La Línea 9 no ofrece servicio entre Chabacano y Pantitlán tras el incendio registrado en el tramo Velódromo-Tacubaya
El menor presentó un cuadro de meningoencefalitis amebiana primaria confirmado por el Instituto Malbrán. Tras el trágico desenlace, las autoridades locales dispusieron la clausura preventiva del complejo termal para analizar las aguas. Leer más
El cirujano ya prestó declaración ante el Tribunal Oral N°17 por este caso y por la muerte de Cristian Zárate.
La muerte de Sahara Ray, modelo australiana de 34 años, conmocionó al mundo de la moda y a sus seguidores en redes sociales. Según informes publicados por los medios Page Six y Daily Mail, la causa del deceso sería una sobredosis de fentanilo, un potente opioide sintético analgésico, entre 50 y 100 veces más potente que la morfina y hasta 50 veces más que la heroína.La joven sufrió una descompensación el pasado viernes que obligó a su traslado urgente a un hospital en Los Ángeles. Los médicos la ingresaron en terapia intensiva bajo soporte artificial, pero sin embargo, el diagnóstico clínico de muerte cerebral resultó irreversible. La familia tomó la dolorosa decisión de desconectar el respirador el domingo por la noche.La trayectoria de Ray alcanzó relevancia internacional durante 2016 debido a un vínculo sentimental con Justin Bieber. Medios de comunicación captaron imágenes de ambos en Hawái, aunque el artista canadiense evitó confirmar la relación en público. Previo a aquel episodio, la prensa también vinculó a la modelo con el cantante australiano Cody Simpson.Su carrera inició en 2014, cuando consolidó su marca personal y fundó su firma de trajes de baño. Hija del reconocido surfista Tony Ray, creció entre Australia, California y Hawái, entornos que definieron su estilo de vida y su perfil como influencer con cerca de 900.000 seguidores digitales. El último año estuvo marcado por desafíos personales y de salud para la modelo: en enero de 2026, Ray celebró el nacimiento de su hija Snow, a quien calificó en sus redes como "su mayor tesoro".Poco tiempo antes, en abril de 2024, ella comunicó a sus seguidores un diagnóstico complejo: el síndrome de Guillain-Barré. Este trastorno neurológico autoinmune apareció tras un grave accidente vial en el cual un conductor ebrio la atropelló. La modelo narró a través de canales digitales cómo aquel evento alteró su cotidianidad: "Mi vida entera cambió en un instante". La dolencia provocó una parálisis parcial en sus extremidades inferiores y requirió procesos intensivos de rehabilitación.La madre de la modelo, Gretchen Bach, compartió un mensaje en declaraciones a Daily Mail: "Sahara era una joven increíblemente apasionada que amaba a su familia, la moda, a su hija Snow y al surf". Asimismo, destacó el agradecimiento del círculo íntimo ante las muestras de afecto recibidas desde diversas comunidades globales.Por su parte, la hermana menor, Ruby Ray, publicó un emotivo homenaje en Instagram. "Una luz tan brillante que este mundo se siente increíblemente más oscuro sin ella", manifestó Ruby en su texto. El escrito también resalta el profundo dolor familiar ante la pérdida repentina: "Si el amor por sí solo hubiera podido mantenerte aquí, Sahara, habrías vivido mil vidas".Ray ya enfrentaba antecedentes médicos relevantes, dado que en diciembre de 2021 ingresó a un tratamiento de 30 días en un centro especializado para abordar temas de salud mental y adicciones. La última publicación de la modelo en Instagram data de julio, donde compartió fotografías junto a su hija. Los medios mantienen la reserva sobre los detalles médicos finales mientras los allegados piden privacidad en este momento de duelo.
La Cámara Federal de Resistencia dictó la falta de mérito para cinco imputados y confirmó la de otros dos. La investigación continuará para esclarecer el origen de los bienes, que seguirán sujetos a medidas cautelares. Leer más
Caminos ilegales crecieron 316% desde 2017 y ponen en amenaza el vivir de los pueblos indígenas en aislamiento de la Amazonía
La Cámara Federal de San Martín rechazó planteos de su defensa para anular la investigación y ratificó al fiscal Fernando Domínguez en la causa
La agresión sexual tuvo lugar durante el segundo y tercer día de una travesía iniciada a principios de septiembre en Agadir
La Cámara Federal de Casación Penal cerró el expediente por el préstamo de US$ 57.100 millones firmado en 2018, luego de que el fiscal general Raúl Pleé desistiera de continuar con la apelación. La investigación también alcanzaba a otros exfuncionarios del gobierno de Cambiemos. Leer más
El Tribunal Oral Federal 5 planteó desdoblar: Los Sauces comenzaría este viernes y Hotesur en marzo próximo. Define Casación. Leer más
Hornos y Borinsky, dos jueces que visitaban Olivos, avalaron el dictamen del fiscal Pleé, que desistió de sostener la investgicación.
Fue con un fallo de la Cámara de Casación que aceptó el retiro de una apelación por parte del fiscal general.Así quedó firme que el cierre del caso por ausencia de delito por parte del expresidente, el actual ministro de Economía y otros exfuncionarios macristas.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el archivo de la causa contra el expresidente Mauricio Macri y los actuales ministros Luis Caputo y Federico Sturzenegger por el crédito de 57.100 millones de dólares del Fondo Monetario Internacional (FMI) que acordaron en 2018.Con la firma de los jueces Javier Carbajo, Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky, el tribunal también rechazó las recusaciones formuladas contra sus integrantes y los fiscales intervinientes, y dio intervención al Colegio Público de Abogados por el contenido de los escritos.La decisión se tomó luego de que la semana pasada el fiscal ante la Casación Raúl Pleé desistió de la apelación que habían planteado sus colegas de las instancias inferiores contra el cierre del caso.La investigación, iniciada a partir de distintas denuncias, tuvo entre sus principales involucrados al expresidente Macri; los extitulares del Banco Central Sturzenegger, Caputo y Guido Sandleris; el exministro de Hacienda Nicolás Dujovne; y otros funcionarios. Se buscaba determinar si el endeudamiento contraído con el FMI y el posterior destino de los fondos habían permitido financiar un proceso de fuga de capitales en perjuicio del Estado nacional, mediante conductas que podían configurar los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, administración fraudulenta y malversación de caudales públicos.En febrero de 2026, el Juzgado Federal N° 5 dispuso el archivo de las actuaciones por inexistencia de delito, decisión que fue confirmada en septiembre por la Sala I de la Cámara Federal porteña. Frente a ello, el fiscal general José Luis Agüero Iturbe interpuso un recurso de casación que fue declarado inadmisible, por lo que acudió en queja ante la Cámara de Casación.Sin embargo, al intervenir en esta última instancia, el fiscal general Pleé desistió del recurso. En su dictamen señaló que, después de más de cinco años de investigación, los representantes del Ministerio Público Fiscal no habían identificado medidas de prueba concretas que permitieran modificar las conclusiones de las instancias anteriores. También consideró que no se había logrado sostener una hipótesis delictiva suficientemente fundada y afirmó que "lo único que queda en pie de esta acusación es el desacuerdo con un modelo económico determinado". En consecuencia, la Sala IV tuvo por desistida la queja fiscal, sin ingresar al examen del fondo de la cuestión.El tribunal también debió resolver la presentación de Antonio Conrado De Martino, un particular que había intentado incorporarse al proceso como querellante invocando su condición de ciudadano y contribuyente, y que había adherido al recurso de casación del Ministerio Público Fiscal. La Cámara Federal ya había rechazado su intervención por considerar que no había demostrado un perjuicio directo y personal derivado de los hechos investigados. Posteriormente, De Martino acudió en queja ante Casación para cuestionar esa decisión y procurar que continuara la revisión del archivo.La Sala IV no hizo lugar a su recurso. Los jueces explicaron que la adhesión a un recurso es una vía accesoria que presupone la existencia de una impugnación principal concedida. En este caso, el recurso fiscal nunca había sido admitido y la queja posterior fue desistida por su titular. Por lo tanto, De Martino no contaba con un recurso autónomo que permitiera sostener su intervención ante Casación.Además de cuestionar el archivo de la investigación, De Martino, con el patrocinio del abogado Nicolás Roberto Corbetto Norese, promovió la recusación de los tres integrantes de la Sala IV. También solicitó el apartamiento del fiscal Pleé y la nulidad de su dictamen, y recusó al fiscal Agüero Iturbe, pese a que