La contrademanda presentada por el actor y director de "Romper el círculo" quedó archivada
La Municipalidad de Lima señaló que respetará la inversión privada "justa y honesta", pero anunció nuevas acciones legales contra la empresa por afectar el derecho al libre tránsito
El informe del médico forense recoge que más del 33% de su cuerpo sufrió graves quemaduras
La controversia surgió tras la decisión judicial que ordenó modificar escenas y materiales de la película basada en la toma del Palacio de Justicia
La liberación de la fiscal Elizabeth Peralta abriría una posibilidad para que el expresentador recupere su libertad. La defensa considera que los riesgos procesales fueron descartados y que ambos podrían resultar absueltos
Poder Judicial ordena suspensión del cobro en Villa y Punta Negra ante controversia por el derecho al libre tránsito
El hecho ocurrió en Mar del Plata durante una cesárea programada. La mujer denunció que la intervención anticonceptiva se le realizó de manera unilateral. Se destacó la inexistencia de un consentimiento informado por escrito para esta práctica
En un fallo crucial por su contenido y trascendencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de confirmar una obviedad: las garantías constitucionales rigen para todos los ciudadanos. Específicamente, señala, deben ser respetadas respecto de militares, policías y civiles detenidos en los juicios por delitos considerados de lesa humanidad ocurridos en la década del 70 en nuestro país. El fallo correspondió a la causa seguida contra Carlos Ernesto Castilllo un civil integrante de la Concentración Nacional Universitaria (CNU), detenido en 2013. Con 73 años de edad y enfermo, permanece en prisión preventiva desde hace más de 11 años, siendo que el plazo máximo legal permitido para esta situación, es de dos años, pudiéndose extenderse excepcionalmente a tres.Como tantos otros presos por esta clase de delitos, ha sido víctima de sucesivas prórrogas basadas en argumentos parciales e ideologizados. En el fallo se recuerda que la Corte ha sostenido desde 1869, que la restricción a la libertad de una persona durante el proceso es una excepción, y que no tiene otra finalidad que la de asegurar la realización del juicio.La Corte declara que las restricciones a la libertad antes de la sentencia definitiva deben ser de interpretación y aplicación restrictiva para todos los procesados sin excepciones. Expresa que los tratados humanitarios incorporados a la Constitución han ratificado estos principios señalando que toda persona tiene "â?¦derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable" y que la prisión preventiva tiene una naturaleza cautelar para salvaguardar los fines del proceso para evitar el peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación. Así, la prisión preventiva y sus prórrogas deben fundarse en cada caso concreto en datos objetivos que expliquen la presunción de fuga o entorpecimiento de la investigación, no bastando ya la invocación de argumentos genéricos o la consabida alegación a la "complejidad" de una causa o la obligación del Estado de investigar, juzgar y castigar para mantener injustificadamente detenida a una persona sin condena.El fallo pone así fin a una modalidad que ha viciado estos procesos desde su reapertura hace más de 20 años y que las defensas de imputados, sus familiares, organizaciones no gubernamentales y prestigiosos juristas largamente denunciaran frente a prisiones preventivas que triplicaron los tiempos registrados para los presos comunes.Mediante prácticas que no tienen precedentes en la historia judicial argentina, la mera imputación de esta clase de delitos ha llevado a la inmediata detención y denegación de la excarcelaciones o eximiciones de prisión y la negativa a brindar detención domiciliaria a mayores de 70, 80 y hasta 90 años de edad inclusive con enfermedades terminales. Más de mil procesados por esta clase de delitos han muerto ya en cautiverio, víctimas de severísimas penas sin consideración de jerarquías, edad e inexistencia de antecedentes. Las organizaciones querellantes, reivindicadoras de las agrupaciones guerrilleras que asolaron el país en aquellas épocas, instauraron como práctica perversa el juzgamiento separado de los hechos, fraccionando las causas para provocar así el multijuzgamiento de cada imputado. Tal el caso precisamente de Castillo: condenado a cadena perpetua en otra causa, sufre prisión preventiva en este proceso que lleva ya 12 años de trámite y está además imputado en otro por hechos ocurridos en 1975, durante el periodo constitucional de gobierno. Aunque ninguno de estos procesos pueda agregar un día más de cárcel que la impuesta por la cadena perpetua que ya se le ha dictado.Con procesos que no tienen nunca fin se promovió un "efecto ejemplificador", privando a los condenados de beneficios legales como salidas transitorias o libertad condicional, pues viven siempre procesados en nuevas causas que se les forman incesantemente. Víctimas de estándares diferentes, los acusados en juicios de lesa humanidad sufren una tan bochornosa como injusta discriminación. En una interminable sucesión, apuntando a las más bajas jerarquías de las Fuerzas Armadas y de seguridad se promueven miles de reclamos administrativos y se siguen pagando millonarias indemnizaciones para presuntas víctimas que cuatro o cinco décadas después se presentan a reclamar supuestos daños inexplicablemente callados durante todo ese lapso.El fallo ha puesto en evidencia toda esta discriminación practicada por numerosos tribunales federales e inexplicablemente sostenida en estos casos por el Ministerio Público Fiscal, un tan fallido como cuestionable custodio de la legalidad del proceso. Cuando estos no tienen a la fecha sentencia firme, la garantía asumida por el Estado argentino de juzgar a sus ciudadanos en un plazo razonable, o que en un plazo razonable le sean determinados sus derechos, es violada palmariamente. No extraña la disidencia del ministro de la Corte Ricardo Lorenzetti, uno de los sostenedores de esta doctrina inaugurada en la era kirchnerista después de haber atacado a los anteriores miembros del más alto tribunal del país para instalar una nueva mayoría que asegurara, entre otros fines, la reapertura de estos procesos solo contra los agentes estatales.Es de esperar que este fallo de la Corte termine con una nefasta corriente jurisprudencial que ha sido condenada por la propia Academia de Derecho. Es tiempo de que vuelva a reinar el auténtico "Nunca Más" contenido en el informe de la Conadep y no aquel deliberado y gravemente distorsionado contrato social impuesto por la administración Kirchner. Volvamos a la genuina expresión democrática y republicana de un nunca más a la violencia para dirimir nuestras disputas políticas. Nunca más a la ilegalidad basada en motivos ideológicos para resolver nuestras diferencias.
Investigaciones periodísticas y sindicales apuntan un cambio en la gestión del sistema informático del SAS como origen de los problemas, pero la Junta lo niega
El tutelante alegó la presunta vulneración de sus derechos y garantías fundamentales a la libertad de expresión, información, participación política y pluralismo informativo
Desde el máximo tribunal, instalaron que la sentencia es una exhortación a los jueces para que revisen las prisiones preventivas de los detenidos por crímenes de lesa humanidad.
