La justicia reconoce que la ansiedad puede originarse en el puesto de trabajo, lo que amplía la protección legal de los empleados y obliga a las empresas a asumir responsabilidad por su salud mental
La ex Miss Asturias acusó públicamente al ex asesor de José Luis Ábalos de "acoso laboral y sexual" que incluía el envío de "mensajes obscenos"
El repunte económico no logra traducirse en empleo formal, en un escenario marcado por alta informalidad y baja productividad
La reducción laboral no garantiza una semana de cinco días, pese a demandas de trabajadores
La Universidad del Sur de Buenos Aires (USBA) mantiene abierta la inscripción para estudiar Comunicación en 2026, con inicio en marzo. La institución, creada por el Grupo Perfil, propone una formación que integra teoría, práctica y experiencia profesional real. Leer más
Ayelén Kalenok, licenciada en Relaciones Laborales, analizó cómo la tecnología está transformando el acceso al primer empleo y profundizando las dificultades de los jóvenes. Leer más
Hace poco más de un mes, la Ley de Modernización Laboral se publicó en el Boletín Oficial, y de esa manera sus medidas quedaron efectivas. Aunque su eje central es el laboral, el artículo 192 incorpora dos reformas impositivas relacionadas con el mercado inmobiliario: la exención del Impuesto a las Ganancias tanto para quien tiene una propiedad en alquiler con destino casa habitación (vivienda) como para las personas humanas que venden un inmueble. El efecto de estas reformas es a partir del 1 de enero de 2026. "Entonces, el beneficio es retroactivo", afirma el tributarista Sebastián Domínguez, titular del estudio SDC Asesores Tributarios.Construyen un proyecto de más de US$100 millones: es más grande que Puerto Madero y revolucionará una zona de Buenos Aires View this post on Instagram Aunque las medidas producen que el Gobierno pierda recaudación, Domínguez explica que esa perdida "es baja y no mueve demasiado". Sin embargo, con la exención aspiran poder "aliviar la carga tributaria para los ciudadanos" y eliminar gravámenes considerados de "baja eficiencia recaudatoria y alto costo de administración", siguiendo la política oficialista de reducción de impuestos.En esta línea, el profesional hace una aclaración que vale la pena destacar: las exenciones pueden ser derogadas. Si el Gobierno actual logra la reelección se supone que seguirán por el mismo camino, sin embargo si hay un cambio político estas medidas pueden verse afectadas. "Es importante tener esto presente, aunque actualmente el beneficio está, en el futuro puede cambiar", resume.Cuáles son las reformas que benefician al mercado inmobiliarioEn la compraventaPara el caso de la compraventa de inmuebles, anteriormente, una persona humana, no habitualista -que no es broker inmobiliario-, que adquiría una propiedad desde el 1 de enero de 2018 y la vendía, si tenía un resultado positivo por esa venta, debía tributar el impuesto Cedular del 15%, explica Domínguez. Actualmente, si se realizan ventas de manera ocasional estarán exentas del tributo.En cambio, para las personas humanas que compran y venden inmuebles y su actividad es la inmobiliaria, en vez de tener el impuesto cedular, tienen que tributar Ganancias con una alícuota del 5% al 35%. En este caso, no se modifican los impuestos que deben pagar ya que son habitualistas. Lo mismo ocurre con el caso de las sociedades, donde la compraventa estaba gravada y continúa de esa forma.Para el alquilerEn lo que respecta a los alquileres que se cobran de inmuebles con destino casa habitación, antes tributaban Ganancias. Con la nueva ley gozan de la exención del impuesto retroactiva, con efecto al 1 de enero de 2026, para personas humanas. Esto también aplica para personas jurídicas por los ejercicios fiscales iniciados a partir de esa misma fecha.A diferencia de lo que ocurre con la compraventa, no importa si la persona es habitualista o no: "La exención en el alquiler rige para todos, ya sea el que tiene 15 inmuebles y los alquila con destino vivienda como para el que alquila uno solo con ese destino", agrega Domínguez. Es decir, que no se establece condición de sujeto -personas humanas, sucesiones indivisas y también personas jurídicas- ni de cantidad de propiedades. Una pregunta que surge al conocer estas medidas es si los inquilinos se benefician con esta situación. En este contexto, Domínguez explica tres escenarios:Si se produce más oferta de inmuebles con destino casa habitación se puede producir una baja en el precio de los alquileres. Si la oferta no se ve modificada, difícilmente la baja de impuestos se traslade al valor del alquiler. En este caso el beneficio será solo del dueño, que podrá gozar de una mayor rentabilidad.Si hay muchas inversiones y aumentan los precios de los inmuebles -producto de una mayor demanda- como el alquiler es una rentabilidad de la inversión, puede ser que los alquileres suban y se mantengan, de esta manera los inquilinos no verán los precios de los alquileres más bajos.Cuánto cuesta una casa contenedor en abril 2026Esta medida se diferencia de la ley 27.737 -promulgada a fines de octubre de 2023- que eximió la cuota impositiva del monotributo para aquellos que tenían hasta una sola actividad de alquiler de inmuebles y hasta dos propiedades. Esa ley, además, dicta que para tener los beneficios impositivos, el alquiler debe ser la única actividad declarada en el Monotributo.¿Qué efectos tiene en el mercado inmobiliario?Las repercusiones de las medidas recientes son favorables. Entre ellas, se encuentra un aumento significativo de la ganancia neta para los propietarios que alquilan su vivienda. Esta premisa es sostenida por el informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal, que investiga el aumento de la rentabilidad del alquiler de una propiedad en caso de que se apruebe la exención del impuesto. En números, explican que una persona que tributa una alícuota del 35% tendría un aumento de rentabilidad del 60% y uno que tributa una del 13%, del 17%.La variación de la alícuota se explica por la escala: no es un porcentaje fijo, sino que existe una alícuota progresiva desde el 5% hasta el 35% aplicada sobre la ganancia neta y de acuerdo al monto.Aunque los que tienen inmuebles alquilados ya gozan de la exención, a un mes de la promulgación de la ley, el tributarista no observa, de forma generalizada, un movimiento de personas que busquen comprar inmuebles por el beneficio. Sino que los inversores agregan otras variables a la ecuación, como la situación económica y los movimientos del mercado inmobiliario. "Para el que quiere invertir en ladrillo, este momento se presenta como una buena oportunidad para comprar. Los precios no han subido y se puede utilizar el beneficio de la exención", resume el especialista, y concluye que si el Gobierno es reelecto, y a la Argentina le va bien, los precios de las propiedades deberían ir al alza. De esta manera, cuando la persona decida vender, tendrá el beneficio por la plusvalía.