anteriormente había adherido al recurso presentado por este último.El tribunal rechazó in limine todos esos planteos. Consideró que las acusaciones se sustentaban en apreciaciones subjetivas, referencias a otras investigaciones y publicaciones periodísticas, sin elementos objetivos que permitieran poner en duda la imparcialidad de los magistrados ni justificar el apartamiento de los representantes del Ministerio Público Fiscal. Los jueces destacaron, además, la contradicción en la que incurrió De Martino al recusar al mismo fiscal cuyo recurso pretendía que Casación mantuviera vigente.La resolución también dedicó especial atención al contenido de las presentaciones de De Martino, en las que se formularon graves acusaciones personales contra magistrados y funcionarios judiciales, junto con manifestaciones de carácter antisemita. En particular, el presentante sostuvo que los atentados contra la Embajada de Israel y la AMIA habrían sido organizados por los propios judíos con el propósito de presentarse como víctimas y favorecer intereses territoriales en Medio Oriente.La Sala IV advirtió que las presentaciones contenían expresiones discriminatorias, incompatibles con los principios de la ley 23.592 y con el respeto a la dignidad de las personas. Los jueces señalaron, además, que el ejercicio del derecho de defensa y la facultad de cuestionar las decisiones judiciales, aun con firmeza, no autorizan a formular imputaciones personales de naturaleza delictiva ni a atribuir propósitos espurios a los magistrados sin el debido sustento.En consecuencia, el tribunal formuló una observación a De Martino y a su abogado Corbetto Norese, para que en lo sucesivo ajusten sus expresiones a las exigencias de respeto y decoro propias de la actuación judicial. Asimismo, dispuso dar intervención al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que examine la conducta profesional del letrado, conforme a las normas que regulan el ejercicio de la abogacía.Más allá de estas consideraciones, el eje de la causa apuntaba al acuerdo stand by celebrado con el FMI en 2018, por el cual la Argentina obtuvo inicialmente un financiamiento de 50.000 millones de dólares, luego ampliado a 57.100 millones de dólares.La investigación procuró determinar si el crédito era innecesario y en verdad se tomó para fugar los dólares con acuerdo de empresarios y financistas allegados al poder.También el caso trata de determinar si durante la negociación, la suscripción y la ejecución del acuerdo se produjeron incumplimientos de las normas que regulaban este tipo de operaciones. En primera instancia, la jueza María Eugenia Capuchetti archivó el caso, fallo que fue confirmado por los camaristas Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens.La decisión fue recurrida primero por el fiscal Franco Picardi. Luego, el fiscal de Cámara José Agüero Iturbe interpuso un recurso de Casación, que fue desestimado, y finalmente un recurso de queja, que la semana pasada fue fue desistido por el fiscal Raúl Pleé.
El Tribunal Oral Federal de Córdoba había anulado la acusación por supuestos defectos durante la instrucción. Ahora la Cámara Federal de Casación Penal anuló esa decisión y ordenó avanzar con el debate oral y público
La Cámara de Casación rechazó el último recurso de la fiscalía, luego de que el fiscal Raúl Pleé desistiera de sostenerlo. Consideró que no hubo una hipótesis delictiva concreta y que la toma de deuda fue una decisión política ajena al control judicial Leer más
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal avaló el archivo de la denuncia contra Mauricio Macri, Luis Caputo, Federico Sturzenegger y Nicolás Dujovne
En Ronda de Corresponsales (RDC), por +Perfil, el corresponsal en Estados Unidos, Norman Powell, repasó la orden de arresto contra Raúl Castro en una causa vinculada con el derribo de dos avionetas de Hermanos al Rescate, ocurrido el 24 de febrero de 1996. Leer más
La querella, impulsada por el empresario Fernando Álvarez Castellano, denunció a Carlos Damián Liberman por presuntas irregularidades en inspecciones, multas y sanciones contra Conarpesa y Agropez, además de amenazas durante un encuentro en España. La Cámara Federal de Casación Penal consideró que las pruebas reunidas no permitían acreditar los delitos atribuidos al exsubsecretario de Pesca
Una frase que circula con el nombre del emperador francés pone el foco en algo que no siempre queremos mirar: el daño que también hace quien ve una injusticia y calla.
Estados Unidos propone disolver ese comité porque significa "un despilfarro de recursos", mientras que Argentina sostiene que "es un escenario clave" para reclamar la soberanía en las Islas del Atlántico Sur
Un juez de Nuevo México detectó irregularidades en el procedimiento judicial contra Timothy Busfield, acusado de delitos sexuales contra menores. La resolución no implica su absolución y la Fiscalía podría volver a presentar cargos. La actriz, que ya lo había defendido públicamente, reaccionó a la noticia en las redes.
El magistrado de Rosario sumó un nuevo revés judicial en medio del jury: deberá enfrentar un juicio oral por presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La decisión se conoció apenas dos días después de que se solicitara su destitución en el marco de otro expediente, en el que se cuestiona su desempeño como juez. La acusación de su defensa sobre una "batalla campal" entre los jueces Rosatti y Lorenzetti. Leer más
Un vehículo ingresó a un campo de juego en Kansas, causando la muerte de un menor y un adulto, y dejando heridos a dos más. El conductor fue detenido.El trágico suceso ocurrió en el complejo Stryker durante un partido. Las autoridades aseguran que no hay más riesgos para la comunidad.
La inseguridad se ha convertido en el principal motivo por el cual la gente deja sus lugares de origen sin desearlo
El atragantamiento representa la principal causa accidental de muerte en niños , una problemática que, según el médico Jorge Tartaglione, requiere de una atención constante y precisa por parte de los adultos responsables. Según el especialista, estos episodios no deben considerarse accidentes fortuitos, sino incidentes, ya que en la gran mayoría de los casos existe un factor de prevención clave que puede evitar el desenlace fatal: "El accidente siempre se puede prevenir"."Esto es mayor riesgo en menores de 13 años. Ocurre en segundos, por eso hay que estar siempre muy atento, siempre atento. Y la mayoría de los casos se puede prevenir. No son accidentes, son incidentes. El accidente siempre se puede prevenir. Como prevenor atragantamientos en ninosCómo prevenir el atragantamiento en los niñosPara prevenir, el especialista remarcó los elementos, con los cuáles los padres deben tener especial atención para evitar el atragantamiento: "Si le das de comer uvas enteras a tu hijo de 3, 4, 5 años o 2, se puede atragantar". "Las salchichas, los frutos secos y los caramelos duros, en los pequeños", subrayó.Asimismo, advirtió sobre elementos cotidianos que suelen pasar desapercibidos: las pilas, los globos, los juguetes pequeños y hasta las uñas postizas son focos de riesgo. "Yo he visto atragantamientos, impactos en el pulmón por accidentes domésticos, las pilas, los globos, los juguetes pequeños"."Todo lo pequeño y redondo se lo meten en la boca y se pueden atragantar, por eso hay que supervisar siempre, sentarlo para comer y cortar los alimentos en trozos pequeños", señaló el médico en su explicación sobre la prevención primaria.Qué hacer en caso de un atragantamientoCuando la obstrucción ocurre, el protocolo de actuación es determinante para salvar una vida, es por ello que el profesional de la salud estableció una distinción fundamental: la capacidad de toser: "Si el chico puede toser, es que tiene la vía aérea abierta. Dejálo toser y si no lo puede hacer, lo das vuelta y le empezás a golpear en la espalda. Esto es muy importante. Todas las madres lo tienen que saber", remarcó. La maniobra técnica consiste en realizar palmadas fuertes en la zona interescapular, entre los dos omóplatos, seguidas de compresiones en el pecho si el niño es menor de un año. "Cinco palmadas, cinco en la espalda y después lo da vuelta y cinco en el pecho. Es muy importante esto tenerlo presente y nunca meter los dedos en la boca", alertó.En cuanto a los adultos, la técnica varía hacia la maniobra de Heimlich. El especialista recomienda interrogar a la víctima, ya que en caso de que no pueda responder, es adecuado aplicar la maniobra: "Te atrás y le comprimís la parte superior del abdomen, hacia arriba y lo va a expulsar, es justo debajo de la boca del estómago". En caso de que la persona se encuentre sola, Tartaglione aconsejó apoyarse sobre el respaldo de una silla y utilizar la presión del objeto para comprimir el abdomen debajo del esternón y lograr expulsar el objeto.