El caso se originó tras la cancelación de un viaje a Tailandia en 2020, cuando las pasajeras no obtuvieron respuesta por parte de la aerolínea. La sentencia reconoció su derecho como consumidoras y fijó una compensación económica tras casi cinco años de reclamos. Leer más
La jueza 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, fue denunciada ante la Comisión Nacional de Disciplina Judicial por una presunta "evidente postura política" en el fallo de primera instancia que emitió contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez
La institución de educación superior suscribió acuerdos con la aspirante al Viceministerio de las Juventudes que habrían superado los $14.500 millones
Desde las 11 de este miércoles, en Nueva York, la Argentina jugará una de sus últimas cartas para evitar pagar US$16.100 millones. Será el capítulo "Apelación" de la trama que inició con la expropiación de YPF durante el mandato de Cristina Kirchner y continuó con un juicio y un fallo desfavorable en primera instancia al final de la gestión de Alberto Fernández. Ahora la administración de Javier Milei busca desactivarlo.Los abogados de la Procuración del Tesoro tendrán su "Día D", cuando comience la audiencia ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos. Durante 30 minutos expondrán ante los magistrados los argumentos con los que el Gobierno busca revertir el fallo en primera instancia dictado por la jueza Loretta Preska."Es el mayor litigio internacional del país", comentaron en despachos oficiales. Se trata de una disputa judicial que se desarrolla en los tribunales de Nueva York, cuyo primer capítulo dejó un resultado adverso para el país. El 16 de septiembre de 2023, Preska resolvió que la Argentina debe pagar a los demandantes por la expropiación de YPF la suma de US$16.100 millones. En junio de este año, dictaminó que el país debía pagar parte de ello con las acciones que posee sobre la petrolera. Todo fue apelado y este miércoles la disputa se acerca a zona de definición.Del otro lado de la Argentina está Burford, un buffet de abogados que adquirió los derechos de reclamos judiciales de Petersen, uno de los viejos accionistas de YPF, y es el demandante en este pleito judicial contra el país. "Actualmente, hay procedimientos de reconocimiento pendientes en el Reino Unido, Francia, Irlanda, Canadá, Australia, Luxemburgo, Brasil y Chipre; la Argentina se resiste vigorosamente a cada uno de ellos", sostuvo un comunicado de la firma.Para el consultor de Latam Advisors y especialista en litigios contra el país en el exterior, Sebastián Maril, la audiencia de este jueves es "el evento más importante en los 10 años que tiene el juicio por YPF". El abogado recordó que una apelación "no es un juicio nuevo", sino que funciona como una revisión sobre el accionar del juez del tribunal del fuero anterior, en este caso, Loretta Preska. La audiencia, que comenzará el miércoles a las 12 del mediodía, hora de Buenos Aires, tendrá una dinámica distinta. Las partes poseen 30 minutos para defender su posición: primero los abogados de la Argentina, luego los representantes de Burford, y después los de YPF. Las exposiciones pueden ser interrumpidas por preguntas de los jueces e incluso por interpelaciones de los otros actores del juicio.Se trata de la defensa oral y cara a cara, dado que los argumentos de la Argentina ya fueron presentados por escrito. Entonces, será una oportunidad para ampliarlos y para cuestionar a las otras partes. Es por ello que el subprocurador Juan Ignacio Stampalija se encuentra hace dos semanas en Nueva York, enfocado en la preparación de esta instancia.Fuentes al tanto del desarrollo del litigio indicaron a LA NACION que los abogados que representan a la Argentina practican en una especie de sala de situación, donde algunos exponen los argumentos esgrimidos por el país y otros actúan como si fueran la parte demandante e interrumpen para hacer preguntas en presuntos puntos débiles. Asimismo, también ensayan qué tipo de exposición pueden realizar los representantes de Burford y qué preguntas realizarles. La postura argentina se resume en cuatro argumentos. El primero de ellos alude a una supuesta violación de la inmunidad soberana. De acuerdo con la Procuración, "la práctica y el derecho estadounidense reconocen que la propiedad de un Estado en el extranjero está absolutamente protegida frente a embargos o ejecuciones", según un escrito presentado hace un mes ante la misma Corte de Apelaciones.El segundo fundamento hace referencia a una "interpretación errónea del derecho de Nueva York". Según la Procuración, el fallo de Preska aplica "indebidamente la norma de 'turnover', que jamás fue diseñada para obligar a un Estado soberano a transferir activos desde su propio territorio".A su vez, la defensa argentina planteó la "inaplicabilidad de la Ley de Inmunidades Soberanas" en el caso. "Las acciones de YPF no están 'en los Estados Unidos, nunca fueron utilizadas en una actividad comercial en EE.UU. ni en la actividad comercial que dio origen al reclamo'", explicó la Procuración.Y el último punto destacado en la apelación de la Argentina señala una presunta violación del derecho argentino e internacional. "La orden judicial fuerza a la Argentina a desconocer su propia legislación, que desde 2012 exige la aprobación del Congreso por mayoría especial para cualquier transferencia de esas acciones. Además, contradice el principio de cortesía internacional ("comity") y la doctrina del acto de Estado ("act-of-state doctrine"), pilares de las relaciones entre naciones", ampliaron desde la Procuración.Asimismo, fuentes oficiales señalaron que un punto adicional es el monto de la sentencia en primera instancia dictada por Preska, en caso de que sea confirmada. La cifra de US$16.100 millones es considerada excesiva y, a su vez, cuestionan que su conversión tenga que ser realizada a tipo de cambio del momento del fallo ($365,50), dado que defienden que, en esa hipotética situación, debería ser con la cotización del momento de expropiación de YPF (alrededor de $8).Entonces, se abren dos posibles escenarios después de la audiencia de apelación de este miércoles. Si bien la resolución final no se conocerá inmediatamente, los magistrados pueden hacer lugar a la petición argentina o rechazarla.En caso de ser exitoso el reclamo de la Argentina, en los despachos oficiales confían que todos los otros litigios vinculados al caso YPF también queden sin efecto. Entre ellos se encuentra el expediente que busca determinar si la petrolera es un alter ego del Estado, trámite judicial por el que se puso una fecha límite a funcionarios argentinos a entregar sus chats personales.El segundo escenario, el del rechazo a la apelación argentina, sería entendido como un mal resultado pero no como el definitivo. Fuentes al tanto del litigio aseguraron que todavía quedarían otras instancias, como el rehearing, que vendría a ser una revisión de la apelación, o hacer escalar el expediente hasta la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos.
La compañía argumentó irregularidades en el proceso judicial que ordenó restituir derechos a la actriz, luego del cierre de su perfil, y pidió suspender provisionalmente el fallo mientras se revisa su solicitud
La institución militar manifestó que ajustará sus procedimientos en la medida en que el Congreso de la República expida la regulación correspondiente sobre identidad de género
El juez Wilson Verástegui se apartó del caso que involucra a la lideresa de Fuerza Popular, tras la revelación de su cercanía con César Acuña
La AFA le dio por ganado el partido 3-0 al aurinegro que además llega al encuentro con ventaja deportiva por quedar mejor ubicado, por lo que en caso de igualdad en el global, avanzará a semifinales.Mirá los detalles.
El Tribunal de Disciplina de la AFA resolvió dar por perdido el encuentro al equipo jujeño tras las amenazas de sus dirigentes al árbitro Lucas Comesaña. Además, citó a declarar al presidente Walter Morales y al secretario Leandro Meyer.