La decisión impone a las empresas en Colombia la responsabilidad de organizar jornadas laborales reducidas con estándares de seguridad social y condiciones de bienestar
Un informe de la Universidad FASTA revela las opciones preferidas por los estudiantes y las áreas en las que se insertan dentro del mercado
La convocatoria está dirigida a personas con secundaria completa e incluye cargos operativos vinculados a seguridad ciudadana, con plazo de postulación hasta el 22 de abril de 2026
La inspección fue realizada por el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, que acudió a las instalaciones de la compañía mediática el 26 de marzo de 2026
Chloe Fineman, estrella de Saturday Night Live, se enfrenta a una oleada de críticas por una controvertida "anécdota" laboral que contó durante una entrevista grupal publicada por Vanity Fair. El video publicado el 31 de marzo, titulado "El elenco de 'SNL' pone a prueba lo bien que se conocen", comienza con Fineman preguntando a sus compañeros Mikey Day, Sarah Sherman, Ashley Padilla, Jane Wickline y James Austin Johnson si saben de qué trabajo la despidieron y en cuál la volvieron a contratar cuando tenía 16 años.Vanity Fair took this down because an SNL cast member admits to sexually assaulting a child. ð??¬ pic.twitter.com/m2LYrzQxH8— David Santa Carla ð?¦? (@TheOnlyDSC) April 6, 2026Los comediantes lanzaron varias conjeturas, entre ellas que había hecho un comentario racista y que la habían despedido de un restaurante o de un trabajo en un negocio de ropa por ese motivo. Fineman, de 37 años, finalmente reveló que "la despidieron de su trabajo como coordinadora de campamento". Cuando Day, de 46 años, le preguntó si la atraparon "coqueteando con los acampantes", ella aclaró: "No. Le bajé los pantalones a un niño"."Me levantaba la remera todo el tiempo", explicó Fineman. "Eran otros tiempos. Me decía: '¿Me das un abrazo?'. Y entonces yo iba a abrazarlo y él me levantaba la remera, como un imbécil. Entonces un día yo le dije: 'Te la voy a devolver'", continuó."Una tarde estábamos en una excursión y le grité: 'Mirá Ollie, ahí hay un halcón'. Él miró y yo fui y le bajé los pantalones de un tirón. Después de eso me despidieron", admitió la comediante. Según Variety, Vanity Fair eliminó varios fragmentos del relato de Fineman, entre ellos aquel en el que ella decía que el niño tenía 6 años. La mujer también le contó a sus compañeros, durante el juego, que al acampante "se le había visto el pene" porque no llevaba ropa interior, a lo que Padilla respondió: "Querida, ¿no te pusieron en una lista negra por eso?"."No llevaba calzoncillos, y justo cuando le bajé los pantalones pasó un autobús escolar enorme", dijo también Fineman en el video sin editar. También se eliminaron del video original las imágenes en las que los miembros del elenco de SNL se quedaban sorprendidos por la historia y se tapaban la cara.En los comentarios de YouTube, los espectadores criticaron a Fineman por su relato. "Me pareció bastante perturbador que Chloe utilizara su voz graciosa mientras describía cómo le había visto los genitales a un niño", escribió un usuario. "No entiendo por qué, en el contexto actual, Chloe pensó que sería una historia divertida que compartir, ni por qué Vanity Fair la emitió", comentó otro seguidor.Hasta el momento, la comediante no emitió ningún comentario al respecto y sus representantes eligieron no hablar con los medios. View this post on Instagram Fineman es una actriz, escritora y comediante estadounidense conocida principalmente por formar parte del elenco de Saturday Night Live (SNL), al que se incorporó en 2019. Famosa por sus imitaciones de famosos -entre ellos Meryl Streep, Drew Barrymore, Britney Spears y Timothée Chalamet-, es una experta en voces y en la interpretación de personajes. También fue parte de proyectos como Babylon, Mi Villano Favorito 4 y Megalopolis. Esta no es la primera controversia que enfrenta la estrella. Hace unos meses fue criticada por llamar a Elon Musk "El señor del saludo Nazi". Después de las críticas que recibió por esto, se volcó a sus redes sociales para hacer un descargo. "¿Se acuerdan de cuando me metí en un lío por llamar la atención del señor del saludo nazi? Sí, no me arrepiento", escribió en Instagram. La publicación hacía referencia a las acciones de Musk, que hizo un gesto que suscitó comparaciones con un saludo fascista.
En diálogo con Infobae al Regreso, el economista advirtió que la cantidad de puestos de trabajo se mantiene estable desde 2010, pero aumentó la informalidad y cayó la calidad laboral. Analizó los desafíos de la transición productiva y la reconversión sectorial
El inicio de la Ley 2452 de 2025 introduce cambios estructurales en el sistema procesal del trabajo, asegura el uso de tecnología y establece garantías reforzadas que benefician tanto a quienes demandan como a los empleadores en el país
La medida cautelar dejó sin efecto una parte central de la normativa y abrió interrogantes sobre su aplicación. Especialistas advierten sobre un escenario de incertidumbre jurídica mientras se resuelve el fondo de la cuestión. Leer más
El presidente colombiano aseguró que el aumento del salario mínimo en Colombia no afectó el empleo en los primeros meses de 2026 en Colombia
La empresa de Sam Altman sostiene que la inteligencia artificial permitirá a los empleadores aumentar aportes para jubilación y salud
El fallo considera que la suspensión general podía perjudicar a trabajadores de algunas provincias. La discusión de fondo sobre la constitucionalidad se definirá en la sentencia definitiva. Leer más
El Colegio Médico de Honduras emplaza al gobierno para una negociación urgente, exigiendo soluciones definitivas ante los despidos arbitrarios y la falta de pagos que afectan a miles de médicos en el sistema público
La visita de la viceministra Sandra Muñoz identificó problemas en condiciones físicas y señaló la urgencia de impulsar la estabilidad contractual y la prevención del acoso en todos los niveles
La compañía planteó medidas para mitigar el impacto en el empleo y garantizar que los beneficios de la inteligencia artificial se distribuyan en toda la sociedad. Leer más
La paralización de la aplicación de artículos que implican una desmejora y una regresión en los derechos laborales, no solo beneficia a los trabajadores. Leer más