Esta enfermedad todavía es minimizada en distintos ámbitos, pues suele considerarse una molestia pasajera.
El caricaturista en una misma semana fue cuestionado por calificar a la primera dama Ana Lucía Pineda como "ratita", y por eso la Fiscalía le abrió una investigación por presunto delito de injuria agravada, que actualmente lleva otro proceso en su contra por un contrato de $257 millones que firmó durante el Gobierno de Gustavo Petro
El juez procesó al extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad, y a otras 18 personas por una segunda ruta de coimas en el organismo, aunque no dictó prisiones preventivas. Según la fiscalía de Franco Picardi, entre diciembre de 2023 y octubre de 2025 se direccionaron compras de insumos de alto costo a proveedores. Leer más
Moyano está imputado por violencia de género y privación ilegítima de la libertad contra Arizaga. La influencer pide no ser "revictimizada". Leer más
El juez federal de Campana desvinculó del caso a seis empresas y 13 familiares y allegados del tesorero. El requerimiento de instrucción fue desestimado y el Ministerio Público busca que los implicados no queden "blindados" frente a eventuales imputaciones en otros expedientes o el hallazgo de nuevas pruebas
Carolina Ansaldi fue procesada como coautora de la adulteración de sustancias medicinales con resultado de muerte. Enfrenta cargos por adulteración de medicamentos que habrían causado la muerte de al menos 70 personas
La disputa por quién debe investigar la causa de la "mansión de Pilar" puede llegar hasta la Corte Suprema de Justicia. El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Mario Villar, presentó un recurso de queja ante el máximo tribunal para que analice quién debe quedarse con el expediente. La presentación también solicita que deje sin efecto la decisión que hizo que el juzgado federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay, quedara a cargo de la pesquisa.Este pedido es la última vía que le queda al Ministerio Público en esta disputa. El 6 de octubre, la Sala I de la Casación, integrada por Alejandro Slokar, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, declaró inadmisible el recurso extraordinario de Villar. Por eso ahora el asunto pretende escalar hasta la Corte, mediante un escrito que habla de presuntas "suspicacias en la opinión pública".El centro del planteo es que la Casación mandó la causa a Campana con el argumento de que el lavado de dinero es un delito federal, pero sin analizar dónde habrían ocurrido los hechos que se investigan. La hipótesis plantea que ocurrieron en la Ciudad de Buenos Aires, no en Campana. "Conformarse con la afirmación de que el delito de lavado de dinero es de competencia de la justicia federal, como si esta frase tuviera algún contenido mágico que implicara que no debe observarse la competencia territorial, es insostenible", escribió el fiscal. Y agregó: "La Cámara de Casación está dejando de lado la ley procesal, citada por ambas partes, respecto de la competencia territorial, y no le importó". A su vez, Villar dio cuenta de un grupo de expedientes. "Las causas en trámite contra los dirigentes de la AFA y personas allegadas no se limitan a las presentes actuaciones, sino que comprenden un entramado de causas, que en su mayoría están bajo pedidos de inhibitoria por el juez federal de Campaña", sostuvo. Enumeró la investigación por la "mansión de Pilar" y el expediente proveniente de los tribunales de Santiago del Estero por presunta defraudación en la AFA.Por ese motivo, el fiscal aludió a un posible "forum shopping", en referencia a la "acumulación de causas" en un juez que considera no debería estar a cargo de los expedientes.Esta causa trata sobre quién es el dueño de la quinta de Pilar, que perteneció a Carlos Tevez. Su relevancia es tal porque el juez que investigue este caso arrastrará todas las causas de supuesto lavado de dinero y fraude ligadas con la AFA, que involucran a Claudio "Chiqui" Tapia y al tesorero, Pablo Toviggino. La entidad siempre negó las acusaciones en su contra.La denuncia original es del 1 de diciembre de 2025 y fue realizada por Elisa Carrió, Juan Facundo Del Gaiso y Matías Yofe, integrantes de la Coalición Cívica.Los denunciantes apuntaban por lavado de dinero a quienes aparecen como dueños de la quinta de Pilar, de cinco hectáreas, donde había canchas de fútbol, un haras, caballos árabes, un helipuerto, gimnasio, casas, quincho y parrilla y un galpón con 54 automóviles de alta gama, incluidos algunos clásicos de colección y otros deportivos último modelo. Sospechan que son testaferros de alguien más.La quinta, que la Justicia estimó que tiene un valor de 25 millones de dólares, con los autos dentro, pertenece en los papeles a Real Central SRL, una sociedad a cargo de Luciano Pantano, exdirigente de futsal, y su madre, Ana Conte, jubilada. Cuando se allanó la quinta, en su interior fueron hallados objetos con el nombre de Pablo Toviggino, como un bolso y una placa.
El causa investiga el supuesto pago de coimas en las contrataciones de insumos médicos y ortopédicos, principalmente las realizadas mediante el Programa Incluir Salud.
El fiscal Mario Villar sostuvo ante Casación que hubo una "manifiesta arbitrariedad" en el envío del caso al juzgado federal de Campana. Por ello pidió que intervenga el máximo tribunal del país
La Fiscalía llevó al máximo tribunal la discusión sobre en qué juzgado debe investigarse el presunto lavado de dinero en la compra de la propiedad que se le atribuye al tesorero Pablo Toviggino.
La mujer del presidente del Gobierno se encontraba en un local junto a dos amigas cuando Quiles "la abordó y le impidió salir del local"
La necropsia y los análisis complementarios permitieron reconstruir el complejo cuadro médico que afectó al animal durante sus últimos días
El fiscal federal de Zárate-Campana, Sebastián Bringas, apeló en las últimas horas el sobreseimiento de familiares directos del tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, en una causa por lavado de dinero, ordenado la semana pasada por el juez Adrián González Charvay, según pudo saber LA NACION de fuentes judiciales. Se trata de una causa que se inició en la provincia de Santiago del Estero y donde se reunió información sensible sobre empresas vinculadas al clan Toviggino. En casi cuatro meses, el fiscal federal de esa provincia, Pedro Simón, obtuvo informes de la Anses, el Renaper, la Dirección de Migraciones, los Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y la ARCA, entre otros organismos. Solo en la provincia de Santiago del Estero se individualizaron 35 inmuebles.En ese expediente, Simón llegó a pedir la detención de Toviggino y Claudio "Chiqui" Tapia, a los que acusó de liderar una asociación ilícita y una maniobra para lavar dinero que habría comenzado en 2018. Según el dictamen, el dinero ilícito provenía de tres fuentes: una defraudación en perjuicio de la AFA; la omisión de ingresar los impuestos que correspondían a la ARCA al engañar al fisco sobre el verdadero tributo debido, lo que se obtuvo mediante la emisión de facturas que se presumen falsas, y la omisión de liquidar divisas y compra de moneda extranjera en el mercado informal. Simón imputó a un total de 26 personas. En el listado aparecían dos hijos del tesorero de la AFA; su hermano, Darío Fabián; su exmujer María Julia Del Castillo Orellana, y su actual pareja, María Florencia Sartirana, entre otros. La semana pasada, el juez federal de Campana sobreseyó a trece personas y a seis empresas vinculadas a su familia Toviggino (HR SRL, Barwa SRL, Bori SRl, DCT SRL, WiCA SAS y Vandap SAS) argumentando que no había "impulso fiscal". Ocurre que el fiscal general de Tucumán, Rafael Vehils Ruiz, desistió del recurso que había planteado su colega Simón, y puso en jaque el avance de la investigación. "Se verifica en autos que respecto de las personas cuyo sobreseimiento se solicita no existe impulso penal por cuanto el requerimiento de instrucción oportunamente formulado fue desestimado", sostuvo González Charvay. Y agregó: "No hay acción habilitada contras las personas físicas ni jurídicas señaladas, ni tampoco se han ordenado medidas cautelares respecto de las mismas".El sobreseimiento no incluyó a Toviggino, quien no se presentó en esa causa, ni a Tapia. Las defensas de los jerarcas de la AFA esperan el resultado de dos pericias que está en manos de los peritos de la Corte Suprema. Una fue ordenada por Charvay el 29 de abril pasado en la causa por la mansión de Pilar. Y la segunda se ordenó a mediados de julio en el marco de una causa que tramita en el fuero Penal Económico. Los peritos tiene a disposición toda la documentación que se secuestró en los allanamientos a la AFA y el material que aportó el empresario Guillermo Tofoni a partir de los discoveries en Estados Unidos. La apelación de Bringas â??firmada en conjunto con el titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Diego Velascoâ?? plantea que "no corresponde el sobreseimiento porque se asimila a una absolución". El caso ahora quedó en manos de la Cámara Federal de San Martín. Cómo era la maniobra La primera etapa de la maniobra, según la investigación, era insertar el dinero supuestamente ilícito en el sistema financiero a través de las sociedades. Muchas de esas firmas emitían facturas a favor de la AFA para justificar las transferencias.La segunda etapa consistía en "la estratificación del dinero". "Una vez que las empresas recibían las transferencias de parte de la AFA, se emitían facturas a favor de ellas mismas (facturas inter-bloque) para dificultar el rastreo del dinero", destacó el fiscal Simón en su requerimiento. El siguiente paso fue la compra de bienes. La Justicia analizó decenas de operaciones inmobiliarias, compra de vehículos, viajes al exterior, y hasta la instalación de la bodega "La Vigilia", ubicada en la provincia de Mendoza, y el centro de belleza "La Fleur de Sartí" (a nombre de las empresas de la mujer de Toviggino). A eso se suma la constitución de plazos fijos, inversiones en acciones y la compra de dólar MEP de parte de las empresas para lograr rendimientos en el circuito formal.¿Cuál era el rol de Tapia? "Habría convalidado y permitido la sustracción de fondos de la AFA al autorizar las transferencias a favor de las empresas de Toviggino, con presunto conocimiento del motivo real por el que se giraba el dinero", justificó el fiscal. La causa tenía varias medidas de prueba pendientes que se frenaron por la rápida intervención del juez de Santiago del Estero, Santiago Argibay, que terminó apartado cuando se descubrió que su hija le vendió una propiedad a Darío Fabián Toviggino, hermano del tesorero de la AFA.