El 19 de octubre pasado, Gimnasia y Deportivo Madryn disputaban en Jujuy el partido de ida (que ganaban los locales 1-0) por los cuartos de final del Reducido por el segundo ascenso a la Primera División. El partido se suspendió por incidentes, denunciados por Lucas Comesaña, el árbitro principal de ese encuentro, que dio por finalizado el desarrollo en el entretiempo por incidentes sufridos dentro del vestuario. Luego de la presentación de diferentes informes de ambos clubes y del árbitro Comesaña, este lunes salió el fallo del Tribunal de Disciplina de la AFA, que resolvió lo siguiente:1o) Aplicar al Club Gimnasia y Esgrima (Jujuy) una multa de 2500 v.e. Art. 12, inc. 3, apartado a) del Código Disciplinario. 2o) Tener por perdido el encuentro a favor del Club Deportivo Madryn, con el marcador reglamentario de 0-3, en los términos del artículo 15.1 del Código Disciplinario.3o) Atento la mención en el informe arbitral del señores Walter Morales y Leandro Meyer, en sus calidades de Presidente y Secretario del Club Gimnasia y Esgrima de Jujuy corresponde correr traslado por el plazo de cinco (5) días a fin de que efectúen los descargos correspondientes.Más allá de las apelaciones que puedan realizar los dirigentes de Gimnasia de Jujuy, la revancha se jugará en Madryn, aunque falta resolver el día y la hora del encuentro. Aunque, claro, el Lobo debería revertir un 0-3... Qué había sucedidoLucas Comesaña decidió suspender el partido luego de que, según dijo, recibió amenazas por parte de directivos del club local. Todo se habría generado por algunos fallos polémicos que perjudicaron a los locales pese a que se imponían por la mínima diferencia.Gimnasia ganaba el partido 1 a 0 con el gol marcado por Alejandro Quintana a los 42 minutos y luego del descanso los equipos no salían a disputar el segundo tiempo. Pasaron más de 20 minutos y no había novedades. Los hinchas se preguntaban qué sucedía... Los futbolistas aguardaban en el túnel para salir a jugar la segunda etapa, pero los árbitros no. Desde la transmisión oficial informaron que el juez Comesaña pidió reunirse con los presidentes de ambos equipos. Algunos minutos después, los jugadores salieron a la cancha, pero no había comunicación oficial y todo era incertidumbre. Miembros de la dirigencia de Gimnasia habrían increpado y amenazado al juez del partido en la zona de vestuarios. Esto motivó la suspensión definitiva del choque que ganaba Gimnasia en su estadio. Nunca se logró confirmar esta situación por cámaras de la TV o del circuito del estadio y desde la dirigencia de Gimnasia de Jujuy negaron que haya sucedido algo así.El informe del árbitroLa AFA explica que en el informe arbitral presentado por el árbitro se consigna lo siguiente: "Al ingresar al Campo de juego, mientras nos dirigíamos al medio campo para hacer el saludo protocolar con los jugadores de ambos equipos, previo al sorteo e inicio del partido, observo que un menor alcanza balones, me grita a viva voz: "hijo de puta, la concha de tu madre". Por tal motivo el cuarto árbitro informa al personal de seguridad que no podía estar dentro del campo de juego, por insultar al árbitro, dicho menor lo identificamos cómo: Veloz, Tobías Leandro (DNI: 49641987). Gimnasia "la institución invocó antecedentes vinculados con el árbitro designado â??entre ellos, lo acontecido en el partido ante Deportivo Riestra en la última fecha de 2023â?? y destacó que durante más de dos temporadas no se registraron incidentes arbitrales en el Estadio 23 de Agosto.""Finalizado el primer tiempo, nos retiramos escoltados por el personal policial y de seguridad, debajo de sus escudos, los cuales impidieron que nos impacten una gran cantidad de proyectiles que arrojaban desde la platea de la parcialidad local, (aclaro que no tiene manga inflable, de entrada y salida de los árbitros y jugadores), una vez que llegamos al túnel de chapa, escuchábamos golpes arriba del techo y asimismo las paredes, con simpatizantes arriba del techo, además de insultos y amenazas.""En el trayecto desde el túnel, al vestuario, habían varios allegados del club local, entre ellos el presidente de Gimnasia de Jujuy, luego al mirar hacia adelante en los últimos metros previos a llegar a la puerta del vestuario de árbitros, se encontraba el inspector de AFA del partido, el Sr. Licursi Gustavo y por delante de él, se encontraba el secretario de Gimnasia de Jujuy Sr. Meyer, Leandro, quien ingresa a una puerta lindera a nuestro vestuario. En ese momento ingresamos al vestuario el equipo arbitral, cerramos la puerta y en un breve instante, ingresa prepotentemente sin permiso, diciéndome de manera amenazante: "hicimos una denuncia por discriminación infantil, que la denuncia ya está en la fiscalía al cuarto árbitro", asimismo, me dice: "salgan a dirigir bien porque de acá no se van, los meto a los cuatro presos y los dejo tres días detenidos en Jujuy". Luego de esa amenaza, hago llamar al personal policial, con el fin de que se retire del vestuario.""Acto seguido, ingresa al vestuario el inspector Licursi, Gustavo, quien me informa que observo dentro del campo de juego detrás del cuarto árbitro al Sr. Morales, Walter, quien me insulto durante todo el primer tiempo, realizando ademanes de protesta y gestos, contra cada decisión arbitral y cuando hace el gol Gimnasia, grita a viva voz: "Le hicimos el gol a Madryn y a los árbitros acompañado de más insultos".
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La decisión beneficia a bisnietos, tataranietos y quienes quedaron excluidos por las últimas restricciones. Qué soluciones ofrece el Estudio de Abogados de la Familia Pozzo para descendientes en la Argentina y Uruguay
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Jefa de la institución, Carmen Velarde, esperará notificación oficial para proceder con el desembolso, aunque indicó que se tendrá en cuenta el principio de antigüedad
El recurso busca que se revise la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, que absolvió al expresidente de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal
ASTI, Italia.- En una localidad italiana, una mujer de 52 años sufrió un grave daño neurológico apenas una semana después de haber recibido la segunda dosis de la vacuna contra el Covid-19 elaborada por Pfizer-BioNTech. Así lo sentenció el Tribunal de Asti, una ciudad situada a 50 kilómetros de Turín, que estableció el vínculo causal entre la inoculación y una extraña afectación que desarrolló la víctima: mielitis transversa.Los jueces de primera instancia aceptaron una demanda que ya había sido rechazada en la etapa administrativa tanto por el Ministerio de Salud como por la Agencia Italiana de Medicamentos (AIFA). Hasta hace unos días, ambos organismos atribuían el cuadro a condiciones previas a la aplicación de la vacuna Comirnaty. Aseguraron a la prensa italiana que la historia clínica mostró que "no existían antecedentes de eventos neurológicos ni modificaciones terapéuticas relevantes". No obstante, los peritos refutaron esa hipótesis.La mielitis transversa es un trastorno neurológico provocado por la inflamación de la médula espinal. Cuando esta se ve afectada, la inflamación puede dañar la mielina, el material que recubre las fibras nerviosas y permite la correcta transmisión de los impulsos. El término mielitis hace referencia justamente a esa inflamación.Las personas diagnosticadas suelen presentar síntomas por debajo del nivel de la lesión. Entre los más comunes se encuentran debilidad en piernas y brazos, dolor, alteraciones sensoriales y disfunción vesical e intestinal. Desde el ámbito científico se reconoce que enfermedades o trastornos preexistentes pueden aumentar la vulnerabilidad a padecer este cuadro. En los estudios revisados se mencionan la esclerosis múltiple, infecciones virales o bacterianas y diversos desórdenes inmunológicos.En el caso analizado en Asti, se descartó que esos factores fueran la causa del desarrollo de la mielitis transversa y se concluyó que solo constituyeron una posible "condición favorable que, en este caso, probablemente facilitó una respuesta inmune anómala tras la vacuna", indicaron medios locales. Para los peritos, la paciente presentaba un riesgo teórico algo mayor de reaccionar de forma inusual ante distintos agentes externos. Sin embargo, las severas manifestaciones clínicas aparecidas poco después de la segunda dosis no pudieron atribuirse a una simple coincidencia. La hipertensión arterial y el tabaquismo fueron descartados como explicaciones alternativas, ya que "no representaban causas directas conocidas de mielitis o polineuropatía aguda".La resolución también cita la base de datos de la AIFA, que hasta 2022 registró 593 casos de mielitis transversa posteriores a la vacunación, de los cuales 280 correspondían a vacunas de ARN mensajero (RNAm). Los datos fueron presentados por las abogadas de la víctima."Se identificaron casos aislados â??explicó Bertoneâ?? en los que las vacunas de virus inactivado y las basadas en ARN mensajero provocaron síndromes de desmielinización aguda de la médula espinal, como esclerosis múltiple y neuromielitis óptica". El abogado añadió que, según una declaración de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), "el comité revisó la información disponible sobre casos reportados a nivel mundial y, a la luz de la literatura científica, concluyó que la relación causal entre las vacunas y la mielitis transversa fue al menos razonablemente posible".La decisión judicial podría derivar en una ola de nuevas apelaciones. "En nuestro estudio jurídico â??señaló Bertoneâ?? tratábamos varios casos similares y la ausencia de veredictos hasta ese momento respondía principalmente a los plazos técnicos". La modificación legal introducida tras la pandemia para regular las indemnizaciones por vacunaciones obligatorias entró en vigor el 27 de enero de 2022. Dado que las comisiones médicas hospitalarias solían demorar entre un año y medio y dos en emitir su dictamen, a lo que se sumaban los tiempos de apelación y, en caso de resolución desfavorable, el proceso judicial, se comprendía por qué aún no había fallos sobre el tema. Ahora se aguardaba la apelación del Ministerio y de la AIFA.Casos similares han salido a la luz en distintos países, donde se han denunciado afectaciones neurológicas como consecuencia de las inmunizaciones. Un artículo reciente publicado en la revista Science analizó los registros de Canadá con distintas marcas, mientras que The New York Times informó el año pasado que varias personas vacunadas con el producto de Johnson & Johnson perdieron sensibilidad en las extremidades y sufrieron daños neurológicos debido a cepas que, se presume, estaban contaminadas.
