A pocas horas de habérsele notificado a Cristina Kirchner su condena a seis años de prisión, desde el bloque de Pro un grupo de diputados encabezado por Silvana Giudici presentó un proyecto de ley para impedir que funcionarios sentenciados por delitos de corrupción puedan ser indultados.La iniciativa propone modificar la ley 27.156, la cual establece que no pueden ser objeto de amnistía, indulto o conmutación de pena, bajo sanción de nulidad absoluta e insanable, los delitos de genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra. La diputada Giudici plantea incorporar en la norma los delitos cometidos contra la administración pública y aquellos relacionados con hechos de corrupción: abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos; cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; exacciones ilegales; y enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados. "El objetivo es ratificar que en la Argentina nunca más los funcionarios podrán cometer actos de corrupción sin ser condenados y que la pena que reciban deberá ser totalmente cumplida", explicó Giudici. La iniciativa se presentó luego de que la Corte Suprema confirmara la sentencia a prisión de la expresidenta y su inhabilitación a perpetuidad de competir a cargos electivos. Tras conocerse el fallo, desde el kirchnerismo se alzaron voces que reclaman la condonación de la pena, posibilidad que este proyecto impediría si fuese aprobado. "Lo que pretendemos es evitar que, por decisiones políticas futuras, puedan resultar anulados fallos judiciales con condena firme contra quienes hayan cometido graves actos de corrupción contra el Estado", enfatizó Giudici. El proyecto fue firmado por un nutrido grupo de diputados de Pro, entre ellos Sofía Brambilla, Sabrina Ajmechet, Martin Ardohain, Emmanuel Bianchetti, María Eugenia Vidal, Florencia de Sensi, Gerardo Millán, Maria Sotolano y Germana Figueroa Casas."Este proyecto excluye del instituto del indulto presidencial a quienes hayan sido condenados por delitos graves contra la administración pública, como abuso de autoridad, malversación de fondos, enriquecimiento ilícito y otras formas de corrupción cometidas desde el Estado -planteó Guidici-. Esos delitos y sus autores fueron los responsables de haber sumido a la Argentina en la pobreza y la decadencia, por eso los consideramos tan graves para los derechos humanos como los previstos en el artículo 36 de la Constitución Nacional, como la traición a la Patria."
La investigación judicial ha determinado que James Sheen, de 40 años, actuó como el cerebro de la operación que puso en jaque la seguridad del emblemático palacio en el que se encontraba esta pieza artística
Igualdad ante la leyEl trato preferencial dado a CFK, incluido mantener su custodia y permitirle usar redes sociales y el balcón para arengar a sus seguidores, nos permite parafrasear el conocido dicho usado en la novela Rebelión en la granja, de George Orwell: "Todas las personas son iguales ante la ley, pero hay personas que son más iguales que otras".José Deymdeymjose@gmail.com Condenados Quien dispuso que Cristina Kirchner cumpla su condena en el domicilio de Constitución parece que no pensó que condenaba de igual manera a sus vecinos. La expresidenta tendría que estar cumpliendo su condena en el sur, donde la misma fijó su domicilio para cobrar su cuantiosa jubilación de privilegio. Lamentable.Julio Quiroga DNI 4.421.254 Actividad legislativa Leemos en los titulares que por el año electoral y el juicio a Cristina el oficialismo teme que se paralice la actividad legislativa. Así se naturalizan conductas como dar o no dar quorum, concurrir o no al recinto, ausentarse para ser parte de marchas en algunos casos desestabilizadoras del propio Congreso, salir de viaje en momentos de gran importancia, etcétera. Ya es natural, en resumen, que gente con dietas millonarias e inundados de beneficios trabajen cuando quieran, se fijen su sueldo y estén en cualquier cosa menos en lo que deben estar.Carlos Sala SpinelliDNI 8.659.476Sin privilegios El senador por Nueva Jersey Robert Menendez, de 71 años, se presentó en la prisión federal de Schuylkill, en el estado de Pensilvania el 17 de junio, para cumplir su sentencia de 11 años. No hay prisión domiciliaria para él, ni marchas en su apoyo. El senador cumple una sentencia por 16 cargos por recibir coimas, extorsión y conspiración para cometer crímenes. La Argentina debería adoptar un sistema similar, no hubo intervención de la Corte, y la apelación está en curso. El proceso duró 18 meses.Raúl DavaroDNI 13.214.899Una princesa en el sur Anne Hughett Marie De Looz Corswarem llegó a la Argentina en 1998 junto a su marido, el embajador Giovanni Jannuzzi, quien venía de desempeñar importantísimos destinos para Italia, como en las Naciones Unidas y en la OTAN. La Argentina, en la Patagonia, donde eligieron quedarse a vivir, fue el último destino para ambos. Mi querida y adorada Anne cerró sus ojos para siempre el 10 de junio pasado, de la manera en que vivió su vida, simple en el silencio de la Patagonia, en comunión con la naturaleza, con la suave brisa de sus enormes rosas, rodeada de un parque con múltiples pequeños jardines construidos con don natural. Se fue rodeada por sus quatro zampe, como llamaba a sus perros, gatos, al caballo. Un mundo de magia y aromas con pececitos multicolores dentro de un laguito con recuerdo japonés.Anne, una princesa flaminga, de familia católica, emparentada con la nobleza Saxe Coubourg de origen alemán, supo desde muy joven la responsabilidad que significaba poseer un título nobiliario. Implicaba para ella transmitir un mensaje de ética, de honestidad y de servicio. Su vida no fue fácil, pero de cada experiencia Anne siempre aprendía algo nuevo. Adornada con su sonrisa y amabilidad características, se dedicó con amor y generosidad de lleno al mecenazgo, tanto a las actividades de beneficencia apoyando a fundaciones como a descubrir talentos artísticos, entre ellos, el del hoy reconocido pianista argentino Horacio Lavandera. Colaboró asiduamente con el Patronato Italiano. Ambos, Anne y Gianni, se dedicaron a fomentar las artes, la belleza y la cultura en todas sus manifestaciones, desde eventos para promover artistas, becas para estudios y emprendimientos de todo tipo, focalizándose en la divulgación de la cultura y el idioma italiano. Anne era una incansable pintora y decoradora, además de escribir bellísimos cuentos para niños en francés. En el fondo llevaba esa niña interior de cuentos de hadas. Su mundo. Amaba las pequeñas cosas, esas sutilezas que te llenan el alma. Juntas fuimos descubriendo el sur de la Argentina en nuestros viajes en auto, o en nuestras salidas de trekking por las montañas remotas y agrestes, donde solo vuelan águilas en la inmensidad sonora de la Patagonia, y a los lejos se divisaba el azul esmeralda del Nahuel Huapi. Con Anne compartíamos la pasión por los animales, los colores, los aromas, las formas, lo simple y la belleza en la naturaleza. Cada viaje subiendo montañas, sin importar si llovía o hacía frío, era una experiencia nueva e inolvidable. Nos reímos, nos acalambrábamos o nos caímos de cansancio apreciando ese vigor escondido de la existencia misma de la vida en sus múltiples formas. Nos fortalecíamos como personas.Anne y Gianni se radicaron en Villa La Angostura y luego se mudaron a Lago Puelo, en Chubut. Se habían enamorado de la Argentina, en especial de los lagos y picos de nuestra inmensa Patagonia. Grazie, Anne, fuiste y siempre serás una amiga entrañable, ¡algo muy especial e irrepetible! Perdí a mi mejor compañera de montañismo y de vida, pero gané un tesoro.María Cristina Fra Amadormariafraamador@gmail.comTemplosBienvenida la noticia de construcción de un nuevo templo mormón en Córdoba y Reconquista, previsto para finalizar en 2030. Dentro del acervo cultural de la ciudad de Buenos Aires, la cantidad y calidad de templos de distintos cultos es amplia y ecuánime. Una noche al año se abren para visitas del público. Quizás no se sepa que estos templos realizan diversas actividades, no necesariamente circunscriptas a sus feligreses, como es el caso de la iglesia danesa de Carlos Calvo, que hace unos años acometió una nueva traducción al español de las obras del filósofo dinamarqués Kierkegaard, fuente insoslayable de consulta para estudios de filosofía. Desde el punto de vista arquitectónico, las obras de la iglesia transparente evangélica o la metodista central en la avenida Corrientes son dignas de conocer y apreciar, a la vez que nos permiten conocer historias de la ciudad y su evolución en el tiempo.Alberto Gesualdiagesualdi2014@gmail.com En la Red FacebookActo de protesta por la prisión de Cristina Kirchner"¿De qué pobreza hablan? Tienen para comprar banderas, pasacalles, trasladarse en colectivos, etcétera. ¿Quién paga todo eso?"- Nilda Olea"El kirchnerismo no es el peronismo... Si se probó y es culpable, que pague, pensar como Perón, no como kirchneristas"- Alberto Bernardeau"Presa, todos pagos"- Estela SergioLos textos destinados a esta sección no deben exceder los 1000 caracteres con espacios. Debe constar el nombre del remitente, firma, domicilio, teléfono y número de documento. Por razones de espacio y de estilo, LA NACION podrá seleccionar el material y editarlo. Los mensajes deben enviarse a: cartas@lanacion.com.ar o a la dirección: Av. Del Libertador 101, Vicente López (B1638BEA)