En las últimas horas, el abogado del ginecólogo chaqueño Gustavo Kumiega, el especialista denunciado por al menos siete mujeres por distintos hechos asociados con la integridad sexual, dijo que las pacientes "cuestionaron el trato" y no que marcaron abusos. "Después de haber leído las testimoniales, les puedo afirmar, sin lugar a dudas, que ninguna configura delito", aseguró el letrado Zacarías Issolio luego de presentarse ante la Justicia como el representante legal del médico.Las actuaciones son analizadas por la Fiscalía 2, a cargo de Ana González de Pacce, y por la Fiscalía 4 especializada en violencia de género, encabezada por Jorge Cáceres Olivera. Esta última dependencia citó a declarar a la mujer que denunció a Kumiega por abuso sexual. Como la joven vive en el exterior, la audiencia se efectuaría el próximo lunes de manera virtual.A la salida de la sede judicial, y en diálogo con los medios locales, el abogado Issolio dijo que "hay que hacer una distinción entre un supuesto hecho ocurrido fuera del ámbito médico y otros seis que habrían sucedido durante la atención profesional".En relación con las restantes denuncias, Issolio aseguró haber analizado las declaraciones incorporadas al expediente y sostuvo que ninguna de ellas encuadra en figuras penales. "Una denunció que Kumiega le dijo que estaba gorda y que no quiso realizarle un PAP [Papanicolaou] porque estaba embarazada; otra cuestionó que le sugirió una cesárea; y otra declaró que intentó cobrarle un plus. Estas son las cosas que se están denunciando", enumeró el defensor del ginecólogo. "Están cuestionando la manera en que el médico se comunicó, el trato inadecuado e inapropiado", agregó.El relato de la mujer que lo denunció por abuso sexualRomina C., que actualmente vive en el exterior, contó, en su declaración ante la Justicia y a la que accedió LA NACION, que conoció a Kumiega en un contexto personal y romántico. "No concurrí a su domicilio en el marco de una consulta médica ni existía entre nosotros una relación médico-paciente", dijo. Luego se refirió a la cita se concretó en la vivienda del médico, a mediados de 2022. "Acepté quedarme, pero le manifesté expresamente que no tenía ganas de tener relaciones sexuales", afirmó."Lo que recuerdo con claridad es que, estando ambos en la cama, él comenzó a besarme insistentemente y a quitarme la ropa para mantener relaciones sexuales conmigo. Le manifesté que estaba triste y que no tenía ganas. Recuerdo que durante ese momento mi cuerpo permaneció paralizado y que me encontraba en estado de shock, llorando sin poder reaccionar de la manera en que hubiera querido. Recuerdo sentir incredulidad ante lo que estaba ocurriendo y una sensación de indefensión. Él continuó y mantuvo relaciones sexuales conmigo pese a que yo le había manifestado que no tenía ganas", insistió la mujer. "Sentí que había sido abusada, además de mucho asco, tanto hacia él como hacia mí misma", agregó la denunciante, que adjuntó capturas de pantalla del chat que mantuvo con el médico. Una vez que la joven se fue de la vivienda del hombre y transcurridos unos días, la mujer narró que Kumiega volvió a contactarse con ella a través de Instagram. Si bien ella dijo que "no tenía intención de mantener contacto con él debido a lo sucedido", una vez le respondió: "Qué loco que vos estés insinuando que soy mala persona cuando a vos te importó una mierda que yo esté llorando y no tenía ganas de tener relaciones y lo hiciste igual".Más denuncias contra el ginecólogoHace poco menos de un mes, una joven de 26 años se presentó ante la Justicia para denunciar al ginecólogo Kumiega por considerar que el médico había tenido para con ella prácticas abusivas contra su integridad sexual. No fue la única. Con el correr de los días, al menos seis mujeres siguieron sus pasos. Las presentaciones judiciales se realizaron a partir del 23 de septiembre y día a día fueron sumándose más testimonios. De hecho, según pudo saber LA NACION, en las últimas horas se sumó una nueva denuncia contra el especialista. "En una segunda visita a su consultorio [a fines de julio de este año] hizo movimientos inapropiados con el transductor mientras me hacía la ecografía transvaginal. Tenía apoyado un codo en una de mis rodillas, algo innecesario. También me dio pastillas anticonceptivas vencidas", relató Karla Herrán, la primera de las denunciantes, a este diario. Al vivir ese momento, recordó que durante la primera consulta el médico le había hecho "comentarios desubicados" respecto de su vida sexual.El 25 de septiembre, otra joven hizo una presentación por presunto abuso sexual a raíz de una consulta realizada el 22 de enero. La denunciante describió que Kumiega efectuó "caricias reiteradas sobre la pierna, sin ninguna justificación médica, mientras hablaba de forma inapropiada".Días atrás, en diálogo con LN+, Jésica Ramírez, otra de las pacientes, brindó su testimonio: "[Kumiega] me pidió que me pusiera una bata, pero que no me sacara la ropa interior. Me llamó la atención porque era una ecografía transvaginal, pero le hice caso. Fui a la camilla y, sin colocarse guantes, me apartó la ropa interior y me tocó con sus manos. Me colocó el transductor y nunca prendió la cámara. Yo sé que no es así el procedimiento. Me empezó a acariciar la pierna", detalló.
Un ave fue devuelta a su hábitat natural luego de un proceso de rehabilitación.Ocurrió en Estados Unidos.
Luego de que la Corte Suprema suspendiera la extranjerización, el expediente quedó en manos de Leandro Gómez Constenla, que asumió con la última tanda de pliegos que recibieron acuerdo.
El antecedente más reciente fue la denuncia penal contra el Gordo Dan por publicaciones en X que vinculaban al islam con delitos como violaciones, decapitaciones y pedofilia. Leer más
La Cámara Federal de Casación Penal sobreseyó a María Amalia Díaz, quien estaba acusada de ser partícipe secundaria en el escándalo de los bolsos en el convento.Qué dijo el juez que votó en contra.