De acuerdo con el constitucionalista Carlos Cano, la decisión del Tribunal Constitucional representa "una sentencia inédita", sino que se tiene que evaluar
La Corte Suprema resolvió en última instancia la demanda de la vacada exmandataria. Si bien los jueces supremos le dan la razón a la institución, únicamente reducen el monto final
Ana María Vesga, titular de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral, hizo énfasis en cómo persiste la incertidumbre en sector mientras se define el rumbo normativo y operativo de la atención en Colombia
El ministro del Interior afirmó que los problemas del país radican en que los actores políticos se confabulan en contra del Estado
El fiscal Jorge Leiva presentó la casación contra la resolución de la Cámara de Acusación que lo sobreseyó por filtrar el contenido de un examen para concursar un cargo en la Defensoría Pública. También alcanza a cuatro empleadas que se habrían beneficiado de la revelación. Leer más
Son los dos apuntados por el árbitro Lucas Comesaña, que en el entretiempo decidió suspender el encuentro tras denunciar amenazas de dirigentes del 'Lobo'.¿Cómo sigue la historia?
La noticia causó alegría y también dudas: el gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial una resolución que dispone la restitución a nivel nacional de las pensiones no contributivas por discapacidad que habían sido dadas de baja como consecuencia de un proceso de auditorías dispuesto por el gobierno de Javier Milei. No solo eso, se dispone, por orden judicial de la suspensión de estos procedimientos. Hay que recordar que la suspensión de las pensiones para personas con discapacidad que no cuentan con otro tipo de ingresos es uno de los reclamos que se viene impulsando, en distintas movilizaciones, junto con la actualización de los valores del nomenclador (lo que cobran los prestadores por atender a estas personas) como así también la implementación de la dos veces aprobada Ley de Emergencia en Discapacidad.Se reclamaba que los procesos de auditoría no habían sido transparentes, que se había citado a la mayoría de los beneficiarios con cartas documento que llegaron a otros domicilios y que automáticamente se habían dado de baja esas pensiones. Además, que en otros casos, se habrían aplicado criterios arbitrarios para fundamentar que esa persona no necesitaba ese apoyo económico o que bien podía trabajar formalmente. El hecho de perder la pensión, significó para miles de personas, no solo no contar con ese ingreso mensual, de unos 300.000 pesos, sino que fundamentalmente los dejó sin la obra social Incluir Salud, que es la que cubría los tratamientos que requerían, quedando sin atención desde entonces.La resolución que publicó el Boletín Oficial surge del cumplimiento de una medida cautelar colectiva presentada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Asociación Azul, de La Plata, que nuclea a familias de personas con discapacidad.El fallo que ordenó al gobierno a restituir las pensiones a nivel nacional es consecuencia de un reclamo colectivo que se presentó en la provincia de Catamarca, cuya resolución se publicó ayer en el Boletín Oficial, donde manda a restituir las pensiones de personas afectadas por las auditorías en esa provincia. Sin embargo, a diferencia de lo que se publicó ayer, la nueva resolución indica que el alcance ahora será nacional, siempre a partir de la orden del Juzgado Federal N°2 de Catamarca. La novedad es que, en la resolución, se le asignó una partida presupuestaria, algo que no ocurrió en otras medidas que el Gobierno se negaba a aceptar. Esta vez se indicó que se utilizarán los fondos asignados para las pensiones en el presupuesto nacional. LA NACION consultó a los voceros de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) sobre el alcance de la resolución y sobre cómo se iba a implementar, sin embargo no respondieron a la consulta.El fallo"En el marco de los mencionados procesos de auditoría, se ordenaron las suspensiones de los beneficios a las personas identificadas en el Anexo I, en razón de haberse acreditado, en todos ellos, al menos, una de las causales establecidas en el artículo 9° del Capítulo VI del Anexo I del Decreto N°432/97 y sus normas modificatorias y complementarias, a los fines de resguardar la correcta aplicación de recursos públicos", cita la resolución del Boletín Oficial. Y aclara que la medida se adopta en cumplimiento del fallo del juez de Catamarca que indica: "Resuelvo hacer extensivo a todo el territorio nacional la medida cautelar dictada en fecha 12 de septiembre de 2025 y en consecuencia ordenar a la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) que, en el plazo de veinticuatro (24hs) desde el dictado de la presente, restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y/o retenidas a los titulares de las mismas, pague el importe de los haberes de pensión retenidos a la fecha, en todo el territorio nacional; y, de igual modo, hasta tanto no recaiga sentencia definitiva, se abstenga de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (dec.843/2024) y de disponer nuevas suspensiones de pensiones no contributivas por incapacidad laboral".Y agrega: "El interventor de la Andis resuelve: "Restablécele el pago de las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral, suspendidas por los actos administrativos dictados oportunamente, respecto de las personas identificadas en el Anexo I, que forma parte de la presente, en cumplimiento de la medida cautelar dictada. (â?¦) El pago de las prestaciones precedentemente ordenado, será efectuado de acuerdo al cronograma de pagos vigente establecido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). El gasto que demande la presente medida será afectado a la partida específica del presupuesto del ejercicio del correspondiente año", dice el texto que lleva la firma de Alejandro Alberto Vilches, interventor de Andis. La presentación Desde ACIJ, una de las asociaciones que impulsaron la medida cautelar a nivel nacional, Belén Arcucci, coordinadora del programa Derechos de las Personas con Discapacidad, explica cómo fue el proceso judicial. "Cuando comenzaron las auditorías, en distintas provincias se presentaron reclamos colectivos por la quita de pensiones. Así fue como en Formosa hubo un fallo favorable al reclamo colectivo y en Catamarca también. Cuando nosotros impulsamos un reclamo nacional, con el CELS y la Asociación Azul, resultó que en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema, ya