La diputada Silvina Giudice, responsable del proyecto, explicó: "El objetivo es ratificar que en la Argentina nunca más los funcionarios podrán cometer actos de corrupción sin ser condenados y que la pena que reciban deberá ser totalmente cumplida". Leer más
Lo impulsan tras la confirmación de la pena contra Cristina Kirchner en la causa Vialidad
Los exfuncionarios de Vialidad Nelson Periotti, Mauricio Collareda y Raúl Daruich se presentaron ante Tribunales y fueron detenidos de inmediato. Leer más
Hoy venció el último día para que lo hagan y seis ex funcionarios fueron a los tribunales federales. Serán alojados en la cárcel de Ezeiza hasta que se definan sus pedidos de prisión domiciliaria o el traslado a otras unidades
La Fiscalía desarticuló una banda dedicada a actos de extrema violencia contra mujeres en El Poblado, y sus líderes confesaron su culpabilidad
Condenas por el asesinato de la 'madame' en Pezuela de las Torres; dos acusados cumplen 24 años de prisión y un tercero recibe tres años por encubrimiento del crimen
Todos tienen sentencias por corrupción y estuvieron presos, excepto la ex presidenta, cuya situación de define la semana que viene. Las causas y las penas de cada uno de ellos
Esa sentencia de la Corte Suprema permitió la reapertura de los juicios al derogar las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
El reciente informe de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Anticorrupción revela el impacto económico de las sentencias judiciales y la diversidad de cargos involucrados en delitos contra la administración pública peruana
La condena contra Cristina Kirchner a seis años de prisión por corrupción y, fundamentalmente, su inhabilitación para ocupar cargos públicos, impactan de lleno en su situación como presidenta del Partido Justicialista.Esto es así porque como está inhabilitada para figurar en el padrón de electores, no puede ser afiliada al partido y por lo tanto no puede ser autoridad partidaria, dijeron a LA NACION especialistas en legislación electoral.La condena implica que por estas horas la Cámara Nacional Electoral está trabajando en quitar el nombre de los condenados de los padrones de las diversas jurisdicciones.La ley de partidos políticos (23.298) establece en su artículo 33 que "no podrán ser precandidatos en elecciones primarias ni candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos nacionales, ni ser designados para ejercer cargos partidarios los excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes".Es decir que esta norma impacta en la calidad de Cristina Kirchner como presidenta del partido, pues al estar condenada pierde su condición de afiliada y la presidencia, interpretó un funcionario judicial. Esto abrió un debate interno en el peronismo para definir si dejan vacante la presidencia del partido o si avanzan en nombrar a un reemplazante.Por encima de ella está el Consejo Partidario que puede analizar la situación o puede hacerlo la jueza María Servini que es la que controla el funcionamiento de los partidos nacionales.No obstante, rige el principio de que la vida política de los partidos debe ser regulada por las propias organizaciones. Se denomina de "regularidad funcional" que permite una intervención supletoria de la justicia en la vida interna de los partidos políticos. Más allá de esta cuestión, el fallo de la Corte Suprema de Justicia que deja firma la condena a Cristina Kirchner también la priva de sus derechos políticos, pues los condenados no pueden votar y por ende no pueden ser autoridades partidarias.La ley que impide votar a los condenados fue declarada inconstitucional por la Cámara Nacional Electoral, pero a su vez le encomendó al Congreso que regule los supuestos en que los ciudadanos condenados pueden votar o no, y eso no ocurrió. Por lo que en la práctica sigue en vigor la prohibición de sufragar para los condenados.Más allá de estas cuestiones, que son parte de la interpretación de la ley, y que deben ser instadas por algún afiliado al partido, hay otro artículo en la ley de partidos políticos que proyecta alguna sombra.Si bien se trata de una norma antigua, rémora de tiempos del conservadurismo, en los que se quería prohibir la participación electoral del justicialismo, el artículo 51 de la ley establece que es una causal de extinción del partido "cuando autoridades del partido o candidatos no desautorizados por aquellas, cometieren delitos de acción pública".Dice la norma que "la extinción pondrá fin a la existencia legal del partido y dará lugar a su disolución".Demasiado literal para que en este caso la condena a Cristina Kirchner se proyecte como una razón de peso jurídico para la desaparición del Partido Justicialista.
Cinco individuos condenados por estafa tras defraudar 112.000 euros a una mujer mediante un engaño relacionado con un falso romance con un supuesto militar estadounidense en Siria
Las presentaciones fueron hechas ante el Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py. Todos plantearon cuestiones de salud o de edad
Un grupo agredió a otro en la calle profiriendo insultos y amenazas por su orientación sexual, pero el TSJA advierte que todo fue un malentendido entre dos personas
Se trata de un magistrado de carrera, con décadas de experiencia profesional, que se hizo conocido tras condenar a 4 años de prisión a la ex ministra de Economía Felisa Miceli por la bolsa con dinero que encontraron en el baño de su despacho. Leer más
En los minutos que siguieron al fallo de la Corte Suprema de Justicia que confirmó la condena de Cristina Kirchner, el presidente del Tribunal Oral Federal N° 2, Jorge Gorini, firmó dos documentos judiciales. En el primero, ordenó a la expresidenta y a otros ocho reos que se presenten en su despacho en un plazo máximo de cinco días; en el segundo, le pidió al Ministerio de Seguridad de la Nación que defina dónde se alojarán todos los convictos.La orden de comparecencia que firmó Gorini recayó sobre l expresidenta y ocho condenados más: Lázaro Báez, el extitular de Vialidad Nacional Nelson Periotti y el exsecretario de Obras Públicas José López, además de Mauricio Collareda, Raúl Daruich, Juan Crlos Villafañe, Raúl Pavesi y José Raúl Santibañes.Gorini determinó, también, que Cristina Kirchner y el resto de los convictos deberán ser alojados en alguna dependencia de una fuerza federal "que cumpla con las condiciones adecuadas", ya sea de la Gendarmería, la Prefectura, el Servicio Penitenciario Federal, la Policía de Seguridad Aeroportuaria o la Policía Federal.En ese sentido, el magistrado le remarcó al Ministerio de Seguridad que Cristina Fernández de Kirchner tiene 72 años y que requiere "especiales condiciones de seguridad y custodia", basadas en el "hecho de haber sido presidenta y vicepresidenta de la Nación", pero también a raíz del intento de asesinato que afrontó el 1 de septiembre de 2022.Graduado de abogado por la Universidad del Salvador y con largo recorrido en la Justicia de instrucción, Gorini (57 años) asumió como miembro del Tribunal Oral Federal N° 2 en septiembre de 2011, durante el primer mandato presidencial de Cristina Kirchner, a quien condenó en diciembre de 2022 a una pena de seis años de prisión y a la inhabilitación perpetua a ocupar cargos públicos.Como integrante de ese tribunal, Gorini afrontó múltiples embates. La defensa de Cristina Kirchner intentó recusarlo por temor de parcialidad, basado en reuniones que el magistrado mantuvo con Patricia Bullrich, por entonces ministra de Seguridad durante el gobierno de Mauricio Macri. El planteo fue rechazado por extemporáneo.Durante el juicio por el caso Vialidad, Gorini enfrentó otras vicisitudes. Denunció presiones, tareas de inteligencia sobre él y su familia desde una unidad básica de La Cámpora cercana a su domicilio, ingresos ilegales al Registro Nacional de las Personas (Renaper) para buscar sus datos biométricos y el robo de sus declaraciones juradas patrimoniales de una oficina del Consejo de la Magistratura.En ese contexto, el presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, le pidió a la Cámara Federal de Casación Penal que incrementara la custodia de Gorini y los otros dos integrantes del Tribunal Oral a cargo del "caso Vialidad", Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, quienes también debieron lidiar con convocatorias por las redes sociales de militantes kirchneristas para "escracharlos" a ellos y a sus familias en sus hogares.Durante los últimos días, la presión sobre el fiscal que impulsó el caso Vialidad en la instancia oral, Diego Luciani, volvió a incrementarse, al igual que sobre Basso, Giménez Uriburu y Gorini, que como presidente del Tribunal anoche dio otro paso. Le comunicó a la Cámara Nacional Electoral que Cristina Fernández de Kirchner y todos los demás convictos quedaron inhabilitados para ejercer cargos públicos de manera "perpetua".