Los ocho jóvenes condenados por el homicidio de Fernando Báez Sosa, ocurrido el 18 de enero de 2020 en Villa Gesell, recibieron un nuevo revés en su estrategia para intentar salir de prisión. La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de la defensa que cuestionaba una serie de presuntas irregularidades en el inicio de la investigación; si ese recurso hubiese prosperado, podría haber hecho caer toda la causa.Entre otras cuestiones, en la presentación del abogado Hugo Tomei, que durante gran parte del proceso representó a los ocho jóvenes condenados por el homicidio, se denunció que ninguno de los imputados había conocido las pruebas de cargo y la imputación en el momento de su indagatoria. "Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema de Justicia rechazó un planteo de los jóvenes condenados por el crimen de Báez Sosa, en donde ellos â??como denunciantesâ?? buscaban cuestionar una serie de presuntas irregularidades en el inicio del caso. Estos argumentos ya habían sido planteados por la defensa como parte de su estrategia, pero â??en paraleloâ?? radicaron una causa penal como acusadores", informaron fuentes del máximo tribunal.Tras el fallo de la Corte Suprema y consultado por LA NACION, Tomei dijo: "Era una medida esperable, sobre todo por cómo se vienen desarrollando todas las respuestas jurisdiccionales. Iremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para denunciar al Estado argentino por el incumplimiento del servicio de justicia, por cuanto la denuncia contra los funcionarios judiciales no ha sido tramitada conforme a las disposiciones legales. Se está protegiendo a un sistema que es incapaz de juzgarse a sí mismo".El 6 de febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores condenó a la pena de prisión perpetua a Máximo Thomsen, Luciano Pertossi, Ciro Pertossi, Enzo Comell y Matías Benicelli. Los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari los encontraron coautores del delito de "homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves", esto último, por los golpes que recibieron los amigos de Báez Sosa.Los otros tres acusados, Ayrton Viollaz, Lucas Pertossi y Blas Cinalli, fueron condenados a 15 años de prisión. Para los jueces fueron "partícipes secundarios" de "homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves".Veredicto: Thomsen, Pertossi, Comelli, Benicelli y Pertossi condenados a prisión perpetuaAdemás de apelar las condenas (planteo que todavía debe resolver la Suprema Corte de Justicia bonaerense), la defensa había cuestionado distintos actos realizados durante la instrucción de la causa.Tomei, en su presentación, también denunció que sus asistidos habían sido sometidos a firmar actas del expediente."Estos hechos fueron planteados en el marco del proceso penal, pero, independientemente, los jóvenes condenados hicieron una denuncia penal por falsedad ideológica de instrumento público, incumplimiento de los deberes de funcionario público y privación ilegal de la libertad. Allí fueron denunciados la fiscal que instruyó la causa, Verónica Zamboni, la defensora pública Verónica Olindi Huespi, funcionarios del Ministerio Público Fiscal y el juez de Garantías de Dolores David Mancinelli, que fue quien dictó la prisión preventiva de los imputados", explicaron fuentes de la CSJN. "La denuncia penal fue desestimada por ausencia de dolo y se rechazó tomar declaración testimonial a los condenados en calidad de víctimas, así como una serie de medidas propuestas por el abogado que los representaba. En ese sentido, Tomei pidió la revisión de la decisión al superior del fiscal, con base en el artículo 290 del Código Procesal Penal bonaerense, pero este ratificó lo dispuesto. Eso motivó que el abogado presentara ante el juez Mancinelli â??a quien recusóâ?? un escrito en donde pedía que se declarara la inconstitucionalidad del procedimiento por entender que había sido arbitrario y se cancelaba el derecho de las víctimas a ser oídas por un juez imparcial. El magistrado rechazó la recusación y el planteo. La misma decisión tomó el Tribunal de Casación Penal bonaerense. En agosto de 2025, la Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó el recurso de queja, y en abril de 2026 denegó el recurso extraordinario. Ahora, los ministros de la Corte Suprema denegaron el planteo por falta de fundamentación autónoma, ya que el planteo no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada", informaron desde el máximo tribunal.La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya había intervenido en el caso Báez Sosa. A fines de abril pasado rechazó una serie de recursos de queja presentados por las defensas.El máximo tribunal desestimó una presentación hecha por Tomei en representación de Comelli, Viollaz, Cinalli y Luciano, Ciro y Lucas Pertossi.Tomei había llegado hasta la Corte Suprema con sus reclamos tanto por "violaciones constitucionales" como por "la falsedad de las actas de imputación", entre otras cuestiones.El máximo tribunal también rechazó un planteo presentado por el abogado Francisco Oneto, que ahora representa a Thomsen, porque el "recurrente" no había cumplido con una serie de requisitos formales relativos al procedimiento.Las condenas no están firmes. La Suprema Corte de Justicia bonaerense tiene que resolver los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal, los padres de la víctima â??Silvino Báez y Graciela Sosa, representados por los abogados Fernando Burlando, Fabián Améndola, Facundo Améndola y Germán Facioâ?? y las defensas de los ocho condenados.El Ministerio Público Fiscal y los abogados que representan a los padres de Báez Sosa recurrieron la condena impuesta a Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi. Para ellos, todos tuvieron la misma participación que los jóvenes condenados a la pena de prisión perpetua.Tomei, que ahora solo representa a Viollaz, Cinalli, Ciro y Luciano Pertossi y Comelli, insistió ante el máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires en que el caso se debe enmarcar como un "homicidio en riña o agresión", para el que se prevé una pena de entre dos y seis años de cárcel, como lo sostuvo en su alegato del juicio.Lucas Pertossi ahora es defendido por Ignacio Nolfi, defensor de Casación, que se presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y pidió la nulidad de la sentencia y la realización de un nuevo juicio.
La causa contra el expresidente Mauricio Macri y los actuales ministros Luis Caputo y Federico Sturzenegger por tomar un crédito de 57.100 millones de dólares del FMI se encamina a su cierre definitivo por inexistencia del delito.El fiscal ante la Cámara de Casación Raúl Pleé, en un dictamen al que accedió LA NACION, desistió de la apelación que habían planteado sus colegas de las instancias inferiores contra el cierre del caso, por lo que ahora, sin impulso fiscal, el tribunal decidiría el fin del expediente.Hay un pretenso querellante en el caso, Antonio De Martino, un ciudadano que adhirió al recurso de queja, por lo que se analizará su escrito de 70 páginas a todo color, en tonos amarillo y azul, con fotos y dibujos de personajes públicos, políticos, empresarios, el presidente Javier Milei y periodistas especializados en corrupción.En esta causa están imputados Macri, Caputo, que en aquel entonces ocupaba la Secretaría de Finanzas, y Sturzenegger, quien encabezaba el Banco Central.Se trata de la investigación relacionada con el acuerdo stand by celebrado con el FMI en 2018, por el cual la Argentina obtuvo inicialmente un financiamiento de 50.000 millones de dólares, luego ampliado a 57.100 millones de dólares.La investigación procuró determinar si el crédito era innecesario y en verdad se tomó para fugar los dólares con acuerdo de empresarios y financistas allegados al poder.También el caso trata de determinar si durante la negociación, la suscripción y la ejecución del acuerdo se produjeron incumplimientos de las normas que regulaban este tipo de operaciones. En primera instancia, la jueza María Eugenia Capuchetti archivó el caso, fallo que fue confirmado por los camaristas Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens.La decisión fue recurrida primero por el fiscal Franco Picardi. Luego, el fiscal de Cámara José Agüero Iturbe interpuso un recurso de Casación, que fue desestimado, y finalmente un recurso de queja, que ahora fue desistido por el fiscal Raúl Pleé.Por lo tanto, los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos de la Cámara Federal de Casación deberán resolver definir si archivan el caso, como todo parece indicar, ya que sin impulso fiscal no hay delito que investigar.Pleé argumentó que por un lado no hay requisitos previos para admitir el recurso y por otro dijo que las hipótesis presentadas por el fiscal Picardi "no corresponden con inferencias lógicas" de las constancias de la causa y tampoco "fueron sustentadas sobre la base de alguna propuesta de medidas concretas".Repasó que los jueces que intervinieron consideraron agotada la investigación, tras cinco años de medidas de prueba, contra la opinión de los fiscales, que identificaron cuáles son las medidas pendientes de realización.La fiscalía también descartó que hubiera incumplimientos en el trámite del préstamo, como señalaron los fiscales, y sostuvo que la jueza Capuchetti los analizó y los valoró.Dijo Pleé que, para que el caso prospere, el hecho a investigar debe ser delictivo o bien debe proponer diligencias probatorias que permitan corroborarlo.Asimismo, el fiscal Pleé descartó la existencia de un esquema defraudatorio. Dijo que no hubo "infracción concreta" en la aplicación de los fondos, sino que hubo un cuestionamiento general a la política pública del macrismo, sobre su destino.Los fiscales habían basado sus cuestionamientos al préstamo del FMI en el informe de la Auditoría General de la Nación, firmado por tres auditores a favor, del peronismo, y tres en contra, de la oposición. El presidente votó y desempató en favor de la crítica del peronismo.Por eso es que Pleé dice que no puede ponderarse "con grado de certeza" un informe "cuyas conclusiones y metodología están cuestionadas por la opinión de tres auditores del mismo cuerpo".Al contrario, Capuchetti no es que no lo tuvo en cuenta, sino que lo ponderó, pero con estas limitaciones.Dijo que tras el préstamo hubo misiones del FMI de seguimiento y revisiones del programa, que evaluaron la ejecución y el desembolso de los fondos. Por eso hubo una supervisión continua del acuerdo, lo que no se condice con la afirmación de que se lo incumplió adrede como parte del plan delictivo."Sin diligencias probatorias pendientes de producción, independientemente de cualquier construcción teórica, la hipótesis de los fiscales recurrentes se revela equivocada y amerita el desistimiento de la vía intentada en resguardo de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, por los que me toca velar, en relación con la necesidad de tener una racional y objetiva administración de justicia", subrayó Pleé, en negritas en el original.