estaba inscripto el de Catamarca, y el juez que intervino, de La Plata, remitió nuestra presentación a ese proceso colectivo. Es un mecanismo que tiene la Justicia para evitar que se multipliquen en distintas partes del país procesos similares, por un mismo reclamo. Entonces, se unificó nuestro reclamo y hace unos días, el juez de Catamarca se expidió y consideró que se debía hacer extensiva la medida cautelar a nivel nacional. Esa es la novedad y por eso ayer y hoy se publicaron estas dos resoluciones en el Boletín Oficial. La de hoy, tiene alcance nacional", explicó.Además de publicar la resolución, por orden judicial, el gobierno nacional apeló la medida. Esta regirá hasta que la instancia de apelación se expida. Mientras tanto, deberá volver a pagar las pensiones de las personas a las que les fueron suspendidas."No sabemos exactamente si se van a pagar en forma retroactiva los meses en que no se abonaron. Por lo pronto, según dice la resolución, se empezarán a pagar de acuerdo al calendario de Anses, desde noviembre. Habrá que ver qué ocurre con el reclamo de los meses no abonados", explica Arcucci.También genera duda la mención que hace la resolución a que los beneficiarios alcanzados serán los incluidos en el anexo 1, que no se publica, ya que son datos personales. "Creemos que, si se acató lo ordenado por el juez, deberían restituirse todas las pensiones. Uno de los puntos más cuestionados del sistema de auditorías, es que el 90% de las personas a las que les quitaron la pensión nunca recibieron la carta documento en la que se los citaba, ya que la mayoría fueron enviadas a direcciones distintas a las del lugar de residencia actual del beneficiario", dice Arcucci."Si la resolución dice esto, el Gobierno lo va a tener que acatar. No sabemos cómo será, cómo se implementará y seguramente habrá que estar encima para que se cumpla y en los plazos. No sabemos mucho más que lo que dice la resolución", apuntó Pablo Molero, director del Foro Permanente por la Discapacidad, luego de conocer la resolución.
El fallo a favor del expresidente generó varias reacciones en redes sociales, incluyendo algunos montajes y memes
La precandidata presidencial señaló que la eucaristía se llevará a cabo el domingo 26 de octubre de 2025 en el Gimnasio Moderno y podrá seguirse a través de Youtube para quienes no puedan asistir o que vivan en otras ciudades de Colombia y del mundo
La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) acató la orden del juez Guillermo Díaz Martínez y reactivó los beneficios suspendidos. El Ejecutivo apeló una segunda resolución que buscaba extender la medida a nivel nacional. Leer más
La interrupción de Amazon Web Services (AWS) provocó problemas en diversas plataformas digitales y aplicaciones a nivel mundial, afectando servicios de comunicación, entretenimiento y comercio electrónico durante varias horas el pasado lunes.
Una empresa formoseña que cría ganado bovino fue intimada por la Dirección de Rentas Provincial a inscribirse como contribuyente del impuesto a los Ingresos Brutos, pero los dueños reclamaron judicialmente. La Corte Suprema le dio la razón al querellante. Qué argumentó. Leer más
La Sala de Apelaciones de Extinción de Dominio de Lima confirmó la sentencia que ordena el traspaso de los fondos incautados al Pronabi, tras declarar infundado el recurso del prófugo exgobernador de Junín
El abogado del expresidente aclaró que la defensa se apoya en el precedente establecido por el máximo órgano constitucional respecto a los procesos por presuntos aportes irregulares en campañas políticas
El exsenador aseguró que el fallo del 21 de octubre de 2025 contra el expresidente "no borra la financiación de su campaña de 2002 con plata del narcoparamilitarismo"
El abogado Jaime Lombana se refirió a las interceptaciones de las llamadas entre Diego Cadena y el exmandatario, consideradas ilegales por el Tribunal Superior de Bogotá
La decisión judicial que exime a Álvaro Uribe de cargos penales provocó que Daniel Briceño cuestione públicamente la estrategia política de Iván Cepeda y su precandidatura presidencial
El expresidente fue absuelto de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal por decisión del Tribunal Superior de Bogotá
Líder de Podemos Perú se suma a la lista de políticos que ya anunciaron el uso de la resolución que beneficia a Fuerza Popular a fin de detener los procesos iniciados por presuntos aportes ilegales
El líder del Centro Democrático agradeció públicamente a sus abogados, a su familia y a los medios de comunicación, en una jornada que combinó su mensaje político con un gesto simbólico hacia la prensa
Con una breve declaración, en la que agradeció a su equipo de defensa, deseó pronta resolución al abogado Diego Cadena y presentó disculpas a los órganos de control, el expresidente de la República se refirió tras la decisión del Tribunal Superior de Bogotá
El tribunal recalculó la condena original que era de 33 años de prisión y eliminó el cargo de femicidio por "falta de pruebas".La familia denuncia una justicia que no protege a las mujeres. "Es muy injusto", dijo la hermana de la víctima.
La organización, de la que hace parte el ex jefe de Estado colombiano Andrés Pastrana, ponderó de forma positiva el proceder de los magistrados, que en segunda instancia dejaron sin piso la condena que había proferido la jueza Sandra Heredia
El documento, que fue firmado por el apoderado del director Hollman Morris, insiste en que limitar las alocuciones es restringir el acceso de los ciudadanos a información directa del Gobierno nacional
El ponente de la sentencia que favoreció a Keiko Fujimori y Fuerza Popular argumentó que los continuos retrasos y la falta de definición después de una década no son compatibles con el derecho
La decisión, adoptada el 14 de octubre de 2025, con ponencia del magistrado Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, determinó que no se probó la responsabilidad penal del exmandatario y que las supuestas irregularidades alegadas por la defensa no afectaron la validez del proceso
La Fiscalía de Estado llevará el caso ante el Superior Tribunal de Justicia al considerar que la medida judicial "genera desigualdad entre los empleados públicos" y no cuenta con respaldo legal ni presupuestario. Leer más
Coordinador del Equipo Especial Lava Jato cuestionó resolución del Tribunal Constitucional que anuló el caso Cócteles. "Revela el talante político que se arropa de argumentos de legalidad", expresó.