Alabama, Florida, Oklahoma y Carolina del Sur aplicarán la pena capital esta semana en casos marcados por violencia extrema y decisiones judiciales postergadas durante décadas
Una empleada bancaria, su hermano y su pareja crearon una red familiar para disponer de fondos ajenos, hasta que la familia del difunto descubrió la estafa
El juez Ronald Floriano Escobar otorgó de manera ilegal el beneficio de prisión domiciliaria a alias Cesarín, decisión que estuvo influenciada por su relación con los exmagistrados Vargas y Trejos
La ley también establece que la persona no podrá regresar al Perú durante un período igual a la pena máxima del delito cometido
Los condenados por la causa de "La ruta del dinero K" fueron traslados a un pabellón común de la cárcel de Marcos Paz, a la espera de que el cuerpo médico forense les dé un turno para realizar estudios médicos y decidir si hay razones para que cumplan su pena en arresto domiciliario, como lo solicitaronLos presos que fueron traslados a la cárcel de Marcos Paz son Fabián Rossi, de 60 años, que era marido de Ileana Calabaró y apoderado de la financiera SGI, conocida como La Rosadita y usada para sacar el dinero del país; César Fernández, de 64 años, exsíndico de Austral;Carlos Molinari, de 74 años, millonario empresario del sector inmobiliario; Eduardo Castro, de 79 años, exapoderado de empresas ligadas con el lavado,y Juan Alberto de Rasis, de 64 años, de la firma suiza usada para el lavado, condenado a cuatro años y seis meses de prisión.Julio Enrique Mendoza, condenado a cinco años, era gerente de Austral tiene de 70 años y está internado en una clínica en Resistencia Chacho, con consigna policial.Todos pidieron beneficiarse con el arresto domiciliario. Algunos porque ya tienen mas de 70 años y otros porque además alegan tener problemas de salud, como Rossi, Fernández o Molinari.Rossi, De Reis, Fernández y Castro enfrentan una condena de cuatro años y seis meses y Molinari una condena de tres años y seis meses de prisión. Excepto Rossi, los demás nunca estuvieron detenidos, por lo que pueden salir en libertad condicional con buena conducta cuando cumplan los dos tercios de sus condenas.Los cinco condenados fueron llevados desde la alcaldía de la Policía Federal, en Villa Riachuelo, a la unidad 28 del Servicio Penitenciario Federal, que son las celdas del subsuelo del Palacio de Tribunales, en Plaza Lavalle.Pérez Gadín contando millones en La RosaditaDesde allí fueron llevados en un camión celular a la cárcel de Marcos Paz, donde terminaron alojados en el pabellón de ingreso. Se trata de un pabellón común con capacidad para 25 o 50 personas, con celdas individuales y lugares comunes de recreo.Están alojados en el Complejo Penitenciario Federal 2 de Marcos Paz, Unidad Residencial 3 de Ingreso, Pabellón 12, dijeron fuentes cercanas al caso.La unidad donde están presos es considerada de máxima seguridad y las fuentes estimaron que van a pasar un tiempo medianamente largo allí hasta que se resuelvan sus pedidos por temas de salud.Si bien existió en otras épocas un pabellón para presos por corrupción, hoy esas instalaciones del pabellón 6 de la cárcel de Ezeiza fueron reasignadas para presos de alta peligrosidad.Lázaro Baez, condenado a 10 años de prisión en esta causa, está preso en su casa de El Calafate, pero el fiscal del caso, Abel Córdoba, pidió que regrese a prisión a terminar de cumplir su pena.Todo esto sucede porque la semana pasada la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena de todos ellos, y debe comenzar a ser ejecutada.El Tribunal Oral Federal 4, que condenó a todos los presos, comenzó a tramitar el pedido del fiscal Córdoba para que una vez que se haga el cómputo de su condena, sea llevado al penal.Le corrió vista a la defensa de Báez, a cargo de Juan Villanueva, que tiene plazo para responder este viernes o a más tardar el lunes, entre las 7 y las 9 de la mañana.Con esa información los jueces Norberto Costabel, Gabriela López Iñiguez y Adriana Palliotti decidirán la semana próxima si lo dejan en la casa de El Calafate o si lo trasladan a un penal federal.La semana pasada, la Corte dejó firme la condena a diez años de prisión contra Báez por lavado de dinero. La Justicia determinó que Báez blanqueó fondos por unos 60 millones de dólares que se originaron en una evasión fiscal.La Corte tomó la decisión por mayoría. Votaron por confirmar la condena Horacio Rosatti, Ricardo Lorezentti y dos conjueces. En disidencia votó el juez Carlos Rosenkrantz, que se pronunció por enviar el caso a la Procuración.La maniobra consistió en haber armado una estructura jurídica, bancaria y financiera para lavar más de 60 millones de dólares entre 2010 y 2013 que provenían de facturación ilegal.El caso es recordado por las imágenes en televisión que presentó el periodista Jorge Lanata. Se veía allí a uno los principales acusados contando dólares en "La Rosadita", como se conocía a la financiera clandestina de Puerto Madero que movía el dinero al exterior.El juez Casanello ordenó en abril del 2016 la detención de Báez y de su contador Daniel Pérez Gadín. En aquel momento también fue arrestado el abogado Jorge Chueco, cuando huyó hacia Paraguay.La instrucción determinó que existió una organización criminal que entre los meses de diciembre del 2010 y abril del 2013 realizó maniobras de lavado de dinero implicados principalmente del manejo de la empresa Austral Construcciones que dirigía Báez, a través de la financiera SGI, mediante un entramado que funcionó en el país y en el exterior, y que logró la expatriación de fondos de origen ilícito y su posterior reingreso por US$ 54.872.866,69.El dinero salió del país, fue depositado en el extranjero y ingresó a las cuentas de diversos bancos internacionales -generalmente con bajos controles fiscales- a nombre de otras empresas. Luego se adquirieron bonos de deuda pública que fueron liquidados en la plaza local, simulando una supuesta inversión multimillonaria de una empresa fiduciaria suiza para adquirir acciones de la empresa Austral Construcción SA (ACSA).
Entre ellos se encuentran Fabián Rossi, apoderado de la financiera S.G.I. y exesposo de Iliana Calabró, y Julio Mendoza, ex presidente de Austral Construcciones. La condena del empresario Lázaro Báez quedó firme la semana pasada. Leer más
Luego de que el Tribunal Oral Federal N°4 ordenara la detención de seis personas condenadas en la causa conocida como "La ruta del dinero K", Fabián Rossi -sentenciado a cuatro años y seis meses de prisión- fue el primero en presentarse a los tribunales federales de Comodoro Py y quedó detenido por los efectivos policiales. También se presentaron esta mañana en los tribunales de Comodoro Py 2002 y quedaron presos César Fernández (cuatro años y seis meses de prisión), Carlos Molinari (tres años y seis meses de prisión) y Eduardo Castro (cuatro años y seis meses de prisión).En tanto, Julio Mendoza, sentenciado a cinco años de prisión, dijo que está internado desde el viernes pasado por una descompensación en su salud.Mientras que Juan Alberto De Rasis (cuatro años y seis meses de prisión), está en camino desde Mendoza (donde vive) hacia Comodoro Py para entregarse, según informaron fuentes judiciales a LA NACION. Todos los que se entregaron quedarán presos en la alcaidía de la Policía Federal en Madariaga, Villa Lugano, donde les realizarán estudios médicos.Los videos del recuento de dólares en la RosaditaCuatro de los seis pidieron cumplir la condena en arretso domiciliario, pero eso se determinará entre el curso de esta semana y la próxima, mientras tanto quedarán presos en la sede de la Policía Federal.Rossi, exapoderado de la financiera S.G.I -y que tomó notoriedad en la causa porque entonces era el marido de Iliana Calabró- ingresó al tribunal para cumplir con los trámites de detención y luego será trasladado a la Superintendencia de Investigaciones Federales de la Policía Federal Argentina (PFA).Algunos de ellos tienen más de 70 años y ya hubo presentaciones por parte de los condenados para cumplir la prisión en sus domicilios, según fuentes judiciales.El arresto fue ordenado por el juez Néstor Costabel, en línea con el pedido del fiscal del juicio, Abel Córdoba, luego de que la Corte dejó firme sus condenas y la de Lázaro Báez. Lavado de dineroEn esta causa se investigaron y juzgaron los movimientos bancarios y financieros que se realizaron para lavar cerca de 60 millones de dólares que provenían de evasión fiscal y facturación ilegal, entre 2010 y 2013.La semana pasada, la Corte Suprema dejó firme la condena a 10 años contra el empresario patagónico Lázaro Báez, que resultó favorecido con la adjudicación de obra pública en la provincia de Santa Cruz durante los años kirchneristas, hechos que fueron juzgados en la causa Vialidad. También dejó firme la pena contra su hijo Martín Báez, condenado a seis años y seis meses de prisión.Cristina Kirchner fue sobreseída en 2021 y no forma parte del caso, pero una ONG ligada al macrismo, Bases Republicanas, que es querellante en el expediente, busca mantener viva una línea de investigación contra la expresidenta. En febrero, por ejemplo, solicitó un peritaje contable para determinar si parte de los dólares que Baez repatrió de Suiza en forma de bonos podía ser ligada a la expresidenta.La ONG es el único acusador en esa línea del caso, puesto que el fiscal Guillermo Marijuan sostuvo que no había elementos para seguir investigando a Cristina Kirchner. Con el apoyo de la Cámara Federal, que lo admitió como querellante, sostiene que debe mirarse también otros expedientes, para poder tener una mirada "conglobante" con otros casos paralelos, como los "cuadernos de las coimas" o por Vialidad, donde la expresidenta sí fue condenada.Ahora la Corte rechazó las objeciones de Cristina krichner y dejó firme el fallo que revoca su sobreseimiento en el caso, por lo que sigue siendo invetsigada en esta causa.La maniobra de lavado en "La ruta del dinero K" fue relevada por el periodista Jorge Lanata en su programa de televisión, Periodismo para Todos, donde, entre otras pruebas, mostró imágenes de cómo Martín Baez y otros acusados contaban dinero en una financiera de Puerto Madero conocida como la Rosadita. Además, dio a conocer la confesión de los hechos por parte de Federico Elaskar y Leonardo Fariña, otros de los protagonistas en la maniobra.Además de Baez, su hijo Martín, fueron condenados a seis años de prisión Jorge Oscar Chueco y Daniel Rodolfo Pérez Gadín.
