantías que a su vez cuentan con respaldo constitucional para que los miembros del poder legislativo puedan expresarse libremente", sumó, además de señalar que la inmunidad de opinión "es la más importante de todas las que corresponden a un miembro del Congreso".La Cámara respaldó el criterio de la jueza y puso en relieve el valor público del debate en el que se inscribían los dichos de la entonces diputada. "Las afirmaciones en medios de comunicación, por las que el accionante se considera agraviado, tuvieron un claro interés general en tanto refirieron a resonantes investigaciones penales ("doble crimen de Unicenter", "Triple crimen de General Rodríguez", así como la denuncia de obstaculización de tales investigaciones que culminó con el pedido de jury político al por aquel entonces Fiscal General de San Isidro)".Para reforzar este punto, los jueces resaltaron el testimonio de Diego Grau, el fiscal a cargo de la investigación del doble crimen en Unicenter, quien "dio cuenta de la falta de apoyo de sus superiores y, además, que el Fiscal Departamental adjunto le transmitió que el Fiscal General estaba preocupado porque en los medios de comunicación se estaban haciendo algunas relaciones entre los hechos investigados y los aportes para la campaña presidencial".
El Tribunal Constitucional admite el recurso de amparo presentado por varias organizaciones contra la inacción climática, lo que podría relacionar el cambio climático con los derechos fundamentales en España
El Tribunal Constitucional revisará el recurso de amparo interpuesto por Ecologistas en Acción, Greenpeace y otros, en relación con el compromiso de España frente al cambio climático
A días de asumir en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el magistrado ya tiene un pedido de apartamiento, por su posición confesional. Fue presentado en la causa "Fiore Viñuales y otros vs. Estado Nacional" en la que algunos salteños plantean la inconstitucionalidad de la Ley 27.610, que reglamenta el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo.
La decisión fue anunciada en las horas de la mañana del 23 de enero de 2025. La prórroga iría hasta el 4 de febrero