El senador y precandidato, que figura como víctima en el proceso contra el expresidente, rechazó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá; aunque acata el fallo, advirtió que no lo comparte
Pese a que aseguran que la resolución del máximo tribunal no prohíbe la difusión de los resultados globales, los presentarán como solicitan para evitar rispideces
La representante legal de la lideresa de Fuerza Popular argumenta que la investigación nunca debió pasar al ámbito penal y que la prolongación del proceso vulneró derechos básicos
El nuevo disco de Rosalía se llama Lux y se publica el 7 de noviembre. Primero se anunció este lunes en una de las icónicas pantallas de Times Square (Nueva York) y luego con carteles en una concentración en la madrileña Plaza de Callao donde estuvo presente la artista catalana, de 33 años. Esta última se convirtió en una suerte de campo de juegos, donde un coche conducido por la cantante intentaba avanzar entre un gran atasco. Al final, Rosalía tuvo que bajar del auto y correr por la Gran Vía hasta alcanzar la puerta de un hotel. La gente la seguía y la agarraba.Mientras todos los medios daban la noticia del lanzamiento del álbum haciéndose eco de la publicidad en Times Square, Rosalía comenzaba una emisión en directo en TikTok (a las 20.45) donde se veía cómo la estaban maquillando y vistiendo. Ella en el centro y un amplio equipo alrededor. En un momento dado, la cantante tomó el celular, vio la noticia del nombre y la fecha de publicación del álbum y dijo: "Estoy flipando... Pero qué es esta mierda. ¡Se han adelantado en Nueva York! Debe ser un fallo humano". Rosalía, nerviosa, se encendió un cigarro y lanzó, contrariada, su móvil a la mesa. La cantante se estaba preparando para acudir a la madrileña plaza de Callao para anunciar el nombre del disco y el día del lanzamiento. "Se suponía que antes se tenía que anunciar en Callao...", se quejó la cantante.Gracias a su directo en TikTok pudimos ver cómo maquillaban y vestían a la artista, con la música de The Strokes sonando de fondo. "Llevo tres años preparando este día y por fin ha llegado", dijo mientras montaba en el ascensor para subirse a un coche camino de Callao. "Poneos el cinturón que nos vamos de rally", anunció la artista al volante de un coche ocupado por sus asistentes. Llevaba colgado del espejo retrovisor un rosario. Para amenizar el trayecto, sonó música clásica, Camarón ("Vamos pa casa") o Guitarricadelafuente. Rosalía bajó la ventanilla en un semáforo y habló con otro conductor; unas chicas se acercaron, la reconocieron y se hicieron fotos con ella. El trayecto se empezó a complicar cuando llegaron a una atestada Gran Vía. Allí fue donde la cantante tuvo que bajar del coche y seguir corriendo hasta un hotel.Al final, mucha gente salió decepcionada de Callao porque apenas se quedó con un saludo de la artista desde el ventanal del cine Capitol: ni cantó ni habló.En la portada del disco, Rosalía luce un atuendo blanco que recuerda a la vestimenta característica de las monjas, con un velo que le cubre el cabello y escondiendo las manos dentro de su camisa. Se ha acabado un juego, pero pronto empezará otro. La cantante pone a prueba el ingenio y la paciencia de sus miles de seguidores, que escrutan las pistas que va dejando su ídolo para ir descubriendo la naturaleza de los productos que les ofrecerá, en este caso canciones. Una vez desvelado el nombre, ahora comenzarán las adivinanzas para saber el título de las canciones, el comienzo de la gira o sabe Dios de qué. En algunas páginas de fans se adelantaban algunos colaboradores de álbum: Björk, Carminho, Estrella Morente, Silvia Pérez Cruz, Yahritza, Yves Tumor... View this post on Instagram A post shared by LA ROSALIÌ?A (@rosalia.vt)Hablando de Dios, se conoce también que la artista lleva un tiempo de introspección espiritual, convirtiéndose en una especie de teóloga del pop. Recientemente publicó un video donde se la veía en lo que parecía una iglesia y una orquesta interpretando una música altamente solemne. Ella, mordía un rosario. En el nuevo trabajo, pues, se hablará mucho de Dios, ya desde el título: Lux, luz en latín.La semana pasada se dio a conocer una entrevista que realizó en verano en Ràdio noia con Mar Vallverdú, Radio Primavera Sound. En la larga charla (las dos en la cama), enteramente en catalán, la cantante no ofreció grandes informaciones sobre el nuevo trabajo, pero dejó declaraciones sobre el estado actual en el que se encuentra. "Dios es el único que puede llenar los espacios si tú tienes la predisposición, la actitud y la manera de abrirte para que eso pueda pasar", señaló. Y aseguró: "Me gusta la idea de vivir en clausura, como una monja, centrada solo en crear y encontrar la paz".Rosalía lleva trabajando desde casi tres años en la continuación de Motomami (2022). Finalizó la gira en 2023, y se puso a elucubrar el siguiente paso, que ahora sabemos que se llama Lux.
Gabriel Vallejo Chujfi, director de la colectividad, se refirió a la posibilidad de que el exmandatario, declarado inocente en segunda instancia por los delitos de fraude procesal y manipulación de testigos, sea aspirante al Senado de la República para el periodo 2026-2030
La senadora del Pacto Histórico expresó que, pese a la decisión judicial, el expresidente sigue siendo señalado, según ella, en la memoria colectiva; anunció que las víctimas buscarán la casación ante la Corte Suprema de Justicia
La decisión del Tribunal Superior de Bogotá de declarar inocente al expresidente de los delitos de fraude procesal y soborno a testigos hizo que el jefe de Estado tomara una decisión
Representantes de las víctimas, encabezados por el congresista, informaron que acudirán a la Corte Suprema para buscar la revisión del fallo emitido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá
Según la togada, el Tribunal no aplicó las excepciones legales para admitir las grabaciones como evidencia y lamentó que no fueran tenidas en cuenta para la decisión final
El presidente criticó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá sobre el caso Uribe, pero sus comentarios generaron reacciones adversas por no respetar la independencia judicial en el país
El pronunciamiento del mandatario se da luego de que el Tribunal Superior de Bogotá declarara inocente, en segunda instancia, al expresidente Uribe de los delitos de fraude procesal y soborno a testigos
Los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá absolvieron al exmandatario Álvaro Uribe de los cargos de soborno y fraude procesal por los que había sido condenado en primera instancia
El vocalista de la banda interrumpió el show por un problema técnico durante la primera canción
Así lo indicó el fiscal ante la persecución anunciada por Keiko Fujimori tras el fallo a su favor
Con esta diligencia se estima que se modifique, revoque o ratifique la sentencia condenatoria al líder del Centro Democrático
El tribunal superior anunciará si confirma, modifica o revoca la condena de 12 años de prisión domiciliaria contra el expresidente, luego de analizar apelaciones de la defensa y la Procuraduría en un caso histórico
Un japonés de 38 años logró estafar a una empresa de reparto a domicilio, mediante una estrategia sigilosa y muy sofisticada
La precandidata presidencial se pronunció sobre el fallo de la Corte Constitucional, en el que además exigió al primer mandatario transmitir una disculpa pública en una alocución
En un breve pronunciamiento, el expresidente consideró que dicho precedente del Tribunal Constitucional debe ser aplicado en su proceso. "De lo contrario, demostraría un ensañamiento", expresó
La suspendida fiscal de la Nación mencionó que el caso se encontraba judicializado, por lo que el pedido de la lideresa de Fuerza popular debió haberse declarado improcedente
Wilfredo Pedraza destacó que los hechos que se le imputan al expresidente datan de aportes a sus campañas del 2006 y 2011, cuando no cumplía ninguna función pública
La lideresa de Fuerza Popular cuestionó la labor del fiscal anticorrupción y dejó abierta la posibilidad de que su partido, así como otros implicados, presenten denuncias en su contra por lo que calificó como "persecución política"
El gremio gallístico alega que la decisión judicial vulnera derechos fundamentales y excede el alcance de la ley, afectando tradiciones y la economía de miles de familias en el país
La expresidenta del Tribunal Constitucional denunció un presunto privilegio por parte de la lideresa de Fuerza Popular. "El tribunal está interfiriendo en las labores de la justicia", mencionó
Luego de que el TC ordene la anulación de acusaciones e investigaciones contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular, el vocero del partido político, Miguel Torres, expresó su descontento con la actuación del fiscal en los 10 años de proceso judicial
Christian Salas precisó que las acusaciones por organización criminal pierden validez, así como también la del delito de lavado de activos
La ausencia de matasellos en las cartas enviadas por bpost impide demostrar que las multas fueron notificadas dentro del plazo legal de catorce días