El juez Raúl Horacio Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N°63, que había suspendido la vigencia de 82 artículos de la ley de reforma laboral a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), restableció la obligación de aplicar un 3% más el índice de inflación para ajustar las deudas derivadas de los juicios laborales. El juez dio marcha atrás con su propia decisión y restableció la vigencia del artículo 55 de la ley de modernización laboral que aprobó el Congreso el 30 de marzo. El argumento del magistrado es que este índice del 3% más el IPC es más conveniente que el que rige en algunas provincias."Un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medid adoptada en forma cautelar y reiterar que el análisis de fondo se difiere para el momento de la sentencia definitiva", señaló.Ojeda explicó que un estudio de campo realizado en la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo de la República Argentina concluyó que la medida que el tomó perjudica a los trabajadores. En particular en las provincias, donde la doctrina legal establece sistemas de actualización de deuda con impacto menor que el establecido en la nueva ley. Según ese estudio, es el caso de las provincias de Buenos Aires, Chubut, Chaco, San Luis, Córdoba (en juicios anteriores a 2024), Jujuy, La Pampa, Neuquén, Rio Negro, Mendoza y Tucumán (en juicios más antiguos). El lunes pasado, Ojeda dictó una medida cautelar innovativa en la que hizo lugar a un pedido de la central obrera para suspender 82 artículos de la ley 27.802. De inmediato, el Ministerio de Capital Humano anunció que apelaría la decisión. Tras la decisión de este lunes de Ojeda, aún quedan 81 artículos en suspenso. Son el núcleo de la reforma que impulsó el gobierno de Javier Milei.El fallo frenó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga por sectores de actividad, el cálculo de las indemnizaciones sin contemplar los aguinaldos y otros pagos, la creación del banco de horas, la fragmentación de las vacaciones, el pago en cuotas de las indemnizaciones, el traspaso de la Justicia nacional laboral a la ciudad de Buenos Aires y la derogación de la Ley de Teletrabajo, entre otros puntos. Ojeda es juez laboral desde 2012. Previamente fue empleado judicial y también fue asesor en asuntos legislativos del exministro de Trabajo Carlos Tomada durante el kirchnerismo.El magistrado hizo lugar a la cautelar promovida por la CGT, representada por su triunvirato de mando: Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Raúl JerónimoSegún la demanda sindical, la reforma establecía "modificaciones peyorativas y permanentes" que vulneraban de forma ostensible derechos de raigambre constitucional como la protección contra el despido, el principio de progresividad y la libertad sindical.El juez reconoció la legitimación de la CGT para actuar en representación colectiva de toda la clase obrera argentina y afirmó que la intervención de un Poder Judicial independiente es indispensable en la República. "La presunción de legitimidad de la actividad de los poderes públicos sustenta la existencia misma del Estado Constitucional de Derecho, siempre y cuando se respete la Constitución Nacional, porque de lo contrario sería un título vacío", dice la la resolución, a la que accedió LA NACION. COMUNICADO OFICIAL@JMilei pic.twitter.com/j1IscuZxJJ— Sandra Pettovello (@SPettovelloOK) March 30, 2026Para justificar la urgencia de la cautelar, el fallo advirtió sobre el "peligro en la demora", al afirmar que ejecutar normativas como el de los Fondos de Asistencia Laboral o la deshomologación de convenios colectivos "podría generar daños irreparables si, llegado el momento de la sentencia final, la ley fuera declarada inconstitucional".El juez advirtió que no suspender la ley de forma inmediata podría generar una grave inseguridad jurídica antes de que se dicte una sentencia definitiva. Entre los artículos que quedan suspendidos están el que se refiere a los trabajadores de plataformas, que los excluía del ámbito de protección de la ley, catalogándolos como "independientes".También se suspende el artículo que eliminaba el principio de interpretación legal a favor del trabajador y los que permitían excluir del cálculo de despidos pagos no mensuales como el aguinaldo e implementaban el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). El juez determinó que este sistema "no evitaría y ni repararía los despidos injustificados" y que su financiación podría quitar recursos de la Seguridad Social.El fallo también suspende la norma que ampliaba los servicios mínimos ante huelgas e incluía una nueva categoría de "actividades de importancia trascendental", incluso cuando prohibía medidas de fuerza en servicios de seguridad.El juez entendió que debía suspender el artículo que derogaba la ley de teletrabajo y los que limitaban la responsabilidad solidaria de las empresas que utilizan mano de obra tercerizada y eliminaban las presunciones de fraude laboral.Otros artículos alcanzados por el fallo son los que limitan el cálculo de la antigüedad en el empleo y eliminan la presunción de que existe una relación laboral por el simple hecho de prestar servicios.Quedó suspendido asimismo el artículo que quitaba la obligación de dar preaviso durante el período de prueba y los que modifican los convenios colectivos, dando la prioridad a convenios de menor ámbito (como los de la empresa por sobre los de actividad) y permitiendo negociar cláusulas a la baja.También están afectados los artículos que imponen límites para realizar asambleas, reducen el crédito horario para delegados, limitan la tutela sindical y los que habilitan sanciones contra conductas gremiales e incluso prevén el quite de personería para sindicatos.1. ¿Cómo viene la reforma laboral en la justicia? No pasó ni un mes de la promulgación en el Boletín Oficial y ya hay material para un tratado. Esperable por cierto. Va un punteo de las principales discusiones que se dieron hasta ahora (noticia en desarrollo)— Luis Campos (@luiscampos76) March 30, 2026El juez suspendió asimismo las normas que permitían el fraccionamiento obligatorio de las vacaciones y habilitaban la creación de un "banco de horas" por acuerdo individual y cambiar las condiciones de trabajo.También quedó sin efecto -al menos por ahora- la quita de competencia a la Justicia Nacional del Trabajo y el hecho de derivar los nuevos juicios laborales al fuero Contencioso Administrativo cuando el Estado sea parte.Con esta decisión, la reforma laboral quedó suspendida hasta que se dirima definitivamente la inconstitucionalidad de la norma, como lo solicitó la CGT.
La última resolución del magistrado modifica la suspensión del artículo 55 tras advertir que la medida anterior podría perjudicar a algunos trabajadores de distintas jurisdicciones en vez de protegerlos de manera uniforme
"Puede ser un componente de incertidumbre muy alta que lleve a detener cualquier inversión", indicó el presidente de la Cámara de la Industria Aceitera y del Centro de Exportadores de Cereales. Leer más
Diversos expertos advierten que prácticas como mensajes extensos, falta de claridad y respuestas tardías generan tensiones en la oficina, pero pueden revertirse con estrategias simples que promueven la colaboración y el respeto profesional
La institución habilita procesos simultáneos para estudiantes próximos a realizar prácticas y para expertos en áreas administrativas y culturales
El anuncio se realizó en Dallas, durante una actividad en la sede del sindicato Teamsters Local 745.
El texto legislativo contempla medidas integrales como la extensión de la protección contra despidos y la exoneración de impuestos en productos básicos de crianza, motivadas por la baja natalidad reportada en el país
Un nuevo estudio revela cómo las emociones de quienes dirigen influyen en la motivación y el sentido de pertenencia de los equipos
Promover una cultura de descanso beneficia tanto a las empresas como a los empleados
El marco normativo laboral ha promovido un entorno de conflictos legales y desincentivos para la contratación, profundizando la falta de estabilidad y cobertura para millones de empleados fuera del circuito formal
La reciente decisión judicial que suspendió la aplicación de más de 80 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral revela una tensión estructural entre el impulso reformista del legislador y los límites constitucionales.