El financista y exmarido de Ileana Calabró llegó a Comodoro Py a las 9.30 para cumplir su sentencia.En el transcurso de la mañana lo harán los otros imputados, menos Lázaro Báez, su hijo, el abogado y el contador, cuya situación aún es evaluada.
Entre ellos se encuentran Fabián Rossi, apoderado de la financiera S.G.I. y exesposo de Iliana Calabró, y Julio Mendoza, ex presidente de Austral Construcciones. La semana pasada, la Corte Suprema ya había dejado firma la condena del empresario Lázaro Báez. Leer más
El ex apoderado de SGI fue a las 9 horas a los tribunales federales para quedar a disposición de la Justicia. Otras cinco personas deberán concurrir durante la jornada de hoy
El Gobierno prorrogó por más de un año la emergencia del sector energético. La medida fue oficializada por decreto en el Boletín Oficial. Se extiende hasta julio de 2026 la intervención de los entes reguladores y la transición hacia subsidios segmentados en los sectores de electricidad y gas.Seis condenados por la "ruta del dinero K" deben presentarse esta mañana en Comodoro Py para ser detenidos. Lo ordenó el TOF4 luego de que la Corte dejara firme las sentencias. Algunos de los condenados, que tienen más de 70 años, hicieron presentaciones para pedir cumplir la pena en su casa. Ninguno de ellos estuvo preso, por lo que ahora deberán cumplir la sentencia.Ucrania llevó a cabo la operación de mayor impacto contra Rusia. Un ataque con drones ucranianos destruyó más de 40 aviones en lo profundo del territorio ruso, lo que implicó la operación de mayor alcance lanzada por Kiev, según el presidente Zelensky. La operación, planificada hace más de un año y medio, se ejecutó un día antes de que ambas partes se reúnan para una nueva ronda de conversaciones de paz directas en Estambul.El FBI investiga un atentado terrorista en Colorado. Un hombre de origen egipcio, al grito de "Palestina libre", atacó con bombas molotov a personas que participaban en una caminata organizada por un grupo judío para recordar a los 58 rehenes que permanecen en poder de Hamas en Gaza. El ataque, que dejó 8 personas heridas, ocurrió una semana después de que un hombre asesinara a disparos a dos empleados de la embajada de Israel frente al Museo Judío en Washington. Platense, campeón del Apertura. Le ganó a Huracán en la final 1 a 0 con gol de Guido Mainero, y consiguió su primer título. El Calamar levantó por primera vez en su historia un trofeo en la máxima categoría del futbol argentino. El título además le dio el pasaje para jugar por primera vez la Copa Libertadores 2026.Qué es "Lo que hay que saber" y dónde lo podés escucharLo que hay que saber es un resumen de noticias que hace Brenda Brecher, y que se publica de lunes a viernes en dos ediciones, por la mañana y por la tarde; también tiene una edición de fin de semana. Lo encontrás en LA NACION y en Spotify, iTunes o Google Podcast, entre otras plataformas de audio. También está integrado en el Asistente de Google y en el de Amazon, Alexa, y es parte de la oferta de podcasts de LA NACION.
Sobre ellos hay penas de más de tres años de prisión y nunca estuvieron detenidos. Además, se volverá a analizar la situación de Lázaro Báez
El Tribunal Oral Federal N°4 ordenó la detención de seis personas condenadas en la causa conocida como "La ruta del dinero K", luego de que la Corte Suprema dejara firmes las sentencias. Los sentenciados deberán presentarse el lunes por la mañana en los tribunales de Comodoro Py.Se trata de Fabián Rossi (condenado a cuatro años y seis meses), Julio Mendoza (cinco años de prisión), Juan Alberto De Rasis (cuatro años y seis meses de prisión), César Fernández (cuatro años y seis meses de prisión), Carlos Molinari (tres años y seis meses de prisión) y Eduardo Castro (cuatro años y seis meses de prisión).Algunos de ellos tienen más de 70 años y ya hubo presentaciones por parte de los condenados para cumplir la prisión en sus domicilios, según fuentes judiciales. La decisión fue ordenada por el juez Néstor Costabel, en línea con el pedido del fiscal del juicio, Abel Córdoba.Los videos del recuento de dólares en la RosaditaEn esta causa se investigaron y juzgaron los movimientos bancarios y financieros que se realizaron para lavar cerca de 60 millones de dólares que provenían de evasión fiscal y facturación ilegal, entre 201o y 2013.La semana pasada, la Corte Suprema dejó firme la condena a 10 años contra el empresario patagónico Lázaro Báez, que resultó favorecido con la adjudicación de obra pública en la provincia de Santa Cruz durante los años kirchneristas, hechos que fueron juzgados en la causa Vialidad. También dejó firme la pena contra su hijo Martín Báez, condenado a seis años y seis meses de prisión. Cristina Kirchner fue sobreseída en 2021 y no forma parte del caso, pero una ONG ligada al macrismo, Bases Republicanas, que es querellante en el expediente, busca mantener viva una línea de investigación contra la expresidenta. En febrero, por ejemplo, solicitó un peritaje contable para determinar si parte de los dólares que Baez repatrió de Suiza en forma de bonos podía ser ligada a la expresidenta. La ONG es el único acusador en esa línea del caso, puesto que el fiscal Guillermo Marijuan sostuvo que no había elementos para seguir investigando a Cristina Kirchner. Con el apoyo de la Cámara Federal, que lo admitió como querellante, sostiene que debe mirarse también otros expedientes, para poder tener una mirada "conglobante" con otros casos paralelos, como los "cuadernos de las coimas" o por Vialidad, donde la expresidenta sí fue condenada. La maniobra de lavado en "La ruta del dinero K" fue relevada por el periodista Jorge Lanata en su programa de televisión, Periodismo para Todos, donde, entre otras pruebas, mostró imágenes de cómo Martín Baez y otros acusados contaban dinero en una financiera de Puerto Madero conocida como la Rosadita. Además, dio a conocer la confesión de los hechos por parte de Federico Elaskar y Leonardo Fariña, otros de los protagonistas en la maniobra. Además de Baez, su hijo Martín, y los seis que deberán presentarse el lunes en los tribunales de Retiro, fueron condenados a seis años de prisión Jorge Oscar Chueco y Daniel Rodolfo Pérez Gadín.
Le aseguraron que se trataba de ediciones de lujo con certificados notariales, y le prometieron beneficios económicos mediante una futura venta a compradores extranjeros
Se trata de quienes tienen penas de más de tres años de prisión y nunca estuvieron presos. Está incluido Fabián Rossi, ex apoderado de la financiera S.G.I. y ex pareja de Ileana Calabró.