El mecanismo artesanal llamó la atención por su peculiar diseño y la manera en que transporta materiales de construcción
La semana que viene declarará Javier Iguacel. Fue uno de los denunciantes en esta causa cuando estuvo a cargo de la administración general de Vialidad Nacional durante la gestión de Macri
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó las medidas cautelares contra 14 exdirectivos, ejecutivos y empleados del banco investigados por presunta asociación ilícita y lavado de dinero agravado. Leer más
El artista estadounidense de 34 años fue hallado sin vida en su casa de Texas. Su representante y las autoridades locales ratificaron la causa del deceso este martes. Leer más
El máximo tribunal penal del país rechazó los recursos de las defensas de exdirectivos, ejecutivos y empleados del banco. El expediente comenzó en 2009 y tiene 14 imputados por asociación ilícita y lavado agravado
El animalito apareció sobre el techo de una vivienda y aprovechó su posición para tirar de la cuerda mientras los invitados intentaban golpear la figura
Se busca información de transferencias de la FIFA a una cuenta del titular de la AFA. Lo solicitó el fiscal federal Gerardo Pollicita, entre otras medidas de prueba en la investigación abierta al titular de la AFA en su rol de funcionario en el Ceamse
La cantante compartió otro video y fotos donde luce lencería diminuta y botas negras.Algunos festejan las imágenes pero muchos fans se muestran tristes al verla así.
El actor que interpretó al hijo de Walter White en 'Breaking Bad' murió el pasado lunes en Brownsville, Texas, a los 34 años
La Corte Suprema de Justicia convocó a conjueces para resolver si reabre la única causa por corrupción que incomoda al exjefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta por la construcción del Paseo del Bajo.Tras debatir el asunto meses atrás, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosekrantz y Ricardo Lorenzetti no llegaron a una posición unificada, por lo que decidieron sortear a dos presidentes de las Cámaras Federales para que oficien de conjueces, de modo de llegar a una mayoría de tres votos.Salieron sorteados los camaristas Alberto Dalla Vía, de la Cámara Nacional Electoral, y Renato Rabbi-Baldi Cabanillas, de la Cámara Federal de Salta.En esta causa fueron sobreseídos Rodríguez Larreta, el exministro de Transporte Guillermo Dietrich, quien fue director general de Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA), Carlos María Frugoni; el exministro de Desarrollo Urbano y Transporte porteño Franco Moccia y la jefa de compras de AUSA Natalia Bustos, que firmó las licitaciones.El nombre de Frugoni cobró notoriedad porque, tras dejar su cargo en la Ciudad, fue designado en el gobierno de Javier Milei, pero tuvo que renunciar envuelto en un escándalo.En abril de 2026, Frugoni renunció como secretario de Coordinación de Infraestructura del Ministerio de Economía cuando se descubrió que no había declarado ante la Oficina Anticorrupción ni ante el fisco al menos siete departamentos y sociedades offshore en Miami y West Palm Beach, en Estados Unidos.Previo a este cargo, ocupó funciones en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) del gobierno de Milei y lideró brevemente la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte (Accspt). El cierre definitivo del caso había sido dispuesto el 27 de octubre de 2021 por los camaristas Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, que no revisaron el fondo del asunto, sino que declararon "mal concedido" el recurso de casación presentado por los fiscales Alejandro Agüero Iturbe y Sergio Rodríguez. El camarista de Casación Alejandro Slokar votó en disidencia, pues había considerado que la Cámara debía tomar el caso y analizar el recurso.Con este fallo se había ratificado lo resuelto por la Cámara Federal en mayo de 2021, cuando los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens consideraron que no se produjeron irregularidades durante el proceso licitatorio de la obra y que no hubo un perjuicio al Estado por su ejecución o su adjudicación. Rodríguez Larreta y Dietrich habían sido acusados de los delitos de administración fraudulenta, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público por la adjudicación de uno de los tramos del Paseo del Bajo a la firma Iecsa, cuando todavía pertenecía a Ángelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri.La denuncia señalaba que se había direccionado la licitación del tramo más caro de la obra (a un precio más alto del que supuestamente correspondía) para favorecer a la firma que pertenecía en aquel momento a Calcaterra, que había integrado una unión transitoria con la empresa Fontana Nicastro.El juez federal fallecido Claudio Bonadio había sobreseído a Rodríguez Larreta y a Dietrich en diciembre de 2019, sin haberlos indagado. En su defensa, los funcionarios habían presentado escritos en los que ratificaron que los procesos habían sido transparentes. Bonadio había considerado que no fueron detectadas irregularidades en los procesos licitatorios y que los imputados no habían incumplido sus deberes como funcionarios públicos.La fiscal del caso, Alejandra Mángano, y el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, habían solicitado medidas de prueba que Bonadio no ordenó. Por eso los fiscales apelaron y fueron acompañados por sus superiores, que llegaron con su impulso hasta la propia Corte Suprema de Justicia para reabrir la causa y decidir sobre la realización de medidas de prueba adicionales. Los fiscales Mangano y Rodríguez sostenían que el cierre de la causa era una decisión "prematura".También fueron beneficiados con el cierre de la causa Frugoni, Moccia y Bustos, que había firmado las licitaciones.La causa tuvo su origen en una denuncia del abogado Fernando Míguez, un frecuente denunciante en los tribunales federales, pero la PIA también aportó una investigación al expediente. El informe de la PIA estaba basado en un estudio de la Auditoría General porteña, entonces a cargo de Cecilia Segura, del Frente de Todos.Según ese informe, la supuesta manipulación del proyecto provocó que Iecsa resultara la adjudicataria del tramo C del proyecto, por 4480 millones de pesos. El presupuesto total de la obra fue de 8700 millones de pesos, y AUSA fue la firma encargada de las contrataciones.Ante el planteo de los fiscales Mángano y Rodríguez para profundizar la investigación, los camaristas LLorens, Bertuzzi y Bruglia consideraron que con las medidas de prueba tomadas por Bonadio, entre las cuales había declaraciones testimoniales, e-mails y prueba documental, bastaba para sobreseer a los acusados.Descartaron, además, que se haya alterado el orden de apertura de los sobres licitatorios para favorecer a Iecsa.