A falta de poco más de dos meses para el inicio del Mundial 2026, en Texas ya se preparan con varias medidas para recibir a los visitantes e intentar mantener el ritmo de vida normal. Con ese propósito, el Consejo del Área de Houston-Galveston (H-GAC, por sus siglas en inglés) recomendó a los ciudadanos que ajusten las horas de trabajo en los días con mayores retrasos en los viajes. Esto debe hacerse siempre que sea posible, debido a la afluencia de turistas que impactará en el tránsito.La recomendación que se podría aplicar en Houston por casi un mesEl Mundial que se celebrará entre junio y julio llevará una gran afluencia de turistas a Estados Unidos, México y Canadá. Las diferentes ciudades que recibirán a los fanáticos ya avanzan con distintas medidas para afrontar este arribo, y el H-GAC no es la excepción. El jueves, lanzó un sitio web oficial con distintas recomendaciones para viajeros y ciudadanos del estado.La página alienta a las personas a informarse sobre cuándo aumentará el tráfico y otorga una guía para planificar su recorrido con anticipación para evitar retrasos. Uno de los consejos que brinda a los conductores es que modifiquen sus horarios laborales en los días con mayores retrasos en los desplazamientos.No obstante, no todas las personas podrán cumplir esta recomendación, ya que muchas están sujetas a horarios establecidos por sus empresas. El documento contiene una lista de recomendaciones para quienes trabajan de manera remota:Informar claramente a los supervisores qué días se trabaja desde casa. Coordinar con el supervisor entregas y reuniones. Mantener al equipo actualizado sobre el progreso con el uso de herramientas digitales (ej., plataformas de comunicación y gestión). Estar disponible durante el horario laboral y responder mensajes. Definir con el hogar cuándo no ser interrumpido.Ajustar horarios con el supervisor si hay responsabilidades familiares.Además, el H-GAC insta a las personas a que consulten sus calendarios, prevean suficiente tiempo para el trayecto y consideren el transporte público o compartir automóvil para evitar embotellamientos."Al dar la bienvenida a aficionados de todo el mundo, queremos que nuestros residentes y empresas estén preparados", declaró Ron Papsdorf, director de transporte de H-GAC, en un comunicado, citado por Houston Chronicle. La herramienta en Houston para turistas y ciudadanos durante el Mundial 2026Entre el 14 de junio y el 19 de julio, la ciudad de Houston espera recibir a más de 500 mil visitantes. Se estima que a partir de esta llegada se producirá un aumento considerable del tráfico en las principales vías.Para mitigar los problemas que puedan surgir en el tránsito, el sitio web Commuter Game Plan de H-GAC permite observar un calendario, mapas, información sobre el transporte público, consejos para ajustar los horarios y una guía para planificar los días de mayor afluencia.Al ingresar, muestra en la primera página cuáles son las jornadas en las que se espera que haya mayor cantidad de personas en las calles.Houston se prepara para el Mundial 2026 con nuevos campos de fútbolQué partidos del Mundial 2026 se jugarán en HoustonEn total, Texas será sede de 16 partidos de la próxima Copa del Mundo de fútbol. El NRG Stadium albergará siete enfrentamientos, según la página de la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA), de los cuales cinco son de la fase de grupos, uno de dieciseisavos de final y otro de octavos de final, en las siguientes fechas:Domingo 14 de junio de 2026: Alemania vs. Curazao (Fase de Grupos, Grupo E)Miércoles 17 de junio de 2026: Portugal vs. RD Congo (Fase de Grupos, Grupo K)Sábado 20 de junio de 2026: Países Bajos vs. F3 (Fase de Grupos, Grupo F)Martes 23 de junio de 2026: Portugal vs. Uzbekistán (Fase de Grupos, Grupo K)Viernes 26 de junio de 2026: Cabo Verde vs. Arabia Saudita (Fase de Grupos, Grupo H)Lunes 29 de junio de 2026: Partido 76 (Dieciseisavos de final: 2E vs. 2I)Sábado 4 de julio de 2026: Partido 90 (Octavos de final)También en el Estado de la Estrella Solitaria, el Dallas Stadium será el escenario de nueve juegos, divididos de la siguiente manera:Cinco partidos de la fase de gruposDos partidos de dieciseisavos de finalUna eliminatoria de octavos de finalLa primera semifinal
La IA ya impacta múltiples industrias, pero aún depende de la supervisión humana para garantizar resultados precisos
El Ministerio de Justicia explicó cómo identificar el acoso laboral y cuál es la ruta que deben seguir las víctimas para denunciar estos casos
Tras los fallos de la justicia laboral, en la Casa Rosada se discute de qué forma pueden darle validez a la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La apelación que viene, el fuero judicial en el que confían y la apuesta al per saltum
El freno impuesto por la Justicia sobre 83 artículos de la nueva ley del trabajo posterga la entrada en vigencia del FAL, generando incertidumbre sobre la gestión de indemnizaciones. Diferencia con el régimen de AFJP
La participación de las mujeres en el mercado laboral se ve afectada por el rol de cuidados
Pese al fallo que suspendió la aplicación de la Ley 27.802, los dirigentes prevén debates en sus distintos espacios para redefinir sus pasos en medio de algunos signos de crisis socioeconómica y laboral. Los acuerdos inéditos de algunos gremios
El sector agroindustrial salió a cuestionar con dureza el fallo judicial que suspendió la aplicación de más de 80 artículos de la Ley de Modernización Laboral, al advertir sobre el impacto que podría tener en la seguridad jurídica, la inversión y el empleo en la Argentina. El rechazo del sector agroindustrial se da en un momento en el que la agenda productiva busca señales de estabilidad para consolidar inversiones y ampliar mercados.La resolución, dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, dispuso frenar la vigencia de 83 artículos de la norma recientemente sancionada, lo que generó una rápida reacción de entidades representativas del campo y la agroindustria.Inflación: la carne vacuna se desacelera tras el fuerte salto de febrero y podría aliviar el IPC de marzoEn la Sociedad Rural Argentina (SRA) remarcaron la importancia de la ley en el actual contexto económico y productivo. "Se trata de defender empleo y previsibilidad para todo el país, incluido el campo: reglas claras, inversión y trabajo digno para el mundo rural", señalaron.Frente al fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, donde se resolvió suspender la aplicación de 83 artículos de la Ley de Modernización Laboral, desde la Sociedad Rural Argentina resaltamos la mencionada Ley, ya que se trata de defender empleo yâ?¦— Sociedad Rural Argentina (@SociedadRural) March 31, 2026En ese sentido, la entidad puso el foco en la necesidad de contar con un marco estable para el desarrollo de la actividad. "La seguridad jurídica no es lujo: es la base para plantar, cosechar y contratar", afirmó.Empresario agropecuario: construyó un imperio de la nada y hoy maneja 30.000 hectáreasAdemás, advirtieron sobre las consecuencias que puede tener la incertidumbre normativa en el sector. "Sin reglas estables, el campo pierde competitividad y empleo", indicaron en la entidad que preside Nicolás Pino.La SRA también hizo referencia al ámbito institucional en el que deben darse los debates. "Debatir es legítimo, pero las mejoras deben hacerse en el Congreso y a través de la revisión constitucional, para defender la Ley de Modernización Laboral y evitar paralizarla", expresaron en la red social X.En la misma línea, el Consejo Agroindustrial Argentino (CAA) manifestó su preocupación por la decisión judicial y su posible impacto en el clima de negocios. En un comunicado, la entidad consideró que la medida genera efectos que van más allá del alcance puntual de los artículos suspendidos. "Más allá del pleno respeto por la división de poderes, es importante resaltar que el dictado de una medida judicial de estas características atenta contra la estabilidad jurídica y el funcionamiento económico del país", sostuvo.El CAA remarcó que la norma fue el resultado de un proceso institucional amplio. "Luego de un amplio debate legislativo y de ser aprobada por ambas Cámaras", recordó.En ese sentido, subrayó que la suspensión de una parte significativa de la ley no debe analizarse de manera aislada. "No debe ser observada como un hecho particular, ni estrictamente en relación a su alcance, sino como una medida que genera interrogantes sobre la credibilidad e institucionalidad de la Argentina", advirtió.La entidad también destacó el contexto en el que se sancionó la norma. "Nuestro país ha iniciado un proceso de cambio y como resultado de ello, el Poder Legislativo ha sancionado la referida norma con amplia mayoría de los votos, respetando los procedimientos formales y en pleno cumplimiento de las garantías constitucionales", afirmó.Para el CAA, la incertidumbre que introduce la medida judicial podría tener consecuencias directas en el desarrollo productivo. "La falta de claridad y previsibilidad del marco normativo y la afectación a la estabilidad institucional incide negativamente de manera directa el desarrollo de la Argentina y de los sectores productivos", indicó.En esa línea, puso especial énfasis en la necesidad de sostener la vigencia de la ley. "Es por ello que el CAA considera de suma relevancia la vigencia de la Ley de Modernización Laboral en su plenitud para el desarrollo productivo federal y exportador", sostuvo.Asimismo, vinculó el tema con el funcionamiento institucional. "El respeto por las instituciones y la división de poderes es clave para impulsar el crecimiento nacional", señaló.El comunicado también reafirmó la posición de la entidad en materia de políticas públicas. "Seguiremos promoviendo la adopción de leyes que fomenten la inversión, innovación y desarrollo federal con visión exportadora", indicó.En ese sentido, tanto la SRA como el CAA coincidieron en advertir que la incertidumbre puede traducirse en menor dinamismo económico y pérdida de competitividad. Mientras tanto, el fallo abre un nuevo capítulo en la discusión sobre la reforma laboral y su implementación, con impacto no solo en el mercado de trabajo, sino también en el clima de inversión.