La audiencia de lectura del fallo iniciará a las 8:00 de la mañana y definirá si la condena de 12 años por fraude procesal y soborno en actuación penal contra el expresidente se mantiene, se modifica o se revoca
El tribunal de California permitió que la mayoría de los cargos presentados por la doble de riesgo Devyn LaBella avancen hacia una nueva instancia
Según la decisión de la Justicia Electoral, la lista de Guillermo Michel y Adán Bahl podrá vincular la alianza "Fuerza Entre Ríos" con el sello que el peronismo impulsa en catorce distritos.El antecedente podría tener implicancias más amplias si se aplica en el ámbito nacional
La decisión judicial señaló que las versiones entregadas por la presunta víctima fueron inconsistentes y que no se hallaron elementos que demostraran la ocurrencia del delito
Según el escrito difundido por Peláez Abogados & Asociados, el representante Miguel Polo Polo no ha negado la existencia de las víctimas de los falsos positivos y aclara que nunca tuvo intención de ofender a los familiares
Los dos implicados recurrieron el fallo del Tribunal Militar Territorial
El alcalde de Barranquilla aseguró que reconocerá de manera voluntaria a Steven Castellanos Ramos como su hijo
SAN CARLOS DE BARILOCHE.â?? A pocos días de las elecciones legislativas, el estado de las rutas nacionales se coló en la campaña rionegrina luego de que el gobernador Alberto Weretilneck (JSRN) cruzara al presidente Javier Milei y afirmara que "el gobierno nacional sigue sin hacerse cargo" del deterioro de la ruta 151.Lo hizo tras la decisión de la Casa Rosada de apelar el fallo judicial que ordenaba a Vialidad Nacional reparar y mantener la ruta nacional 151, que presenta un avanzado estado de deterioro y resulta uno de los principales ingresos a la Patagonia. Hace una semana, el Juzgado Federal de General Roca, a cargo de Hugo Greca, hizo lugar al amparo colectivo presentado por Weretilneck, junto a intendentes y entidades empresariales, y ordenó a la Dirección Nacional de Vialidad que ejecute de manera urgente las obras de reparación y mantenimiento.La sentencia obliga al organismo nacional a presentar un plan de acción en 10 días y a iniciar los trabajos de remediación en un plazo máximo de 90 días. "En lugar de asumir su responsabilidad, que quedó acreditada en la causa judicial y cumplir con la sentencia, deciden estirar el proceso innecesariamente, mientras miles de usuarios siguen poniendo en riesgo su vida todos los días por el estado calamitoso de la ruta", afirmó el gobernador rionegrino.Y sumó: "Vuelven a desconocer los argumentos presentados y documentados. En lugar de cumplir con la sentencia y presentar un plan de reparación para la ruta 151, lo que están haciendo es patear el problema para adelante y mostrar que no les importa Río Negro". En ese sentido, la decisión de la Casa Rosada tensa la relación con esta provincia patagónica y aleja a Milei de la posibilidad de recuperar aliados para sumar gobernabilidad, tal como se lo vienen planteando el FMI y la Casa Blanca. A su vez, a nivel provincial, Weretilneck intenta con sus dichos potenciar las chances de los candidatos de JSRN para las próximas elecciones, Facundo López y Juan Pablo Muena.De acuerdo con los últimos sondeos y a pesar del impacto del escándalo de José Luis Espert y su vínculo con los viedmenses Federico "Fred" Machado y Claudio "Lechuga" Ciccarelli, la principal referente de La Libertad Avanza en Río Negro, Lorena Villaverde, aparece primera en la intención de voto para el Senado, algunos puntos por encima de la fórmula Martín Soria-Ana Marks (Fuerza Patria). De todas formas, Villaverde también salió golpeada por las esquirlas del escándalo narco y los resultados podrían atomizarse en esta provincia, que renueva sus tres senadores y dos de sus cinco bancas de diputados.Decidido a mantener su capital político, Weretilneck dijo en relación con el fallo sobre la ruta 151: "Poco le importa al centralismo porteño este reclamo conjunto con los intendentes, y parece que mucho menos le importan las vidas que todos los días se ponen en juego cuando alguien transita esa ruta".A principios de octubre, y en el marco de otra demanda iniciada por la Fiscalía de Estado rionegrina, la Justicia Federal también le dio la razón a la provincia y ordenó a Nación realizar obras urgentes de reparación en la ruta nacional 40, en el tramo comprendido entre Bariloche y El Bolsón. "Este fallo ratifica todo lo que venimos diciendo respecto del abandono de las rutas por parte del Estado Nacional. No importa de qué gestión se trate, siempre miran para el costado cuando se trata de las necesidades del interior del país", indicó Weretilneck.
"Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar", fue la frase que desató la polémica. La Cámara Penal de Esquel revocó la sentencia tras detectar que el juez utilizó de forma indebida IA generativa para un tramo central de la sentencia
Una frase extraña, ajena al tono técnico de cualquier sentencia, encendió las alarmas: "Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar". Esa línea, incrustada en el texto decisorio, reveló que un asistente de inteligencia artificial había intervenido en la redacción. El desliz fue suficiente para que la Cámara Penal de Esquel derribara todo el fallo y ordenara volver a empezar: la condena quedó anulada y habrá nuevo juicio, con otro juez.El caso estalló este miércoles, cuando la Cámara decidió anular de oficio (sin que ninguna de las partes lo solicitara) la sentencia dictada el 4 de junio por el juez penal Carlos Rogelio Richeri, que había impuesto a Raúl Amelio Payalef una pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. La decisión implica que el proceso deberá repetirse desde el debate, esta vez ante un magistrado distinto.La prueba determinante del uso de IA generativa fue la inclusión accidental de esa frase, que corresponde a un intercambio con el asistente artificial. Para los camaristas, esa "evidencia de copiar y pegar" abre una brecha demasiado amplia: ya no es posible precisar cuánto del texto decisorio es atribuible al sistema y cuánto al juez. Y esa indeterminación colisiona con un límite básico: la prohibición de delegar decisiones judiciales en sistemas automáticos, núcleo del principio de juez natural (la garantía de que la decisión emana de una autoridad humana competente, independiente y responsable).La Cámara, integrada por Carina Estefanía, Martín Zacchino y Hernán Dal Verme, fue más allá de lo meramente formal. Señaló que el error dejó al descubierto que el juez no ejerció correctamente la supervisión y el control humano exigidos cuando se recurre a herramientas de IA. La sentencia fue suscripta con una cita del asistente y, además, no se dejó constancia del uso de la IA ni de lo solicitado al programa. Esa ausencia de registro impide verificar la trazabilidad del razonamiento: sin saber qué se pidió, qué se obtuvo y cómo se integró al análisis, la decisión se aproxima a una respuesta dogmática o inmotivada (esto es, sin fundamentos controlables).En el plano institucional, los jueces ordenaron remitir las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia de Chubut (órgano que ejerce la superintendencia sobre la actividad jurisdiccional, es decir, la facultad de dirigir y controlar la organización del servicio de justicia) para que investigue el alcance de las "graves consecuencias" que tuvo en este proceso el uso incorrecto de la IA. El envío busca que el máximo tribunal provincial determine responsabilidades y medidas frente a lo ocurrido, en resguardo del acceso a la justicia y de la tutela judicial efectiva.El pronunciamiento también encendió una luz roja sobre la confidencialidad. Los camaristas advirtieron que el magistrado pudo haber incumplido los recaudos fijados por el Acuerdo Plenario N° 5435 del Superior Tribunal, al incorporar en el texto procesado por el asistente los nombres de las partes, testigos y peritos. En otras palabras: al cargar información sensible en una herramienta de IA, se habría expuesto material protegido, en tensión con las obligaciones de reserva que rigen en el proceso penal.El punto neurálgico para los jueces fue la línea de responsabilidad: incluso si una herramienta de IA puede asistir en tareas mecánicas o de apoyo, la deliberación, la argumentación y la decisión deben ser inequívocamente humanas y auditables. Por eso, subrayaron, cuando se utiliza tecnología en un expediente debe informarse su uso, conservarse los insumos (qué se le pidió al asistente y qué devolvió) y explicitarse cómo ese material se integró â??o noâ?? al razonamiento. Nada de eso ocurrió en el caso revisado.La consecuencia procesal fue la más severa: nulidad de la sentencia y, por arrastre, del juicio que la precedió. La Cámara destacó que volver a juzgar implica costos concretos para las personas involucradas, la ciudadanía y el Estado, que debe garantizar un servicio de justicia con decisiones motivadas, comprensibles y legítimas.En términos prácticos, la resolución no se pronuncia sobre la culpabilidad o inocencia de Payalef: no revisa el fondo, sino la validez del procedimiento y de la sentencia.