Córdoba cerró el invierno de 2026 sin registrar ninguna muerte por virus sincicial respiratorio (VSR) en menores de un año, después de haber contabilizado cinco fallecimientos en 2025 y otros cinco en 2024. Además, las internaciones por este virus disminuyeron un 73% en ese grupo etario y un 78% en la población general, según el balance presentado por el Ministerio de Salud provincial. Los resultados marcan un cambio significativo frente a las temporadas anteriores, en las que la bronquiolitis y otras infecciones respiratorias representaron una importante causa de hospitalización infantil.Detrás de estos números aparece una estrategia preventiva que Córdoba implementó este año por primera vez en la Argentina: combinar la vacunación de las embarazadas contra el VSR con la administración de anticuerpos monoclonales a los bebés que no habían recibido una protección materna adecuada. La iniciativa permitió alcanzar una cobertura del 96,4% de la población infantil objetivo y estuvo acompañada por una búsqueda activa de los recién nacidos para garantizar su inmunización. Sin embargo, ante la falta de datos consolidados sobre fallecimientos por VSR en todas las provincias, todavía no es posible determinar si Córdoba fue la única jurisdicción que terminó el invierno sin muertes por este virus. Más allá de este resultado, los especialistas destacan la importancia de extender la protección a los bebés cuyas madres no recibieron la vacuna durante el embarazo.El VSR es una de las principales causas de bronquiolitis y hospitalización en menores de un año en la Argentina. Se trata de un virus de circulación estacional que, en el hemisferio sur, se concentra especialmente durante el otoño y el invierno y explica entre el 60% y el 80% de los cuadros de bronquiolitis. Aunque afecta principalmente a los menores de seis meses, también puede provocar infecciones graves durante el resto del primer año de vida, incluso en bebés que nacieron sanos y sin factores de riesgo conocidos.Ricardo Pieckenstainer, ministro de Salud de Córdoba, explicó a LA NACION que la provincia decidió ampliar el alcance de las herramientas preventivas disponibles. La estrategia nacional se apoya principalmente en la vacunación durante el embarazo, que se administra entre las semanas 32 y 36 de gestación y permite transferir anticuerpos al bebé a través de la placenta. Sin embargo, no todas las mujeres acceden a esa inmunización y, en algunos casos, la protección puede resultar insuficiente. Para cubrir esas situaciones, Córdoba incorporó anticuerpos monoclonales de acción prolongada, que, a diferencia de las vacunas, aportan defensas ya desarrolladas contra el virus y brindan protección inmediata mediante una sola aplicación al bebé.Una estrategia que permitió llegar a casi todos los bebésLa iniciativa contempló a los niños nacidos entre el 1° de enero y el 15 de septiembre de 2026 cuyas madres no habían recibido adecuadamente la vacuna durante el embarazo, independientemente de que sus familias tuvieran cobertura pública o privada. También se incluyeron algunos niños de mayor edad con condiciones particulares de riesgo.Según el balance oficial, más de 6800 niños recibieron el anticuerpo monoclonal, con una cobertura del 80% entre aquellos a quienes estaba destinado. En 22 departamentos provinciales, equivalentes al 85% del total, se alcanzó o superó ese porcentaje."Cuando tenés tanta gente inmunizada por distintos medios, la cantidad de enfermedad y la severidad bajan mucho", explicó Pieckenstainer. El ministro destacó que, además de la reducción del 73% en las internaciones de menores de un año, las hospitalizaciones en terapia intensiva disminuyeron un 85%."De enero a mayo, los equipos de inmunización tuvieron que salir a buscar a todos los chicos casa por casa, puerta por puerta", recordó el funcionario. Según explicó, ese operativo demandó entre 15 y 20 días de trabajo intensivo y fue fundamental para alcanzar una cobertura tan elevada.La respuesta de las familias, agregó, superó las expectativas. Las autoridades desarrollaron una campaña de comunicación para explicar los beneficios de la inmunización y compartieron experiencias internacionales, entre ellas las de Chile, Paraguay y Bogotá.El impacto también se reflejó en el funcionamiento del sistema sanitario. Durante el pico de circulación de enfermedades respiratorias, registrado en la semana epidemiológica 26, Córdoba contabilizó 443 pacientes internados, frente a los 647 del año anterior.Entre los menores de cinco años hospitalizados, el porcentaje de muestras positivas para VSR disminuyó un 65,31%. Además, la provincia registró 1143 casos menos que durante la temporada previa y la tasa de incidencia en ese grupo alcanzó su nivel más bajo desde 2020.Para el infectólogo y epidemiólogo cordobés Hugo Pizzi, los resultados muestran el potencial de incorporar herramientas preventivas capaces de reducir las formas graves de la enfermedad."La estrategia fue formidable", afirmó. Y explicó que su valoración responde tanto a la ausencia de fallecimientos como a la reducción de las internaciones por una patología que suele generar una importante demanda asistencial durante los meses fríos.Eduardo López, infectólogo pediatra del Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez, explicó que la principal ventaja de la estrategia combinada es que permite proteger a los recién nacidos cuyas madres no recibieron la vacuna durante el embarazo. Según señaló, este año la cobertura de vacunación materna contra el virus sincicial respiratorio (VSR) en la Argentina ronda el 74% o 75%, lo que deja a aproximadamente una cuarta parte de los bebés sin esa protección. "La ventaja de la estrategia combinada es que a ese grupo de chicos cuyas madres no recibieron la vacuna durante el embarazo se les puede administrar el anticuerpo monoclonal al nacer, de manera que quedan protegidos", explicó. El especialista destacó que países como Chile y España alcanzaron coberturas superiores al 95% mediante la administración de anticuerpos monoclonales a los recién nacidos.López también subrayó la importancia de extender esta protección a los niños con factores de riesgo, como aquellos con síndrome de Down, enfermedades neurológicas, cardiopatías, inmunodeficiencias o enfermedades pulmonares crónicas. En esa misma línea opinó Daniela Hozbor, experta en vacunas, que describió a ambas estrategias como "complementarias". La importancia de la vacunación durante la gestación Un estudio argentino publicado en 2025 en la revista científica The Lancet Infectious Diseases también aportó evidencia sobre la importancia de la prevención. La investigación, denominada BERNI, se realizó en 12 hospitales de siete provincias argentinas y analizó a 505 bebés menores de seis meses hospitalizados por infecciones respiratorias durante 2024. De ellos, 286 tenían diagnóstico confirmado de virus sincicial respiratorio (VSR). Se registraron tres fallecimientos asociados al virus, todos en hijos de madres que no habían recibido la vacuna durante el embarazo.El trabajo, desarrollado por investigadores de iTRIALS y la Universidad Nacional de San Martín (Unsam), encontró que la vacunación materna tuvo una efectividad del 78,6% para prevenir hospitalizaciones por VSR durante los primeros tres meses de vida y del 71,3% durante los primeros seis meses. Frente a las formas graves que requirieron internación, la protección alcanzó el 76,9%.
El presidente estadounidense había dicho el sábado que al país de Vladímir Putin "le gustaría llegar a un acuerdo" pero que "Zelenski no quiere" y aconsejó a los ucranianos "que se consigan un nuevo líder"."Cualquier paso hacia la desescalada debe ser mutuo y contar con garantías reales", sostuvo el mandatario ucraniano.
Ochenta y cinco intelectuales rechazaron que la soberanía sobre las islas los involucre como argentinos. Una discusión que revela cuánto pesa la grieta política sobre la identidad colectiva
Lo peor de la fallida fiesta de despedida fue la reventa de entradas.La gente obligó a Tapia a esconderse y dar la plaqueta a Messi en un gimnasio.
El máximo tribunal debe resolver un recurso de la fiscalía contra los sobreseimientos del ex jefe de Gobierno porteño y otros funcionarios. La investigación apunta a un presunto direccionamiento de la licitación a favor de IECSA. Mientras tiene otros dos casos con impacto político en carpeta.
Las sustancias hormonales como el cortisol activan glándulas en las axilas que segregan un fluido espeso, el cual reacciona con microorganismos cutáneos durante momentos de alta tensión sin requerir actividad física
Dieron a conocer los resultados de las autopsias de Monica Montefalcone, su hija Giorgia Sommacal, Muriel Oddenino, Federico Gualtieri y el guía de buceo Gianluca Benedetti.