Se trata de quienes tienen penas de más de tres años de prisión y nunca estuvieron detenidas. Entre ellas está, Fabián Rossi, ex apoderado de la financiera S.G.I. También solicitó que se haga el cómputo de la pena de Lázaro Báez
Todd y Julie Chrisley, figuras centrales del reality Chrisley Knows Best, fueron liberados este miércoles 28 de mayo luego de recibir un indulto presidencial por parte de Donald Trump. La decisión sorprendió a la opinión pública y marcó el fin de un proceso judicial que los mantuvo en prisión por más de dos años.Los Chrisley, del lujo televisado a la prisiónTodd y Julie Chrisley debutaron en televisión en 2014, gracias al mencionado reality, transmitido por USA Network. El programa se convirtió rápidamente en un éxito y mostraba la vida lujosa y excéntrica de la familia Chrisley, liderada por el carismático Todd.Junto a Julie, criaron a sus hijos Savannah, Chase y Grayson, quienes también protagonizaron su propio spin-off, "Growing Up Chrisley". La serie fue cancelada tras las condenas, pero ahora con la liberación, muchos seguidores especulan con un posible regreso de la familia a la pantalla.Todd y Julie Chrisley: los delitos detrás de su detenciónTodd y Julie Chrisley fueron condenados en 2022: Todd a 12 años de prisión y Julie, a 7, por presentar documentación falsa y defraudar a bancos comunitarios por más de 30 millones de dólares. Además de enfrentar cargos por evasión fiscal.El indulto fue anunciado el mismo día por la hija de la pareja, Savannah Chrisley, quien confirmó que recibió una llamada directa de Trump que le informaba que los documentos ya estaban firmados, confirmó Fox News.Todd fue liberado del Campo de Prisiones Federales de Pensacola, Florida, mientras que Julie salió del Centro Médico Federal en Lexington, Kentucky. Ambos fueron recogidos por sus hijos y regresaron juntos a Nashville, Tennessee, su ciudad de residencia."Este proceso ha sido una locura total. Estoy muy agradecida de poder irme a casa con mi papá", declaró Savannah visiblemente emocionada ante la prensa. Su hermano Grayson fue el encargado de buscar a Julie, según Fox News, mientras que Savannah esperó afuera de la prisión en Florida junto a cámaras de medios nacionales.La llamada de Trump: "Nunca debieron haber estado presos"La noticia del indulto fue confirmada por una llamada telefónica del presidente Donald Trump a Savannah y Chase Chrisley, donde expresó que sus padres "fueron tratados injustamente" y que "nunca debieron haber estado en prisión"."Feliciten a sus padres. Me han dicho que son personas estupendas. Esto no debería haber sucedido", se escucha decir a Trump en el video compartido en redes sociales.Savannah, entre lágrimas, agradeció la acción: "Estoy eternamente agradecida con el presidente Trump y su administración por hacer posible que mi familia se reúna de nuevo".Los Chrisley fueron acusados en 2019 de múltiples delitos financieros, esto incluye fraude bancario, evasión de impuestos y conspiración para defraudar a Estados Unidos. La fiscalía alegó que presentaron documentos falsos para obtener préstamos millonarios y ocultaron ingresos al IRS.En junio de 2022, fueron declarados culpables y en enero de 2023 comenzaron a cumplir sus condenas, explica Fox News.Su abogado, Alex Little, celebró el indulto y denunció que el caso "estuvo marcado por violaciones constitucionales, sesgo político y una persecución injusta debido a su perfil público y sus valores conservadores".La lucha de Savannah Chrisley por la liberación de sus padresDesde el primer día de condena, Savannah Chrisley encabezó una intensa campaña pública para liberar a sus padres. Habló en medios, entrevistas y redes sociales, y denunció lo que describió como condiciones inhumanas y represalias dentro del sistema penitenciario.Incluso fue entrevistada por Lara Trump en Fox News, lo que pudo haber ayudado a acercar su caso al presidente. "Gracias al presidente Trump, mis padres están en casa", declaró Savannah. "Ahora podemos empezar a sanar y reconstruir nuestras vidas".
Los condenados en la causa de "la ruta del dinero K" son, además de Lázaro Báez y su hijo Martín, una serie de empresarios, abogados y contadores. Luego del fallo de la Corte de hoy, que dejó firme la sentencia, algunos de ellos deberían ir a la cárcel.El Tribunal Oral Federal 4 deberá ahora computar el tiempo que permanecieron presos y el que les resta cumplir en prisión o en arresto domiciliario para agotar sus condenas.Los condenados son:Lázaro Baez (69 años). Condenado a 10 años de prisión. Fue detenido el 5 de abril de 2016 al aterrizar en San Fernando en su avión, que había partido de Río Gallegos. Lo arrestaron ante la sospecha de que podría intentar huir. Estuvo preso hasta el 12 de diciembre de 2019. No se hizo efectiva su libertad por permanecer detenido con arresto domiciliario en otra causa. Martín Antonio Báez (44 años). Condenado a 6 años y 6 meses de prisión. Estuvo detenido desde el 7 de febrero de 2019 hasta el 7 de junio de 2023, cuando se lo excarceló. Podría acceder a la libertad condicional.Jorge Oscar Chueco (73 años). Fue condenado a 6 años de prisión. En esta causa estuvo detenido desde el 18 de abril de 2016 hasta el 19 de diciembre de 2019. No se hizo efectiva su libertad en ese momento porque estuvo detenido en otra causa hasta el 11 de junio de 2020, cuando se lo excarceló. Es abogado.Daniel Rodolfo Pérez Gadín (72 años). Condenado a 6 años de prisión. En esta causa estuvo detenido del 5 de abril de 2016 al 5 de diciembre de 2019. No se hizo efectiva su libertad en ese momento porque permaneció detenido en otra causa hasta el 13 de noviembre de 2024, cuando cesó su arresto domiciliario. Es contador.Julio Enrique Mendoza (70 años). Condenado a 5 años de prisión. No estuvo detenido en la causa. Ahora puede pedir el arresto domiciliario por su edad. Juan Alberto De Rasis (64 años). Condenado a 4 años y 6 meses de prisión. Debe cumplir la pena en prisión.César Gustavo Fernández (64 años). Condenado a 4 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa. Por razones de salud, se lo autorizó a cumplir la obligación de comparecer ante el tribunal de forma trimestral. En principio, debe cumplir la condena preso.Eduardo Guillermo Castro (79 años). Condenado a 4 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa. Puede pedir el arresto domiciliario.Fabián Virgilio Rossi (60 años). Condenado a 4 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa. En su legajo de control acreditó diversas enfermedades. Debe cumplir la pena preso. Fue marido de Iliana Calabró.Carlos Juan Molinari (74 años). Recibió una pena de 3 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa. Este empresario multimillonario es otro de los condenados que acreditó problemas de salud. Puede cumplir la condena en arresto domiciliario.Claudio Fernando Bustos. Recibió una pena de 3 años en suspenso. Walter Adriano Zanzot. Recibió una pena de 2 años y 6 meses.
Son responsables de las tomas de predios públicos y privados. La Justicia rechazó retirar una escultura "sagrada" que instalaron
La familia de Samuel Luiz presenta recurso de casación ante el Tribunal Supremo tras la absolución de Alejandro M.R. como cómplice del crimen ocurrido en A Coruña, mientras la Fiscalía evalúa su decisión
La Sala ha confirmado las penas de entre 20 y 24 años de prisión impuestas a los otros tres condenados
El Tribunal Supremo ratifica las penas de prisión a jóvenes responsables de la agresión a Alexandru en Amorebieta, quien resultó en estado vegetativo, y ordena indemnizaciones significativas a la víctima y sus padres
La normativa obliga a los partidos a presentar declaraciones juradas de sus candidatos y será la Junta Electoral quien verifique los antecedentes penales. La ordenanza fue aprobada con amplio consenso político. Leer más
Defienden que el modelo busca el beneficio económico y no la salud pública. Seguros de su victoria, se enfrentaron al tribunal sin abogado
Dos asesores del diputado nacional salteño del kirchnerismo Emiliano Estrada fueron condenados a la pena de un año y cuatro meses de prisión por el delito de intimidación pública al confesar que se dedicaban a armar y difundir "fake news" contra el gobernador Gustavo Sáenz, empresarios y periodistas.El diputado nacional Estrada, de Unión por la Patria, no fue directamente imputado aún porque tiene fueros, pero la causa se escindió para seguir la investigación en su contra como quien encargó el posteo de estos videos de TiK Tok, que pretendían relacionar a Salta con un estado narco.Este es uno de los pocos antecedentes jurisprudenciales donde la producción y difusión de contenidos de desinformación para perjudicar a opositores políticos, periodistas y empresarios es considerada un delito autónomo, calificado como intimidación pública.Los condenados son Alonso Javier Allemand y Florencia Inés Bustamante Arias, quienes al ser investigados por la fiscal Sofía Cornejo -de Ciberdelitos- fueron condenados en un juicio abreviado celebrado en el Juzgado de Garantías Séptima Nominación de Salta de Pablo Zerdán. La condena se dictó por el delito de intimidación pública. Los condenados no pueden usar redes sociales para difundir noticias falsas. Según la acusación, Allemand y Bustamante Arias fueron considerados partícipes secundarios. La fiscal El Ministerio Público solicitó la pena de un año y cuatro meses de prisión condicional para ambos, además de las costas.Al ser un juicio abreviado, los dos empleados admitieron su responsabilidad y pactaron una pena con la fiscalía, que fue homologa por el juez Zerdan. La base de la condena se relaciona con acciones que buscaron difundir miedo y temores a la sociedad utilizando redes sociales o cualquier otro medio de comunicación. El delito de intimidación pública protege el orden público y la seguridad pública, y busca castigar conductas que pongan en peligro o puedan causar temor o desestabilizar el orden público. En este caso los acusados fabricaban videos de Tik Tok anónimos, o simulaban ser de un portal de noticias salteño, donde mencionaban hechos falsos, como que el gobernador Sáenz había sido internado por adicción a las drogas.Aquí se consideró el efecto de videos que tuvieron un "alcance masivo a nivel provincial" y utilizaron "las redes sociales como herramienta de desestabilización social". Se hizo hincapié en que estos videos trataban temas como "narcotráfico, carteles de droga, en donde a Salta se la mostró a nivel país", lo que generó "preocupación en la sociedad".Como parte de la pena, además de la prisión condicional, Allemand y Bustamante Arias deberán durante dos años fijar domicilio y comunicar cualquier cambio, someterse al cuidado del Programa de Inserción Social de Presos y Liberados de la Provincia, con control semestral; no podrán usar redes sociales y/o cualquier medio de comunicación con el objeto de infundir miedo y temores a la sociedad, deberán hacer un curso presencial o virtual sobre Ética Pública.La investigación se inició a partir de que, a través de ciertos perfiles públicos anónimos de TikTok se publicaban videos que pretendían instalar una vinculación entre el Gobierno de la Provincia y sus funcionarios con actividades de narcotráfico. La fiscalía entendió que no se trataba de un caso de libertad de expresión, sino de la comisión de delitos.Bustamante quiso presentarse como "arrepentida" para eludir la sanción y en un escrito reconoció: "Siendo empleada de la Cámara de Diputados de la Nación me encuentro afectada a trabajar bajo las órdenes del diputado nacional Emiliano Estrada, quien es quien todo momento me impartió órdenes y directivas de todos los trabajos que realicé o encargué, tanto los trabajos gráficos y audiovisuales de sus redes sociales personales y laborales como otros".Respecto a las cuentas de TikTok, Bustamante confirmó que se le dio órdenes "con el objetivo de perjudicar puntualmente a determinadas personas del ámbito mediático, empresarial y político", cita en su declaración. Al ahondar su relación con el diputado, Bustamante afirmó que fueron "órdenes de mi jefe directo", en referencia al diputado Estrada.Seguidamente, detalló que tuvo a su cargo la creación de tres cuentas "La Casta de Sáenz", "La Casta Salteña ", y "Los Informantes Salta", y las mismas fueron pedidas al señor Alonso Allemand, uno de los imputados, a quien además "le solicitaba la edición de los videos, finalmente publicados". "Estos trabajos en paralelo al trabajo institucional que realizaba para el diputado Estrada comenzaron alrededor de agosto o septiembre del año pasado", agregó."El destinatario de los videos en las diferentes cuentas era siempre el gobernador Gustavo Sáenz, por rivalidad política y animosidad manifiesta y, por añadidura, a personas vinculadas a este o a sus funcionarios", cita en la declaración. Y como ejemplo mencionó entre los atacados a Solano Navarro, dueño de Canal 10, Guillermo Kripper, Pamela Calletti; los intendentes Baltasar Lara Gros y Julio Jalil; el portal Informate Salta, Manuela Arancibia, Luciano Acedo Salim, Simón Pérez Alsina, Mario Peña, ex ministro de Turismo, entre otros.