El especialista indicó que el estrés crónico afecta el estado de ánimo, las relaciones personales y genera alteraciones fisiológicas
El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) reordena el esquema de indemnizaciones al convertir aportes patronales en ahorro productivo, con impacto en costos, liquidez y financiamiento.
La iniciativa prevé que se facilite aprendizaje para mujeres en todos los niveles académicos
Se trata del Sindicato del Petróleo y Gas Privado del Chubut, encabezado por el secretario general Jorge "Loma" Ávila", legislador por Provincias Unidas, quien el mes pasado fue parte de la delegación que acompañó a Ignacio Torres al Argentina Week en Nueva York
El ambiente de presión ha desatado reclamos sindicales y episodios críticos de salud sin cambios visibles en la dirección señalada
El monto ideal para el retiro en el país marca un récord histórico este año y preocupa a millones de familias
En su intervención, cuestionó la falta de aplicación de normas que favorecen a las pequeñas empresas y denunció irregularidades en licitaciones del Estado
El juzgado nacional del Trabajo N°74 aceptó una cautelar presentada por la Unión Docentes Argentinos (UDA) que suspende la esencialidad de la educación aprobada con la reforma laboral. El juez José Ignacio Ramonet resolvió integrar esta causa dentro del proceso colectivo liderado por la Confederación General del Trabajo (CGT) porque los artículos que la UDA cuestiona -la calificación de la educación como "servicio esencial" y la cobertura del 75% en medidas de fuerza- se encuentran dentro de aquellos cuya vigencia fue suspendida en la causa que impulsa la central obrera. A su vez, el magistrado resolvió que la acción promovida por la UDA continúe su trámite dentro del proceso colectivo radicado ante el juzgado nacional del Trabajo N°63, donde esta semana el magistrado Raúl Horacio Ojeda hizo lugar al pedido de la CGT para suspender 82 artículos de la normativa. Ahora, debe resolver el fondo del caso, aunque el Gobierno informó que apelará la decisión. Así lo informó, a través de un comunicado, el Ministerio de Capital Humano en el que rechaza los "intereses corporativos y sectoriales de los que pretenden obstaculizar las reformas". Hasta entonces, los 82 artículos en litigio, que conforman el núcleo de la reforma libertaria, quedan en suspenso. La medida que suspende la declaración de esencialidad alcanza a todos los docentes del país. "De este modo, y hasta tanto exista una decisión definitiva sobre el fondo de la cuestión, continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva", remarcaron desde la UDA. "Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones", consideró Sergio Romero, secretario general de la UDA.A su vez, desde el sindicato destacaron la "importancia institucional" de la decisión judicial al considerar que "preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales y evita que se consoliden restricciones que podrían afectar el núcleo esencial de los derechos colectivos de los trabajadores de la educación".
El tribunal hizo lugar a una medida cautelar presentada por gremios del magisterio contra el Poder Ejecutivo, lo que paralizó de forma inmediata las modificaciones en el régimen de estabilidad laboral. Leer más
El aprendizaje constante y la integración de competencias digitales son esenciales para que profesionales y empresas se adapten a la revolución tecnológica
Luego de que la Justicia suspendiera la aplicación de 82 artículos de la nueva ley laboral, la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal) manifestó su preocupación y llamó a resguardar la vigencia de la reforma.A través de un comunicado difundido en su cuenta de X, la entidad advirtió sobre el impacto de la medida cautelar que afecta a la Ley 27.802 de Modernización Laboral, aprobada por el Congreso con amplias mayorías y orientada a actualizar el marco normativo del trabajo en la Argentina.Fallo histórico: ordenan a un municipio devolver plata a los productores por el cobro de una tasaDesde la industria de alimentos y bebidas señalaron que resulta fundamental contar con "reglas claras, previsibles y estables que promuevan el empleo formal, la inversión y el desarrollo productivo". En esa línea, consideraron que la vigencia de iniciativas destinadas a "modernizar el sistema laboral, reducir la litigiosidad y mejorar la competitividad es clave para consolidar relaciones laborales más sostenibles".Asimismo, desde Copal reafirmaron la importancia del "respeto a las instituciones y al proceso democrático de formación de las leyes", y expresaron su disposición a continuar trabajando en la construcción de consensos de largo plazo.La reacción empresaria se da en un contexto de creciente tensión judicial en torno a la reforma laboral. Días atrás, un juez del fuero laboral hizo lugar a una medida cautelar presentada por la CGT y resolvió suspender de manera provisoria la aplicación de 82 artículos de la norma, al considerar que podrían generarse perjuicios de difícil reparación si se implementaban antes de un pronunciamiento definitivo sobre su constitucionalidad.El fallo, que tiene alcance general, se dictó tras un planteo de la central obrera que cuestionó distintos aspectos de la reforma impulsada por el Gobierno. La decisión judicial no implica una declaración de inconstitucionalidad, pero frena temporalmente la aplicación de los artículos objetados hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
La especialista Elisabet Piacentini advierte que la suspensión judicial de 82 artículos genera inseguridad jurídica y frena la contratación. Leer más
La salud mental ya es la segunda causa de baja laboral en España
El juzgado laboral N° 74 suspendió la declaración de esencialidad para la educación, que limitaba el ejercicio del derecho de huelga, prevista en la Ley N.º 27.802. El planteo lo hizo la Unión Docentes Argentinos (UDA), que lidera Sergio Romero
Se trata del magistrado Raúl Horacio Ojeda, quien dictó la medida contra 82 artículos de la ley impulsada por el Gobierno. La suspensión provisoria surgió a raíz de la denuncia presentada por la CGT.