Sus compañeros, en solidaridad, se han declarado en huelga
El concejal de Bogotá aseguró que los recursos destinados a la atención de víctimas se empleó con fines políticos. Reveló millonarios gastos en rubros distintos a la misionalidad de la entidad
El Tribunal de Bogotá comunicó que los tres magistrados responsables del caso, bajo la ponencia de Manuel Antonio Merchán, ya alcanzaron un veredicto
¿Qué implica que la Justicia Nacional reconozca por primera vez un resarcimiento integral por clandestinidad laboral luego de que la Ley Bases eliminara las indemnizaciones agravadas previstas en las leyes 24.013 y 25.323? Leer más
El viceministro de Justicia dijo que el Gobierno respetará lo que defina la Justicia sobre los 200 mil dólares que Espert recibió de Machado, ligado al narcotráfico. Leer más
MasterChef Celebrity 10 ha celebrado una gala llena de sorpresas con una prueba de escape room, tensiones en los equipos y dificultades en la ciudad romana de Baelo Claudia
EL CALAFATE.â?? La crisis institucional que sacude a la justicia de Santa Cruz sumó un nuevo capítulo. En su primera decisión como cuerpo con mayoría renovada, el Tribunal Superior de Justicia declaró la nulidad absoluta de la resolución mediante la cual cuatro vocales identificados con el kirchnerismo habían nombrado a una nueva presidenta y desplazado al anterior.El objetivo del cambio era impedir que Daniel Mariani, el titular del cuerpo a quien quisieron correr, les tomara juramento a dos vocales nuevos propuestos por el gobernador Claudio Vidal. La decisión de sacar de la presidencia a Mariani se concretó luego de que él encabezara la asunción, la semana pasada, de otros dos magistrados nombrados a instancias de Vidal. Según el kirchenrismo, la ampliación de la Corte provincial es inconstitucional y la designación de los nuevos jueces es inválida. Se basa en una medida cautelar de primera instancia que el 19 de septiembre había ordenado suspender el tratamiento de las ternas en la Legislatura por diez días. Pero la Legislatura avanzó, trató las ternas, votó y nombró a los jueces, que d asumieron. Desde finales de agosto, cuando se aprobó que los vocales pasaran de cinco a nueve, un terremoto sacude al Poder Judicial de Santa Cruz, que durante más de tres décadas tuvo una impronta kirchnerista, tanto en sus nombramientos como en sus actuaciones. Fueron tiempos en los que ninguna causa de corrupción que involucrara a funcionarios avanzaba. Hoy, en reunión de acuerdo extraordinario, los flamantes vocales del tribunal -Sergio Acevedo, José González Nora, Gabriel Contreras y Juan De la Vega- bajo la presidencia de Daniel Mariani, marcaron un punto de inflexión: declararon nulas todas las decisiones adoptadas por los magistrados encabezados por Reneé Fernández, Fernando Basanta, Alicia Mercau y Paula Ludueña, quienes habían emitido una resolución para sacar a Mariani -quien había tomado la jura de los vocales propuestos por Vidal- y designaron a Fernández en la presidencia.Hoy, los magistrados con mayoría renovada afirmaron que fueron nulas las decisiones tomadas por "un órgano sin la integración ni la mayoría prevista" según la Ley Orgánica de la Justicia reformada por la Ley 3949.De esta forma, el tribunal confirmó en el cargo a Mariani y declaró inválidos todos los actos firmados por Fernández desde el 2 de octubre, cuando fue designada presidenta por una resolución que, según el nuevo acuerdo, "violenta el marco constitucional y normativo vigente".La resolución sostiene que la medida adoptada por Fernández fue dictada "por un cuerpo incompleto", al desconocer la ampliación del número de vocales, de cinco a nueve, establecida por la Ley 3949, sancionada en agosto pasado. También aclara que todas las decisiones tomadas por Fernández desde el 2 de octubre "carecen de toda validez y eficacia"; entre otras, la comunicación interna enviada a todos los agentes judiciales que les indicaba que no tomaran en cuenta las instrucciones de Mariani como presidente del cuerpo. Quién es MarianiMariani fue diputado provincial dentro del movimiento renovador del peronismo en los años '80, cuando Néstor Kirchner todavía era minoría en el Partido Justicialista santacruceño. Fue él quien, como gobernador, lo designó en el Poder Judicial. Hoy, Mariani está alejado de los vocales kirchneristas, que intentaron sacarlo de la presidencia del tribunal. Con sus últimos gestos, quedó enfrentado con sus viejos aliados y más cerca de Vidal.En la misma resolución de hoy, el tribunal dispuso convocar a los secretarios para reorganizar la actividad administrativa del Poder Judicial y llamó a una reunión de acuerdo a todos los jueces para definir el "abordaje paritario" como tema central en la agenda. Es decir, los puntos que deberán tratar con el gremio judicial, uno de los promotores del amparo para intentar frenar la jura de los nuevos vocales. La semana pasada, el gremio sumó un pedido para declarar inconstitucional la ley de ampliación de la Corte."Hubieran hecho las cosas bien"Esta mañana, mientras la nueva Corte -con solo cinco de los nueve miembros- se reunía en Río Gallegos, el gobernador se refirió en Caleta Olivia a la Justicia: "Hay una ley en vigencia que se tiene que cumplir. Los únicos que se resisten son quienes tienen miedo a dar explicaciones, a rendir cuentas, a tener que devolver lo que se llevaron durante tantos años, por haber utilizado fondos públicos para enriquecerse y empobrecer al pueblo santacruceño". Vidal fue categórico y sostuvo que sus rivales políticos "no tendrían terror si hubiesen hecho las cosas bien". Según el gobernador, Santa Cruz fue "saqueada" durante muchos años, mientras "un grupo minúsculo de funcionarios delegados a la familia de la política partidaria o política judicial se enriquecía".