Una ciudad del noroeste de México quedó marcada en los primeros años del siglo XX.Un gran músico dio un concierto para el mismo diablo y su público. Y ya nada sería igual después de aquel encuentro.
El grupo, integrado por exmilitares responsables de crímenes de lesa humanidad, fue trasladado desde Ezeiza a un penal construido en la gestión de Cristina Fernández de Kirchner, en Campo de Mayo con la finalidad de albergar a quienes cometieron delitos en la dictadura. Leer más
El TSJC ratifica las condenas de 12 años y medio y 5 años y 3 meses por el asesinato de un joven en los Jardines de Montserrat, destacando la complicidad del segundo acusado
Dos hombres condenados a 83 y 16 años de prisión por embaucar a 24 menores para obtener y compartir imágenes sexuales; se detectaron más de 137,000 archivos en sus dispositivos
"Mirá que te van a pagar y es por un determinado tiempo, seis meses creo que me dijo, que es para que el chinito tenga la visa acá y después le sacaban ellos el apellido", declaró una testigo
El Gobierno analiza mudar a 19 condenados por delitos de lesa humanidad de un sector de la cárcel de Ezeiza a otro penal del Servicio Penitenciario Federal que se encuentra en el interior del predio militar de Campo de Mayo.Se trata de una prisión que funciona desde 2007 que alberga, por ejemplo, al excapellán de la Policía Christian Von Wernich y donde murieron el expolicía federal Julio Héctor Simón,â?? conocido como "el Turco Julián", torturador del centro clandestino "El Olimpo", y el capitán Héctor Pedro Vergéz.Organismos de Derechos humanos dijeron que el traslado implicaba darle beneficios a los 19 detenidos, por la comodidad del lugar. Sin embargo, fuentes del gobierno dijeron a LA NACION que no se trata de un penal VIP, sino de una cárcel que funciona desde la época de la gestión kirchnerista, donde se alojaron a militares condenados por violaciones a los derechos humanos.El traslado a ese penal obedece a una restructuración en la distribución de los detenidos en cárceles federales, motivada por la falta de cupos para los presos federales que son arrestados en la ciudad de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires.Ese incremento se suma a un cambio en el perfil de los detenidos y condenados, donde creció la cantidad de mujeres sentenciadas por delitos graves y que tienen un alto de grado de peligrosidad, dijeron las fuentes. La unidad 4, que es exclusivamente para mujeres ya no tiene más capacidad. Y la Unidad 31 de Ezeiza alberga a hombres y mujeres. Pero el Gobierno decidió trasladar a los hombres y que queden solo mujeres de alta peligrosidad.Entre los presos que serán trasladados a Campo de Mayo están los 19 militares, incluido por ejemplo, Alfredo Astiz, Antonio Pernías o Ricardo Cavallo, todos con condena a prisión perpetua. También está entre los trasladados Rodolfo Cionchi, Alberto González, Carlos Guillermo Suárez Mason, Adolfo Miguel Donda, Jorge Rádice, y Luis Navarro.Otros detenidos en ese penal, como es el caso del exfuncionario kirchnerista Ricardo Jaime, será traslado a otro lugar. En ese lugar de Campo de Mayo ya había alojados otros 50 militares. El 7 de agosto del año pasado trascendió que un grupo de diputados libertarios había visitado unos días antes a los represores alojados en el penal de Ezeiza. Quienes participaron de aquella visita, que fue criticada por el resto de diputados de La Libertad Avanza y bloques opositores, fueron: Beltrán Benedit, Lourdes Arrieta, Guillermo Montenegro, Rocío Bonacci, Alida Ferreyra y María Fernanda Araujo. El grupo se encontró en Ezeiza con Astiz, Cavallo y Raúl Guglielminetti, entre otros represores."Fuimos a ver a excombatientes que libraron batallas contra la subversión marxista por orden de un gobierno constitucional", había explicado Benedit, el organizador del evento, a través de un mensaje de WhatsApp que se viralizó en las redes sociales y que ratificó a LA NACION. Rocío Bonacci sugirió que la visita contaba con el aval de la Casa Rosada y del presidente de la Cámara baja, Martín Menem, aunque este luego lo desmintió.
Cinco individuos condenados por agredir a dos guardias civiles en Lanzarote en 2017, tras un ataque en una fiesta, uno con lesiones significativas y la juez absuelve a cinco más por falta de pruebas
Red criminal en Almería dedicaba a la inmigración irregular y tráfico de sustancias estupefacientes; la operación culminó con la intervención de 11,3 kilos de hachís y diversas detenciones
Dos agentes de policía locales de Almuñécar son condenados por lesiones a una mujer de 71 años tras un incidente relacionado con el estacionamiento de un vehículo patrulla
UPN impulsa modificaciones legislativas en Navarra para prevenir que condenados por terrorismo accedan a la enseñanza y reciban subvenciones mediante nuevos requisitos y prohibiciones en la administración pública
Las defensas piden la libertad provisional de los condenados por el homicidio de un turista alemán en Mallorca mientras se tramita el recurso para anular y repetir el juicio
Este portal se consolidó como una de las principales vías para que los usuarios accedieran gratuitamente a partidos de fútbol emitidos por plataformas de televisión de pago, como Canal+ Liga y Canal+ Fútbolâ??