El juez que frenó la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral del Gobierno, Raúl Horacio Ojeda, se refirió este miércoles a su pasado como asesor del exministro de Trabajo del kirchnerismo Carlos Tomada y justificó su fallo. "Es para evitar daños", marcó. "Es una medida cautelar, por lo que es provisoria. Tiene una característica y es que puede ser revocada o revisada. Es para evitar daños hasta tanto se dicte la sentencia definitiva. [Las cautelares] No se pueden dictar en cualquier situación. Se toman con mucha precaución", indicó Ojeda.En diálogo con Radio Rivadavia, el magistrado sostuvo que la reforma laboral de la administración de Javier Milei afectará "millones de contratos de trabajo, a miles de sindicatos y cientos de convenios colectivos", por lo que frenó la aplicación de los artículos por esta "situación extraordinaria". "No hemos tenido leyes que crean situaciones extraordinarias como esta. Esta ley es inédita, es muy extensa y abarca a muchos individuos, sindicatos y convenios colectivos", agregó.Al ser consultado sobre una posible parcialidad por haber sido asesor de Tomada, el juez expresó: "Son mis antecedentes laborales, como los académicos. Es todo lo que me llevó a ser juez. Si no, no podés fallar en ninguna causa. No tendría que excusarme. La relación con mis jefes en su momento se terminó". Y sumó: "Me ha tocado invalidar resoluciones de Tomada. No me condiciona en lo más mínimo. Tengo un criterio independiente para cumplir con mi trabajo".Noticia en desarrollo
Un nuevo esquema legal busca dotar de mayor previsibilidad a las relaciones de trabajo y reducir los conflictos judiciales, en un contexto donde las pequeñas y medianas empresas enfrentan desafíos para incorporar personal registrado
Herramientas como ChatGPT y Copilot aceleran tareas, pero obligan a supervisar automatizaciones fuera de horario, fragmentando el descanso
Los agentes del mercado alertan que la medida de la Justicia es una "traba política" y confían en la apelación del Gobierno. Los pasos que marcan que faltan en la Comisión Nacional de Valores (CNV) y cómo sigue Economía
La entidad fabril cuestionó la decisión del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 de frenar 83 artículos de la Ley N.º 27.802 y reclamó previsibilidad para el sector privado
La cautelar a favor de la CGT frena cambios clave sobre despidos, huelga, convenios, teletrabajo y relaciones laborales. Por ese motivo, La Unión Industrial Argentina (UIA) manifestó su preocupación y cuestionó la decisión judicial.
El sociólogo Roberto Corne advirtió que la nueva legislación laboral profundiza el deterioro alimentario y las condiciones de trabajo en Argentina. Leer más
Una empleada reclamó indemnizaciones y multas tras 17 años de contratos renovados cada seis meses en el organismo dependiente de Naciones Unidas. Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz rechazaron el escudo de inmunidad que invocó el IIPE y confirmaron la competencia de los tribunales del trabajo
Comportamientos sistemáticos y de forma repetitiva, además de aislamiento, humillación y maltratos hacia un trabajador son algunas de las claves para considerar que se puede estar siendo víctima de caso potencial
El avance de la IA impulsa cambios en la economía y la sociedad, según Dario Amodei, fundador de Anthropic, quien advierte sobre el impacto transversal de la automatización y la urgencia de una regulación efectiva
La controversia se centró en la autoría legislativa sobre la reducción del horario laboral. Según Uribe, la iniciativa de bajar la jornada tuvo origen en el partido Centro Democrático, y no en el gobierno actual
Texas vive un "boom" en el sector de la construcción, lo que ha generado una demanda de albañiles y un aumento de los salarios. Conoce dónde se paga mejor y qué experiencia necesitas para ganar más de $70,000 anuales.
El aumento del coste laboral en la Unión Europea durante 2025 ha sido generalizado: la media comunitaria ha subido un 4,1% respecto al año anterior â??de 33,5 euros por hora en 2024 a 34,9 este añoâ??
Funcionarios no solo acompañan al candidato de Venceremos, sino que continúan ganando su sueldo íntegro pese a la ausencia del encarcelado congresista, sentenciado a 15 años por afiliación al terrorismo
Procesan y embargan a Claudio Tapia y Pablo Toviggino por evasión de impuestos en la AFA. Fueron embargados por 350 millones de pesos cada uno. El juez Diego Amarante los procesó por una figura agravada que prevé penas no excarcelables y de hasta 50 años; además, mantuvo la prohibición de salida del país para los dos.Autorizan un nuevo aumento en las cuotas de los colegios privados bonaerenses. El gobierno de Axel Kicillof difundió las nuevas bandas arancelarias para los establecimientos educativos que reciben aportes estatales. Se trata de un aumento de 6,5% en promedio, que impactará en las cuotas desde abril.El Gobierno va a apelar la decisión judicial que suspendió 82 artículos de la reforma laboral. Lo informó el Ministerio de Capital Humano. A través de un comunicado, el Gobierno anticipó que va a agotar todas las instancias judiciales para garantizar la vigencia plena de la ley, al considerar que expresa la voluntad legislativa y constituye un mandato de gestión. Habló el abogado de la familia del adolescente que mató a un compañero de 13 años en Santa Fe. El defensor de la familia del menor de 15 años aseguró que estaba bajo tratamiento psicológico y detalló que atravesaba un contexto familiar y emocional complejo. El letrado también mencionó que tiene antecedentes de intentos de suicidio y autolesiones, y que era víctima de bullying, pero que no presentaba conductas violentas previas.Franco Colapinto está más cerca de Buenos Aires. Todo indica que finalmente el piloto hará una exhibición con un auto de Fórmula 1 en Argentina. Será el domingo 26 de abril, una semana antes del Gran Premio de Miami, en un recorrido de 900 metros sobre la Av. del Libertador y tribunas con cerca de 10.000 entradas a la venta. La última vez que un F1 estuvo en Buenos Aires fue en 2012.Qué es "Lo que hay que saber" y dónde lo podés escucharLo que hay que saber es un resumen de noticias que hace Brenda Brecher, y que se publica de lunes a viernes en dos ediciones, por la mañana y por la tarde; también tiene una edición de fin de semana. Lo encontrás en LA NACION y en Spotify, iTunes o YouTube, entre otras plataformas de audio. También está integrado en el Asistente de Google y en el de Amazon, Alexa, y es parte de la oferta de podcasts de LA NACION.