El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno sostuvo que no se afectarían las tarifas eléctricas por el FEN, pero que sí podrían darse cortes de luz
El artista sorprendió a su fandom con la frase "¿Qué fue?, causa" y luego la repitió al saludar al público en su primera presentación en Lima
La Cámara Federal de Casación Penal declaró prescripta por el paso del tiempo una causa contra la empresa Petrobras y sus directivos que estaban acusados por supuestos balances falsos y el ofrecimiento de acciones de manera supuestamente fraudulenta.La Sala III del tribunal, integrada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, confirmó por unanimidad la resolución de la Cámara en lo Penal Económico que había dispuesto, al igual que el juez de primera instancia, el sobreseimiento.La decisión afecta a la firma Petróleo Brasileiro SA, más conocida como Petrobras, y a algunas de sus autoridades.Los jueces rechazaron en forma unánime el recurso de casación que había interpuesto el representante de Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa, que era querellante en el caso.En esta causa se investiga la oferta pública de acciones ordinarias y acciones preferidas de Petroleo Brasileiro SA que se habría efectuado en el mercado de capitales nacional, entre 2006 y diciembre de 2014.Allí presuntamente había afirmado, según la querella, circunstancias falsas al público inversor, consistentes en la tenencia de activos fijos por un valor supuestamente superior al real, a través de la consignación de datos de los balances de la empresa, supuestamente apócrifos.La presunta maniobra habría consistido en que los estados contables presentados ante la Comisión Nacional de Valores habrían exhibido una sobrevaluación del rubro del activo denominado "propiedad, planta y equipo".Se habrían computado como costos de aquellos los sobreprecios o gastos adicionales pagados a contratistas y proveedores, con lo que aparecía distorsionada la imagen económica de la empresa frente a los accionistas y el público inversor.Las conductas objeto del proceso habían sido calificadas como constitutivas de los supuestos delitos de ofrecimiento fraudulento de valores negociables y consignación de datos falsos en los balances contables, cuya pena máxima es de 6 años de prisión, que es el límite temporal que se analizó a los fines de la prescripción.El 17 de abril de 2019 el Juzgado Penal Económico 2 había dispuesto la citación a prestar declaración indagatoria de la firma y algunas autoridades. Posteriormente se dictaron los autos de procesamiento de Silvia Foster de Barbassa y Petróleo Brasileiro SA y, de otro lado, fueron sobreseídos José Alcides Santoro Martins, José Carlos Cosenza, Ronaldo Batista Assuncao, José Antonio de Fuguiredo, José Miranda Fomigli Filho, Iván de Souza Monteiro, Roberto Motro, Jorge Celestino Ramos, Alberto Da Fonseca Guimaraes y Raúl Adalberto de Campos. Posteriormente fue sobreseído Mauro Gentile Rodrigues da Cunha en 2024.La defensa de Foster de Barbassa y Petroleo Brasileiro apelaron y, en 2025, la Sala A de la Cámara en lo Penal Económico revocó los procesamientos. Consideró que las decisiones eran prematuras y que no se había acreditado el delito ni se había completado la investigación sobre la idoneidad de los programas de control interno, y encomendó profundizar la investigación.Previo a que la Cámara revocara los procesamientos y durante la tramitación de los recursos de apelación, el juzgado había dado intervención a los querellantes que habían requerido elevar el caso a juicio.Sin embargo, en el caso se consideró que ese pedido no interrumpió la prescripción, porque la Cámara Penal Económico revocó los procesamientos. Por ello, el 3 de septiembre de 2025 el Juzgado Penal Económico 2 declaró extinguidas las acciones penales contra Petróleo Brasileiro SA y todas las autoridades denunciadas.Dijo que el plazo de prescripción aplicable era de seis años, correspondiente al máximo de la escala penal mayor prevista por los tipos penales involucrados y que ya se había cumplido.Si bien el curso de la prescripción se interrumpió el 17 de abril de 2019 con el llamado a prestar declaración indagatoria de los imputados, desde aquel acto hasta la actualidad transcurrió el plazo máximo de 6 años.La decisión del juez de primera instancia fue confirmada por la Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico y ahora por los jueces de Casación, que intervinieron ante el recurso de los querellantes, Consumidores Financieros.El juez Carlos Mahiques consideró que lo resuelto en la Cámara Penal Económico se encontraba debidamente fundamentado. Entendió que no corresponde considerar aquí la imprescriptibilidad de los casos de corrupción, pues los tratados internacionales suscriptos por nuestro país en punto a la corrupción no habilitan por sí mismos a considerar imprescriptibles maniobras que se puedan vincular ya sea directa o indirectamente con ese fenómeno.Finalmente, y frente a los reclamos de la parte querellante sobre supuestas dilaciones atribuidas a las defensas, Mahiques explicó que la extinción de la acción penal es de orden público y se produce de pleno derecho por el transcurso del tiempo.En un voto concurrente, el juez Borinsky comenzó recordando que, para computar el término de la prescripción de la acción en un proceso penal, debe estarse a la pena del delito más severamente reprimido de los atribuidos al imputado y a la posible calificación más gravosa.Destacó que la penalidad máxima para los delitos atribuidos era de 6 años de prisión y que, teniendo en cuenta que el único acto interruptivo del curso de la prescripción fue el llamado a indagatoria del 17 de abril de 2019, transcurrió el plazo correspondiente.Destacó asimismo que las referencias de la querella al delito de lavado de activos o a un delito continuado más allá de la fecha de cese fijada en autos, esgrimidas sin fundamentos ni pruebas que las avalen y al solo efecto de mantener vigente la acción penal, no encontraban sustento en alguna de las constancias de la causa.Por otra parte, Borinsky coincidió con el juez Mahiques en que el requerimiento de elevación a juicio presentado por la querella no tiene capacidad para interrumpir el curso de la prescripción, pues esta pieza fue presentada antes de que la Cámara Penal Económico revocara los procesamientos de los imputados.Por su parte, el doctor Yacobucci compartió los argumentos de sus colegas y acompañó el rechazo del recurso de casación de la querella.
El atragantamiento representa la principal causa accidental de muerte en niños , una problemática que, según el médico Jorge Tartaglione, requiere de una atención constante y precisa por parte de los adultos responsables. Según el especialista, estos episodios no deben considerarse accidentes fortuitos, sino incidentes, ya que en la gran mayoría de los casos existe un factor de prevención clave que puede evitar el desenlace fatal: "El accidente siempre se puede prevenir"."Esto es mayor riesgo en menores de 13 años. Ocurre en segundos, por eso hay que estar siempre muy atento, siempre atento. Y la mayoría de los casos se puede prevenir. No son accidentes, son incidentes. El accidente siempre se puede prevenir. Como prevenor atragantamientos en ninosCómo prevenir el atragantamiento en los niñosPara prevenir, el especialista remarcó los elementos, con los cuáles los padres deben tener especial atención para evitar el atragantamiento: "Si le das de comer uvas enteras a tu hijo de 3, 4, 5 años o 2, se puede atragantar". "Las salchichas, los frutos secos y los caramelos duros, en los pequeños", subrayó.Asimismo, advirtió sobre elementos cotidianos que suelen pasar desapercibidos: las pilas, los globos, los juguetes pequeños y hasta las uñas postizas son focos de riesgo. "Yo he visto atragantamientos, impactos en el pulmón por accidentes domésticos, las pilas, los globos, los juguetes pequeños"."Todo lo pequeño y redondo se lo meten en la boca y se pueden atragantar, por eso hay que supervisar siempre, sentarlo para comer y cortar los alimentos en trozos pequeños", señaló el médico en su explicación sobre la prevención primaria.Qué hacer en caso de un atragantamientoCuando la obstrucción ocurre, el protocolo de actuación es determinante para salvar una vida, es por ello que el profesional de la salud estableció una distinción fundamental: la capacidad de toser: "Si el chico puede toser, es que tiene la vía aérea abierta. Dejálo toser y si no lo puede hacer, lo das vuelta y le empezás a golpear en la espalda. Esto es muy importante. Todas las madres lo tienen que saber", remarcó. La maniobra técnica consiste en realizar palmadas fuertes en la zona interescapular, entre los dos omóplatos, seguidas de compresiones en el pecho si el niño es menor de un año. "Cinco palmadas, cinco en la espalda y después lo da vuelta y cinco en el pecho. Es muy importante esto tenerlo presente y nunca meter los dedos en la boca", alertó.En cuanto a los adultos, la técnica varía hacia la maniobra de Heimlich. El especialista recomienda interrogar a la víctima, ya que en caso de que no pueda responder, es adecuado aplicar la maniobra: "Te atrás y le comprimís la parte superior del abdomen, hacia arriba y lo va a expulsar, es justo debajo de la boca del estómago". En caso de que la persona se encuentre sola, Tartaglione aconsejó apoyarse sobre el respaldo de una silla y utilizar la presión del objeto para comprimir el abdomen debajo del esternón y lograr expulsar el objeto.
"Si los audios son verdaderos, Spagnuolo es un denunciante. Si los audios son falsos, él es víctima de una operación de inteligencia", indicó el abogado en Ronda de Investigación. Leer más
Lo definió la Cámara Federal de Casación Penal. Los hijos de la ex presidenta Cristina Fernández no fueron sentenciados en ese caso, pero sus posesiones fueron consideradas parte de la maniobra delictiva. A cuatro años de la condena, la Justicia empezará a recuperar 685.000 millones de pesos. Aún hay un reclamo pendiente en la Corte Suprema
A pedido de las defensas, el juez argumentó que ninguna de las personas o empresas imputadas por el fiscal federal Pedro Simón cuenta con "una acción penal legalmente promovida" en su contra. Leer más