Dos hombres condenados a prisión por inducir a menores a mantener relaciones sexuales mediante amenazas en redes sociales, además de enviar pornografía y ofrecer dinero a cambio de sexo
Un gurú financiero escapó de Colombia luego de que colapsara un presunto esquema piramidal y se refugió en barrios privados del conurbano bonaerense junto a su familia. Un grupo de damnificados se organizó para rastrearlo y recuperar sus ahorros por la fuerza. Dos ex agentes de la Policía Bonaerense fueron cómplices
El juicio a las cúpulas que rigieron al país durante la dictadura marcó la historia democrática. Como siguió la vida de los protagonsitas. Leer más
Carambia y Gadano responden al gobernador Vidal y eran los votos decisivos para llegar a la mayoría. El gobierno de Javier Milei espera que la vicepresidente Villarruel llame a sesionar
La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó las condenas a prisión perpetua para tres exintegrantes de la Brigada 6 de la División Brigadas y Sumarios de la Comuna 4 de la Policía de la Ciudad por el homicidio de Lucas González, ocurrido en noviembre de 2021 en el barrio porteño de Barracas. Además, ratificó la condena de otros cuatro policías por encubrir las acciones de los agentes que dispararon contra el futbolista juvenil de Barracas Central y sus tres amigos. En el juicio intervino la Fiscalía N°18 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, a cargo del fiscal Guillermo Pérez de la Fuente, según informó el Ministerio Público Fiscal en su portal institucional www.fiscales.gob.ar.La mañana del 17 de noviembre de 2021, el inspector Gabriel Alejandro Issasi, el oficial mayor Fabián Andrés López y el oficial Juan José Nieva circulaban en un Nissan Tiida sin identificación policial ni patente e interceptaron a Lucas y a Julián Alejandro Salas, Niven Huanca Garnica y Joaquín Zúñiga Gómez que iban en un Volkswagen Suran que recién había salido del club Barracas Central y se dirigían a sus domicilios en Florencio Varela.En ese momento, los efectivos se bajaron y les apuntaron. Ante la presunción de que eran delincuentes que querían asaltarlos, los adolescentes intentaron esquivarlos. En ese escenario, los tres integrantes de la brigada dispararon contra el VW Surna: uno de los proyectiles impactó en la cabeza de Lucas González, que falleció al día siguiente en el hospital "El Cruce", de Florencio Varela.La secuencia de la persecución policial contra Lucas González y sus amigos en BarracasTras los disparos se montó en la zona un operativo que duró hasta entrada la noche y culminó con la detención de los jóvenes que acompañaban a González. En ese contexto, y a pesar de que durante la primera comunicación que se hizo a las autoridades judiciales se sostuvo que no se advertía la presencia de arma alguna dentro del auto de las víctimas, luego se halló allí una pistola de utilería.En julio de 2023 y después de cuatro meses de debate, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) Nº25 consideró a Isassi, Nieva y López como coautores de "homicidio quíntuplemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego, por alevosía, por odio racial, por el concurso premeditado de dos o más personas y por haber abusado de su función por ser integrante de fuerza de seguridad".Además, consideraron que eran responsables por la tentativa de homicidio (con las mismas agravantes) cometida contra los tres amigos de Lucas; por la "privación ilegítima de la libertad agravada por haberse dado con abuso de funciones o sin formalidades prescritas por ley" y por el delito de "falsedad ideológica".Por otra parte, el comisario Rodolfo Alejandro Ozán -a cargo de la Comisaría Vecinal 4A-; los comisarios Fabián Alberto Du Santos y Juan Romero, y el subcomisario Roberto Inca fueron hallados responsables del delito de "encubrimiento" por haber ayudado a Isassi "a alterar pruebas de un delito agravado por tratarse el hecho precedente un delito especialmente grave y por ser el autor un funcionario público realizado en el ejercicio de sus funciones" y por la "privación ilegítima de la libertad agravada por abuso de sus funciones o sin formalidades prescritas por ley". Por ello, les fijó una pena de 6 años de prisión y una inhabilitación de 10 años para ocupar cargos públicos.Con respecto al oficial Sebastián Baidón, se lo condenó a 8 años de prisión por torturas. A Héctor Cuevas -integrante de la comisaría Vecinal 4D- se lo señaló también como responsable del encubrimiento y de la privación ilegal de la libertad y se lo condenó a 4 años de prisión como había requerido la fiscalía en su alegato. Cuevas fue quien reveló en el juicio lo sucedido la mañana del 17 de noviembre y aseguró haber visto cómo algunos de sus compañeros policías habían "plantado" el arma de juguete dentro del auto en el que iban las víctimas.La decisión de CasaciónLos jueces Gustavo Bruzzone, Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite rechazaron en forma parcial los recursos interpuestos por las defensas y confirmaron las condenas de Isassi, Nieva, López, Ozán, Du Santos, Cuevas e Inca, dispuestas por el TOC N°25.Al respecto, repasaron la secuencia -reconstruida a través de diversas cámaras de seguridad de la zona- donde se observa cómo los integrantes de la brigada visualizaron el auto Volkswagen Suran donde circulaban las víctimas cuando estaba detenido en un kiosco. Las defensas sostuvieron que comenzaron a perseguir a los adolescentes porque los habían visto salir o de una casa "donde se hacían tareas de investigación" o de una cancha barrial. En los recursos, también sostuvieron que habían realizado "maniobras evasivas del tránsito".En ese sentido, los camaristas recordaron la explicación brindada por el tribunal. "Como ya se mostró en las imágenes, cuando los integrantes de la brigada vieron por primera vez al vehículo conducido por Julián [Salas], estos estaban aguardando atrás de otros dos autos que el semáforo habilitara el paso. Ergo, es falso que pudieron advertir maniobra evasiva alguna y mucho menos que los vieron salir de la cancha 'Cacho'", explican.Los jueces de la Sala III de Casación hicieron foco en las filmaciones que se consiguieron en la causa y que fueron parte fundamental del fallo del tribunal, ya que mostraron también cómo fue la persecución y el momento en que los policías interceptaron a las víctimas"Fue determinante para los sentenciantes el hecho de que, según se pudo reconstruir, los imputados en ningún momento dieron a conocer su condición de agentes policiales, ni cuando estaban dentro del automóvil, ni tampoco luego de descender", afirmaron los magistrados de Casación.Además, el tribunal oral había ponderado lo declarado por los jóvenes, algo que fue resaltado nuevamente por los camaristas. "Concretamente, se tuvo en cuenta que, conforme explicaron los menores, 'en ningún momento escucharon señal sonora alguna ni vieron baliza alguna, por lo que siempre creyeron que se trataba de un intento de robo'"."Conforme se sostiene en el fallo, se consideró acreditado que inmediatamente después de la interceptación, los imputados procedieron directamente a efectuar disparos con sus armas de fuego. De acuerdo con los términos empleados en la sentencia, se tuvo por probado que los imputados 'inmediatamente abrieron fuego' y que 'inmediatamente comenzaron a disparar'", se remarcó.Los camaristas recordaron que en la sentencia se tuvo específicamente por probado que los disparos estuvieron dirigidos hacia "zonas vitales" de los cuerpos de las víctimas. "En especial, como demostrativo de esta circunstancia, se destacó que uno de esos disparos, efectuado 'de frente', se introdujo en la 'zona frontal derecha' de la cabeza del damnificado Lucas González y, de ese modo, 'penetró en su cráneo ocasionándole lesiones de gravedad tal que falleció al día siguiente'", especificó Casación."En pocas palabras: aún si los damnificados se hubiesen encontrado en un lugar donde se comercializaban estupefacientes (cuestión que, vale insistir, fue descartada con acierto en la sentencia), y los imputados contasen con autorización para seguirlos en el marco de una investigación, ello en modo alguno los autorizaba a interceptar el rodado de las víctimas, descender sin identificarse como policías, y proceder inmediatamente a dispararles con sus armas de fuego", remarcaron.Entre los planteos, las defensas habían esgrimido tanto en el juicio como en los recursos la posibilidad de que los policías hubieran actuado amparados bajo la legítima defensa. En ese sentido, sostuvieron que los disparos se dieron cuando los adolescentes se alejaron del lugar e impactaron con el auto a los agentes."Sin embargo, en el fallo, con motivos suficientes, se concluyó precisamente lo contrario: que los imputados, luego de interceptar a los damnificados, procedieron inmediatamente a disparar con sus armas de fuego, y esto motivó la decisión de las víctimas de intentar alejarse del sitio donde se encontraban", marcó Casación."En otras palabras, como sucedió en el caso, en la medida en que las víctimas procuraron defenderse de la agresión ilegítima desplegada contra ellas por los aquí imputados, toda actuación de estos últimos a través de la cual, pretendidamente, hubiesen querido defenderse legítimamente contra la reacción de aquellos, no puede en modo alguno encontrar cobijo en el artículo 34, inciso 6 del Código Penal", consideraron los camaristas.El encubrimientoCasación rechazó también los planteos que presentaron Inca, Ozán, Du Santos y Cuevas. De acuerdo a la sentencia, los cuatro formaron parte del operativo montado para perjudicar a las víctimas.De acuerdo a la sentencia, Inca, en su rol subcomisario de la División Sumarios y Brigadas de la Comuna 4ª de la Policía de la Ciudad, fue uno de los agentes que ayudaron a Isassi a "alterar las pruebas del delito orquestando un procedimiento policial fraudulento y manteniendo en consecuencia ilegítimamente privados de la libertad a Lucas Santiago González, Julián Alejandro Salas, Joaquín Zuñiga Gómez y Niven Huanca Garnica".En ese sentido, el tribunal había marcado que fue quien, para garantizar el éxito de la maniobra, le ordenó a Isassi insertar el arma de juguete con inscripción "The Punisher" en el auto de las víctimas.En el caso de Ozán y Du Santos, el tribunal tuvo en cuenta las conversaciones que mantuvieron donde comentaron lo sucedido con los adolescentes. "Que vaya y busquen lo tenga que buscar para justificar esto", dijo el primero de los nombrados en ese diálogo que retomó Casación.Con relación a Cuevas, que fue el policía que durante el debate oral relató parte de la maniobra de encubrimiento, se describió su actuación y los aportes que realizó. "La alteración de la escena no sucedió apenas él arribó, sino después de transcurrido cierto tiempo; quien ejecutó esa maniobra no fue cualquier persona, sino una de las que contaba con un interés en falsear la realidad de lo acontecido; y el elemento que se colocó (un arma de juguete) tenía, por sus propias características, la finalidad de generar una puesta en escena muy específica, esto es, una tendiente a crear una posible justificación para el uso de armas de fuego por parte de los agentes de la brigada", explicó la Sala 3.La persecución de los policías acusados a Lucas y sus amigosEn ese cuadro, tal como lo planteó el TOCC N°25, se dio por acreditado que Cuevas conocía que lo que había dicho Isassi al hablar de enfrentamiento con los damnificados "no se correspondía con la realidad, sino que se trataba, en cambio, de la existencia de un homicidio, y el comienzo de ejecución de otros tres, por parte de los agentes".Las absolucionesCon respecto al comisario Romero, Casación consideró que de la lectura de la sentencia no se comprende "cuál es la conducta del acusado que podría ser subsumible en el concepto de 'ayudar al autor' a 'alterar las pruebas' del delito"."Ni siquiera una lectura esforzada de la totalidad de la sentencia permite advertir cuáles habrían sido las conductas del acusado que permitieron al tribunal oral arribar a su conclusión en lo que respecta a la tipicidad objetiva del delito de encubrimiento. En efecto, no se cuenta con una descripción de conductas que el imputado habría desplegado en el lugar del hecho (a diferencia de lo que sí sucede con Inca y Cuevas), ni tampoco con expresiones que el imputado haya efectuado en alguna comunicación telefónica sobre cuya ambigüedad pueda discutirse (al contrario de lo que acontece con Ozán y Du Santos)", marcaron los jueces de Casación en el momento en que decidieron la absolución de Romero.En relación con el oficial Baidón, si bien Casación dejó en claro que no existe controversia en el caso acerca de las graves torturas sufridas por Zúñiga Gómez, "existe un cuadro de duda no despejado adecuadamente por el tribunal oral que impide confirmar la sentencia condenatoria".