Un informe de Randstad Research muestra una evolución positiva desde 2014, pero destaca que aún existen barreras para una parte importante de este colectivo
El laboralista Julián De Diego analizó en Infobae al Regreso la cautelar que frenó la aplicación de 83 artículos de la reforma laboral. Señaló que la decisión judicial se dictó sin casos concretos y anticipó una inminente apelación del Gobierno
La paralización temporal de la nueva legislación por parte de la Justicia cuestiona el proceso democrático de sanción de leyes y plantea desafíos tanto a la legitimidad institucional como a la certeza de las reglas para empleadores y trabajadores
El juez Raúl Horacio Ojeda, que este lunes suspendió con un fallo 82 artículos de la reforma laboral que aprobó el Congreso hace poco más de un mes, es un exasesor del exministro de Trabajo Carlos Tomada, que tiene también un perfil universitario como docente y autor de textos sobre temática laboral. Entre 2004 y 2012, Ojeda fue asesor de Tomada en asuntos legislativos. Tomada fue el único ministro de Trabajo que tuvo el kirchnerismo. Ejerció ese cargo en la totalidad de los mandatos de Néstor y Cristina Kirchner, entre 2003 y 2015. En 2020, Ojeda fue recusado por Hugo Moyano en una causa en la que Tomada le reclamaba al gremio de los camioneros el pago de una multa de $ 4.000.000 por no acatar la conciliación obligatoria durante un conflicto gremial en el transporte de combustibles.Ojeda se graduó en abogacía y procuración en la Universidad de Buenos Aires (UBA), en el año 1991. Cursó estudios de posgrado en las universidades españolas de Salamanca y Toledo. En su currículum, cuenta como experiencias docentes la de ser profesor adjunto regular en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la UBA.El juez laboral es autor de textos especializados en derecho del trabajo, como autor y coordinador. Entre esos títulos, están Ley de Contrato de Trabajo Comentada y Concordada (que consta de tres tomos); Jurisprudencia Laboral Nacional y de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (cuatro tomos), o Tutela Sindical. Estabilidad del representante gremial.Titular del juzgado del Trabajo N°63, Ojeda llegó a ese cargo en reemplazo de la jueza María Alejandra D'Agnillo. La magistrada renunció el año pasado y su última decisión de relevancia fue en septiembre de 2024, cuando falló en contra del sindicato de camioneros, que buscaba impugnar un acuerdo entre Mercado Libre y el gremio de Carga y Descarga, con el que mantiene una pelea por el encuadre gremial de los trabajadores. En 2012, luego de ser asesor de Tomada, a Ojeda lo habían designado al frente del juzgado Nº72.El magistrado que le dio el primer golpe fuerte a la reforma laboral del gobierno de Javier Milei tiene también actividad como conferencista en universidades. El 3 de junio de 2022, ante un auditorio de la Universidad Nacional del Nordeste, calificó de "nefasta" a ley de riesgos del trabajo, aunque rescató que permitió a los abogados laboralistas "mirar un poco más la Constitución". "Por ahí, nos pasamos de mambo y empezamos a pensar que todo lo que no nos gustaba era inconstitucional. Ya vamos a llegar al punto de equilibrio para ver que no hace falta plantear la inconstitucionalidad en todos los casos sino, a veces, la inaplicabilidad de ciertas normas por el sistema del artículo 9 de ley de contrato del trabajo de norma más favorable", dijo el juez en esa charla universitaria.Casa Rosada. Milei recibió al embajador de Estados Unidos tras el fallo a favor de la Argentina por YPFEn otro pasaje de la conferencia, en la que pasó por una diversidad de temas laborales, defendió el derecho a huelga. "El derecho a huelga sale del Pidesc (por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado en 1966), que es una norma universal de derechos humanos. El Pidesc también tiene la norma del derecho al tiempo libre", sostuvo.Ojeda es también fundador del Grupo de Estudio de Derecho Social. Es vocal de ese think tank que tiene, como uno de sus lemas, "Confiamos en la ciencia jurídica como un medio para la realización de la justicia social".El fallo de Ojeda que paralizó parte de la reforma laboral (hasta que se expida sobre el fondo de la cuestión, es decir, los pedidos de inconstitucionalidad de los 82 artículos que planteó la CGT) fue celebrado por la central obrera. En un comunicado, la CGT opinó que la sentencia es "una medida cautelar que respalda la organización sindical"."Celebramos esta decisión judicial como un paso fundamental en la defensa de los derechos del movimiento obrero organizado y ratificamos nuestro compromiso de continuar la lucha en todos los ámbitos institucionales", se concluyó en el comunicado con el que la CGT festejó el fallo de Ojeda.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 ordenó la suspensión provisoria de 83 artículos de la ley de Modernización Laboral, haciendo lugar a un pedido de la central obrera
La medida cautelar fue impulsada por la CGT y deja sin efecto artículos de la Ley 27.802 hasta que haya una sentencia definitiva. El fallo también alcanza cambios en la negociación colectiva, el derecho de huelga y las facultades del empleador. Leer más
La presentación fue presentada por la CGT en la justicia laboral nacional; la Procuración preparara la apelación. Leer más
Lo informó el Ministerio de Capital Humano, luego del fallo que se conoció este lunes, que puso en suspenso parte de la nueva legislación laboral sancionada por el Congreso
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El juez laboral Raúl Horacio Ojeda ordenó que se detenga la aplicación de 83 artículos de la norma aprobada por el Congreso el mes pasado.
La Confederación General del Trabajo (CGT) logró hoy un triunfo en la Justicia en su intento de frenar la ley de "modernización laboral" que impulsó la gestión de Javier Milei. El juez Raúl Horacio Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N° 63, dictó hoy una medida cautelar innovativa en la que hace lugar a un pedido de la central obrera para suspender 82 artículos de la normativa de la ley 27.802. Ahora el juez debe resolver en el fondo del caso, aunque el Gobierno puede apelar esta decisión. Hasta entonces, los 82 artículos en litigio quedan en suspenso. Ojeda es juez laboral desde 2012. Previamente fue empleado judicial y también fue jefe de asesores del exministro de Trabajo Carlos Tomada durante el kirchnerismo.El fallo frena el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga y la derogación de la Ley de Teletrabajo.El magistrado hizo lugar a la cautelar promovida por la CGT, representada por su triunvirato de mando: Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Raúl JerónimoSegún la demanda sindical, la reforma establecía "modificaciones peyorativas y permanentes" que vulneraban de forma ostensible derechos de raigambre constitucional como la protección contra el despido, el principio de progresividad y la libertad sindical.El juez reconoció la legitimación de la CGT para actuar en representación colectiva de toda la clase obrera argentina y afirmó que la intervención de un Poder Judicial independiente es indispensable en la República. "La presunción de legitimidad de la actividad de los poderes públicos sustenta la existencia misma del Estado Constitucional de Derecho, siempre y cuando se respete la Constitución Nacional, porque de lo contrario sería un título vacío", dice la la resolución, a la que accedió LA NACION. Para justificar la urgencia de la cautelar, el fallo advirtió sobre el "peligro en la demora", al afirmar que que ejecutar normativas como el de los Fondos de Asistencia Laboral o la deshomologación de Convenios Colectivos "podría generar daños irreparables si, llegado el momento de la sentencia final, la ley fuera declarada inconstitucional".El juez advirtió que no suspender la ley de forma inmediata podría causar daños irreparables y generar una grave inseguridad jurídica antes de que se dicte una sentencia definitiva. Entre los artículos que quedan suspendiso están el que se refiere a los trabajadores de plataformas, que los excluía del ámbito de protección de la ley, catalogándolos como "independientes".También se suspende el artículo que eliminaba el principio de interpretación legal a favor del trabajador y lso que permitían excluir del cálculo de despidos pagos no mensuales como el aguinaldo e implementaban el cuestionado Fondo de Asistencia Laboral. El juez determinó que este sistema "no evitaría y ni repararía los despidos injustificados" y que su financiación podría quitar recursos de la Seguridad Social.El fallo tambipen suspende la norma que ampliaba los servicios mínimos ante huelgas e incluía una nueva categoría de "actividades de importancia trascendental", incluso cuando prohibiía medidas de fuerza en servicios de seguridad.El juez entendió que debía susender el artículo que derogba la ley de teletrabajo y los que limitaban la responsabilidad solidaria de las empresas que utilizan mano de obra tercerizada y eliminaban las presunciones de fraude laboral.Con esta decisión, la reforma laboral queda suspendida hasta que se dirima definitivamente la inconstitucionalidad de la norma, como lo solicitó la CGT.El expediente se inscribirá en el Registro Público de Procesos Colectivos y el juez correrá un nuevo traslado al Estado nacional para decidir sobre el fondo del caso.Mientras tanto, el Gobierno puede recurrir la medida cautelar a la Cámara Laboral para intentar revertir la suspensión de la norma.Estos artículos alcanzados por el fallo son son los que limitan el cálculo de la antigüedad en el empleo y eliminan la presunción de que existe una relación laboral por el simple hecho de prestar servicios.Quedó suspendido asimismo el artículo que quitaba la obligación de dar preaviso durante el período de prueba y los que modifican los convenios colectivos, dando la prioridad a convenios de menor ámbito (como los de la empresa por sobre los de actividad) y permitiendo negociar cláusulas a la baja.También están afectados por el fallo los artículos que imponen límites para realizar asambleas, reducen el crédito horario para delegados, limitan la tutela sindical y los que habilitan sanciones contra conductas gremiales e incluso prevén el quite de personería para sindicatos.
El fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 frenó la reducción del ámbito de la Ley de Contrato de Trabajo, los cambios vinculados con la huelga y la representatividad sindical, así como la derogación de la ley de teletrabajo, entre otros puntos
La retribución flexible permite a los empleados reducir legalmente el pago de impuestos al destinar parte de su salario a productos y servicios exentos de IRPF, una alternativa poco aprovechada que puede suponer un ahorro considerable
No llevar a cabo un simple trámite administrativo puede afectar directamente al cálculo futuro de la pensión de jubilación
La ley de modernización laboral ha introducido reformas muy importantes. Una de ellas vino a poner coto a un cuestionamiento que las cámaras nacionales de la Capital Federal realizaban a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.Antes de esta norma, la ley establecía que las sentencias de las Cámaras Nacionales de Apelación de la Capital Federal podían ser apeladas ante la Corte Suprema si se daba alguno de los supuestos de la ley 48 o si las resoluciones apeladas eran arbitrarias. La nueva ley modificó radicalmente esta situación. Una breve explicación facilitará la comprensión de un problema técnico que puede resultar complicado para quienes no son abogados.A fines de 2024, en el caso "Ferrari vs. Levinas", la Corte, con la disidencia de Carlos Rosenkrantz, dictó una sentencia trascendente que alteró ese esquema recursivo. En efecto, en el caso mencionado la sentencia objetada provenía de la Cámara Civil y el máximo tribunal, por mayoría, sostuvo que el recurso extraordinario para acceder a sus estrados no debía provenir de la Cámara Civil sino del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Obviamente, fruto del carácter ejemplar de esa decisión, ese resultado se reiteró luego en centenas de sentencias subsiguientes provenientes de todos los fueros de la Capital Federal. El principio se aplicaba a todas las cámaras de apelación capitalinas. Entonces, como consecuencia de esta reforma, quien obtuviera una sentencia desfavorable de una Cámara Nacional debía acudir ante el Superior Tribunal de Justicia. Y si este tribunal fallaba en contra de alguna de las partes, recién entonces la perjudicada podría recurrir a la Corte Suprema, cuando se reunieran los requisitos pertinentes.Es de esperar que ahora los tribunales nacionales dejen de lado su oposición recalcitrante y se apeguen a lo dispuesto en la nueva normaEsto generó un alzamiento de ribetes escandalosos de las cámaras nacionales, que en sendas resoluciones objetaron airadamente la decisión de la Corte Suprema y la resistieron monolíticamente, declarando que el recurso ante el Superior Tribunal de Justicia porteño era inadmisible. Y así actuaron luego en todos los casos en los que alguna de las partes, siguiendo los lineamientos trazados por la Corte, apelaba ante el Superior Tribunal de Justicia: declaraban que esas apelaciones eran inadmisibles. La reacción de las Cámaras se adoptó con total indiferencia respecto del perjuicio directo que generaban a todos los litigantes, quienes debían recorrer un camino tortuoso y más oneroso para obtener una sentencia definitiva, al tiempo que generaban un estado de inseguridad jurídica y de demoras inocultables.Una de las reformas establecidas en la ley de modernización laboral vino a poner fin a esta rebeldía judicial. Ahora la ley dispone expresamente que las sentencias que pronuncien las cámaras nacionales de todos los fueros de la Capital Federal son apelables, si se reúnen los recaudos legales, ante el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad. A ello añadió que si lo que una parte desea es acudir a la Corte, previamente debe obtener sentencia del superior tribunal porteño.Así, el Congreso ha solucionado una de las razones fundamentales que los jueces nacionales alzaban en contra de las sentencias de la Corte Suprema que seguían la línea del caso "Ferrari vs. Levinas": que la resolución de Corte no podía hacerse a través de una o una sucesión de sentencias. Tal modificación debía hacerse por ley. Pues bien, ya se ha dictado la ley y esta ratificó lo decidido por la Corte. Obviamente, se deberán realizar otros ajustes normativos, propios de cada fuero, pero un tema ya se ha solucionado. Urge, desde luego, que los pendientes también sean solucionados a la brevedad.Si bien ya existen acciones judiciales en contra de esta disposición legislativa, es de esperar que ahora los tribunales nacionales dejen de lado su oposición recalcitrante, se apeguen a lo dispuesto en la nueva norma y resuelvan de conformidad a ella. No hacerlo los colocaría irremediablemente al margen de la ley.
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El último informe del Indec muestra un aumento de la informalidad y cambios en la composición ocupacional, por capacitación, parentesco y categoría. Empresas y Estado facilitan la capacitación y ajustan las políticas para adaptarse al nuevo escenario
La mayoría reconoce sus beneficios, aunque mantiene preocupaciones sobre dependencia y empleo.
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La medida judicial suspende dos artículos que atacan la vigencia de los convenios colectivos y los aportes sindicales. Los fallos anteriores fueron contra los límites a las indemnizaciones.
La Justicia federal dictó este viernes una medida cautelar para suspender la aplicación de dos artículos de la reforma laboral aprobada a finales de febrero. La determinación se tomó tras un pedido de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), que exigió que se garanticen ciertos convenios colectivos que protegen las condiciones laborales, y tendrá seis meses de vigencia.El fallo frena los artículos 131 y 133 de la reforma y, de esa manera, ordena al Estado nacional abstenerse de aplicar las modificaciones que limitaban la ultraactividad de los convenios y establecían nuevos topes a los aportes sindicales. Asimismo, continuarán todas las cláusulas convencionales y las empresas deberán mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias acordadas para las organizaciones gremiales.Desde el sindicato de Comercio, en tanto, celebraron la medida y la definieron como "clave para evitar un escenario de desfinanciamiento que pondría en riesgo la estructura operativa de los sindicatos y la prestación de servicios esenciales". "Al frenar estos artículos, se asegura el sostenimiento de los beneficios sociales, las capacitaciones y la cobertura de salud que los trabajadores mercantiles reciben a través de sus delegaciones y de la obra social OSECAC", marcó.Armando Cavalieri, secretario general de Faecys, calificó el fallo como un "acto de justicia" que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y la autonomía del sindicato para negociar. "No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos. Defender el financiamiento de nuestra institución es defender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de diálogo para proteger el salario en todo el país", indicó.La medida se dio en el marco de una semana con buenas noticias para el sindicato de Comercio: este jueves se acordó un aumento del 5% en tres meses en la paritaria y un bono de 120 mil pesos. Será distribuido de forma escalonada en un 2% en abril, un 1,5% en mayo y un 1,5% en junio.El gremio informó a través de un comunicado que el convenio logrado "mantiene la dinámica de monitoreo constante sobre la situación económica para garantizar que el poder adquisitivo no quede rezagado" frente a la inflación en el primer semestre del año. El acuerdo se dio tras una negociación con la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca)."Acompañamos la realidad actual de las empresas y los pequeños comercios para preservar las fuentes de trabajo, sin dejar de proteger el ingreso de nuestra familia mercantil. Nos brinda la previsibilidad necesaria para transitar estos meses con certidumbre jurídica", sostuvo Cavalieri en esa ocasión.
Son los artículos 131 y 133, sobre la vigencia de los convenios colectivos.Su implementación queda en suspenso para los trabajadores del sector de comercio.