Casación revisó el fallo de la causa por el crimen de Lucas González, el futbolista de 17 años asesinado en Barracas en 2021. Leer más
Casación revisó el fallo de la causa por el crimen de Lucas González, el futbolista de 17 años asesinado en Barracas en 2021. Leer más
La Cámara de Casación ordenó dejar en libertad a Juan Horacio Romero y Sebastián Jorge Baidón, antes condenados a 6 y 8 años de prisión.El crimen del joven de 17 años sucedió en noviembre de 2021, en Barracas.
Esta rutina delictiva se repetía cada lunes y jueves y llegaron a apropiarse de mercancías valoradas en aproximadamente 9.200 euros
La edad promedio de las aeronaves será de 24 años de cara a 2035, diez más que ahora. España, con aviones más jóvenes que el resto de los principales países de la UE, incorporará siete aviones en 2025
Según el Ministerio Público, doce oficiales del Ejército y el representante de Trepsa participaron en la contratación de servicios de mantenimiento ficticios para las aeronaves Antonov, justificando los pagos con documentos falsificados, aunque el trabajo ya se había realizado internamente
Los condenados por delitos graves relacionados con el narcotráfico no podrán gozar de salidas anticipadas de prisión, según resolvió hoy un fallo plenario la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la validez de la ley que impide ese beneficio, conocida como Ley Petri, a raíz de que el ministro de Defensa que fue su autor.El tribunal tomó esta decisión luego de que dos de sus jueces, Juan Carlos Gemignani y Angela Ledesma, habían declarado inconstitucional esa ley en el caso de una persona condenada por narcotráfico. Se trataba de Carlos Hernán Beati, quien había sido condenado a seis años de prisión por tráfico ilegal de estupefacientes en su modalidad, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas, a quien se le otorgó la libertad anticipada.El fallo provocó la indignación del Gobierno, que a través de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, expresó que se trataba de un "grave retroceso" que permitía que "los peores criminales salgan de la cárcel antes de cumplir su condena".El juez Alejandro Slokar, que integra el tribunal, también tiene esta postura. Ante esas divergencias y la solicitud del fiscal ante la Casación Raúl Pleé que reclamó el plenario para llevar claridad y unificar un criterio ante esta situación, todos los jueces del tribunal se reunieron para debatir.Así, convalidaron la Ley Petri que impide a las personas condenadas por narcotráfico acceder a un régimen general de salidas anticipadas durante el cumplimiento de la pena.Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Daniel Petrone, presidente, Diego Barroetaveña, Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma, Carlos Mahiques, Mariano Borinsky, Alejandro Slokar, Juan Carlos Gemignani, Javier Carbajo y Gustavo Hornos se reunieron en acuerdo general y dictaron el fallo plenario.Por mayoría del integrada por Petrone, Barroetaveña, Borinsky, Yacobucci, Mahiques, Carbajo y Hornos dispusieron como doctrina plenaria que "resultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, con el principio de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno" los artículos de la ley cuestionada, en cuanto estipulan que no corresponde conceder la libertad anticipada a los condenados por la ley de drogas en sus artículos 5 al 7.Votaron en disidencia los jueces Ledesma, Gemignani y Slokar. No obstante, este criterio general de aplicación de la Ley Petri es obligatorio para todos los jueces que conforman la Casación, así como también para los juzgados, tribunales orales y cámaras federales del país.Los magistrados que integraron la mayoría sostuvieron que, si bien la Constitución y los tratados internacionales establecen que la ejecución de la pena en prisión debe tener como objetivo la reinserción social del condenado, "no prevé un modelo determinado para la concreción de ese objetivo".Para las personas condenadas por delitos de narcotráfico la ley establece que un año antes de que la persona condenada termine de cumplir su pena, tiene la posibilidad de acceder a una preparación dentro del establecimiento (los tres primeros meses) y salir hasta doce horas diarias durante los siguientes seis meses con acompañamiento y durante los últimos tres meses sin supervisión.Los camaristas consideraron que las personas condenadas por delitos vinculados al narcotráfico tienen su propio régimen especial en virtud de la gravedad del delito, adecuado a los principios de progresividad, igualdad ante la ley y razonabilidad de los actos de gobierno. Aclararon que sostener la compatibilidad del modelo diseñado por el legislador no implica emitir un juicio de valor sobre su conveniencia, pues esa no es tarea propia de los jueces.Finalmente, destacaron que la Cámara Federal de Casación Penal tiene el deber de establecer un criterio de interpretación general a seguir que brinde certeza y claridad.La jueces Ledesma, Gemignani y Slokar se pronunciaron en disidencia, por considerar que el recurso que motivó el acuerdo plenario no era admisible y que el tema definido en la convocatoria es ajeno a las facultades de la Cámara.El fiscal Pleé recurrió la decisión de la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal, el 28 de enero de 2025. Allí se hizo lugar a un recurso de la defensa de una persona condenada por narcotráfico y se declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley Petri.El 18 de febrero pasado el Tribunal de Admisibilidad de la Cámara de Casación Penal, por mayoría, declaró procedente el recurso de inaplicabilidad de ley presentado por Pleé convocó al plenario que tuvo lugar el 11 de marzo pasado.Expresaron sus puntos de vista la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación (Defensor General Guillermo Todarello), del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Julián Alfie), del Centro de Estudios Legales y Sociales (Tomás Griffa), de la Asociación Pensamiento Penal (Indiana Guerreño) y de la Asociación Civil Usina de Justicia (Diana Cohen Agrest). El Centro de Estudios de Ejecución Penal de la Universidad de Buenos Aires presentó un informe escrito por Leonardo Pitlevnik.
El tribunal federal dictará hoy un fallo plenario. Hay una mayoría de votos para ratificar la constitucionalidad de las leyes que impiden a los condenados por delitos graves tener una libertad anticipada
El dictamen fue aprobado con 85 votos a favor, una abstención y ninguno en contra. El documento sostiene que una persona que no haya estudiado la carrera puede que no tenga habilidades y conocimientos necesarios para brindar una atención médica de calidad
Los exuniformados habían pedido dinero a un hombre para evitar que pagara una multa, los hechos ocurrieron en abril del 2023
Los casos encajan en un patrón más amplio de intimidación por parte de Beijing
La Audiencia de Valladolid determina condenas entre dos años y medio de prisión a funcionarios y empresarios por irregularidades en la compra del edificio conocido como Perla Negra y otros delitos económicos
Tribunal impone 27 años de cárcel a los asesinos del hostelero Guillermo Castillo, sin aceptar la solicitud de prisión permanente revisable de sus hijos tras el fatídico asalto en Cuzcurrita del Río Tirón
Condena de 27 años por asesinato y robo a los autores del ataque mortal a Guillermo Castillo, hostelero de Cuzcurrita, tras un asalto fallido en su domicilio
Quienes deseen acceder a este tipo de pena deberán pagar la suma de $7.117.500. Mientras tanto, los condenados continuarán gozando de la libertad hasta que no quede en firme la condena
Cinco condenados por la muerte del pastor Joaquín Jiménez en Las Rosas, con penas de prisión de hasta 16 años por un ajuste de cuentas entre clanes rivales en Madrid
La Audiencia Nacional impone penas de 10 y 7 años de prisión a excombatientes yihadistas por integración en grupos terroristas vinculados a Al-Qaeda y actividades bélicas en Siria